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PRESENTACIÓN PLAN VALLEJO

Marielys Cárdenas

Created on October 21, 2021

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Transcript

Plan Vallejo

Sistemas Especiales de Importación - Exportación SEIEX

3.5 "Plan Vallejo Junior"

Índice

3.6 Importación de bienes de capital para exp. de servicios

4. ¿Quienes pueden utilizar los SEIEX?

1. ¿Qué es?

1.1 ¿Qué se puede importar?

5. Modalidades de las SEIEX respecto a las personas

2. Etapas de los SEIEX

3. Tipos de operaciones que se pemiten en los SEIEX

6. Configuración de una Imporación reembolsable o no reembolsable

3.1 Operaciones relacionadas con materias primas e insumos Art.172

7. Requisitos

3.2 Operaciones relacionadas con materias primas e insumos Art.173

3.3 Operaciones de bienes de capital según Art. 173

8. Cudro insmos productivos - CIP

3.4 Operaciones de bienes de capital segun Art.174

9. Marco Legal

1. ¿Que es el Plan Vallejo?

1.1 ¿Que se puede importar?

  • Insumos
  • Materias primas
  • bienes intermedios (aquellos bienes de consumo o de inversión)
  • Bienes de capital (aquellos bienes que se utilizan para producir ottros bienes)
  • Repuestos que se empleen en la producción de bienes de exportación o se destinen a la prestación de servicios directamente vinculados a la producción o exportación de estos bienes, o a la exportación de servicios.

Este es un mecanismo que permite importar temporalmente bienes con exención o suspensión total o parcial de derechos e impuestos a la importación o con el diferimiento del pago del IVA, única y exclusivamente cuando éstos han de ser incorporados a través de un proceso industrial, o en un bien final con destino a la exportación.

2. Etapas

Autorización programa MinCIT

Presentar estudio ED

Autorización programa MinCIT

Solicitar PV

Presentación CIP

Cumplimiento o Incumplimiento

Constitucion de Garantía

Realización Exportación

3. Tipos de operaciones que se permiten en desarrollo de los programas especiales de importación

3.1 Operaciones relacionadas con materias primas e insumos Art.172

3.2 Operaciones relacionadas con materias primas e insumos Art.173

autoriza a personas naturales o jurídicas, para importar temporalmente materias primas e insumos, con el objeto de utilizarlos exclusivamente y en su totalidad en la producción de bienes para exportar; o bienes que no se van a exportar pero que contribuyen a la producción de los bienes exportables.

o la importación de materias primas e insumos destinados en su totalidad a la producción de bienes finales cuya exportación podrá ser parcial, siempre y cuando la importación de ese bien final, si llegara a realizarse, esté exenta del pago de gravámenes arancelarios. El valor de las exportaciones debe ser como mínimo igual al valor de las importaciones y la cantidad exportada debe corresponder mínimo al 60% de los productos elaborados con la materia prima importada.

3.3 Operaciones de bienes de capital según Art. 173

Características

Permite a personas naturales o jurídicas, importar temporalmente al territorio aduanero nacional, bienes de capital o repuestos que se destinen a la instalación, ensanche o reposición de las respectivas unidades productivas que hayan de ser utilizados en el proceso de producción de bienes de exportación o que se destinen a la prestación de servicios directamente vinculados a la producción de estos bienes.

  • Sólo se podrá autorizar Plan Vallejo, bajo esta modalidad, para la exportación bienes finales comprendidos en el capítulo 1 al 24 del arancel de aduanas entre otros, excepto el pescado y sus derivados.
  • Los bienes de capital importados deberán destinarse para los fines previstos, por un periodo no inferior al necesario para determinar el valor de la depreciación del 90% de dichos bienes y los compromisos de exportación equivalentes por lo menos al 70% en unidades físicas de los aumentos de producción que se generen, por la importación y utilización de los mismos.

+Info

3.4 Operaciones de bienes de capital según Art. 174

Se desarrollan para este programa operaciones similares a las descritas para el Artículo 173, con la diferencia en los compromisos de exportación, los cuales tienen características diferentes

Características

Estas importaciones están sujetas al pago de gravamen arancelario y el impuesto a las ventas se pagará en cuotas diferidas hasta el momento de la finalización del programa y la demostración del compromiso de exportación.

Los compromisos de exportación se calculan y asumen en dólares de los Estados Unidos y equivalen como mínimo a uno punto cinco (1.5) veces el valor FOB del cupo de importación utilizado; es decir, si el cupo del utilizado del programa es de $100.000 dólares, el compromiso de exportación deberá ser de $150.000 dólares.

Características

• Exención del arancel correspondiente • Exención del IVA a pagar Siempre y cuando haya cumplido con tres condiciones: 1. Al efectuar la primera exportación debe marcar en la Declaración de Exportación – DEX- la casilla reposición correspondiente. 2. Esa exportación debe darse como resultado de la transformación de las materias primas en otro bien, y en un plazo igual o inferior a un año, a partir de la Declaración de Importación correspondiente. 3. Debe hacerse la solicitud formal de reposición a la DIAN, anexando DEX y Declaración de importación, como instrumentos de demostración.

