FAMILIA EN EL DERECHO ROMANO
Savigny, refiriéndose el derecho familiar romano, lo define como aquel “conjunto de normas que regula institución familiar, cuyas partes constitutivas son el parentesco, la patria potestad y el matrimonio”.
Concepto de FamiliaLos juristas romanos a través del tiempo definieron a la familia de diversas maneras: • La familia era considerada como un grupo de individuos unidos entre sí. • Para Ulpinano la familia era un conjunto de personas que por naturaleza o por derecho estaban bajo una misma potestad. • Otro significado, definió a la familia como el conjunto de aquellos que habrían estado sometidos a la misma potestas, si el pater familias común no hubiese muerto y tenido lugar la escisión del grupo).
Parentesco, Líneas y GradosEl parentesco es el vínculo que se establece entre dos o más personas basado en el origen o en un acto
establecido por ley.
Estos lazos podían ser carácter natural o civil.Así, en Roma nos encontramos con un parentesco natural o de sangre llamado cognación y un parentesco civil creado por la ley, que se llamaba agnación
Afinidad, es la relación que se establece después del matrimonio entre
cada uno de los cónyuges y los cognati del otro. Puede ser directa (entre suegro y nuera) o colateral (entre cuñado y esposa). La filiación indica la generación de una persona física por la unión de un hombre y una mujer. Las relaciones de filiación son aquellas que nacen recíprocamente entre los progenitores y el engendrado. Líneas: El parentesco cognaticio se divide en dos líneas:
Directa o recta: relación que existe entre personas que descienden unas de otras.
Colateral o transversal: relación entre descendientes que comparten un ascendiente común masculino legítimo.
Grados: Cada grado equivale a una generación. Los grados de cognatio se calculan basándose en el
principio tantos grados como generaciones de la siguiente manera: En línea directa, contando el número de las generaciones que separan al ascendiente del
descendiente En línea colateral, contando el número de generaciones masculinas que separan a un individuo de
la cabeza común masculina de la estirpe y añadiendo el número de las generaciones que separan
a éste de otro descendiente.
Se entiende por fuentes de la patria potestad aquellas instituciones que crean la relación de dependencia
de un alieni iuris respecto de un sui iuris
La patria potestad pertenece al jefe de familia, quien la ejerce sobre sus descendientes, que forman la familia, civil o agnática
Matrimonio: En la sociedad romana, debido al interés religioso y político que entrañaba la familia resultaba
de suma importancia la conservación de esta a través de la institución del matrimonio
CONCEPTOEs el poder que ejerce el pater familias sobre sus hijos naturales y adoptivos (filius familias)
Legitimación: Es el procedimiento para establecer la patria potestad: sobre los hijos nacidos fuera de matrimonio.
La legitimación podía llevarse a cabo mediante tres procedimientos distintos: • Matrimonio subsiguiente • Oblación a la curia • Rescripto del emperador
ADOPCIÓN
ABROGACIÓN
Es un acto por el cual un pater familias (adrogado) se sujeta a la patria potestad de otro pater familias (adrogante) pasando a ser alieni iuris y filius familias de éste. Si el adrogado tenía hijos y nietos, estos también entraban a la patria potestad del adrogante
Es un acto solemne por medio del cual un alieni iuris (adoptado) sale de la patria potestad de su pater familias y entra a la patria potestad de otro pater familias (adoptante) como hijo (filius familias) onieto (loco neptis)
ASPECTO PATRIMONIAL DE LA PATRIA POTESTADEl filius familias no tiene ninguna capacidad patrimonial, puede realizar actos de adquisición de bienes,
pero los efectos de esas adquisiciones pasan automáticamente a su pater familias.
Peculio
A partir del Imperio se reconoció a los filius familias la posibilidad de disfrutar de un pequeño patrimonio (peculium).
