Want to create interactive content? It’s easy in Genially!
La accion cambiaria
Michelle Rojas
Created on July 22, 2022
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
Transcript
TU DIARIO VIVIR
Lunes 25 de Julio, 2022
#001
San Jose, CR
ha escuchando usted sobre la aacion cambiaria?
Que sabe usted sobre la Accion Cambiaria?
Las acciones cambiarias se clasifican en dos tipos: acción cambiaria directa, que es la que se ejecuta en contra del aceptante (deudor) y sus avalistas, así como; la acción cambiaria de regreso que se ejecuta contra cualquier obligado llámese girador, avalista o endosante. Las mismas seran expuestas con mas contenido mas adelante...
Dentro del derecho de las obligaciones jurídicas civiles, encontramos un elemento jurídico que permite que el acreedor pueda hacer efectiva la obligación de forma directa contra el deudor, lo cual se conoce como acción cambiaria.
+info
Los titulos valores y su importancia
Conoces casos donde se aplique esta medida?
tNos encargaremos de que lo entiendas.
No te preocupes, nos encargaremos de darte mas contexto.
Entendamos primero que son los titulos valores.
La Letra de cambio como título de valor, tiene como objetivo final el pago de la misma por el aceptante, se podría decir que su beneficio es la seguridad del pago. Podemos concluir que si el titulo valor se perjudica y el responsable es el acreedor, se extingue la obligación causal y la cambiaria
Los títulos valores se definen como documentos que tienen por finalidad agilizar y asegurar el tráfico mercantil de manera que se pueda beneficiar las exigencias del comercio moderno. Permiten obtener un crédito que difiera temporalmente el pago.
. Es fundamental saber que la entrega de un título valor no cancela la deuda, sin embargo; cuando se entregue un titulo de valor como medio de pago y las acciones cambiarias están vigentes, la obligación causal queda suspendida. Cuando un titulo valor se paga, se extinguen dos obligaciones: la obligación primitiva y la obligación cambiaria, que surgió de los títulos valores. El pago extingue las dos obligaciones representativas de una misma prestación: la cambiaria y la causal.
Un Titulo Valor...
Podemos decir tambien que
contiene una orden o promesa de pago, es un documento que estipula y otorga a su titular el derecho de exigir el cumplimiento de una obligación de pago, esta obligación es conocida como obligación cambiaria. Quien recibe un titulo valor que contiene una orden o promesa de pago, tiene origen en una relación prexistente. A dicha obligación se le conoce como obligación causal o primitiva. La obligación causal se refiere a la relación subyacente u obligación que dio comienzo al documento cartular, y la acción cambiaria es el ejercicio que está en función de la presentación y de la transmisión del título.
“La acción es cambiaria cuando se trata de una de las que puede ejercitar el portador de un título cambiario, contra los obligados al pago, sobre la base y en razón de dicho título”. (p. 66) -Baccario Castañeira (1980)
Ahora, Que sabemos sobre la accion cambiaria?
Por lo que la diferencia entre la acción cambiaria directa y la acción cambiaria de regreso se distinguen por las personas en contra de quienes proceden, por el modo en que se perfeccionan y por la forma en que se extinguenEs menester señalar que la acción cambiaria por ser un elemento de derecho, no está solamente sujeta a la acción del acreedor ante el deudor para hacer valer el compromiso de la obligación, y que a pesar de que no pueden oponerse defensa contra la ejecución por parte del deudor,
si se pueden oponer ante el acreedor las excepciones de ley y solicitar por parte del deudor la prescripción y la caducidad. Al respecto el Código de Comercio de Costa Rica indica en el artículo 795, Código de Comercio C.C. Artículo 795. 30 de abril de1964. Costa Rica “Las acciones que nacen de la letra de cambio prescriben a los cuatro años, a contar de la fecha del vencimiento.
Dentro del derecho de las obligaciones jurídicas civiles, encontramos un elemento jurídico que permite que el acreedor pueda hacer efectiva la obligación de forma directa contra el deudor, lo cual se conoce como acción cambiaria.Las acciones cambiarias se clasifican en dos tipos: acción cambiaria directa, que es la que se ejecuta en contra del aceptante (deudor) y sus avalistas, así como; la acción cambiaria de regreso que se ejecuta contra cualquier obligado llámese girador, avalista o endosante.
la importancia de conocer que implica realizar contratos.
Es importante el conocimientos de estos terminos y su aplicación, los cuales nos hacen ver la relevancia de estos temas en nuestro diario vivir no solo como ciudadanos si no tambien, como profesionales en la materia
Accion cambiara de regreso
Accion Cambiaria Directa
Así las cosas, podemos arribar al concepto de acción cambiaria, que es: el mecanismo jurídico mediante el cual se accionan los procedimientos judiciales con el fin de hacer efectivo el de un crédito contenido en un título valor. Por ejemplo: Si como garantía se ha firmado una letra de cambio y llegada la fecha en que el deudor se comprometió a pagar y no lo hizo, entonces se puede utilizar la figura jurídica conocida como acción cambiaria, ya sea ante el deudor directo o los avalistas del título valor.
La que el tenedor del título valor puede dirigir contra los endosantes, garantes de éstos y demás obligados del título distintos al obligado principal y garantes. Se puede afirmar que esta acción es aplicada por el tenedor del título cambiario contra el librador, el avalista, ya que se firma un documento y estos llegaron a un acuerdo con el pago. Tendrán que cobrar al tenedor el pago de la obligación.
