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Dictamen Pericial Psicológico Forense
PEDRO JOSE CASTILLO
Created on May 12, 2022
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Transcript
Dictamen Pericial Psicológico Forense
Índice
Fundamentos
Conceptos Legales
Objetivos
Estructura
Tomar en cuenta
Fundamentos del Dictamen Pericial Psicológico Forense
Sierra, Jiménez y Buela-Casal (2013) indican que un Perito es la persona que, sin ser parte del proceso, emite declaraciones sobre hechos que tienen carácter procesal en el momento de su captación, para cuyo conocimiento o apreciación son necesarios o convenientes conocimientos científicos o artísticos, y, la declaración que emiten los peritos se denomina informe o dictamen pericial. Un informe pericial psicológico es un documento científico e imparcial cuyos resultados y conclusiones están basados en entrevistas y pruebas científicas validadas estadísticamente y que sirven para aportar una prueba objetiva en un juicio. Mediante el informe pericial psicológico, el psicólogo forense analiza el comportamiento humano en el ámbito de la ley y del derecho.
A pesar de ser considerado un medio de prueba, el informe jurídico psicológico no es una verdad absoluta y, en consecuencia, está sujeto a crítica y cuestionamiento. Sin embargo, en la práctica estos documentos tienen gran relevancia en la toma de decisiones del juez, pues éstos tienen una gran confianza en el trabajo realizado por los psicólogos forenses y sus equipos. El informe pericial psicológico es un instrumento fundamental para detectar elementos probatorios de aspectos psicológicos o de la salud mental de los individuos en el contexto legal. Aunque ninguna pericial es vinculante a la decisión de un juez, se trata de una prueba científica verdaderamente útil para la justicia. En el caso de que un juez se oponga a la prueba científica, deberá argumentarlo y razonar por qué va en contra del criterio científico.
Vídeo
Peritaje Psicológico Forense
Coceptos Legales
Aristizábal y Amar (2012) refieren que el informe pericial elaborado por el profesional de la materia conforma un documento escrito en el que este muestran sus consideraciones y conclusiones sobre los hechos que han sido objeto de la pericia. En algunos casos, el perito deberá́ ratificarlo verbalmente en presencia judicial y someterse a las aclaraciones de las partes. Para una mayor comprensión de la utilidad de los informes periciales psicológicos, se tienen los siguientes ejemplos: En el caso de un divorcio contencioso (que es motivo de disputa ante un juez entre dos partes que no tienen acuerdo) con menores, el psicólogo forense tiene la función de valorar la competencia o idoneidad parental de los progenitores para el adecuado y correcto desarrollo de sus hijos. Además, evaluará el estado mental de los menores, así como, su desarrollo psicoevolutivo, relación de afectividad, habilidades conductuales, y el contexto familiar general. Con las conclusiones obtenidas de toda esta información, el juez podrá estar en una mayor condición para establecer la guarda y custodia de los menores y el régimen de visita de los progenitores.
Por otro lado, en el caso de una situación de maltrato psicológico en un posible delito de violencia de género, el perito o psicólogo forense valorará si existen indicios de daño o secuelas psicológicas en la víctima, y se buscará si éstas son compatibles con los hechos denunciados. Por su parte, se estudiará el perfil psicológico del acusado para comprender si también puede ser congruente con los hechos. Igualmente, en un delito penal de otras características en las que pudieran existir indicios de la presencia de un trastorno psicológico grave por parte del acusado, el juez podrá contar con la ayuda de un perito psicológico para valorar las capacidades volitivas y cognoscitivas de la persona durante la realización de los hechos delictivos, con el fin de que el juez pueda determinar la imputabilidad o responsabilidad penal del individuo. Es decir, si la persona sufriera un trastorno psicótico y cometiese un delito de homicidio, el perito podrá valorar si durante los hechos, ésta estaría sufriendo un brote psicótico o lo realizó estando en sus plenas facultades mentales.
En definitiva, el informe pericial psicológico es un medio probatorio esencial que aporta información objetiva, veraz e imparcial; la cual es imprescindible en múltiples ocasiones en la decisión judicial de un procedimiento. Aristizábal y Amar (2012) indican que dentro de las principales temáticas en las que un psicólogo forense puede brindar un informe psicológico o un dictamen pericial se encuentran: • Derecho de la familia - Custodia de los menores (capacidad de los cónyuges). - Determinar un régimen de visitas y seguimiento de este. - Adopción y tutela de menores. - Secuelas psicológicas de la separación o el divorcio. - Privación de patria potestad. - Síndrome de Alienación Parental (SAP)
• Derecho civil - Incapacitaciones legales. - Necesidad de internamiento psiquiátrico voluntarios o involuntarios. - Capacidad testamentaria e impugnación de testamentos. - Valoración de secuelas psicológicas (por ejemplo, estrés postraumático, TEPT). • Derecho laboral - Accidentes laborales y sus secuelas emocionales. - Psicopatologías laborales (burnout). - Situaciones de acoso laboral (mobbing). - Valoración de acoso sexual en el ambiente laboral. - Incapacidad laboral por motivos psicológicos.
