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Tatiana Garcia

Created on September 14, 2022

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Qué es victimización
La victimización es el proceso y conducta antisocial ejercida por el agresor hacia una persona, convirtiéndola en víctima, dicho de otra forma es el primer acto donde se comete el delito, producto de esto la persona sufre las consecuencias de la conducta criminal que fue realizada sobre su persona.
Qué es revictimización
La revictimización hace alusión al abuso de poder entre el sistema jurídico y los individuos de la sociedad. Se produce cuando la víctima entra en contacto con el sistema jurídico al interponer la denuncia por algún delito cometido hacia esta. Autores como Gutiérrez Piñeres, Coronel y Pérez, añaden que los profesionales encargados de recibir las denuncias de delitos, no asumen la mejor actitud hacia la víctima siendo indiferentes a su dolor, no demostrando consideración alguna por el sufrimiento en el que estas se encuentran.
A quién se define como víctima
EL término víctima proviene del vocablo latín víctimam, y significa todo animal o persona destinado al sacrificio. La víctima es aquella persona que ha pasado por un proceso de victimización (delito), aunque principalmente se ha estudiado al victimario, su conducta y motivación, aparece la necesidad de brindar respuesta y protección a las víctimas, es así que con el paso del tiempo se han creado organismos institucionales, nacionales e internacionales

Malas Prácticas

  • • Se revictimiza a la víctima de manera innecesaria, la víctima en primera instancia debe rendir su versión al agente policial, posterior a los organismos judiciales e incluso médicos (según amerite el caso).
  • • Seguimiento, la víctima denuncia el delito y existe el primer acercamiento, sin embargo, los organismos judiciales no se involucran completamente en el caso.
  • • La víctima acude por varias ocasiones a rendir su versión a organismos judiciales, ya que por protocolo debe rendir su versión a la fiscalía, posterior tiene la intervención con médico, trabajo social, psicólogo y por último testimonio en cámara Gesell.
  • • Se cancela la diligencia por motivos ajenos al profesional (audiencias, vacaciones, no acude partes procesales) y la víctima acude a la institución.
  • • Recabar información, en ocasiones las partes procesales solicitan ampliaciones de aspectos que no se encuentran en el informe pericial por lo cual se requiere volver a citar a la víctima y por ende revictimizar.
  • • Servidores públicos no suelen tener una educación enfocada a la no revictimización y tienden a agredir con comentarios inadecuados a las víctimas y muestran mayor interés en la vida privada de la víctima que en aclarar el delito.
  • • El tiempo que se demora en dar respuesta al delito denunciado por la persona, aunque la víctima ya no acuda continuamente a organismos judiciales, la misma estará pendiente hasta que exista una sentencia.

Propuesta de prevención de la victimización secundaria de las personas adultas víctimas de violencia sexual, física y psicológica, en el sistema jurídico ecuatoriano.

  • • Evitar la concurrencia continua de la víctima a organismos judiciales, por lo cual, se recomienda que la víctima en el mismo día rinda su versión y se realicen las valoraciones médicas, psicológicas y de trabajo social.
  • • En casos que requiera la primera intervención de servicios policiales, los mismos no deben profundizar en temas del delito, sin que este punto conlleve a una mala praxis.
  • • Rendir el testimonio o versión en Cámara Gesell mientras que el equipo técnico (medico, psicólogo y trabajo social) escuchan la versión y posterior realizan las preguntas necesarias, con la finalidad que la víctima no rinda por tres o más ocasiones su testimonio.
  • • Se debe tener tacto con las preguntas elaboradas a la víctima, es decir indagar lo que desee indagar sin revictimizar.
  • • Acelerar el proceso de intervención en las diligencias, esto debido a que el tiempo que ocurre entre una y otra diligencia, el victimario u otras situaciones puede provocar la retractación de la víctima.
  • • Procurar la ejecución de las diligencias, esto corresponde a organismos judiciales asegurar que la diligencia se va a realizar.
  • • Construcción de protocolos para atender a víctimas con discapacidad auditiva e intelectual.
referencias Bibliograficas

- Carranco, D. (2020). La no revictimización de las mujeres en México. Revista Digital Universitaria, 21(4), 2-10. - Gómez, Y. H., Hernández, A. Z., & Febles, J. R. (2020). La victimización. - Consideraciones teórico-doctrinales. Derecho y cambio social, (61), 392-413. - Mantilla, S. (Julio, 2015). Ciencias forenses de Honduras. La revictimización como causal de silencio de la víctima. PP. 5. Recuperado de: http://www.bvs.hn/RCFH/pdf/2015/pdf/RCFH1-2-2015-4.pdf

Integrantes

Cristina Gavilanes Tatiana Garcia Paola Sarango