Tipos de Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria
Allene Rojas
Sector Comunitario
Sector Cooperativo
Sector Asociativo
Artículo 21.- Es el conjunto de cooperativas entendidas como sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática, con personalidad jurídica de derecho privado e interés social.
Las cooperativas, según la actividad principal que desarrollen, pertenecerán a uno solo de los siguientes grupos: producción, consumo, vivienda, ahorro y crédito
Artículo 15 Es el conjunto de organizaciones, vinculadas por relaciones de territorio, familiares, identidades étnicas, culturales, de género, de cuidado de la naturaleza, urbanas o rurales; o, de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades que, mediante el trabajo conjunto, tienen por objeto la producción, comercialización, distribución y consumo de bienes o servicios lícitos y socialmente necesarios, en forma solidaria y autogestionada
Artículo 18 Es el conjunto de asociaciones constituidas por personas naturales con actividades económicas productivas similares o complementarias, con el objeto de producir, comercializar y consumir bienes y servicios lícitos y socialmente necesarios, auto abastecerse de materia prima, insumos, herramientas, tecnología, equipos y otros bienes, o comercializar su producción en forma solidaria y auto gestionada.
¿Quiénes integran el sector financiero popular y solidario?
Las cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, y cajas de ahorro.Cooperativas de Ahorro y Crédito Son organizaciones formadas por personas naturales o jurídicas que se unen voluntariamente con el objeto de realizar actividades de intermediación financiera y de responsabilidad social con sus socios y, previa autorización de la Superintendencia, con clientes o terceros con sujeción a las regulaciones y a los principios reconocidos en la Ley.Cajas Centrales Son instancias que se constituyen con, por lo menos veinte, cooperativas de ahorro y crédito. Entidades Financieras Asociativas o Solidarias, Cajas y Bancos Comunales y Cajas de Ahorro Son organizaciones que se forman por voluntad de sus socios y con aportes económicos que, en calidad de ahorros, sirven para el otorgamiento de créditos a sus miembros, dentro de los límites señalados por la Superintendencia de conformidad con lo dispuesto en la Ley.Estas organizaciones centralizan sus actividades en los recintos, comunidades, barrios o localidades en donde se constituyen y se pueden financiar con sus propios recursos o fondos que provienen de programas o proyectos ligados al desarrollo de sus integrantes
¿Cómo se constituyen las cooperativas del sector financiero popular y solidario?
¿Quién aprueba la constitución de las formas de economía popular y solidaria?
Las Cooperativas, se constituirán como personas jurídicas, de acuerdo con el procedimiento de constitución, los mínimos de socios y capital social, fijados en el Reglamento de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario.
Las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria se constituirán como personas jurídicas, previo el cumplimiento de los requisitos que contemplará el Reglamento de la Ley EPS.
Tipos de Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria
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Created on May 22, 2022
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Tipos de Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria
Allene Rojas
Sector Comunitario
Sector Cooperativo
Sector Asociativo
Artículo 21.- Es el conjunto de cooperativas entendidas como sociedades de personas que se han unido en forma voluntaria para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales en común, mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática, con personalidad jurídica de derecho privado e interés social. Las cooperativas, según la actividad principal que desarrollen, pertenecerán a uno solo de los siguientes grupos: producción, consumo, vivienda, ahorro y crédito
Artículo 15 Es el conjunto de organizaciones, vinculadas por relaciones de territorio, familiares, identidades étnicas, culturales, de género, de cuidado de la naturaleza, urbanas o rurales; o, de comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades que, mediante el trabajo conjunto, tienen por objeto la producción, comercialización, distribución y consumo de bienes o servicios lícitos y socialmente necesarios, en forma solidaria y autogestionada
Artículo 18 Es el conjunto de asociaciones constituidas por personas naturales con actividades económicas productivas similares o complementarias, con el objeto de producir, comercializar y consumir bienes y servicios lícitos y socialmente necesarios, auto abastecerse de materia prima, insumos, herramientas, tecnología, equipos y otros bienes, o comercializar su producción en forma solidaria y auto gestionada.
¿Quiénes integran el sector financiero popular y solidario?
Las cooperativas de ahorro y crédito, entidades asociativas o solidarias, cajas y bancos comunales, y cajas de ahorro.Cooperativas de Ahorro y Crédito Son organizaciones formadas por personas naturales o jurídicas que se unen voluntariamente con el objeto de realizar actividades de intermediación financiera y de responsabilidad social con sus socios y, previa autorización de la Superintendencia, con clientes o terceros con sujeción a las regulaciones y a los principios reconocidos en la Ley.Cajas Centrales Son instancias que se constituyen con, por lo menos veinte, cooperativas de ahorro y crédito. Entidades Financieras Asociativas o Solidarias, Cajas y Bancos Comunales y Cajas de Ahorro Son organizaciones que se forman por voluntad de sus socios y con aportes económicos que, en calidad de ahorros, sirven para el otorgamiento de créditos a sus miembros, dentro de los límites señalados por la Superintendencia de conformidad con lo dispuesto en la Ley.Estas organizaciones centralizan sus actividades en los recintos, comunidades, barrios o localidades en donde se constituyen y se pueden financiar con sus propios recursos o fondos que provienen de programas o proyectos ligados al desarrollo de sus integrantes
¿Cómo se constituyen las cooperativas del sector financiero popular y solidario?
¿Quién aprueba la constitución de las formas de economía popular y solidaria?
Las Cooperativas, se constituirán como personas jurídicas, de acuerdo con el procedimiento de constitución, los mínimos de socios y capital social, fijados en el Reglamento de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria y del Sector Financiero Popular y Solidario.
Las organizaciones de la Economía Popular y Solidaria se constituirán como personas jurídicas, previo el cumplimiento de los requisitos que contemplará el Reglamento de la Ley EPS.