• Relacionada con NNA y adolescentes en conflicto con la Ley Penal - Evaluación de maltrato o negligencia. - Vulneración a los derechos de los NNA. - Credibilidad de testimonio. - Estado psicológico. - Medidas alternativas a la prisión y su cumplimiento. • Derecho penal - Valoración de la imputabilidad. - Peligrosidad y reincidencia delictiva. - Detección de abuso sexual infantil. - Personalidad criminal. - Daño o secuelas psicológicas. - Evaluación de la credibilidad del testimonio.
Vídeo
Ámbitos de evaluación de la Psicología (Psiquiatría) Forense
Objetivos del Dictamen Pericial
La finalidad del estudio psicológico o psiquiátrico del imputado es investigar y valorar el estado de sus facultades intelectivas y volitivas en el momento de realizar la acción delictiva que se le imputa, lo que va más allá́ de la mera entrevista y examen clínico, y se toman en cuenta aspectos como los antecedentes de hecho, y otros datos complementarios. Se trata de un estudio de gran complejidad, por el número y la variedad de factores y datos a analizar (Jiménez, 2020). Según el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia (2009), el perito contrastará la información adquirida de los informantes con el conocimiento que tiene del caso, es decir, relacionará los hallazgos de la entrevista y examen con los hallazgos relevantes observados en el material allegado por el solicitante. Es de este análisis que se derivan el diagnóstico forense y las conclusiones que el perito pondrá en el informe o dictamen pericial.
En el análisis forense del informe, el perito resume el conocimiento que tiene del caso, integra la información que ha obtenido a través de la evaluación con la datos que ha recopilado de otras fuentes, como son las piezas procesales enviadas por el solicitante, otros informantes y exámenes paraclínicos (pruebas de apoyo para el diagnóstico, como exámenes médicos, etc.), contextualizando a la persona examinada dentro del caso investigado. De una manera clara, precisa y detallada debe describir los hallazgos y llegar a conclusiones que contesten las preguntas que le ha hecho la autoridad competente de la pericia. El análisis forense será el apoyo en la información descrita en el cuerpo del informe. De acuerdo con el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia (2009) el análisis forense puede contener como objetivos lo siguiente:
• Descripción del funcionamiento psicológico de la persona entrevistada: Llevada a cabo mediante los rasgos de personalidad predominantes, su nivel de adaptación, descripción de su funcionamiento, mecanismos de defensa o modelos de afrontamiento utilizados, o una formulación psicodinámica, que permitan una visión global del sujeto que se evalúa. • Descripción semiológica: Incluye los signos y síntomas positivos o negativos de la persona examinada durante los hechos investigados, en su historia de vida y al momento de la evaluación. • Formulación de un diagnóstico clínico: Puede realizarse apoyado en las clasificaciones internacionales vigentes como el DSM 5 o la CIE-10 o a través de la descripción de la sintomatología clínica si el cuadro no es enmarcable en un diagnóstico contenido en dichas clasificaciones. • Formulación del diagnóstico psiquiátrico o psicológico forense: Utilizando conceptos psicolegales acordes con los términos jurídicos según los códigos marco de la solicitud.
Estructura y Partes de un Dictamen Pericial
Sierra, Jiménez y Buela-Casal (2013) indican que previo a enumerar las partes que deben formar cualquier informe forense, se debe aclarar que no existe un único formato. Cada profesional, a través de su experiencia y sin olvidar incorporar todos los pasos indispensable para que un dictamen pericial quede completo, termina adoptando su propio estilo a la hora de redactar dicho documento. A continuación, Sierra, Jiménez y Buela-Casal (2013) comentan los apartados que deben aparecer en todo dictamen pericial psicológico forense: • Datos de identificación: Nombre del perito, rango académico y su cargo correspondiente relacionado con la especialidad y número de colegiado; entidad que solicita el informe; y nombre de la persona examinada, número o clave de identificación del caso.