Tipos de peculio: * Paganum. El pater familias podía concederle al filius familias la administración y disfrute de un pequeño patrimonio, jurídicamente el responsable y titular de ese peculio era el pater, por lo que, él era el responsable de las deudas contraidas por el filius hasta igualar el importe del peculium. * Castrense. Aquellos filius de familias militares y mientras fuesen leales tenían el derecho de disponer en testamento de los bienes que adquirieron en ocasión a sus servicios militares, comprendían también las donaciones y legados hereditarios hechos al militar. * Cuasi castrense. Los bienes adquiridos por los filius familias como pago por ocupar altos cargos
dentro de su corte, asi como sus ahorros o donativos, en dicho peculio se incluyeron también los
regalos hechos a particulares por el emperador
MATRIMONIO. iustae nuptiae o iustum matrimonium a la unión conyugal monogámica llevada a cabo de conformidad
con las reglas del derecho civil romano
Para el Derecho romano, sino una situación de hecho socialmente reconocida que produce consecuencias de derecho.
Según el derecho clásico, el matrimonio legítimo existe cuando hay la intención de comportarse de forma efectiva y continua como marido y mujer (affectio maritalis) y que exista la apariencia de una relación conyugal honorable (honor matrimonii).
En el derecho justinianeo, ya con una influencia clara del cristinanismo, el matrimonio se define como la unión del varón y de la mujer que comprende el comercio indivisible de la vida
MATRIMONIO CUM Y SINE MANU.Durante el derecho arcaico el matrimonio iba acompañado del sometimiento de la mujer a la manus del
marido o de su padre a través de la conventio in manu, esto es, el acto por el que la mujer sui iuris o alieni
iuris cae bajo la manus del marido o del pater familias del marido, entra a la familia del marido y se rompen
los lazos con su familia de origen.
Formas de entrega de la manus
Existen tres formas para que surja la conventio in manu: Confarreatio, Coemptio, Usus
Los principales efectos jurídicos del matrimonio cum manu es que la mujer ingresa en la domus del marido, la mujer alieni iuris sale de la patria potestad de su pater familias y entra a la manus del marido o del suegro.
Matrimonio sine manu: Matrimonio realizado sin formalidades y que sustituyó al matrimonio cum manu. Los efectos jurídicos eran si la mujer es alieni iuris no rompe con los lazos agnaticios de su familia de origen, y si la mujer es sui iuris conserva su status familiae
Requisitos para contraer matrimonio
Capacidad natural.
Capacidad legal.
Consentimiento de ambos contrayentes.
Consentimiento de los pater familias.
Relativos: Son aquellos que en principio impiden la celebración del matrimonio, pero que, una vez subsanados
éste será válido y son los siguientes:
Impedimentos para contraer matrimonio Absolutos: Son aquellos que impiden de manera definitiva que el matrimonio pueda llevarse a efecto,
no existiendo la posibilidad de ser subsanados y son:
Ligamen: Existencia de otro lazo matrimonial no disuelto ya que es contrario al principio del matrimonio monogámino
Porque exista entre los contrayentes relación de tutela o curatela
Por adulterio.
Parentesco: Por consanguinidad en línea recta sin límite de grado, colateral hasta el séptimo grado y posteriormente hasta el tercero, por afinidad, por parentesco civil.
En el derecho clásico la mujer adúltera no podía contraer matrimonio.
Hasta que no se hayan rendido cuentas.
Por rapto
Constantino prohibió las nupcias entre el raptor y la raptada.
Por diferencias religiosas
Por diferencia de rango social
A partir de la influencia del cristianismo queda prohibido el matrimonio entre cristianos y judíos.
En el derecho preclásico está prohibido el matrimonio entre
patricios y plebeyos e ingenuos y libertos.
Disolución del matrimonio
VS
- Por muerte.
- Capitis deminutio máxima.
- Capitis deminutio media.
- Falta de affectio maritallis.
- Por declaración unilateral del cónyuge (repudium).
- Divorcio (divortium).
Efectos jurídicos del matrimonio
Por lo que respecta a los efectos que sobre los cónyuges traía la celebración del matrimonio, éstos se refieren a los diversos aspectos del mismo; por un lado la mujer participa de la condición social del marido y pasa a formar parte de la familia de él en calidad de hija y como hermana de sus hijos, siempre y cuando el matrimonio se hubiese celebrado cum manu.Si era sui iuris al celebrarse el matrimonio, los bienes que poseyera eran adquiridos por el marido, lo mismo que aquellos que ella pudiese llegar a adquirir, ocurriendo lo mismo en los casos en que existiese la dote que la mujer aportaba al matrimonio.
