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#ADU | Marco Constitucional y Legal del Derecho Aduanero

Ezzat Chelhod

Created on October 26, 2022

Fuentes del Derecho Aduanero. La estructura del ordenamiento jurídico en el Derecho Aduanero. Bases constitucionales del Derecho Aduanero. La Ley Orgánica de Aduanas. Reglamentos. Aplicación de los tratados internacionales. Aplicación de las normas de contenido tributario.

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MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DEL DERECHO ADUANERO

Fuentes del Derecho Aduanero. La estructura del ordenamiento jurídico en el Derecho Aduanero. Bases constitucionales del Derecho Aduanero. La Ley Orgánica de Aduanas. Reglamentos. Aplicación de los tratados internacionales. Aplicación de las normas de contenido tributario.

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MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL DEL DERECHO ADUANERO

ÍNDICE

2. Bases constitucionales del Derecho Aduanero. La Ley Orgánica de Aduanas. Reglamentos.

3. Aplicación de los tratados internacionales. Aplicación de las normas de contenido tributario.

1. Fuentes del Derecho Aduanero. La estructura del ordenamiento jurídico en el Derecho Aduanero.

Agradecimientos

Datos del profesor

1. Fuentes del Derecho Aduanero. La estructura del ordenamiento jurídico en el Derecho Aduanero.

Fuente del derechoEs el origen o modo de producción del Derecho (Hung, 2007).Es el acto, el órgano, el fenómeno, donde brota el Derecho (DU PASQUIER, 1950).Es la manera como se produce ese conjunto de normas que integran el ordenamiento jurídico (Egaña, 2000). _____________________________________________________ No existe una teoría de las fuentes del derecho aduanero distinta a la teoría general de las fuentes del derecho, puesto que no existen formas diferentes de manifestación externa de esta disciplina.

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Fuentes del derecho aduanero venezolano:

  • Las disposiciones constitucionales en materia aduanera.
  • Las leyes y demás actos con fuerza de ley, incluyendo los tratados, convenios o acuerdos internacionales ratificados por la República Bolivariana de Venezuela en materia aduanera. Específicamente: 1) normas de rango legal que regulan exclusivamente la materia aduanera y 2) disposiciones jurídicas aduaneras contenidas en normas de rango legal no aduaneras.
  • El Decreto constituyente mediante el cual se dicta el código orgánico tributario bajo los límites establecidos en sus artículos 1 y 79 (fuente y aplicabilidad supletoria).
  • Las reglamentaciones y demás disposiciones sublegales de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto en materia aduanera.

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Otras fuentes del derecho aduanero:

  • La jurisprudencia aduanera.
  • La doctrina aduanera.
  • Los principios generales del derecho aduanero.
Método de integración del derecho aduanero:La analogía. Se admite la analogía para colmar los vacíos legales. Sin embargo, está excluida en materia de creación de tributos, exenciones, exoneraciones y otros beneficios, la tipificación de ilícitos y el establecimiento de sanciones.

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Estructura del ordenamiento jurídico aduanero 1. Rango constitucional Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2009). Numeral 15 del artículo 156 y numeral 1 del artículo 183. 2. Rango legal (referencial). 3. Rango sublegal

  • Decretos o reglamentos ejecutivos (Presidente de la República).
  • Sentencias de contenido aduanero (Poder Judicial). Resoluciones de los Ministerios (en especial del Poder Popular de Economía y Finanazas).
  • Providencias administrativas de la administración tributaria nacional (SENIAT).

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2. Bases constitucionales del Derecho Aduanero. La Ley Orgánica de Aduanas. Reglamentos.

Bases constitucionales del Derecho Aduanero ConstituciónArtículo 156Es de la competencia del Poder Público Nacional el régimen del comercio exterior y la organización y régimen de las aduanas. Artículo 183Los Estados y los Municipios no podrán crear aduanas ni impuestos de importación, de exportación o de tránsito sobre bienesnacionales o extranjeros, o sobre las demás materias rentísticas de la competencia nacional.

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Leyes Orgánicas. Artículo 203 de la Constitución. Cuatro tipos: a) las que así denomine la Constitución; b) las que se dicten para organizar los poderes públicos;c) las que se dicten para desarrollar los derechos constitucionales; y d) las que sirvan de marco normativo a otras leyes. Se aprueban, con el voto de las dos terceras partes de los integrantes presentes de la Asamblea Nacional. Serán remitidas antes de su promulgación, a la sala Constitucional del TSJ, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico.