• Relación de áreas evaluadas: Se presentan de forma organizada según una clasificación coherente (inteligencia, psicopatología, etc.), describiendo de forma clara cada una de las áreas evaluadas. • Instrumentos utilizados: Se relaciona cada uno de los instrumentos y se debe indicar las garantías científicas de aquellos instrumentos que no sean muy conocidos. • Fases y procedimiento: Se describe el lugar, fechas y duración de las sesiones de evaluación, exponiendo lo realizado en cada fase. • Descripción detallada de los resultados: Esla parte más extensa del informe porque se describe con detalle los resultados en función de las áreas evaluadas y los instrumentos utilizados. • Conclusiones de la evaluación: Se sintetizan los resultados en función de los diagnósticos clínicos o juicios que concluye el perito.
• Conclusión general con relación a los hechos: A esta fase también se le suele denominar “discusión o conclusión forense”. El experto en la materia debe explicar y fundamentar su conclusión acerca de la relación entre los resultados de la evaluación y los hechos, enfocándose especialmente en aquellos aspectos que influyen en la imputabilidad. Pero es muy importante limitar las conclusiones a las áreas evaluadas; por ejemplo, si sólo se ha evaluado personalidad y no psicopatología no se puede concluir que no se ha encontrado ningún trastorno psicopatológico. Es opcional que este apartado se sitúe en la primera página, inmediatamente después de las áreas evaluadas, pues es una forma de facilitar a los Jueces, Tribunales, Jurados o abogados la lectura del apartado que más les interesa. • Anexos: Se recomienda, siempre que sea posible, que se aporten los protocolos de las pruebas donde aparecen las respuestas del sujeto evaluado. Ello no sólo da más credibilidad al peritaje, sino que además permite la comparación entre distintos peritajes, lo cual es de gran interés en los casos de discrepancia utilizando las mismas pruebas.
Por otro lado, Jiménez (2020) señala que los apartados incluidos en dictamen pericial psicológico forense son los siguientes: • Antecedentes del hecho: El apartado incluye el conocimiento que tiene el evaluado de los hechos ocurridos. Una persona puede presentar, o haber reflejado, un trastorno mental que, de manera general, puede que altere las facultades intelectivas y/o volitivas, pero esta alteración ha de estar referida y quedar demostrada en el momento de los hechos que se le imputan, y relacionada con estos. Las declaraciones del sujeto, ante las fuerzas actuantes y que proceden a su detención y luego ante el juez, son de suma importancia desde el punto de vista psiquiátrico, puesto que en ocasiones contienen datos que pueden hacer sospechar o confirmar que el sujeto presentaba una alteración de las funciones psíquicas (declaraciones absurdas, delirantes, con contenidos alucinatorios, etc.). • Anamnesis: El apartado comienza en la toma de datos de filiación de la persona sometida a examen, datos sobre detención y antecedentes (de ingreso en centros penitenciarios y psiquiátricos y antecedentes personales, familiares y de enfermedad), para finalizar con la toma de datos sobre su enfermedad actual.
• Datos de filiación: Nombre, edad, trabajo, estado civil, lugar de nacimiento, lugar de residencia, entre otros. • Datos de detención: Incluye todos los datos que ayudarán a evaluar directa o indirectamente el recuerdo que tiene de los hechos y circunstancias que los rodearon, lo que en ocasiones es útil para comprobar si el individuo está simulando cuando afirma no acordarse de cómo sucedieron. • Antecedentes: Incluye la información relacionada con su vida. Por ejemplo: antecedentes de detención o hechos delictivos, estudios, trabajo, servicio militar, hábitos, como la bebida y el tabaco, uso y abuso de sustancias. • Enfermedad mental actual: Se trata de valorar, aparte de los antecedentes de enfermedad, a efectos prácticos del informe (que sea claro, comprensible y sistematizado), el estado actual en que se halla el padecimiento que el sujeto alega tener (en caso de no alegarse ninguna, debe hacerse constar como tal).
• Drogadicción: Recoge datos de todo tipo de sustancias consumidas, así́ como tratamientos seguidos; especialmente, interesan los prescritos tras su detención por los hechos ahora imputados, y, sobre todo, interesan los prescritos tras su detención por los hechos ahora imputados, y sobre enfermedades sufridas en relación con el consumo de sustancias. • Examen del estado mental: Debe ser sistematizada y ha de comprender los siguientes extremos en las distintas funciones psíquicas a explorar: - Conducta, apariencia y aspecto en general - Estado de conciencia y orientación - Sensopercepción - Lenguaje - Pensamiento - Afectividad - Psicomotricidad - Juicio
• Datos complementarios: Tiene como finalidad confirmar el diagnóstico de sospecha y establecer el diagnóstico diferencial. Aportarán, junto con los datos recopilados de las declaraciones, objetividad a lo referido por el sujeto durante la anamnesis. Pueden llegar a ser importantes cuando no se dispone de más información que la aportada por la persona evaluada, información a priori subjetiva, pues se debe tener en cuenta que, a diferencia del enfermo clínico, cuyo interés principal es depositar su confianza en el facultativo médico (psiquiatra) o psicólogo para obtener una curación, en el imputado, generalmente, sus intereses varían, e irán encaminados a excusarse de la acción cometida. Así́ pues, los datos o pruebas complementarios nos pueden servir para detectar simulaciones. • Informes médicos: El apartado incluye la valoración y examen de todos los documentos referidos a enfermedad, de la clase que sea (mental o no) y su descripción muy somera en nuestro informe, destacando sólo los datos importantes y relevantes al juicio del perito, lo que es preferible hacer en orden cronológico.
