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Clasificación vehículos eléctricos ligeros

JME

Created on December 26, 2021

La falta de una definición clara de VMP hasta la instrucción 2019/S-149 TV-108, hizo que bajo esta denominación se comercializasen vehículos que técnicamente son ciclomotores e incluso motocicletas. Esta herramienta le servirá de guía para la correcta catalogación del vehículo.

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Clasificación de vehículos eléctricos ligeros

Los VMP se han convertido en los nuevos protagonistas de la movilidad urbana. El bajo coste de estos vehículos unido a la comodidad de su uso y el respeto al medio ambiente, ha supuesto que su presencia en las ciudades crezca de forma exponencial. Si bien, la falta de una definición clara de VMP hasta la instrucción 2019/S-149 TV-108, hizo que bajo esta denominación se comercializasen vehículos que técnicamente eran ciclomotores e incluso motocicletas. Esta herramienta le servirá de guía para la correcta catalogación del vehículo. NO APLICABLE A VEHÍCULOS QUE NO SUPEREN LOS 6 KM/H

comenzar

¿Está dotado de asiento?

NO

si

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INicio

¿Está dotado de asiento?

NO

si

Volver

INicio

¿Está dotado de asiento?

NO

si

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INicio

¿Cuenta con pedales?

si

NO

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INicio

¿La potencia del motor es menor o igual a 250w Y se interrumpe cuando cesa el pedaleo o alcanza los 25 km/h ?

si

NO

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INicio

Solución:

Bicicleta de Pedaleo Asistido

Nos encontramos ante una bicicleta de pedaleo asistido.No se requiere:

  • Permiso de conducir.
  • Autorización administrativa para circular.
  • Seguro obligatorio.

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INicio

¿El asiento se encuentra a más de 54 cm del suelo (40 si es de tres o más ruedas) ?

54

si

NO

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INicio

Solución:

Vehículo de categoría L

Nos encontramos ante un vehículo de categoría L, que deberá ser catalagado conforme al Reglamento UE 168/2013Su uso por vía pública REQUIERE:

  • Permiso de conducir.
  • Autorización administrativa para circular.
  • Seguro obligatorio.

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INicio

Índique el número de ruedas del vehículo

NO

dos

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INicio

Solución:

Vehículo fuera de la norma

Nos encontramos ante un vehículo que se encuentra fuera del marco normativo, por lo que se uso en vía pública podrá constituir infracción al art. 1.1.5B del Reglamento General de Vehículos, sancionada con 500 Euros e inmovilización del vehículo.

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INicio

Solución:

Vehículo de Movilidad Personal

Su circulación por vía pública no requiere ni de autorización administrativa ni de seguro obligatorio.Así mismo tampoco es preciso para su conducción ningún tipo de licencia ni permiso de conducción.

Está sujeto a las normas generales de circulación y, en su caso, a las Ordenanzas Municipales.

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normas circulación

¿por dónde puede circular?

INicio

Principales normas de circulación VMP

Casco (Art. 116 RGCir )Actualmente no resulta obligatorio el uso de casco hasta que no se desarrolle reglamentariamiente el art. 47.2 LSV.

Alumbrado (Art. 99 RGCir.) Todo vehículo que circule entre el ocaso y la salida del sol […] deberá llevar encendidas las luces de posición …

Plaza única (Art. 9 RGCir.) El número de personas transportadas en un vehículo no podrá ser superior al de las plazas autorizadas

Alcohol y drogas (Art. 20 RGCir) Tasa de alcohol 0,25 mg/L .

0,0 mg/L a menores de 18 años*

Auriculares (Art. 18 RGCir) Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido

Teléfono móvil (Art. 18 RGCir.) Queda prohibido la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores, etc.

* Reformas introducias por la Ley 18/2021 en vigor desde el 21/03/2022

¿por dónde puede circular?

INicio

Principales normas de circulación VMP

Art. 38 RGCir Se prohíbe circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado con vehículos de movilidad personal. Asimismo, queda prohibida la circulación de estos vehículos en túneles urbanos. Con la interpretación realizada por la Instrucción 22/MOV 21, la circulación de VMP estaría permitida en zonas interurbanas por vías ciclistas tales como carriles-bici segregados, aceras-bici, pistas-bici y sendas-ciclables siempre que el titular de la vía no lo haya prohibido expresamente.

Art. 121.5 RGCirLa circulación de toda clase de vehículos en ningún caso deberá efectuarse por las aceras y demás zonas peatonales (Art. 121.5 RGCir.)

Norma general art. 29 RGCirc (Aplicable en ausencia de Ordenanza Municipal)Los vehículos circularán en todas las vías por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada.

normas circulación

INicio

¿Dispone de sistema de autoequilibrado ?

NO

si

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INicio

¿Dispone de sistema de autoequilibrado ?

NO

si

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INicio

¿Supera los 25 km/h?

si

NO

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INicio

¿Supera los 25 km/h?

si

NO

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INicio

¿Supera los 25 km/h?

si

NO

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INicio

¿La tensión de trabajo es superior a 100 VCC o 240 VAC?

si

NO

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INicio

¿La tensión de trabajo es superior a 100 VCC o 240 VAC?

si

NO

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INicio