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El Decreto Constituyente mediante el cual se dicta la Ley Orgánica de Adunanas (2020): 1. No es una ley (es un decreto) porque no fue dictado por ninguno de los representantes de los poderes públicos con atribución constitucional para dictar normas de rango legal. A saber: Asamblea Nacional y Presidente de la República habilitado por la Asamblea Nacional para ello 2. No es constitucional porque no tiene su fundamento en ninguna norma constitucional. Es decir: la Constitución venezolana como norma suprema del ordenamiento jurídico, regula los tipos de leyes y entre las mismas, no se encuentran los 'decretos constitucionales'. Los tipos de normas de rango legal que prevé la Constitución son: leyes ordinarias, códigos, leyes orgánicas, leyes habilitantes, leyes de base, leyes de desarrollo, decretos con rango de ley. Por lo tanto:

  • nadie distinto a la Asamblea Nacional y al Presidente de la República (habilitado) puede dictar o derogar normas de rango legal porque no tienen esa atribución de forma expresa en la Constitución. Y las leyes solo pueden derogarse por leyes de igual categoría; y
  • ningún ente puede calificar a sus actos como constitucionales (menos a los decretos) si ello no cuenta con fundamento constitucional.

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Los reglamentos del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta la LOA:

  • 2014 Reglamento del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas sobre las Tasas Aduaneras.
  • 2004 Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas Relativo al Sistema Aduanero Automatizado.
  • 2002 Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Aduanas sobre el Régimen Aduanero Suspensivo para el Sector Automotor.
  • 1996 Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas sobre los Regímenes de Liberación, Suspensión y otros Regímenes Aduaneros Especiales.
  • 1991 Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas.

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3. Aplicación de los tratados internacionales. Aplicación de las normas de contenido tributario.

Los convenios internacionales dentro del Derecho AduaneroRevisten una importancia muy particular, ya que son auténticas fuentes de derecho para esta disciplina jurídica, en razón de que son Ley para los países. Los tratados internacionales han creado organismos cuyo estudio y actividad cae dentro del campo del Derecho Aduanero. De manera ejemplificativa podemos señalar:

  • la Organización Mundial de Aduanas (O.M.A.).
  • el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (G.A.T.T.); el cual se ha transformado por voluntad de 124 países y la comunidad Europea en la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.).
  • la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (U.N.C.T.A.D.).
  • la Organización de Cooperación y Desarrollo, Económico (O.E.C.D.).
  • la Comisión Aduanera Económica del Africa Central (ADEAC).
Las necesidades del comercio internacional determinaron siempre la política de los Estados exteriorizada mediante tratados (Pedro Fernández Lalanne). Es así como los países han suscrito numerosos acuerdos para el comercio internacional y la navegación.Ver: Contreras, M. C., & Martínez, P. G. Z. (1985). Derecho aduanero. Editorial Porrúa. p. 34.

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Normas del Decreto Constituyente mediante el cual se dicta el Código Orgánico Tributario que hacen referencia a la materia aduanera:

  • Para los tributos aduaneros el Código Orgánico Tributario se aplicará en lo atinente a los medios de extinción de las obligaciones, a los recursos administrativos y judiciales, la determinación de intereses y en lo relativo a las normas para la administración de tales tributos que se indican en este Código; para los demás efectos se aplicará con carácter supletorio (artículo 1).
  • La prescripción se interrumpe por control aduanero (numeral 2, artículo 60).
  • Las disposiciones generales del Código Orgánico Tributario se aplican a todos los ilícitos tributarios, con excepción a los previstos en la normativa aduanera, los cuales se tipificarán y aplicarán de conformidad con las leyes respectivas (artículo 79).
  • Constituye ilícito tributario material: comercializar o expender en el territorio nacional especies gravadas destinadas a la exportación o importadas para el consumo en el régimen aduanero territorial que corresponda (numeral 5, artículo 109).
  • Quien comercialice o expenda en el territorio nacional especies gravadas destinadas a la exportación o importadas para el consumo en el régimen aduanero territorial que corresponda, será sancionado con multa del equivalente a quinientas (500) veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela y el comiso de las especies gravadas (artículo 116).
  • Cuando el acto administrativo en el que se impuso la pena de comiso haya quedado firme, la administración tributaria podrá optar por rematar los efectos, de acuerdo con el procedimiento establecido a tal efecto en la Ley Orgánica de Aduanas y su reglamento (artículo 248).

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¿Cuál es tu opinión sobre el régimen jurídico aduanero en Venezuela?

Ezzat L. Chelhod Beyloune Abogado Profesor Universitario Especialista en Derecho Tributario

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