• Solicitud de informes a centros diversos: Incluye la solicitud de informes a hospitales, médicos especialistas y médicos de asistencia primaria, para obtener antecedentes de enfermedad (por ejemplo, trastornos orgánicos cerebrales por enfermedad común o traumatismos previos), a unidades hospitalarias de salud mental o equipos de salud mental con el objetivo de conocer sobre posibles antecedentes psiquiátricos del sujeto y al centro penitenciario, siempre que consten antecedentes de internamiento, fundamentalmente en los casos en que el sujeto se halle internado desde el momento de los hechos o por ellos haya estado internado durante un cierto tiempo. • Diagnóstico: El apartado incluye un diagnóstico, y dentro de este, se podrá́ ser más o menos específico acorde con todos los datos descritos anteriormente. Se debe utilizar una clasificación estandarizada y reconocida, como la CIE (Organización Mundial de la Salud) o la DSM (Asociación Americana de Psiquiatría). • Conclusiones: Incluye una síntesis de los aspectos fundamentales de los apartados anteriores.
Aspectos a tomar en cuenta
Según, Olmeda y Dorta (2003) el dictamen pericial comienza a partir de la petición oficial del tribunal para que designe, de su turno de oficio, al perito psicólogo que se hará́ cargo del evaluación del caso. Este acto procesal tiene tres fases importantes: 1. Aceptación: Documento por el cual el perito acepta el cargo para estudiar y valorar a uno o varios sujetos e implica el compromiso de realizar esta tarea. En caso de que, posteriormente a la aceptación, el perito no pueda realizarlo, deberá́ justificar las razones que se lo impiden. 2. Juramento: Acto por el que el psicólogo jura o promete desempeñar fielmente su cargo, quedando legalmente garantizada su objetividad y su ética profesional. 3. Citación: Incluye la forma de convocarle oficialmente, en una fecha tope, estableciendo si, además de emitir un informe escrito, debe acudir al juicio oral.
Normalmente, estos tres actos se suelen realizar en uno solo. Cuando el informe pericial es solicitado por alguna de las partes, se le llana informe documental, y en este no se da el acto de aceptación del cargo. Antes de la aceptación, los juzgados formularán las preguntas que pretenden que sean contestadas por el psicólogo forense. Independientemente de que el informe sea pericial o documental, el psicólogo forense, cuando es citado al juicio oral en las causas penales, tiene oportunidad de explicar y/o ampliar la información reflejada en el informe escrito, pudiendo aclarar las dudas al juez o a las partes, cosa que no es posible en las causas civiles, donde lo que no se haya recogido en el informe escrito no podrá́ ser agregado en la comparecencia oral (Olmeda y Dorta, 2003).
Otros autores refieren que las etapas del peritaje forense psicológico se pueden delimitar cinco grandes etapas para la elaboración de un peritaje forense en Psicología. En función de la complejidad del asunto y del número de personas a evaluar, el proceso será más o menos largo, así como los honorarios. 1. Contacto inicial Se recibe la demanda y se intentan aclarar los puntos esenciales de la misma. En este momento el psicólogo forense decide si acepta o rechaza el caso. 2. Documentación sobre el caso Exploración de fuentes de información, lectura y estudio del expediente judicial, documentos, autos, etcétera.
3. Evaluación psicológica Se evalúa a las personas implicadas en el objeto del peritaje. En el informe este apartado es muy importante, ya que debe constar de forma muy clara la metodología empleada por el perito, las entrevistas realizadas, las técnicas empleadas y la fecha y el lugar de cada sesión de evaluación. 4. Informe escrito Es absolutamente imprescindible la claridad expositiva, la estructura del informe y dar respuesta de forma clara y concisa a las preguntas formuladas por el juez o cliente. Al final del informe deben aparecer las conclusiones y las recomendaciones que hace el perito en base a lo evaluado. 5. Testificación en sala Se trata de la ratificación del informe en juicio oral. Es habitual el interrogatorio al perito forense por parte de abogados, e incluso se puede producir el “careo” (interrogatorio junto con otro profesional de la Psicología que normalmente mantiene una postura distinta a la nuestra).