¡Gracias!
FAMILIA EN EL DERECHO ROMANO
JUNTA PATRICIA MARIN
Created on October 1, 2021
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FAMILIA EN EL DERECHO ROMANO
Savigny, refiriéndose el derecho familiar romano, lo define como aquel “conjunto de normas que regula institución familiar, cuyas partes constitutivas son el parentesco, la patria potestad y el matrimonio”.
Concepto de FamiliaLos juristas romanos a través del tiempo definieron a la familia de diversas maneras: • La familia era considerada como un grupo de individuos unidos entre sí. • Para Ulpinano la familia era un conjunto de personas que por naturaleza o por derecho estaban bajo una misma potestad. • Otro significado, definió a la familia como el conjunto de aquellos que habrían estado sometidos a la misma potestas, si el pater familias común no hubiese muerto y tenido lugar la escisión del grupo).
Parentesco, Líneas y GradosEl parentesco es el vínculo que se establece entre dos o más personas basado en el origen o en un acto establecido por ley. Estos lazos podían ser carácter natural o civil.Así, en Roma nos encontramos con un parentesco natural o de sangre llamado cognación y un parentesco civil creado por la ley, que se llamaba agnación
Afinidad, es la relación que se establece después del matrimonio entre cada uno de los cónyuges y los cognati del otro. Puede ser directa (entre suegro y nuera) o colateral (entre cuñado y esposa). La filiación indica la generación de una persona física por la unión de un hombre y una mujer. Las relaciones de filiación son aquellas que nacen recíprocamente entre los progenitores y el engendrado. Líneas: El parentesco cognaticio se divide en dos líneas: Directa o recta: relación que existe entre personas que descienden unas de otras. Colateral o transversal: relación entre descendientes que comparten un ascendiente común masculino legítimo.
Grados: Cada grado equivale a una generación. Los grados de cognatio se calculan basándose en el principio tantos grados como generaciones de la siguiente manera: En línea directa, contando el número de las generaciones que separan al ascendiente del descendiente En línea colateral, contando el número de generaciones masculinas que separan a un individuo de la cabeza común masculina de la estirpe y añadiendo el número de las generaciones que separan a éste de otro descendiente.
Se entiende por fuentes de la patria potestad aquellas instituciones que crean la relación de dependencia de un alieni iuris respecto de un sui iuris
La patria potestad pertenece al jefe de familia, quien la ejerce sobre sus descendientes, que forman la familia, civil o agnática
Matrimonio: En la sociedad romana, debido al interés religioso y político que entrañaba la familia resultaba de suma importancia la conservación de esta a través de la institución del matrimonio
CONCEPTOEs el poder que ejerce el pater familias sobre sus hijos naturales y adoptivos (filius familias)
Legitimación: Es el procedimiento para establecer la patria potestad: sobre los hijos nacidos fuera de matrimonio. La legitimación podía llevarse a cabo mediante tres procedimientos distintos: • Matrimonio subsiguiente • Oblación a la curia • Rescripto del emperador
ADOPCIÓN
ABROGACIÓN
Es un acto por el cual un pater familias (adrogado) se sujeta a la patria potestad de otro pater familias (adrogante) pasando a ser alieni iuris y filius familias de éste. Si el adrogado tenía hijos y nietos, estos también entraban a la patria potestad del adrogante
Es un acto solemne por medio del cual un alieni iuris (adoptado) sale de la patria potestad de su pater familias y entra a la patria potestad de otro pater familias (adoptante) como hijo (filius familias) onieto (loco neptis)
ASPECTO PATRIMONIAL DE LA PATRIA POTESTADEl filius familias no tiene ninguna capacidad patrimonial, puede realizar actos de adquisición de bienes, pero los efectos de esas adquisiciones pasan automáticamente a su pater familias.
Peculio A partir del Imperio se reconoció a los filius familias la posibilidad de disfrutar de un pequeño patrimonio (peculium).
