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Extinción de la Deuda Tributaria

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Created on December 14, 2022

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Transcript

Extinción de la Obligacion Tributaria

CURSO: Derecho TributarioDocente: Mg. Gina Ramos Mayorca

Deudor Tributario
Acreedor Tributario
La Relacion Tributaria
Obligacion Tributaria
Consentir
No Hacer
Dar
Hacer

LA DEUDA TRIBUTARIA

Es el monto (constituido por el tributo y sus intereses o multas y sus intereses), cuyo pago constituye deuda tributaria exigible.
INTERES MORATORIO
INTERES COMPENSATORIO
  • El interés moratorio por el pago extemporáneo del tributo (desde el día siguiente a la fecha de vencimiento hasta el pago);
  • El interés moratorio aplicable a las multas impagas (desde que se cometió la infracción o desde la fecha en que fue detectada por la Administración hasta su pago);
  • El interés compensatorio por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago

Extinción de la Obligacion Tributaria

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03

01

PAGO

COMPENSACION

CONDONCION

CONSOLIDACION

OTROS ESTABLECIDOS POR LEYES ESPECIALES

El Pago

Problema

¿Cómo se efectua?
¿Quién efectua el pago?
¿Donde?
  • El pago será efectuado por los deudores tributarios y, en su caso, por sus representantes.
  • Los terceros pueden efectuar el pago (pago por subrogación), salvo oposición motivada del deudor tributario.
  • Pago en moneda y otros (Moneda nacional, Moneda extranjera, Notas de crédito negociables, cheques bancarios, débitos en cuenta corriente o de ahorros y otros medios que señale la ley, D.S. o R.S.)
  • Será aquél que señale la Administración Tributaria.
  • Por ejemplo: MEPECOS Vs PRICOS (Medianos y pequeños contribuyentes)

El Pago

Problema

3 primeros meses del año siguiente. Ej. Impuesto a la Renta
Determinacion anual
Los anticipos y los pagos a cuenta mensuales: 12 primeros días hábiles del mes siguiente. Ej. Anticipos de IR
Determinacion mensual
Incidan en hechos imponibles de realización inmediata
12 primeros días hábiles del mes siguiente. Ej. la liquidación del IGV

El Pago

Problema

Imputacion de Pago- Pagos parciales
  • Los pagos se imputarán en primer lugar, al interés moratorio y luego al tributo o multa.
  • El deudor tributario podrá indicar el tributo o multa y el período por el cual realiza el pago. En su defecto:
Varios tributos o multas del mismo período:
Varios tributos o multas de diferentes períodos:
1° se imputará a la deuda tributaria más antigua.
1° se imputará a la deuda tributaria de menor monto

Producto

Compensación

Cuando los sujetos de la relación tributaria son, recíprocamente, deudor y acreedor el uno del otro.

Características:
  • Puede ser total o parcial.
  • Puede darse automáticamente, de oficio o a solicitud de parte.
  • Opera con créditos por tributos, sanciones e intereses pagados indebidamente o en exceso.
  • Períodos no prescritos.
  • Deudas administradas por el mismo órgano administrador.

Gracias