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Principales Corrientes sobre la Filosofía del Derecho.

Will Huesca

Created on November 30, 2021

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Transcript

Presentación

Universidad Del Golfo de México Norte Campus San Andrés Tuxtla Licenciatura en Derecho Introducción al Estudio Del Derecho Unidad 5_Evid_Principales Corrientes sobre la Filosofía del Derecho. Wilebaldo Huesca Medina Catedrático/a: Aldo Alfonso Toto Guillen San Andrés Tuxtla Ver. Méx., A 30 de noviembre del 2021 Grupo: 101 Semestre: 1°

¿Qué es la Filosofía del Derecho?

Para comenzar con el presente tema debemos de conocer primero acerca de la “Filosofía del Derecho” la podemos entender más que nada como aquella rama de la filosofía que se va dedicar al estudio completo de todo lo relacionado al fenómeno jurídico de nuestra sociedad de forma abstracta y sin referencia al hecho concreto. Es decir, la filosofía del Derecho estudia cosmovisiones de lo jurídico, con lo que intenta ofrecer una visión global o en cierto sentido una visión de universalidad jurídica, de este fenómeno jurídico, incluyendo sus diversas dimensiones (institucional, normativa, social, moral, etc.).

Principales Corrientes de la Filosofía del Derecho

Dentro de las principales corrientes que podemos analizar dentro de la filosofía del derecho tenemos las siguientes: • Iusnaturalismo. • Positivismo Jurídico. • Sociologismo Jurídico. • Jusmarxismo. • Estructuralismo. • Escuela semiótica. • Sociologismo. De la cuales cada una de ellas contribuyo al estudio de esta rama filosófica.

Iusnaturalismo

En sus versiones tradicionales, podemos apreciar que se compromete más que nada con la creencia de que existen por encima de las leyes creadas por el hombre, ciertos principios de derecho natural. ¿Pero cuáles son esos principios? Bueno tenemos que estos son principios de moralidad son inmutables y eternos, contrariamente a las leyes humanas que pueden cambiar de una comunidad a otra y de tiempo en tiempo, es por ello que las leyes humanas que se encargan de regular los asuntos más elevados o importantes de la comunidad deben estar de acuerdo con los principios del derecho natural.

Positivismo Jurídico

Para este punto tenemos que entender que esta corriente, es de primera instancia una corriente de pensamiento jurídico, en donde podemos apreciar que tiene una tesis que es la fundamental ya que, dicha tesis se refiere a la es la separación conceptual de moral y derecho, lo que supone un rechazo a una vinculación lógica o necesaria entre ambos. El positivismo jurídico fue atacado por los neo-kantianos, quienes lo acusaron ya no de un abuso de lógica, de un uso inapropiado y fuera del propósito de la lógica.

Sociologismo Jurídico

La sociologismo jurídico es aquella corriente que destaca ciertos fenómenos naturales como hechos jurídicos sin establecer relación entre los hechos naturales y ciertas normas válidas, sino entre esos hechos naturales y otros como causa y efecto; el que-hacer científico jus-sociológico, es solo una aplicación de los métodos al estudio de los hechos jurídicos, que son una parte del Derecho. Max weber nos menciona al respecto de esta corriente que el sociologismo jurídico va de acuerdo a la conducta social, la cual es aquella clase de comportamiento humano que se relaciona con el comportamiento de los demás y se orienta hacia él en su propio curso.

Jusmarxismo

Para comenzar primero debemos de comprender que el Marxismo fue un sistema filosófico, político y económico basado en las ideas de Karl Marx (1818-1883) y de Friedrich Engels (1820-1895), que rechaza el capitalismo y defiende la construcción de una sociedad sin clases y sin estado. Jusmarxismo digamos que surge como una especie de crítica hacia el derecho, para Marx, las tesis en el campo del derecho se refieren a éste como una superestructura que se deriva de la estructura económica sobre la que descansa la sociedad. Con ello postula que el sistema de producción es el que amolda tanto a la cultura como a las ciencias, es decir, éstas responden a los intereses de los que poseen los medios de producción, en las que no escapa el derecho.

Estructuralismo

El estructuralismo es una especulación que persigue, de modo principal, esclarecer los problemas del universo humano considerado como conjunto de estructuras; y, como método, tiene el valor de una práctica cuyos resultados son registrables y cuya pretensión de verdad es argumentable. El estructuralismo; busca una comprensión totalista al concebir la "estructura" como "formada por elementos subordinados a leyes que caracterizan un sistema como tal, cuyas leyes que se denominan de composición no pueden reducirse a asociaciones acumulativas y confieren al todo propiedades de conjunto distintas de las que corresponden a sus elementos"

Escuela semiótica

La escuela semiótica, investiga la naturaleza, la estructura, el funcionamiento y los efectos del lenguaje legal, examinando la constitución de hechos y relaciones jurídicas y conceptos estructurales para la ciencia del derecho, como la validez, la vigencia y la eficacia de las normas jurídicas.

Sociologismo.

Puede definirse al sociologismo o realismo jurídico como la concepción del derecho en que prevalecen los elementos conductuales entre los normativos. Se clasifica en dos grandes ramas: el realismo estadounidense y el realismo europeo; éste último incluye el realismo escandinavo, que presenta un mayor desarrollo metodológico.

¡Muchas gracias!