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Sistema de Atención Integral a Víctimas de la Ciudad de México (SISAIVI)
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México
Índice
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas de la Ciudad de México
Reglamento del Sistema Local
Sistema Nacional
SISAIVI
Política Pública Nacional
Política Pública Local
Modelo Integral de Atención a Víctimas
Estadistica Victimal de la Ciudad de México
Equipo
Modelo de Atención Integral de la Ciudad de México
01
Sistema Nacional
DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS
Instancia Superior de Coordinación yFormulación de Políticas Públicas
Tiene como objeto establecer, regular y supervisar las directrices, planes, programas, proyectos, acciones, y la política pública victimal.
El Sistema Nacional de Atención a Víctimas está constituido por todas las instituciones y entidades públicas federales, locales y municipales, organismos autónomos, y demás organizaciones públicas o privadas, encargadas de la protección, ayuda, asistencia, atención, defensa de los derechos humanos, acceso a la justicia, a la verdad y a la reparación integral a las víctimas.
INTEGRACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
El Gobierno Federal, los estados, el Gobierno del Distrito Federal, los Municipios y lossectores social y privado, cada uno en el ámbito de sus competencias
Poder Ejecutivo
Poder Legislativo
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Organismos Públicos
Poder Judicial
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ESTRUCTURA OPERATIVA DEL SISTEMA NACIONAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS
Las entidades federativas contarán con una asesoría jurídica, un registro de víctimas y un Fondo estatal en los términos de la Ley General de Víctimas y de lo que disponga la legislación aplicable. La Comisión Ejecutiva cuenta con una Junta de Gobierno y un Comisionado o Comisionada Ejecutiva para su administración, así como con una Asamblea Consultiva, como órgano deconsulta y vinculación con las víctimas y la sociedad.
El Sistema Nacional de Atención a Víctimas será operado por la Comisión Ejecutiva deAtención a Víctimas
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De las Víctimas
Garantizar la representación y participación
Junta de Gobierno
Organo de Toma de Decisiones
Asamblea Consultiva
Organo de opinión y Asesoría
Sistema Local
DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS
SISTEMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMASDE LA CIUDAD DE MÉXICO
El Sistema de Atención Integral a Víctimas de la Ciudad de México, como una instanciasuperior de coordinación y formulación de políticas públicas, la cual tendrá por objeto proponer, establecer y supervisar las directrices, servicios, planes, programas, proyectos, acciones institucionales e interinstitucionales, y demás políticas públicas en materia victimal
Poder Legislativo de la CDMX
Poder Ejecutivo de la CDMX
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Otros Organismos Públicos y Privados de la CDMX
Poder Judicial de la CDMX
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ESTRUCTURA OPERATIVA DEL SISTEMA DE ATENCIÓN INTEGRAL A VÍCTIMAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Lamentablemente la LVCM no menciona quien operará el SISAIVI, pero se intuye que debe ser la CEAVI
Las personas integrantes del Sistema de Atención se reunirán en Pleno o en Comisiones, por lo menos una vez cada seis meses, a convocatoria de su Presidente, quien integrará la agenda de los asuntos a tratar tomando en consideración las recomendaciones de la Comisión de Víctimas y, en forma extraordinaria, cuando exista una situación emergente que así lo requiera, a solicitud de cualquiera de los integrantes del Sistema de Atención.
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REGLAMENTO
Junta de Gobierno
NO ESTRA PREVISTA EN LA LVCM
Asamblea Consultiva
NO ESTRA PREVISTA EN LA LVCM
Secretaría Técnica
Art. 10 del Reglamento de la LVCM
Modelo de Atención Integral
Art. 4 del Reglamento de la LVCM
SECRETARÍA TÉCNICA
La Secretaría Técnica del Sistema de Atención recaerá en la persona Comisionada
- Elaborar y expedir por escrito la convocatoria de la sesión previo acuerdo con la Presidencia, incluyendo el orden del día y la documentación correspondiente;
- Llevar el control de las votaciones y auxiliar a la Presidencia en el seguimiento de asuntos de las sesiones, así como de la elaboración y revisión del orden del día y su desarrollo;
- Redactar y firmar las actas de las sesiones del Sistema de Atención, en cuyo caso, servirá de soporte y validación para acreditar el quorum legal, la lista de asistencia y, para la sanción definitiva de la acta de la sesión, bastará la firma del Titular de la Jefatura de Gobierno o quien supla su ausencia y de la persona Comisionada
Modelo de Atención Integral
Corresponde a la Comisión Ejecutiva la emisión del Modelo de Atención Integral,establecido en la fracción XXVII del artículo 3 de la Ley de Víctimas para la Ciudad de México.
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¡Muchas gracias!
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados;
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia del Senado de la República, y
- Una persona integrante del poder legislativo de los estados y del Congreso de la Ciudad de México.
- La persona titular de la Presidencia de la República, quien lo presidirá;
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión de Justicia de la Conferencia Nacional de Gobernadores, y
- La persona titular de la Secretaría de Gobernación
En la ejecución de las funciones, acciones, planes y programas previstos en la Ley General de Víctimas, la Comisión Ejecutiva garantizará la representación y participación directa de las víctimas y organizaciones de la sociedad civil, propiciando su intervención en la construcción de políticas públicas, así como el ejercicio de labores de vigilancia, supervisión y evaluación de las instituciones integrantes del Sistema con el objetivo de garantizar un ejercicio transparente de sus atribuciones.