Elementos de la accion cambiaria:
Elemento 3
Elemento 2
Elemento 1
Elemento 4
• Debe de existir una obligación, para los efectos estudios, y para ejecutar la acción cambiaria directa la obligación es un compromiso adquirido generalmente a cambio de dinero, el cual debe de ser pagado por el deudor al acreedor en un plazo establecido. Este compromiso u obligación se plasma a través de diferentes títulos valores
• Debe de existir un acreedor que es la persona interesa en que se cumpla la obligación, en el plazo y condiciones definidas en el contrato o titulo valor respectivo.
• Para ejecutar la acción cambiaria directa debe de existir un deudor, quien es el sujeto obligado a cumplir con la obligación, ya sea por voluntad propia por medio d una acción judicial.
• Puede existir un avalista, que es la persona que se compromete ante el acreedor a satisfacer el compromiso de la obligación en caso de incumplimiento por parte del deudor principal.
Así podemos deducir que la acción cambiaria procede cuando
Los casos en que procede gestionar la acción cambiaria directa, como los siguientes: 1. En caso de falta de aceptación o de aceptación parcial. 2. En caso de falta de pago o de pago parcial 3. Cuando el girado o el aceptante sean declarados en quiebra, o en estado de liquidación, o se les abra concurso de acreedores, o se hallen en cualquier otra situación semejante.
se vence el plazo que las partes hayan acordado para el pago del título valor, pues antes de esa fecha en el título no es exigible.
Para el tercer caso, la acción cambiaria directa se puede ejercer jurídicamente aún si el plazo para el cumplimiento de la obligación contenida en el titulo valor no ha vencido, a modo cautelar para proteger los derechos del acreedor o tenedor del título, que no queda obligado a esperar hasta el vencimiento del plazo para intentar cobrar la deuda. Uno de los aspectos importantes en tomar en consideración, es que la acción cambiaria, directa no solo atiende la obligación del pago del deudor sobre el principal del título valor, sino que también contempla, que se puede reclamar los intereses moratorios desde el día del vencimiento del título, y los gastos demostrables y proporcionales en que el acreedor incurre para ejecutar la cobranza.
Sobre la legitimación para ejecutar la acción cambiaria
Ahora bien, como se ha dicho la acción cambiaria directa es un acto jurídico, por lo que para ser accionado es muy importante que el acreedor demuestre su legitimación para iniciar el proceso y hacer valer su derecho, ya que el legitimado, no solo es la persona que adquirió la obligación, sino que dicha obligación pudo haber sido transferida a otra persona a través de la adquisición del título valor, por lo que el legitimado para accionar la acción cambiaria es el portador legítimo del título valor al vencimiento del plazo pactado para exigir la obligación.
Y sobre la preescripcion?
Como la ejecución de la acción cambiaria directa, es un acto jurídico mediante el cual el acreedor accionado su derecho a exigir el pago de la deuda, hay que considerar que, como procedimiento accionado en la vía jurisdiccional, pueden ser objeto de aplicación de algunas excepciones legales, tales como la prescripción o la caducidad.Por cuanto a la prescripción de las acciones cambiarias directas, se tiene que, como todo derecho adquirido, éste prescribe si no se ejerce dentro de la oportunidad legal, y así se encuentra legislado en nuestro marco jurídico mediante el Código de Comercio en los artículos 795, 796 y 969,
Si la acción cambiaria o demanda no se presenta dentro de ese término, se extingue la obligación jurídica, quedando impedido el acreedor o tenedor del título valor para accionar, demandar o ejercer la acción cambiaria que por derecho le corresponde. Cuando la acción cambiaria prescribe, el título valor no puede ser cobrado judicialmente, en razón a su extinción por el paso del tiempo.
La prescripción de la acción cambiaria es una de las excepciones que puede interponer el obligado cambiario o ejecutado, y es su obligación alegarla pues el juez no puede declararla de oficio.
la caducidad en la acción cambiaria directa
En relación a la acción cambiaria de regreso si se puede aplicar la excepción de caducidad, debido a que dicho caso, si aplica el plazo en que el interesado pueda solicitar ejercer su derecho de hacer valer la obligación.
La caducidad implica la inacción del interesado en ejecutar su derecho a exigir la obligación, con lo cual se puede considerar que con la caducidad el derecho cambiario no nace. Por lo anterior, para ejecutar la acción cambiaria directa, no se puede presentar las excepciones de caducidad, debido a que el derecho a ejecutar la acción por la vía jurisdiccional existe desde el momento del vencimiento del plazo que posee el deudor para cumplir con la obligación, por lo que no se puede alegar caducidad.
Click here
TU DIARIO VIVIR
Es importante conocer como funcionan estos temas, sus principales caracteristicas para que se puedan aplicar en el diario vivir y no vivir en la ignorancia en cuanto se hacen contratos de cualquier tipo. En general con solo conocer como operan y como podemos utilizarlos es la mejor manera de implementar minimos conociemientos diarios que se pueden aprender dia a dia.
"Porque la ignorancia de la ley no es buena excusa, alli donde todo hombre esta obligado a tener en cuenta las leyes a que esta sujeto."-Thomas Hobbes
Síguenos: