oRGANIZación del servicio educativo en colombia
El Ministerio de Educación Nacional (MEN), cuyo ente superior de las políticas educativas proyecta los lineamientos generales en relación a la presentación del servicio educativo.
La descentralización del servicio educativo
La descentralización le ha dado la responsabilidad de forma directa de la prestación del servicio educativo a las entidades territoriales (departamentos, distritos y municipios certificados).
Al secretario de educación le compete organizar, dirigir y planificar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, orientando su trabajo en la búsqueda de la equidad, calidad, acceso y permanencia como parte de las condiciones de la prestación del servicio.
Organización sectorial
Niveles territoriales
Nivel departamental
Secretarías de Educación departamentales, distritales y municipales pertenecientes a las entidades territoriales que están certificadas y quienes trabajan la administración de la prestación del servicio educativo en el territorio de su poder.
Conformado por las Secretarías de Educación departamentales que garantizan por la prestación del servicio educativo de todos sus municipios no certificados.
Por otra parte, se encuentran otros órganos de participación para obtener una excelente prestación del servicio educativo y su coordinación en los diferentes niveles territoriales, entre ellos están:
• Juntas de educación (JUNE)
• Juntas departamentales de educación (JUDE)
• Juntas distritales de educación (JUDI)
• Juntas municipales de educación (JUME)
Competencias de las entidades territoriales
El estado les otorga libertad a las entidades territoriales para la administración de los recursos financieros, técnicos y administrativos, estas varían dependiendo de si se trata de una entidad certificada o no.
Leer más
Niveles educativos y prestadores del servicio
El servicio educativo en Colombia se brinda en diferentes niveles, a través de los prestadores de servicios ya sean de carácter público o privado y también en instituciones educativas que son el espacio en el cual se precisan los trabajos de la entidad territorial, con el fin de alcanzar sus objetivos en relación a la cobertura, calidad y eficiencia educativa.
Educación formal
El sistema educativo está conformado por cuatro niveles de enseñanza, estos pertenecen a la educación formal y son:
1. Educación Preescolar
Según la ley 115 de 1994, este nivel comprende mínimo un grado obligatorio.
Abrarca 3 grados: Prejardín (3 años), Jardín (4 años) y Transición (5 a 6 años)
2. Educación Básica
Tiene una duración de 9 grados los cuales se desarrollan en dos ciclos.
Básica primaria: incluye 5 grados, primero a quinto (7 a 11 años).
Básica secundaria: incluye 4 grados, sexto a noveno (12 a 15 años).
3. Educación Media
Abarca 2 grados, décimo y once (16 y 17 años).
Ciclo complementario normal superior
Incorpora dos grados adicionales (doce y trece). Forma a docentes normalistas (no profesionales).
4. Educación Superior
Técnico profesional: presenta programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental (2 a 3 años)
Tecnológico: abarca programas que están ligados a los procesos técnicos, formando en ocupaciones, programas de formación académica y especialización (3 años)
Pregrado: formación profesional que forma en producción del conocimiento, investigación tecnológica o científica y en áreas específicas disciplinarias. (4 o 5 años)
Postgrados: Son programas académicos que se enfocan en una disciplina en específico. Se pueden encontrar diferentes ramas como: Especialización, maestría, doctorado y posdoctorado.
Educación no formal
La educación no formal es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de esta Ley. (Artículo 36 de la ley 115 de 1994)
Educación informal
Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados. (Artículo 43 de la ley 115 de 1994)
Prestadores del servicio
El servicio educativo puede ser presentado por parte del Estado (público), o por particulares que tengan autorización estatal. Para prestar el servicio educativo, las instituciones educativas cuya naturaleza es pública, privado o solidario, deben cumplir unos requerimientos:
• Tener licencia de funcionamiento (privados), en el caso de los públicos tener el reconocimiento oficial.• Tener a su disposición una estructura administrativa, planta física y medios educativos que sean adecuados, con el fin de ofrecer por lo menos un grado de preescolar, básica primaria y secundaria.
• Disponer de un Proyecto Educativo Institucional (PEI)
Info
El servicio público educativo que está a cargo del estado cubre diversas modalidades, puede ser presentado por:
Establecimientos educativos oficiales: de acuerdo con la guía 33 del MEN, alude a los que son perteneciente a la secretaría de educación de cada entidad territorial, en inmuebles de propiedad del Estado o de terceros y por personas que tienen la calidad de funcionarios públicos.
Terceros contratados: en casos de insuficiencia en los establecimientos educativos del Estado, se podrá contratar el servicio con terceros que tengan idoneidad y trayectoria reconocida en la presentación de servicios educativos.
Referencias
Ministerio de Educación Nacional. (2009). Organización del sistema educativo en Colombia. Guía n.° 33. Autor. https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-205294_archivo_pdf.pdf
Congreso de Colombia. Ley general de educación (Ley 115 de 1994). https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf
Realizado por:
Astrid Solano Estudiante de IX semestre de Lic. Educación Infantil
Organización del servicio educativo en Colombia
Astrid Solano
Created on August 10, 2022
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oRGANIZación del servicio educativo en colombia
El Ministerio de Educación Nacional (MEN), cuyo ente superior de las políticas educativas proyecta los lineamientos generales en relación a la presentación del servicio educativo.
