FACULTADES DE LA ADMINIASTRACIÓN TRIBUTARIA
El código tributario ecuatoriano en el artículo 64 señala la administración tributaria y sus órganos, y también específica qué le corresponde en el ámbito nacional al presidente de la república quién ejecutará por medio de los organismos que la ley establezca
“Facultades de la administración Tributaria. - Implica el ejercicio de
las siguientes facultades: de aplicación de la ley; la determinadora de la obligación
tributaria; la de resolución de los reclamos y recursos de los sujetos pasivos; la potestad
sancionadora por infracciones de la ley tributaria o sus reglamentos y la de recaudación de
los tributos”
01
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SECCIONAL
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CENTRAL
02
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE EXCEPCIÓN
Administración Tributaria Central
Debe considerar los tributos nacionales de la nación y realizar la recaudación
Está encargado de financiar el presupuesto general del Estado
Facultado para realizar actividades en función del Estado
Entidades para ejercer la potestad tributaria
Servicio de rentas internas SRI
Corporación Aduanera Ecuatoriana CAE
Emite actos unilaterales que crean normas jurídicas de carácter general y obligatorios qué son fuentes de derecho creadas por la administración pública
FACULTAD REGLAMENTARIA
Establece la existencia del hecho generador, el sujeto obligado, la base imponible y la cuantía del tributo
FACULTAD DETERMINADORA
FACULTADES
FACULTAD RECAUDADORA
Facultada para recaudar o cobrar derechos que constituyen el haber del Estado
FACULTAD RESOLUTORIA
Emite resoluciones motivadas correspondientes respecto a las consultas peticiones reclamos o recursos que presenten los sujetos pasivos o el afectado
FACULTAD SANCIONADORA
Impone sanciones correspondientes a cada caso y en medida de conformidad a lo establecido en la ley
BASE LEGAL PARA LAS FACULTADES
REGLAMENTOS PARA ATENDER RECLAMOS Y DAR SOLUCIONES
FACULTAD REGLAMENTARIA
Código tributario Art 67
DETERMINA LA OBLIGACION O TRIBUTO
Código tributario Art 68
FACULTAD DETERMINADORA
FACULTADES
RECOGE LOS TRIBUTOS
FACULTAD RECAUDADORA
Código tributario Art 71
FACULTAD RESOLUTORIA
EXPIDEN RESOLUCIONES BASABOS EN LA LEY
Código tributario Art 69
FACULTAD SANCIONADORA
Código tributario Art 70
DETERMINA EL TIPO DE SANCIÓN
Conclusiones
todas las facultades administrativas deben ser ejercidas bajo la normativa de ley tributaria ,ningun funcionario esta facultado para realizar recaudaciones , si no es con cumplimiento de la ley
La Ley señala los deberes y obligaciones que gozan la administración tributaria,señala cuales
son límites aplicativos e impositivos, con la finalidad de tener un sistema jurídico armónico
con el objeto de evitar supuestos de violación o contravención legal de derechos establecidos
en nuestra legislación
Los agentes de retención, entendiéndose por tales a las personas naturales o jurídicas, que en
razón de su actividad, función o empleo, estén en posibilidad de retener tributos y que, por
mandato legal, disposición reglamentaria u orden administrativa, estén obligadas a ello.
La administración tributaria central tiene las facultades que permite un desarrollo y
desenvolvimiento eficaz para la recaudación, determinación de la obligación tributaria,
sanciones de carácter tributario mediante los órganos creAdos para este fin.
Bibliografía
Código Tributario. Codificación 9 Registro Oficial Suplemento 38 de 14-jun.-2005
Ultima modificación: 10-mar.-2022
Parra. R. (2010). “LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL EN EL ECUADOR”.