Uno de los puntos que más controversia genera en los informes periciales psicológicos son los diagnósticos psiquiátricos. Debemos resaltar que las descripciones de personalidad, los diagnósticos, predicciones de conducta... deben estar siempre limitados a la situación en que los datos han sido obtenidos, y se debe tener especial cautela al hacer afirmaciones basadas en opiniones personales (ya que pueden derivar fácilmente en denuncias contra el profesional de la Psicología). Por otro lado, González, Claramunt y Redondo (2014) indican que los requisitos para la elaboración de cualquier tipo de informe psicológico son: • Poseer como mínimo el grado de licenciatura o maestría en psicología (títulos reconocidos y validados por el Colegio de Profesionales) y la incorporación activa dentro del mismo • Respetar la dignidad, libertad y autonomía de la persona, grupo o comunidad a la que se le dirige el informe.
• Respetar los límites de la confidencialidad y secreto profesional, de acuerdo con las leyes nacionales y el Código de ética del Colegio de Profesionales. • Tener la formación correcta en el área donde se enmarca el informe. • Contar con el Consentimiento Informado de la persona, grupo o comunidad a la que se refiere el informe (o representantes legales). • Proteger los documentos de respaldo al informe (pruebas, consentimiento informado, grabaciones, entre otras). • Los informes psicológicos siempre incluyen el nombre, firma y número de colegiado/a de la o el profesional en Psicología; así́ como la fecha de su elaboración.
Asimismo, González, Claramunt y Redondo (2014) refieren que un buen informe psicológico de cualquier tipo posee los siguientes criterios: • Utilidad: Un buen informe psicológico es útil para la posterior toma de decisiones por parte de la persona, grupo o instancia destinataria. Esta característica se refiere también a que la información contenida en el informe es pertinente al objetivo de este. • Fundamentado y sin prejuicios. • Breve. • Utiliza lenguaje científico, pero con vocabulario comprensible para quien leerá́ el informe. • Garante de todos los derechos humanos sin discriminación por edad, género, orientación sexual, etnia, religión o condición socioeconómica.
Testigo vs. Perito
Un testigo es un individuo que tiene un conocimiento personal de los hechos y da fe de lo que ha observado. Las características principales del testigo son: No pueden ofrecer opiniones. Aportan un testimonio "no profesional" y "no preparado" Generalmente ayuda a una de las partes. Los Peritos Psicólogos ayudan al juez a comprender un hecho psicológico complejo, aportando su testimonio en forma de dictamen pericial sobre el caso. Así, puede determinar la capacidad mental de una persona que comete un delito, o determinando a quien corresponde la custodia. Siendo las características de su actuación: Ofrece opiniones personales (basadas en pruebas y datos relevantes). Aporta un testimonio en forma de informe pericial profesional. Suele ser contratado por una de las partes, o pedido por el propio juez.
Principios Éticos del Perito Psicólogo
Veracidad: ser honesto y veraz. Fidelidad: confiada a los intereses de los clientes. Independencia: opinar desde un punto de vista independiente Justicia: ser justo y objetivo. Beneficencia: hacer el bien. Respetar los derechos de clientes y demás participantes en procedimiento judicial. Actuar con responsabilidad con clientes, la sociedad y la profesión.
Los NO del Perito Psicólogo
No actuar como "terapeuta", sino como Perito No actuar como el "abogado" en la causa. No exponer un punto de vista excesivamente subjetivo. No abogar por una de las partes involucradas.
Contraperitaje o metaperitaje
Un contraperitaje psicológico consiste en elaborar un informe pericial psicológico acerca de otro creado por otro profesional. Para poder hacerlo, es indispensable contar con una formación específica en la psicología forense, rama de la psicología que trata estos asuntos. Para realizar con rigor y profesionalidad los contraperitaje utilizamos metodologías y herramientas específicas para cada tipo de caso, ya que no podemos valorar con los mismos criterios un contraperitaje relacionado con la custodia de hijos con uno relacionado con el acoso laboral. Estudio de forma exhaustiva el informe previo buscando posibles fallos relacionados con criterios de evaluación erróneos, técnicas y metodologías no aplicables, análisis de datos obtenidos y conclusiones expuestas. Una vez hecho este estudio puedo dictaminar si el informe pericial es válido o puede considerarse incompleto o erróneo pudiendo considerar pedir la impugnación del informe psicológico previo.
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Contraperitaje
¡Muchas gracias!