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Obligaciones complejas

Heriberto De La Cruz Maximo

Created on January 6, 2023

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Transcript

OBLIGACIONES COMPLEJAS

UGM NORTE HERIBERTO DE LA CRUZ MÁXIMO

¿Qué son las obligaciones complejas?

También llamadas de objeto plural o objetivamente complejas son el vínculo jurídico que en virtud del cual la persona llamada deudor esta obligada a dar otra llamada acreedor, una cosa, o a realizar un hecho positivo o negativo. Así el sujeto activo de la relación puede exigir al obligado (deudor) el cumplimiento de lo pactado.

LAS OBLIGACIONES COMPLEJAS SE DIVIDEN EN:

Obligaciones alternativas

Obligaciones alternativas

Obligaciones conjuntivas

01

Obligaciones conjuntivas

Definición

Son aquellas en las cuales se deben todos los objetos comprendidos en las mismas, es decir, recaen sobre varios objetos y, el deudor para liberarse de su obligación, debe cumplir las diversas prestaciones que configuran los respectivos objetos.

Clasificación

Heterogeneas

Homogeneas

Son aquellas en las cuales todas las prestaciones por cumplir son de la misma naturaleza

Cuando el contenido de las diversas prestaciones sea de distinta cualidad

¿Qué implica el cumplimiento de la obligación conjuntiva?

El deudor no queda libertado de su obligación mientras no presta todas las conductas que son su objeto. Por lo tanto, si hubiere un cumplimiento de alguna de ellas, y no de las demás, la obligación, en sí no habrá sido observada y el acreedor tendrá derecho a las consecuencias que emergieran del incumplimiento de la obligación

02

Obligaciones alternativas

Definición

Son aquellas que constriñen al deudor a una solamente de dos o más prestaciones previstas y se extinguen por la ejecución de la una o de la otra

03

Obligaciones facultativas

Definición

Son aquellas en las cuales, si bien es cierto se debe una sola cosa y, el acreedor no tiene derecho más que a pedir esa cosa, el deudor está en la facultad de liberarse entregando en su lugar una diferente

¡Gracias!