Tesis. Extraído de
https://dspace.ucuenca.edu.ec/bitstream/123456789/2675/1/tm4415.pd
González García, E. (2008). Temas actuales de derecho tributario.. J.M. BOSCH
EDITOR. Extraído de: https://elibro.net/es/ereader/utiec/36682?page=31
FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Darío Valencia
Created on December 1, 2022
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FACULTADES DE LA ADMINIASTRACIÓN TRIBUTARIA
El código tributario ecuatoriano en el artículo 64 señala la administración tributaria y sus órganos, y también específica qué le corresponde en el ámbito nacional al presidente de la república quién ejecutará por medio de los organismos que la ley establezca
“Facultades de la administración Tributaria. - Implica el ejercicio de las siguientes facultades: de aplicación de la ley; la determinadora de la obligación tributaria; la de resolución de los reclamos y recursos de los sujetos pasivos; la potestad sancionadora por infracciones de la ley tributaria o sus reglamentos y la de recaudación de los tributos”
01
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA SECCIONAL
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA CENTRAL
02
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE EXCEPCIÓN
Administración Tributaria Central
Debe considerar los tributos nacionales de la nación y realizar la recaudación
Está encargado de financiar el presupuesto general del Estado
Facultado para realizar actividades en función del Estado
Entidades para ejercer la potestad tributaria
Servicio de rentas internas SRI
Corporación Aduanera Ecuatoriana CAE
Emite actos unilaterales que crean normas jurídicas de carácter general y obligatorios qué son fuentes de derecho creadas por la administración pública
FACULTAD REGLAMENTARIA
Establece la existencia del hecho generador, el sujeto obligado, la base imponible y la cuantía del tributo
FACULTAD DETERMINADORA
FACULTADES
FACULTAD RECAUDADORA
Facultada para recaudar o cobrar derechos que constituyen el haber del Estado
FACULTAD RESOLUTORIA
Emite resoluciones motivadas correspondientes respecto a las consultas peticiones reclamos o recursos que presenten los sujetos pasivos o el afectado
FACULTAD SANCIONADORA
Impone sanciones correspondientes a cada caso y en medida de conformidad a lo establecido en la ley
BASE LEGAL PARA LAS FACULTADES
REGLAMENTOS PARA ATENDER RECLAMOS Y DAR SOLUCIONES
FACULTAD REGLAMENTARIA
Código tributario Art 67
DETERMINA LA OBLIGACION O TRIBUTO
Código tributario Art 68
FACULTAD DETERMINADORA
FACULTADES
RECOGE LOS TRIBUTOS
FACULTAD RECAUDADORA
Código tributario Art 71
FACULTAD RESOLUTORIA
EXPIDEN RESOLUCIONES BASABOS EN LA LEY
Código tributario Art 69
FACULTAD SANCIONADORA
Código tributario Art 70
DETERMINA EL TIPO DE SANCIÓN
Conclusiones
todas las facultades administrativas deben ser ejercidas bajo la normativa de ley tributaria ,ningun funcionario esta facultado para realizar recaudaciones , si no es con cumplimiento de la ley
La Ley señala los deberes y obligaciones que gozan la administración tributaria,señala cuales son límites aplicativos e impositivos, con la finalidad de tener un sistema jurídico armónico con el objeto de evitar supuestos de violación o contravención legal de derechos establecidos en nuestra legislación
Los agentes de retención, entendiéndose por tales a las personas naturales o jurídicas, que en razón de su actividad, función o empleo, estén en posibilidad de retener tributos y que, por mandato legal, disposición reglamentaria u orden administrativa, estén obligadas a ello.
La administración tributaria central tiene las facultades que permite un desarrollo y desenvolvimiento eficaz para la recaudación, determinación de la obligación tributaria, sanciones de carácter tributario mediante los órganos creAdos para este fin.
Bibliografía
Código Tributario. Codificación 9 Registro Oficial Suplemento 38 de 14-jun.-2005 Ultima modificación: 10-mar.-2022
Parra. R. (2010). “LA DECLARACIÓN PATRIMONIAL EN EL ECUADOR”. Tesis. Extraído de https://dspace.ucuenca.edu.ec/bitstream/123456789/2675/1/tm4415.pd
González García, E. (2008). Temas actuales de derecho tributario.. J.M. BOSCH EDITOR. Extraído de: https://elibro.net/es/ereader/utiec/36682?page=31