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Protocolo NEAE

antonio leon

Created on March 4, 2023

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Transcript

Protocolo neae Juntos hacia la inclusión

La respueta a la diversidad con una mirada inclusiva

Inclusión

Detección

Medidas Generales

Evaluación

Solicitud EP

Antonio León orientación
Educación inclusiva porque...

Normativa

Organizaciones internacionales

Inclusión

Los expertos

PRESENCIA

¿Qué necesitamos para avanzar?

PARTICIPACIÓN

PROGRESO

Elementos a tener en cuenta...

Detección

CUÁNDO

AGENTES

MOMENTOS CLAVE

Seguimiento del equipo docente

NO

SI

MEDIDAS GENERALES

Procedimientos tras la detección

Reunión equipo docente y EO

Info

Prácticas inclusivas para tu aula

Normativa

TRABAJO COOPERATIVO

Medidas generales

APRENDIZAJE BASADO EN RETOS

PROCESOS COGNITIVOS

Valoración de la eficacia de las medidas

APRENDIZAJES AUTÓNOMOS

DUA Y EJEMPLOS

¿Se puede solicitar antes 3 mese?

¿Si la familia trae informes externos?

Tras los 3 meses ¿se procederá sí o sí?

Solicitud EP

¿Han sido suficientes las medidas adoptadas?

Seguimiento del equipo docente

SI

NO

Solicitud de EP

MEDIDAS GENERALES

Acta de Reunión E. Docente

Entrevista familia

Solicitud EP

¿Si la familia se opone?

Solicitud EI

EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA

¿Requiere de atención educativa diferente a la ordinaria?

NO

SI

Informe de evaluación

NO NEAE

NEAE

Orientaciones al profesorado

Propuesta de atención específica

Qué hace el profesorado?

Medidas específicas en ESO

¿Qué son?

APOYO DENTRO DEL AULA DEL PROFESORADO ESPECIALISTA Y PERSONAL COMPLEMENTARIO

Medidas específicas de ADDI

¿Donde se recogen?

ADAPTACIÓN DE ACCESO AL CURRICULO

¿Quién aplica estas medidas?

ADAPTACIONES CURRICULARES SIFNIGICATIVAS

PROGRAMAS ESPECÍFICOS PARA NEAE

¿Cómo ayudar al alumnado NEAE

ADAPTACIONES PARA ALTAS CAPACIDADES Y FLEXIBILIZACIÓN

Se incluirán en las programaciones didácticas. Desarrollados en horario lectivo y dentro del aula ordinaria. Irán destinados al alumnado que se encuentre en alguna de las situaciones siguientes:

  • No haya promocionado de curso.
  • No supere áreas del curso anterior, presente dificultades que justifiquen su inclusión.
  • Presente NEAE.
Los PRA para el alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo (ANEAE Ed. Básica) en este curso 2023/2024, se volcará de manera automática al modelo actual de PRA para alumnado con NEAE. En este curso, los distintos apartados el PRA se podrán cumplimentar de dos formas, a elegir por el profesorado: a través de campos abiertos o bien utilizando la opción de seleccionar los elementos curriculares a reforzar. El documento es abierto y bloqueado por el/a tutor/a y la propuesta curricular del área/materia/ámbito a reforzar será cumplimentado por el profesorado implicado.

  • Equipo docente, con la coordinación del tutor/a.
  • Profesorado especializado para la atención del alumnado con necesidades educativas especiales.
  • Personal complementario. Apoyo y asesoramiento de Dpto. de Orientación.
  • Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en 2008, el cual establece en su Artículo 24 que para hacer efectivo el derecho a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades “los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida”.
  • Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que se establecen en la Declaración de Incheon (Declaración de Incheon, 2015): Deberá asegurarse una educación inclusiva para todos mediante la formulación y aplicación de políticas públicas transformadoras que tengan en cuenta la diversidad y las necesidades de los alumnos y hagan frente a las múltiples formas de discriminación... (p.30)
  • Preocupación en la OCDE y de la Unión Europea (UE) por los altos niveles de fracaso escolar y por las desigualdades sociales, que se traducen a su vez en discriminación y exclusión. La Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Banco Mundial (BM) (2011) alertan de que el alumnado con discapacidad tiene menos posibilidades de permanecer en la escuela y superar los sucesivos cursos, como ocurre en el caso de la población de origen extranjero.
  • Propuestas y modificaciones significativas en los elementos organizativos, curriculares y metodológicos.
  • La intervención educativa impartida por profesorado especialista y personal complementario (como PTIS).
  • La escolarización en modalidades diferentes a la ordinaria.
  • En definitiva, todas aquellas actuaciones dirigidas a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) que no hayan obtenido una respuesta eficaz a través de las medidas generales de carácter ordinario.