Tipos de peculio: * Paganum. El pater familias podía concederle al filius familias la administración y disfrute de un pequeño patrimonio, jurídicamente el responsable y titular de ese peculio era el pater, por lo que, él era el responsable de las deudas contraidas por el filius hasta igualar el importe del peculium. * Castrense. Aquellos filius de familias militares y mientras fuesen leales tenían el derecho de disponer en testamento de los bienes que adquirieron en ocasión a sus servicios militares, comprendían también las donaciones y legados hereditarios hechos al militar. * Cuasi castrense. Los bienes adquiridos por los filius familias como pago por ocupar altos cargos dentro de su corte, asi como sus ahorros o donativos, en dicho peculio se incluyeron también los regalos hechos a particulares por el emperador
MATRIMONIO. iustae nuptiae o iustum matrimonium a la unión conyugal monogámica llevada a cabo de conformidad con las reglas del derecho civil romano
Para el Derecho romano, sino una situación de hecho socialmente reconocida que produce consecuencias de derecho.
Según el derecho clásico, el matrimonio legítimo existe cuando hay la intención de comportarse de forma efectiva y continua como marido y mujer (affectio maritalis) y que exista la apariencia de una relación conyugal honorable (honor matrimonii).
En el derecho justinianeo, ya con una influencia clara del cristinanismo, el matrimonio se define como la unión del varón y de la mujer que comprende el comercio indivisible de la vida
MATRIMONIO CUM Y SINE MANU.Durante el derecho arcaico el matrimonio iba acompañado del sometimiento de la mujer a la manus del marido o de su padre a través de la conventio in manu, esto es, el acto por el que la mujer sui iuris o alieni iuris cae bajo la manus del marido o del pater familias del marido, entra a la familia del marido y se rompen los lazos con su familia de origen.
Formas de entrega de la manus Existen tres formas para que surja la conventio in manu: Confarreatio, Coemptio, Usus
Los principales efectos jurídicos del matrimonio cum manu es que la mujer ingresa en la domus del marido, la mujer alieni iuris sale de la patria potestad de su pater familias y entra a la manus del marido o del suegro.
Matrimonio sine manu: Matrimonio realizado sin formalidades y que sustituyó al matrimonio cum manu. Los efectos jurídicos eran si la mujer es alieni iuris no rompe con los lazos agnaticios de su familia de origen, y si la mujer es sui iuris conserva su status familiae
Requisitos para contraer matrimonio Capacidad natural. Capacidad legal. Consentimiento de ambos contrayentes. Consentimiento de los pater familias.
Relativos: Son aquellos que en principio impiden la celebración del matrimonio, pero que, una vez subsanados éste será válido y son los siguientes:
Impedimentos para contraer matrimonio Absolutos: Son aquellos que impiden de manera definitiva que el matrimonio pueda llevarse a efecto, no existiendo la posibilidad de ser subsanados y son:
Ligamen: Existencia de otro lazo matrimonial no disuelto ya que es contrario al principio del matrimonio monogámino
Porque exista entre los contrayentes relación de tutela o curatela
Por adulterio.
Parentesco: Por consanguinidad en línea recta sin límite de grado, colateral hasta el séptimo grado y posteriormente hasta el tercero, por afinidad, por parentesco civil.
En el derecho clásico la mujer adúltera no podía contraer matrimonio.
Hasta que no se hayan rendido cuentas.
Por rapto
Constantino prohibió las nupcias entre el raptor y la raptada.
Por diferencias religiosas
Por diferencia de rango social
A partir de la influencia del cristianismo queda prohibido el matrimonio entre cristianos y judíos.
En el derecho preclásico está prohibido el matrimonio entre patricios y plebeyos e ingenuos y libertos.
Disolución del matrimonio
VS
Efectos jurídicos del matrimonio
Por lo que respecta a los efectos que sobre los cónyuges traía la celebración del matrimonio, éstos se refieren a los diversos aspectos del mismo; por un lado la mujer participa de la condición social del marido y pasa a formar parte de la familia de él en calidad de hija y como hermana de sus hijos, siempre y cuando el matrimonio se hubiese celebrado cum manu.Si era sui iuris al celebrarse el matrimonio, los bienes que poseyera eran adquiridos por el marido, lo mismo que aquellos que ella pudiese llegar a adquirir, ocurriendo lo mismo en los casos en que existiese la dote que la mujer aportaba al matrimonio.
¡Gracias!