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PATRIMONIO FAMILIAR

Katlin Paola García Ortíz

Created on November 3, 2022

QUE ES EL PATRIMONIO

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Transcript

EL PATRIMONIO FAMILIAR

Introducción

¡¡¿QUÉ ES EL PATRIMONIO FAMILIAR?

El patrimonio de familia es una figura jurídica creada para proteger el patrimonio de la familia, especialmente la vivienda, evitando que sea embargada por alguna deuda en cabeza del propietario. Cuando hablamos de patrimonio de familia no nos referimos a los bienes y propiedades que tenga una familia, sino a los bienes sobre los que se ha constituido el patrimonio de familia como figura jurídica que busca proteger al patrimonio familiar. El patrimonio de familia tiene como finalidad proteger la vivienda de la familia, es decir, la casa o apartamento donde reside la familia, en razón a que el patrimonio de familia es inembargable. No se trata de proteger todo el patrimonio o todos los bienes de una familia, sino la casa donde regularmente reside.

EL PATRIMONIO FAMILIAR EN GUATEMALA

EL PATRIMONIO FAMILIAR

Objetivo y finalidad principal

Proteger y dar seguridad a las familias de que tendrán un albergue propio que no podrá ser objeto de persecución( de que se le graven o se le vendan sus bienes) durante un determinado tiempo pues el bien no podrá ser hipotecado o utilizado como garantía prendaria, de esa forma una familia puede subsistir. ¿En qué se fundamenta el patrimonio familiar? En el beneficio de una familia. Según el Artículo 352 del Código Civil, el patrimonio familiar es: “la institución jurídico-social por la cual se destina uno o más bienes a la proteccióndel hogar y sostenimiento de la familia. Se trata de una institución eminentemente familiar, sin personalidad jurídica,y ajena a toda idea de copropiedad, entendida como un cimiento económico para satisfacer las necesidades esenciales de una familia.

Este se diferencia con el Patrimonio y el Patrimonio conyugal, porque los bienes que integren el mismo son indivisibles, inalienables, inembargables y no podrán estar gravados ni gravarse, salvo el caso de la servidumbre. Para que una persona pueda someter un bien a la institución del patrimonio familiar, debe primero tener un patrimonio y dentro de ese patrimonio debe haber un bien que sea de su propiedad (y que se encuentre libre de gravámenes o cualquier anotación que lo afecte) y por ende poder disponer de él y seguir los procedimientos establecidos en la ley y constituir el patrimonio familiar.

+ INFO

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

¿COMO INICIA EL PATRIMONIO FAMILIAR?

¿CUÁNDO SE REGULA POR PRIMERA VEZ EN GUATEMALA Y CÓMO SE LE DENOMINA En el código de 1933 en el libro de bienes y se llamaba asIlo de la familia. Cuándo cambia el nombre de asilo de la familia por patrimonio familiar? En el código civil de 1945 Utilización en Guatemala. Se usa muy poco en el área privada pero en el área pública se utiliza mucho por el estado (ante BANVI E INTA) No hay cultura y debería asesorarse a los clientes hacerlo para poder anteponer la protección a la familia ante la completa problemática económica y social que los aqueja.

En la antigua Roma todo el patrimonio de la familia formaba un bloque concentrado en manos del “paterfamilias”, ningún otro miembro de la familia tenía derecho sobre esos bienes, eran tomados como instrumentos de adquisición por cuenta del “pater”, este disponía del patrimonio sin restricción alguna. En los matrimonios, el padre, entregaba una dote al yerno, pero debido a que cada vez los divorcios eran más comunes, se llegó a obligar al marido a devolver la dote. Esto se concibe como el primer patrimonio que tenía una afectación familiar y ya no solamente individual. Para asegurar la restitución se estableció la inalienabilidad de ciertos bienes dotales, que por lo regular eran los bienes inmuebles; convirtiéndose así, como un antecedente del patrimonio familiar.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

¿COMO INICIA EL PATRIMONIO FAMILIAR?

¿CUÁNDO SE REGULA POR PRIMERA VEZ EN GUATEMALA Y CÓMO SE LE DENOMINA En el código de 1933 en el libro de bienes y se llamaba asIlo de la familia. Cuándo cambia el nombre de asilo de la familia por patrimonio familiar? En el código civil de 1945 Utilización en Guatemala. Se usa muy poco en el área privada pero en el área pública se utiliza mucho por el estado (ante BANVI E INTA) No hay cultura y debería asesorarse a los clientes hacerlo para poder anteponer la protección a la familia ante la completa problemática económica y social que los aqueja.

En la antigua Roma todo el patrimonio de la familia formaba un bloque concentrado en manos del “paterfamilias”, ningún otro miembro de la familia tenía derecho sobre esos bienes, eran tomados como instrumentos de adquisición por cuenta del “pater”, este disponía del patrimonio sin restricción alguna. En los matrimonios, el padre, entregaba una dote al yerno, pero debido a que cada vez los divorcios eran más comunes, se llegó a obligar al marido a devolver la dote. Esto se concibe como el primer patrimonio que tenía una afectación familiar y ya no solamente individual. Para asegurar la restitución se estableció la inalienabilidad de ciertos bienes dotales, que por lo regular eran los bienes inmuebles; convirtiéndose así, como un antecedente del patrimonio familiar.

Sobre que Bienes se Constituye el Patrimonio Familiar

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El patrimonio familiar puede ser:

VOLUNTARIO

JUDICIAL

LEGAL

REGULACION LEGAL

- Código Civil Decreto Ley 106 artículo 352 al 368 - Código Procesal Civil y Mercantil Decreto Ley 107 artículos 444 al 446 - Ley Reguladora de la Tramitación notarial de asuntos de Jurisdicción Voluntaria decreto del Congreso 54-77 artículo 24 al 27 - Ley de Parcelamiento Decreto del Congreso 1427 Artículos 20 al 22 - CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. Artículos 47 y 119 literal j

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