3.5 "Plan Vallejo Junior"

Este hace referencia a que una persona natural o jurídica ubicada en el territorio colombiano puede hacer una primera importación para consumo de materias primas e insumos, con el pago de los derechos e impuestos a la importación (Arancel e IVA); para posteriormente efectuar importaciones subsecuentes de los mismos bienes con el beneficio de los dos impuestos:

3.6 Importación de bienes de capital para la exportación de servicios

Es el mecanismo que permite la importación temporal de bienes de capital y sus repuestos, con suspensión total o parcial de los derechos de aduana y el diferimiento del pago del IVA, en el cual no se liquidarán ni pagarán los derechos e impuestos a la importación de los bienes de capital y repuestos que correspondan a los establecidos en el Decreto 2331 de 2001, sus modificaciones y adiciones.Solamente se podrá aprobar de conformidad con el Decreto en mención un programa en el que el compromiso conlleve a la exportación de los servicios señalados a continuación (Art. 4, Decreto 2331 de 2001):

• Transporte • Investigación y Desarrollo • Arquitectura y Diseño • Construcción de obras de ingeniería civil • De diseño y exportación de software • Telecomunicaciones • Sociales y de salud • Transmisión, comercialización y distribución de energía eléctrica • Empaque • Audiovisuales • EnseñanzaTurismo

4. ¿Quienes pueden utilizar el sistema especiales de importación -Exportación?

Cualquier persona natural o jurídica que tenga el carácter de: • Empresario Productor • Empresario Exportador • Empresario Comercializador • Entidades Sin Ánimo de Lucro • Cualquier otra forma de asociación empresarial reconocida en la ley También es requisito no registrar infracciones ni sanciones por incumplimiento en los compromisos adquiridos en los sistemas especiales de importación y exportación ante la Autoridad competente.

5. Modalidades del Plan Vallejo respecto a las personas que participan

Indirecta

Directa

De acuerdo a la participación que tengan las personas naturales o jurídicas en las modalidades del Plan Vallejo se pueden configurar de forma directa o indirecta.

Cuando la persona natural o jurídica que importa los bienes de capital, bienes intermedios, insumos, materias primas, es el mismo que produce y exporta los bienes terminados.

Cuando la persona natural o jurídica que importa las materias primas, insumos, bienes de capital, bienes intermedios o repuestos, es una persona natural o jurídica diferente a la que produce y exporta.

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6. Configuración de una Importación reembolsable o no reembolsable

Reembolsable

Info

Los Programas Especiales de Importación – Exportación pueden configurar una importación reembolsable o no reembolsable de acuerdo al pago que se debe realizar del proceso de importación de las materias primas, insumos, bienes de capital, bienes intermedios o repuestos.

No reembolsable

Info

7. Requisitos

7. Lugar de ubicación de los bienes importados al amparo del Plan Vallejo, capacidad de producción de quienes efectúen el proceso productivo, deberán adjuntar los contratos (indirecta). 8. Documento que sustente la destinación de los desperdicios, material reutilizable, material defectuoso, producto defectuoso 9. Operaciones de Maquila: adjuntar el contrato o acuerdo de subcontratación internacional o de suministro. 10. Consorcios o Uniones Temporales: Adjuntar el documento privado que establezca el objeto, representante legal y nombre. 11. Operaciones Indirectas: contrato que establezca la operación a realizar y la responsabilidad que cada uno asume en el desarrollo de la misma. 12. Importaciones no reembolsables: se debe justificar dicha circunstancia.

.1. Estar inscrito en el RUT. 2. Que los socios, accionistas, miembros de juntas directivas y representantes legales, no hayan representado a empresas objeto de cancelación de un programa de Plan Vallejo - SEIEX. 3. En programas de Servicios, la actividad económica principal de la empresa debe ser alguna de las actividades señaladas en el Decreto 2331/01 y sus modificaciones. 4. No presentar incumplimientos en las obligaciones del programa Plan Vallejo-SEIEX previstas en el artículo 7 al momento de presentar la solicitud (Res.1649 de 2016). 5. Balance General, estado de pérdidas y ganancias y notas explicativas con corte al 31 de diciembre del año anterior a la solicitud. 6. Solicitud avalada por Economista.

Vídeo

8. Importancia del Cuadro Insumo Producto (CIP)

Es el documento fundamental del programa de materias primas, mediante el cual se demuestra la participación de las materias primas e insumos importados utilizados en el bien final de exportación y que garantizan la trazabilidad de los mismos durante el proceso productivo, siendo un compromiso por parte del usuario mantenerlos actualizados y conforme a los requerimientos de Ley

9. Marco Legal

Decretos: 444/67, 688/67 y 631/85. Servicios: Decretos 2331/01, 2099/08 y 2100/08. Traslado a la DIAN: Decreto 4269/05. Traslado al MinCIT: Decreto 1289/15. Decreto 1346/16 modifica el Decreto 1289/15. Resoluciones MINCIT 1649/16 (Deroga las Resoluciones 1860/99 y Resolución 1964/01.) y 1087/17. (Deroga la Resolución 1148/02.). Circulares: 011 Plazo E. de Demostración, 017 Formularios Adicionales P.V. de 2017, 014 Aplicativo VUCE para SEIEX P.V., 032 Solicitud y Autorización Programas M.P. P.V., 028 E. Demostración Desperdicios, 022 Solicitud Autorización de Reposición., 017 Solicitud de Prorrogas Programas P.V., 042 Autorización y Terminación Programas P.V. de 2017 y 015 Presentación E. Demostración Grandes Usuarios., 021 Presentación C.IP. de 2019., Decreto 1165/19 Dian. Nota: Todas las

Estudiante

Marielys Cárdenas A.

Estudiante auxiliar de Transacciones Nacionales e Internacionales

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