La descentralización del servicio educativo
La descentralización le ha dado la responsabilidad de forma directa de la prestación del servicio educativo a las entidades territoriales (departamentos, distritos y municipios certificados).
Al secretario de educación le compete organizar, dirigir y planificar el servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media, orientando su trabajo en la búsqueda de la equidad, calidad, acceso y permanencia como parte de las condiciones de la prestación del servicio.
Organización sectorial
Niveles territoriales
Nivel departamental
Secretarías de Educación departamentales, distritales y municipales pertenecientes a las entidades territoriales que están certificadas y quienes trabajan la administración de la prestación del servicio educativo en el territorio de su poder.
Conformado por las Secretarías de Educación departamentales que garantizan por la prestación del servicio educativo de todos sus municipios no certificados.
Por otra parte, se encuentran otros órganos de participación para obtener una excelente prestación del servicio educativo y su coordinación en los diferentes niveles territoriales, entre ellos están:
• Juntas de educación (JUNE) • Juntas departamentales de educación (JUDE) • Juntas distritales de educación (JUDI) • Juntas municipales de educación (JUME)
Competencias de las entidades territoriales
El estado les otorga libertad a las entidades territoriales para la administración de los recursos financieros, técnicos y administrativos, estas varían dependiendo de si se trata de una entidad certificada o no.
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Niveles educativos y prestadores del servicio
El servicio educativo en Colombia se brinda en diferentes niveles, a través de los prestadores de servicios ya sean de carácter público o privado y también en instituciones educativas que son el espacio en el cual se precisan los trabajos de la entidad territorial, con el fin de alcanzar sus objetivos en relación a la cobertura, calidad y eficiencia educativa.
Educación formal
El sistema educativo está conformado por cuatro niveles de enseñanza, estos pertenecen a la educación formal y son:
1. Educación Preescolar
Según la ley 115 de 1994, este nivel comprende mínimo un grado obligatorio.
Abrarca 3 grados: Prejardín (3 años), Jardín (4 años) y Transición (5 a 6 años)
2. Educación Básica
Tiene una duración de 9 grados los cuales se desarrollan en dos ciclos.
Básica primaria: incluye 5 grados, primero a quinto (7 a 11 años).
Básica secundaria: incluye 4 grados, sexto a noveno (12 a 15 años).
3. Educación Media
Abarca 2 grados, décimo y once (16 y 17 años).
Ciclo complementario normal superior
Incorpora dos grados adicionales (doce y trece). Forma a docentes normalistas (no profesionales).
4. Educación Superior
Técnico profesional: presenta programas de formación en ocupaciones de carácter operativo e instrumental (2 a 3 años)
Tecnológico: abarca programas que están ligados a los procesos técnicos, formando en ocupaciones, programas de formación académica y especialización (3 años)
Pregrado: formación profesional que forma en producción del conocimiento, investigación tecnológica o científica y en áreas específicas disciplinarias. (4 o 5 años) Postgrados: Son programas académicos que se enfocan en una disciplina en específico. Se pueden encontrar diferentes ramas como: Especialización, maestría, doctorado y posdoctorado.
Educación no formal
La educación no formal es la que se ofrece con el objeto de complementar, actualizar, suplir conocimientos y formar en aspectos académicos o laborales sin sujeción al sistema de niveles y grados establecidos en el artículo 11 de esta Ley. (Artículo 36 de la ley 115 de 1994)
Educación informal
Se considera educación informal todo conocimiento libre y espontáneamente adquirido, proveniente de personas, entidades, medios masivos de comunicación, medios impresos, tradiciones, costumbres, comportamientos sociales y otros no estructurados. (Artículo 43 de la ley 115 de 1994)
Prestadores del servicio
El servicio educativo puede ser presentado por parte del Estado (público), o por particulares que tengan autorización estatal. Para prestar el servicio educativo, las instituciones educativas cuya naturaleza es pública, privado o solidario, deben cumplir unos requerimientos:
• Tener licencia de funcionamiento (privados), en el caso de los públicos tener el reconocimiento oficial.• Tener a su disposición una estructura administrativa, planta física y medios educativos que sean adecuados, con el fin de ofrecer por lo menos un grado de preescolar, básica primaria y secundaria. • Disponer de un Proyecto Educativo Institucional (PEI)
Info
El servicio público educativo que está a cargo del estado cubre diversas modalidades, puede ser presentado por:
Establecimientos educativos oficiales: de acuerdo con la guía 33 del MEN, alude a los que son perteneciente a la secretaría de educación de cada entidad territorial, en inmuebles de propiedad del Estado o de terceros y por personas que tienen la calidad de funcionarios públicos. Terceros contratados: en casos de insuficiencia en los establecimientos educativos del Estado, se podrá contratar el servicio con terceros que tengan idoneidad y trayectoria reconocida en la presentación de servicios educativos.
Referencias
Ministerio de Educación Nacional. (2009). Organización del sistema educativo en Colombia. Guía n.° 33. Autor. https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-205294_archivo_pdf.pdf
Congreso de Colombia. Ley general de educación (Ley 115 de 1994). https://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf
Realizado por:
Astrid Solano Estudiante de IX semestre de Lic. Educación Infantil