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PRESENTACIÓN SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
Paola Andrea Pinto Sanchez
Created on April 21, 2022
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Transcript
SOCIEDAD EN
COMANDITA SIMPE
POR : YUDI, CRISTIAN, GINA Y PAOLA
ÍNDICE
SIMPLE VS ACCIONES
QUE ES?
CARACTERÌSTICAS
EL CAPITAL
REGULACIÒN
SOCIOS
VIDEO
SENTENCIA C090/14
DISOLUCIÒN
10
KAHOOT
GRACIAS
11
¿Qué es una sociedad en comandita simple en Colombia?
La sociedad comanditaria simple es aquella que se dedica a actividades mercantiles de acuerdo a su objeto social y los socios colectivos responden ante terceros de forma ilimitada y los socios comanditarios de manera limitada.
CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
La sociedad en comandita simple se caracteriza porque su capital social se divide en cuotas partes, no en acciones.
En este tipo de sociedad la ley no impuso un límite al número de socios ni a la cantidad de capital social que se debe suscribir y pagar.
La administración será ejercida siempre por los socios gestores, y las funciones de inspección y vigilancia por los comanditarios, sin perjuicio de que se pueda nombrar un revisor fiscal.
Por regla general a los socios gestores se la aplican las reglas de las sociedades colectivas, y los comanditarios las de las sociedades limitadas
Cualquier reforma estatutaria debe ser aprobada por la totalidad de los socios gestores, y por la mayoría absoluta de los socios comanditarios.
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
- Se divide en acciones presentadas en tìtulos de igual valor
- la negociaciòn de las acciones es libre a menos que se pacte el derecho de preferencia
- Se rigen por las normas de la sociedad anònima
- su dicoluciòn se darà cuando las pèrdidas reduzcan el patrmonio neto a menos del 50% del capital suscrito
- El capital se divide en cuotas o partes de interès
- la sesion de coutas se realiza por escritura pùblica, por aprobaciòn unanime de los socios
- Se rigen por las normas de la socidad de respnsabilidad limitada
- Su disoluciòn seràn por reducciòn del capital a la tercera parte o menos
VS
CÒDIGO DE COMERCÌO CAPÌTULO II SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPE
ARTÍCULO 338
ARTÍCULO 337
ARTÍCULO 340
ARTÍCULO 341
ARTÍCULO 339
aplicación de normas en lo no previsto respecto de socios comanditarios en sociedad en comandita simple
escritura de constitución en la sociedad en comandita simple
cesión de cuotas o partes de interés en la sociedad en comandita simple
inspección y vigilancia de socios comanditarios en sociedad en comandita simple
reformas estatutarias en la sociedad en comandita simple
LOS SOCIOS DE LA SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE
SOCIOS GESTORES O COLECTIVOS
NÙMERO DE SOCIOS
SOCIOS COMANDITARIOS
quienes sólo aportarán capital y no tomarán decisiones de carácter administrativo.
quienes aportan trabajo personal, aunque tienen la potestad, si así es su voluntad, de aportar capital.
se constituirá como mínimo de un (1) socio gestor y un (1) socio comanditario, y con un máximo de veinticinco (25) socios comanditarios..
EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD POR COMANDITA SIMPLE
CÓMO SE DIVIDEN LOS APORTES SOCIALES O EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD COMANDITA SIMPLE
Los aportes que realizan los socios, ya sea capital o trabajo a la sociedad, se llamarán aportes sociales y no existirá un monto específico o mínimo para la formación del capital, no se conformará capital por acciones.
Se dividen en cuotas o partes de interés, los cuales son estipulados en los estatutos de la empresa. En caso de la cesión de cuotas o partes de interés, los socios deberán realizar la respectiva cesión por medio de escritura con las debidas formalidades ante Notaría y Cámara de Comercio, previa aprobación de la Junta y por unanimidad, por unanimidad, por parte de la totalidad de los socios en la cesión de un socio colectivo, y del cien por ciento (100%) de los votos comanditarios en una cesión de un comanditario.
DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
+info
- • La reducción del capital social hasta una tercera parte del capital suscrito en el momento de la constitución de la empresa
- • Cuando no haya un socio gestor, sin importar que existan socios comanditarios, a no ser que en la parte estatutaria de la sociedad se haya estipulado quién puede sucederlo
30%
- En el caso que algún socio colectivo no esté en capacidad de hacer frente a los pagos que debe realizar ante los demás, por decisión de no seguir en la sociedad sin justa causa y cuando se comprueba que se realizó una cesión del interés de forma obligada
Sentencia C-090/14 (Bogotá D.C., 19 de febrero de 2014)
LIMITACION A RESPONSABILIDAD POR OBLIGACIONES LABORALES DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA-Exequibilidad de la expresión “laborales” contenida en el artículo 1 de la Ley 1258 de 2008
Corte Constitucional
VIDEO SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
https://www.youtube.com/watch?v=xZYYMkmFMy4&t=57s
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