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TIPOS DE ASAMBLEAS

Estefana Quezada

Created on October 6, 2022

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Transcript

Formas de la Convocatoria

EXTRAORDINARIA

ORDINARIA

TOTALITARIAS

-Se reunirá por lo menos una vez al año.-Se reunirán en cualquier momento que sean convocados. -Deberan ocuparse de lo agendado, así como lo indicado en el artículo 134 del Código de Comercio de Guatemala. -El Quorun: debe estar presentada por lo menos de la mitad de las acciones que tengan derecho a voto, segun lo indicado en el artículo 148 del C.de C. de Guatemala

-Se podrán reunir en cualquier tiempo sin necesidad de convocatoria previa. -No hay necesidad que esten reunidos la totalidad de los accionistas, no debe oponerce ningun accionista y que la agenda se apruebe por unanimidad. -Según lo indica el artículo 156 del Código de Comercio.

-Se debe convocar mediante avisso publicados por lo menos dos veces en el Diario Oficial y en otro de los de mayor circulación en el país, con no menos de 15 días de anticipación a la fecha de su celebración. - Estos deben contener: El nombre de la sociedad en caracter tipográficos notorios, lugar, fecha y hora de la reunión, indicar si es asamble extraordinaria, ordinaria o especial. -Se avisará a los lugaresindicatos o por correos electronicos. -Según se indica en el artículo 138 del C. C.

-Se reunirán para tratar asuntos de valor en la nómina, aumentos o reducción de algún capital, aumentar o disminuir el valor de las nóminas. Segun se indica en el artículo 135 del C. de C. -Cualquier otro asunto para el cual sea convocada aunque sea competencia de las asambleas ordinarias. El Quorun: se da la asamblea por segunda convocatoria por voto favorable por lo menos el 30% de las acciones con derecho a voto emitidas por la sociedad segun se indica en el articulo 149 del C.C.

-Se debe hacer por los administradores o por el órgano de fiscalización, si en todo caso existiera, siempre que considieren las convocatorias, se dará preferencia a la hecha por los administradores y se fusionarán las respectivas agendas. -Según lo indica el artículo 140 del Código de Comercio.

Asambleas