La propuesta de adopción de las medidas específicas será recogida en el Informe de evaluación psicopedagógica. Consultar en SÉNECA: Alumnado/Gestión de la orientación/Medidas específicas

Referencias normativas a la inclusión

  • La LOMLOE (2020) establece que “se adoptarán las medidas organizativas, metodológicas y curriculares pertinentes, según lo dispuesto en la presente ley, conforme a los principios del Diseño universal de aprendizaje, garantizando en todo caso los derechos de la infancia y facilitando el acceso a los apoyos que el alumnado requiera.” Más info aquí
  • Instrucciones de 8 de marzo de 2017, por las que se modifican el protocolo de detección, identificación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y organización de la respuesta educativa, la cual entiende la atención a la diversidad como un elemento implícito al proceso de enseñanza-aprendizaje. La respuesta a la diversidad del alumnado se organizará preferentemente a través de medidas de carácter general desde criterios de flexibilidad organizativa y atención inclusiva, con el objeto de obtener el logro de los objetivos y competencias clave de la etapa.
  • Tanto el Decreto 102/2023, de 9 de mayo, como la Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucíala atención a la diversidad y a las diferencias individuales en la etapa de Educación Secundaria Obligatoria, establecen que se ha de garantizar una educación de calidad que asegurará la equidad e inclusión educativa y a atender a la compensación de los efectos que las desigualdades de origen cultural, social y económico pueden tener en el aprendizaje. Las medidas organizativas, metodológicas y curriculares que se adopten se regirán por los Principios del Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA), presentando al alumnado la información en soporte adecuado a sus características, facilitando múltiples formas de acción y expresión, teniendo en cuenta sus capacidades de expresión y comprensión y asegurando la motivación para el compromiso y la cooperación mutua.
  • Si concluye que el alumno o la alumna presenta indicios de NEAE, requerirá la realización de la correspondiente evaluación psicopedagógica.
  • La evaluación psicopedagógica NO ES un juicio o diagnóstico clínico. El objetivo de esta evaluación no es otro que analizar y determinar cuáles son las necesidades que un alumno o alumna concretos presentan en el contexto educativo y que, por tanto, requieren de una atención educativa diferente a la ordinaria.
  • El Protocolo aboga por la labor de las orientadoras y orientadores como asesores del proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado y NO SOLO COMO EVALUADORES de los mismos.
  • Se establecerán los criterios de priorización reogidos en el DOC. 4
  • Podrá concluir que el alumno o la alumna no precisa la realización de evaluación psicopedagógica. En este caso, elaborará un informe en el que se expondrán las actuaciones realizadas que justifiquen la decisión, así como una propuesta de las medidas generales de atención a la diversidad.
  • Este informe se entregará al tutor o tutora para que coordine, junto con el equipo docente, la aplicación de dichas medidas generales e informará a la familia de la decisión adoptada y de la respuesta educativa propuesta.
  • El contenido de este informe, así como la valoración de la eficacia de las medidas generales aplicadas quedarán reflejadas en el informe de final de curso, ciclo y/o etapa.

Orden de 30 de mayo de 2023

Artículo 27. Medidas generales de atención a la diversidad y a las diferencias individuales. Actuaciones de carácter ordinario se orientan a lograr el desarrollo integral, a la promoción del aprendizaje y del éxito escolar de todo el alumnado a través de la utilización de recursos tanto personales como materiales con un enfoque global e inclusivo. Estas medidas tienen como finalidad dar respuesta a los diferentes niveles de competencia curricular, motivación, intereses, estilos y ritmos de aprendizaje del alumnado, mediante la puesta en marcha de estrategias organizativas y metodológicas destinadas a facilitar la consecución de los Objetivos de la etapa y la adquisición de las competencias clave. Entre las medidas generales se encuentran:

  • Agrupación de áreas en ámbitos.
  • Apoyo en grupos ordinarios mediante un segundo profesor o profesora dentro del aula, preferentemente para reforzar los aprendizajes en los casos del alumnado que presente desfase en su nivel curricular.
  • Acción tutorial como estrategia de seguimiento individualizado y de toma de decisiones en relación con la evolución académica del proceso de aprendizaje del alumnado.
  • Metodologías didácticas basadas en el trabajo colaborativo en grupos heterogéneos.
  • Tutoría entre iguales y aprendizaje por Proyectos que promuevan la inclusión de todo el alumnado.
  • Actuaciones de prevención y control del absentismo.
  • Otras.