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Justicia

La Supremacía Constitucional

Sistema Jurídico Mexicano

Supremacía Constitucional

Principios del Sistema Jurídico Mexicano

Jerarquía de los ordenamientos jurídicos mexicanos

REFERENCIAS

Artículo 133.

ENP Derecho. (2021). Supremacía constitucional [YouTube Video]. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=lsNbiVNwqf4 ‌ Conde, A. E. (2019). SISTEMA JURÍDICO MEXICANO (Teoría del Estado) [YouTube Video]. Recuperado de: https://www.youtube.com/watch?v=qY9ArqQDJE4 Colegio de Ciencias Sociales (s.f). Guías de estudio de la materia de: Derecho comentadas. DGENP UNAM. Recuperado de: https://www.google.com/url?q=https://drive.google.com/file/d/1vVl7H1EjGbSwZybCSPCDRi2QELFhEMy/view&sa=D&source=editors&ust=16633507182970 74&usg=AOvVaw0X45REwICbHASMj46cOEDH ‌ Piccato, A. O. (IURE editores, S.A de C.V). (2011). Teoría del Derecho. Universidad Autónoma de México

El sistema jurídico es el conjunto de normas jurídicas vigentes y aplicables en nuestro país. Normas jurídicas: Reglas de conducta que confieren facultades, imponen deberes y otorgan derechos para que los individuos en sociedad puedan comportarse de manera adecuada, asegurando la paz social. Nuestro sistema jurídico está sustentado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que es la ley fundamental de nuestro país.

Tiene asignada la misión de establecer la jerarquía de las normas jurídicas en todo el sistema jurídico mexicano Las leyes supremas de toda la unión, son las leyes de esta constitución y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, en caso de que las Constituciones Estatales contradigan alguna de estas leyes, los jueces de cada entidad federativa aplicarán las leyes de esta Constitución

  1. Constitución: Es la ley suprema que rige la vida jurídica y política de un país, no debe haber norma alguna o acto de autoridad que la contradiga. Por ejemplo la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  2. Ley Federal y Tratado Internacional: La ley federal es aquella creada por el congreso de la unión y que tiene vigencia en todo el territorio nacional. Por ejemplo el Artículo 123. Los Tratados Internacionales son acuerdos entre dos o más países para generar derechos y obligaciones, entre los pactantes, es decir, en quienes los suscriben. Por ejemplo el T-MEC.
  3. Ley ordinaria o local: Es creada por los congresos locales de cada entidad federativa y de la Ciudad de México y solo tiene vigencia y aplicación en los Estados para el cual fue creada. Por ejemplo la despenalización del aborto conforme al código penal de la Ciudad de México.
  4. Decreto: Proviene del poder ejecutivo establece que los decretos emitidos por el presidente deben de ser firmados por el secretario de Estado a cuya competencia corresponda el asunto para que tenga fuerza obligatoria. Por ejemplo la expropiación petrolera.
  5. Reglamento: Expedido por el ejecutivo con el propósito de facilitar la observación y cumplimiento de una ley expedida por el congreso de la unión. Por ejemplo el reglamento de construcciones.
  6. Normas jurídicas individualizadas: Señalan derechos y obligaciones para personas especificas y casos concretos. Por ejemplo sentencia, resolución administrativa, contratos, testamento.

Es el principio básico de todo sistema jurídico. Existe una jerarquía normativa indispensable, y el fundamento de validez de todo ordenamiento se encuentra en las disposiciones de carácter constitucional. La Constitución es la norma fundamental, es la ley suprema, la que señala las atribuciones y los límites a la Federación y a los estados. El principio de supremacía constitucional corresponde a la noción de democracia organizada y supone las ideas de legalidad y estabilidad jurídica: la norma que no esté de acuerdo con la Constitución es inexistente o inconstitucional; los órganos gubernativos sólo pueden actuar dentro del ámbito que la constitución les señale. Ninguna ley o acto de autoridad pueden restringir las garantías o los derechos fundamentales consagrados en la Constitución.

Los principios generales del derecho son, de acuerdo con la definición proporcionada, criterios o entes de razón que expresan un juicio acerca de la conducta humana a seguir en cierta situación: por ejemplo; el principio «dar a cada quien lo suyo»; uno de estos principios generales del derecho (mexicano), es un criterio que expresa el comportamiento que han de tener los hombres en sus relaciones de intercambio; este criterio es real, tiene entidad, no como un ser que pueda ser captado por los sentidos del hombre (no como ser sensible), sino como un ser que subsiste en la inteligencia que lo concibe (como ser mental).