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RESOLUCIÓN 652 DE 2012
Paula Avella
Created on February 8, 2023
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Transcript
RESOLUCIÓN 652 DE 2012 -Comité de Convivencia Laboral
María Paula AlbanDaniela Leal López Jesus David Meneses Carlos David Martinez
EMPEZAR
Comité de Convivencia Laboral
El ministerio de trabajo establece que todas las empresas privadas y públicas deben de manera obligatoria conformar el comiité de convivencia laboral, esto mediante la Resoluación 652 de 2012. Este comité identificará e intervendrá frente a los riesgos psicosociales en el trabajo, causados por el estrés ocupacional y acoso laboral
Conformación y Funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral
Según la Resolución 652 de 2012, el comité estará compuesto por un número igual de representantes del empleados y de los trabajadores.con sus respectivos suplentes. Estos deben contar con las siguientes competencias actitudinales y comportamentales:
- Respeto
- Imparcialidad Asi mismo con las siguientes habilidades
- Tolerancia
- Serenidad
- Confidencialidad
- Reserva en el Manejo de Información
- Ética
Integrantes del Comité de Convivencia Laboral
Presidente del Comité
Funciones
Convocar a los miembros del Comité a las sesiones
Tramitar ante la administración, las recomendaciones aprobadas por el comité
Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinar
Gestionar a la alta dirección de la entidad, los recursos requeridos para el funcionamiento del comité
Integrantes del Comité de Convivencia Laboral
Secretaria del Comité
Funciones
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que se describan las situaciones
Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma
Enviar por medio fisico o electronico a los miembros del comité la invitación, indicando hora, fecha y lugar
Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin de establecer compromisos de convivencia
Integrantes del Comité de Convivencia Laboral
Secretaria del Comité
Funciones
Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información
Enviar comunicaciones con las recomendaciones dadas por el Comité
Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del Comité
Citar Reuniones y solicitar soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes
Funciones del Comité de Convivencia Laboral
Escuchar a las partes involucradas, de manera individual
Recibir y dar trámite a las quejas presentadas referentes a acoso laboral
Examinar de manera confidencial los casos especificos o puntuales en los que se formule la queja o reclamo
Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de dialogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución
Formular un plan de mejora concertado con las partes, para coonstruir, renovar y promover la convivencia laboral
Funciones del Comité de Convivencia Laboral
En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, esta queja pasará a la Procuraduria General de la nación si la empresa es pública, si es privada, la alta diección cerrará el caso y el trabajador presentará la queja ante un juez
Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja.
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Presentar a la alta dirección de la entidad publica o privada las recomendaciones necesarias para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas al acoso laboral
Elaborar informer trimestrales sobre la gestión del comité que incluya estadisticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones
Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el comité de convivencia a las dependencias de Recuros Humanos o Salud Ocupacional
Reuniones
El comite de Convivencia Laboral se reunirá ordinariamente por lo menos Una (1) vez al mes, sesionara con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes
En las empresas de diez (10) o menos trabajadores, el comité sesionará con los dos (2) integrantes del mismo, uno que representa al empleador y otro al trabajador
Recursos para el Funcionamiento del Comité
Las entidades públicas y privadas deben garantizar y disponer de un espacio fisico para las reuniones y demás actividades del comité , así como para el manejo reservado de la documentación y realizar actividades de capacitación para los miembros del comité sobre resolución de conflictos, comunicación asertiva y demás temas relacionados
Responsabilidad de los Empleadores Públicos y Privados
Las entidades públicas o empresas privadas a través del área de talento humano o salud ocupacional deben desarrollar las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral, fomentar relaciones sociales positivas entre todos los trabajadores y respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo