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La República Romana

Juan

Created on July 20, 2022

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La República Romana

En el Derecho Romano Res Pública se refiere normalmente a una cosa que no es considerada propiedad privada (res privata), sino que es de uso público, como por ejemplo un puente o una calle. Etimológicamente, es el origen de la palabra república.

Orígenes de la República. Lucio Tarquino el Soberbio fue el séptimo y último rey de Roma, donde reinó según la tradición desde el año 534 a. C. al 509 a. C. Una revolución pone fin, en el año 510 a.C., al poder despótico del último Tarquino. Cabe pensar que a la revolución hayan contribuido las fuerzas concertadas de los patres –de la aristocracia patricia y tradicional–, cuya posición mengua la dinastía etrusca, y de los plebeyos-soldados. Quizás el órgano favorecedor de la rebeldía sea el exercitus centuriatus patricio-plebeyo, creado por obra de Servio Tulio.

1. Constitución política

La sistemática republicana representa la solidaridad del pueblo romano, entre lo que se consideraba la vieja y tradicional clase patricia y la plebe. Por una parte la plebe esta protegida y amparada por el ordenamiento centuriado y el voto del plebeyo influye sobremanera en las decisiones que se toman en los comicios, ya que amos se erigen en el poder mayoritario.

La plebe aumentada por las constantes guerras quieren el poder y el mando, consciente o inconscientemente los patricios se niegan a participar de manera directa y recurren a la huelga y a la secesión (división), protagónica de un arreglo concorde. Los plebeyos desean ser considerados como ciudadanos (civis) formales y partícipes en la vida política romana. El plebeyo quiere ser Roma.

De acuerdo con la tradición, se señala como fecha fundacional de Roma la de los años 754 o 753 a. de C. La verdad es, no obstante, que la civitas quiritaria —Quirites es termino con el que se nombran los antiguos ciudadanos romanos, que no son sino los patricios o miembros de las gentes patriciae surge tras un largo proceso de integración política.

Bajo el régimen serviano el territorio es dividido en tribus o regiones de nuevo cuño, es decir, sin semejanza con las viejas tribus de Ramnes, Tities y Luceres, que acaso no fueran sino zonas o cuarteles de la ciudad, pero denotando los tres grupos de gentes establecidos en regiones distintas. Las nuevas tribus o regiones son cuatro: la Palatina, la Esquilina, la Succusana –o Suburana– y la Colina.

En este momento, los plebeyos obtienen el derecho de ser representados por los magistrados especiales. Los tribunos de la plebe (tribunus plebis) como sus representantes y defensores, dotados de autoridad y poder mediante el veto a una decisión adoptada por un colega o magistrado inferior (intercessio magistratus), dirigido contra de los abusos de los patricios, además de representar a la plebe, los tribunos tienden a defenderla y paralizar las determinaciones de los magistrados que les perjudican, con facultades para convocar a la asamblea de la plebe ( concilium plebis) que dio origen a los plebiscitos: decisiones votadas por la plebe. Es en esta etapa histórica cuando Roma se convierte en una de las potencias más poderosas del mundo antiguo.

La plebe, acrecida por consecuencia de las guerras victoriosas, aspira a una participación efectiva en el mando. Consciente de su alto papel social, y a la hora en que el patriciado no accede a las demandadas reivindicaciones políticas, religiosas, económicas—, la plebe se niega a participar en la vida de la comunidad. Recurre a la secesión, a la huelga integral —retirada a los montes Sacro y Aventino— y a la huelga militar —desobediencia de los soldados a los praetores o jefes del ejército.

Las luchas sociales. — La República representa una forma sabia de solidaridad entre la vieja y tradicional casta patricia y la plebe, si bien al pacto patricio-plebeyo se llega tras una lucha larga y tenaz.

En lo político: Abogan los plebeyos por la validez general de los plebiscitos plebiscita—, así como por el acceso al consulado y demás magistraturas y al senado. La lex Valeria Horatia (449) sanciona la fuerza legislativa general de los plebiscitos. En el año 3121a lex Ouinia abre el Senado a los plebeyos

LA LEX VALERIA HORACIA o PROVOCATIONE

Esta última era una institución legal de la ley romana que preveía la posibilidad de que una persona condenada a muerte pudiera transformar la pena en otra sentencia, si así lo establecía el juicio popular

En lo jurídico: Es deseo de los plebeyos que se redacte un código común a las dos clases antagónicas, así como que se acabe con la prohibición de los matrimonios mixtos. La primera aspiración se ye colmada con la Ley de las XII Tablas —lex XII tabularum— o ley decenviral (451-45o). La autorización de matrimonios entre patricios y plebeyos es sancionada por la lex Canuleia (445).

Desde el punto de vista social, las conquistas plebeyas se traducen en la prohibición de intereses usurarios (lex Genucia, ); abolición de la ejecución sobre las personas —manus iniectio— por razón de deudas (lex Poetelia Papiria, del 326).

Ager publicus ( tierra pública) es el término latino para referirse a la tierra pública en la Antigua Roma. Normalmente, era adquirida por medio de la confiscación a los enemigos de Roma.

La magistratura de policía, vía pública y mercados, incendios, pesas y medidas, ciudad de edificios públicos y organización de juegos públicos (aediles curules), magistratura de empadronamiento o censos, custodiar la moral pública, administrar la tierra pública (ager publicus), arrendar y adjudicar la tierra y los trabajos públicos de interés para el país (censores), la magistratura extraordinaria en tiempos de guerra o peligros interiores o exteriores (dictador), la magistratura con caracteres de cónsul o dictador (praetor urbanus, peregrinus, praetorius).

Había varios magistrados menores: un praetor (el único otro funcionario con poder de imperium) que actuaba como funcionario judicial con jurisdicción civil y provincial, un quaestor o administrador financiero, y el aedile que supervisaba el mantenimiento urbano, como las carreteras, el suministro de agua y alimentos, y los juegos y festivales anuales. Por último, estaba el codiciado cargo de censor, que solo duraba 18 meses y era elegido cada cinco años, era el encargado del censo, que revisaba la lista de ciudadanos y sus propiedades. Podía incluso destituir a los miembros del Senado por comportamiento indecoroso. Sin embargo, había un último cargo: el de dictador, único en su género, al que se otorgaba autoridad total y solo se nombraba en tiempos de emergencia, en general por un periodo de seis meses.

La lex genucia fue una ley dada por el tribuno del pueblo Lucio Genucio en el año 342 a. C. (411 de la fundación de Roma). En ella prevenía: Que los dos cónsules podrían ser plebeyos Que ninguno podría continuar en el mismo destino por más de dos años seguidos, ni ejercer dos empleos al mismo tiempo Que quedaba abolida la usura.

La lex Ovinia, también llamada Plebiscitum Ovinium, fue una ley romana, iniciativa del concilio de la plebe para transferir el poder de revisar el censo de los miembros del Senado romano (la lectio senatus) de los cónsules a los censores

Lex Canuleia Se denomina por el tribuno Gaius Canuleius (Cayo Canuleyo), que fue quien la propuso. Abolía la anterior prohibición del matrimonio romano entre patricios y plebeyos, que regía desde la Ley de las XII Tablas; y permitía a los hijos habidos de tales matrimonios heredar el status o condición social del padre. El mismo Canuleyo logró una ley que permitía a los plebeyos acceder al consulado, hasta entonces una prerrogativa patricia.

La Ley de las XII Tablas (Lex duodecim tabularum o Duodecim tabularum leges) Fue un texto legal que contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano. También recibió el nombre de Ley decenviral. Por su contenido, se dice que pertenece más al derecho privado que al público. Fue el primer código de la Antigüedad que contuvo reglamentación sobre censura (pena de muerte por poemas satíricos).

La Ley de las Doce tablas, fue el hecho de plasmar, por escrito en plena República Romana, de una forma legal y jurídica un antiguo derecho consuetudinario, ya existente en tiempos pasados para la convivencia entre patricios y plebeyos, igualando sus derechos, a propuesta de Terentilo Arsa sobre el año 462 a.C, siendo la primera ley de derecho público y privado del que se tenga noticia.

Según la tradición, en el año 451 a.C. se encomendó a una comisión, los decemviri, la tarea de redactar un código de leyes que representara mejor los intereses del pueblo común (plebeyos) y redujera la influencia indebida en el derecho romano de los aristócratas (patricios) y los sacerdotes (pontífices). Estos últimos formaban parte exclusivamente de un consejo que interpretaba la ley a su antojo. Como preparación previa para asumir esta responsabilidad, se envió una delegación de tres hombres a Atenas, donde estudiaron las leyes del célebre legislador Solón (c. 640-560 a.C.). A continuación, diez patricios recibieron el poder consular (imperium) y se les permitió elaborar una lista de las leyes que consideraban más necesarias y útiles.

Las XII Tablas son un conjunto de normas de todo tipo de derecho procesal, familiar, sucesorio, de propiedad y penal. Su principal objetivo era sustituir el derecho consuetudinario por el escrito. Las XII Tablas gozaron de extraordinario prestigio y respeto.

1ª. De la citación a juicio (Derecho procesal) 2ª. De los juicios (Derecho procesal) 3ª. De los créditos (Derecho procesal) 4ª. De la potestad paterna (Derecho de familia) 5ª. De La herencias y tutelas (Derecho sucesorio) 6ª. Del dominio y la posesión (Derecho de propiedad) 7ª. De los derechos sobre edificios y heredados (Derecho de propiedad) 8ª. De los delitos (Derecho penal) 9ª. Del derecho público 10ª. Del derecho sagrado 11ª. Complementaciones a las diez primeras 12ª. Complementaciones a las diez primeras.

La organización política republicana. El Estado patricio-plebeyo se caracteriza por la armonía existente entre los tres órganos de la comunidad: la magistratura, los comicios y el Senado. Tal armonía se mantiene firme hasta el final de la segunda guerra púnica.

La Magistratura –La figura del rey es sustituida por dos magistrados

MAGISTRATURA: La figura del Rey es substituida por 2 magistrados, altos funcionarios publicos, llamados CONSULES jefes civiles y militares del Estado, elegidos por comicios, suyo cargo duraba un años. Se distingue por obrar de acuerdo con una mentalidad elemental y práctica, acorde siempre con el real sentido político de la sociedad romana. El magistrado está investido de POTESTAS (potestad de mando) (consules, dictador y pretor –IMPERIUM- suprema potestad pública ejercida por los magistrados y posteriormente por el emperador) Los magistrados son electos por asambleas populares, comenzando sus funciones sin necesidad de formalismo alguno, pues basta el nombramiento. No reportaban emolumentos, era una carrera política honoraria, con diversos escalones, función temporal.

Dentro de los magistrados nombrados se encuentran, dos consules, jefes anuales de Roma y del ejercito, los PREATORES URBANUS Y PERIGRINUS, encargados de la administración de justicia dentro de la ciudad para los ciudadanos y los extranjeros; dos censores, dedicados a la administración del territorio romano y los censos, con miras al sufragio, servicio militar, tributaciones y la tutela de las costumbres. dos eadiles curules, con funciones de policía ciudadana; los –cuestores-quaestores parricidii, para la percepción de multas y confiscaciones y el gobierno de la tesorería estatal; el dictador, magistrado único, supremo y extraordinario que sustituye a los cónsules en momento de grave peligro para la República, sea por guerras internas o externas.

Los comicios Las asambleas populares son tres: comitia curiata, comitia centuriata y comitia tributa. Hay que añadir los concilia plebis o asambleas de la plebe. En la época republicana pierden eficacia los comicios curiados

En la época republicana pierden eficacia los comicios curiados. Los comicios centuriados intervienen en la elección de los magistrados con IMPERIUM –cónsules, dictador, pretores- y los censores, así como en la votación de las leyes propuestas por tales magistrados Los concilia plebis, reunidos en 35 grupos –uno por cada tribu- eligen los tribuni plebis, dedicadas a garantizar la actividad general del Estado, según se tratara de curias, centurias o tribunos y de la plebe en si.

EL SENADO Es la asamblea de hombres representativos por su riqueza y autoridad, defensor de la tradición genuina, es el eje de la vida política romana, integrado, al principio sólo por patricios, luego tienen acceso a él los plebeyos, aunque sin lograr, desde un primer momento, la calificación de senadores. Interviene en asuntos de alto rango político, tales como las relaciones internacionales, guerras, hacienda, culto, dirección del ejército, designación de gobernadores provinciales, distribución, de funciones de magistrados y otras. Finaliza su actividad decidiendo acerca e las deliberaciones de los comicios, prestándoles su AUCTORITAS PATRUM (confirmación por parte del Senado de los acuerdos tomados por el pueblo en las asambleas populares).

Roma en esta época y luego de un sin número de vicisitudes, domina toda la costa del Mediterráneo, desde España al Asia Menor. La organización romana desde el río Po al estrecho de Mesina, no sigue una forma estable sino que actuó por medio de tres sistemas que asentaron su dominio en el mundo antiguo: 1. LA ALIANZA O FEDERACIONES 2. LA INCORPORACION A LA CIUDADANIA 3. LA FUNDACION DE COLONIAS.

Otro sistema puesto en práctica para organizar Italia es el de la fundación de colonias, este obedece al principio del orden militar y asentar al ejercito en determinado territorio; los colonos dan vida a la nueva ciudad y pueblan las ya existentes. COLONIAE CIVIUM ROMANORUM (municipio) COLONIAE LATINAE (formadas por latinos) COLONIAE CIVITATIS FOEDARATAE (ciudadanos romanos que han renunciado a la ciudadanía)

LA CAÍDA DEL LA REPÚBLICA DE ROMA

En los comienzos del siglo III a. de C. Roma se asoma al Mediterráneo, para hacerlo latino, desde España al Asia Menor, por obra de una conquista en la que se combinan el genio militar y el político, y que culmina en el ultimo siglo de la Republica. La penetración de las ideas y del espíritu de Grecia y de oriente opera fuertemente sobre la vieja mentalidad romana. Al calor de las guerras, del arriendo de los impuestos, de las contratas de obras publicas, de los negocios bancarios, surge una potente clase capitalistas —los equites—.

En esta época, la ciudad fue testigo de una grave amenaza para su propia supervivencia cuando Marco Tulio Cicerón, estadista y poeta romano, descubrió una conspiración dirigida por el senador romano Lucio Sergio Catilina para derrocar al gobierno romano. Cicerón también creía que la República estaba decayendo debido a la decadencia moral. Problemas como éste, junto con el miedo y el malestar, llamaron la atención de tres hombres en el año 60 a. C.: Julio César, Cneo Pompeyo y Marco Licinio Craso.

La creciente tensión entre Pompeyo y César fue en aumento. Pompeyo estaba celoso del éxito y la fama de César, mientras que éste último quería volver a la política. Finalmente, estas diferencias les llevaron a la batalla, y en el 48 a. C. se enfrentaron en Farsalia. Pompeyo fue derrotado y escapó a Egipto donde fue asesinado por Ptolomeo XIII. César cumplió su destino asegurando tanto las provincias orientales como el norte de África y regresó a Roma como un héroe para ser declarado dictador vitalicio. Muchos de sus enemigos, así como varios aliados, vieron su nueva posición como una seria amenaza para la fundación de la República, y a pesar de una serie de reformas populares, su asesinato en los idus de marzo del año 44 a. C. dejó a la República a los pies de los caballos. Su heredero e hijastro Octavio sometió a Marco Antonio y finalmente se convirtió finalmente en el primer emperador de Roma como Augusto. La República pereció y sobre sus cenizas se levantó el Imperio romano.

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