- La persona que presida el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México;
Tendrán el carácter de invitados a las sesiones del SISAIVI-SISAVI, las personas titulares de las instancias siguientes:
- El Sistema DIF-CDMX;
- El Instituto de las Mujeres;
- El Instituto de la Vivienda;
- El Instituto para la Atención y Prevención a las Adicciones;
- El Instituto para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad;
- El Instituto de la Juventud;
- El Instituto para la Atención de los Adultos Mayores;
- El Instituto de Asistencia e Integración Social; y,
- La Comisión de Derechos Humanos.
El Modelo de Atención Integral así como sus reformas, adiciones o ajustes, deberán someterse por la persona Comisionada a la consideración y aprobación del Sistema de Atención. Será de aplicación y observancia obligatoria para todas las entidades que lo integran, observándose lo dispuesto por el artículo 4 del presente Reglamento. En la emisión y publicación de dicho Modelo de Atención Integral, se considerará incluido el Plan de Atención Integral a Víctimas, a fin de procurar el principio de concentración, celeridad, debida diligencia, pro víctima y eficacia en la atención victimal.
Artículo 11. El Sistema de Atención se reunirá en Pleno o en Secciones que determine la persona Comisionada, previo acuerdo del Pleno, para una mejor y oportuna atención de los asuntos a consideración.Cualquier integrante del Sistema de Atención podrá solicitar la creación de Comisiones para la atención de temas específicos, previa solicitud fundada y motivada dirigida a la Persona Comisionada, para su presentación en el Pleno. Las solicitudes serán presentadas a validación ante el Sistema de Atención, junto con la justificación y, en su caso, con la correspondiente opinión jurídica de la persona Comisionada. Las Secciones podrán ser permanentes o transitorias según la naturaleza de los asuntos que se sometan a su conocimiento, lo que será determinado en la sesión respectiva. La integración, organización y funcionamiento de las Secciones, así como la designación de sus integrantes se determinar en los acuerdos administrativos que adopte el Pleno del Sistema de Atención, previa presentación de la Secretaría Técnica. Quien presida el Sistema de Atención no formar parte de las Secciones.
- La o el Presidente de la Mesa Directiva en funciones;
- La Comisión de Atención Especial a Víctimas; y,
- La Comisión de Derechos Humanos.
- La persona titular de la Presidencia del Consejo de la Judicatura Federal.
La Asamblea Consultiva estará integrada por nueve representantes de colectivos de víctimas, organizaciones de la sociedad civil y académicos quienes serán electos por la Junta de Gobierno y cuyo cargo tendrá carácter honorífico. Las funciones de la Asamblea Consultiva estarán previstas en el Reglamento de la Ley, las personas integrantes durarán en su cargo cuatro años, y podrán ser ratificadas sólo por un período igual, en los términos de lo dispuesto en dicho ordenamiento.
Para efectos de dicho Modelo, la Comisión Ejecutiva deberá coordinarse con la Comisión Federal a fin de formular, expedir, adherirse, complementar, socializar y ejecutar un Modelo Único de Atención Integral, con las especificidades, instituciones, capacidades y recursos en general con que cuenta la ciudad de México. En este supuesto, una vez emitido el modelo de atención integral por la Comisión Federal, la Comisión Ejecutiva deberá valorar y presentar un diagnóstico en su instrumentación y aplicabilidad en la ciudad de México, para así plantear un proyecto final para su validación, sanción e implementación en el seno del Sistema de Atención.
Artículo 4. El Modelo de Atención Integral a Víctimas es aquél que engloba y materializa la aplicación práctica de medidas de ayuda inmediata, asistencia, atención, inclusión y reparación integral, en su integridad, así como para restablecer la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas, y contribuir a la desvictimización, a través de la implementación de la atención integral individualizada y colectiva, para ejecutarse de forma secuencial y complementaria, con enfoque diferencial y especializado, psicosocial y transformador, brindando a las víctimas herramientas y condiciones para construir una vida digna incorporándose a los ámbitos social, económico y político. Dicho Modelo se considerará parte del Plan Anual de Atención Integral a Víctimas previsto en la Ley General y del Programa Anual de Atención a que se refiere la Ley.
- La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, quien lo presidirá;
- La Secretaría de Gobierno;
- La Secretaría de Seguridad Pública;
- La Secretaría de Salud;
- La Secretaría de Desarrollo Social;
- La Secretaría de Educación;
- La Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades;
- La Secretaría del Trabajo y Fomento al Empleo;
- La Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda;
- La Secretaría de Cultura;
- La Fiscalía;
- La Consejería Jurídica y de Servicios Legales; y,
- El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
Junta de Gobierno
- Gobernación quien la presidirá;
- Hacienda y Crédito Público;
- Educación Pública;
- Salud;
- La persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y
- Una persona representante de organismos públicos de protección de los derechos humanos de las entidades federativas.
- La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y una persona representante de las comisiones ejecutivas locales.
- Una persona representante de las alcaldías;
- La persona titular de la Comisión de Víctimas;
- Cuatro personas propuestas por grupos, colectivos de víctimas u organizaciones de la sociedad civil con reconocida especialización en los temas materia de la Ley de Víctimas para la Ciudad de México;
- Cuatro personas propuestas por instituciones académicas, con reconocida especialización en los temas materia de la Ley de Víctimas para la Ciudad de México.