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Arratia Sánchez Noe 193139082
 García Merchan Alejandra Lisette 193139092 
Maldonado Peña Gina 193139211 
Muñoz Pérez Erika 193139120 
Santiago Miranda Juana 193139067
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contrato colectivo de trabajo
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Arratia Sánchez Noe 193139082 García Merchan Alejandra Lisette 193139092 Maldonado Peña Gina 193139211 Muñoz Pérez Erika 193139120 Santiago Miranda Juana 193139067

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contrato colectivo de trabajo

Artículo 386

¿Qué es?

Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

¿Qué aspectos considera?

•El salario y otras prestaciones o complementos. •Tipos de jornadas y descansos, condiciones laborales, funciones del trabajador, mejoras en cuanto a Seguridad Social y acuerdos para posibles promociones profesionales y equidad de género.

  • El objetivo de un CCT es el de otorgar la seguridad laboral de los trabajadores, teniendo un Sindicato como mediador entre la relación obrero patronal.

Objetivos

  • Facilita los mecanismos de conciliación laboral, familiar y personal.
  • Los trabajadores están amparados ante decisiones arbitrarias del empleador y cuentan con mejores condiciones económicas y sociales, garantizando el equilibrio entre su vida personal y laboral, pero, por otro lado, están obligados a pagar la cuota sindical.

Objetivos

+info

Características

  • Usualmente su vigencia es de un año o la que acuerden las partes.
  • Puede abarcar toda una empresa, o sólo un área específica de esta.

Se puede dar por terminado, cuando haya un mutuo consentimiento, se termine la obra, o por el cierre de la empresa o establecimiento.

Se realizan tres copias del contrato, las cuales serán entregados al Sindicato, al Patrón y a la junta de Conciliación y Arbitraje.

  • Se protege a los empleados de decisiones arbitrarias del empleador, sin embargo, los primeros tienen como obligación pagar la cuota sindical.
  • El CCT comienza en cuanto se entregan los documentos, o en la hora y fecha que se estipule entre las partes convenidas.
  • Existe un derecho de huelga, en caso de que el patrón se niegue a firmar el contrato, o incumpla con el mismo.

Contenido de un CCT (Artículo 391, Capítulo III, LFT)

De igual modo, según el área geográfica de aplicación, el convenio puede clasificarse en dos:

Nacional: Tiene validez en todo el país. Subnacional: En esta categoría puede aplicar un ámbito autonómico, provincial o local.

Pueden ser:

Sectorial: Tiene validez para una actividad o sector económico específico. Por ejemplo, el segmento de la construcción. De empresa: Es de aplicación solo para una compañía.

Obligatorios

Elementos

Envolturas

Cláusulas

Accidentales

https://mexico.justia.com/federales/leyes/ley-federal-del-trabajo/titulo-septimo/capitulo-iii/ -Ley federal del trabajo.pdf http://www.fifonafe.gob.mx/fifonafe/m_legal/CCTV2021.pdf CAPÍTULO III - CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

GRACIAS

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