Infografía en seguridad y salu en el trabajo
Estrategias y soluciones
Conclusiones de la OIT-2003
Con el fin de controlar y mitigar los peligros y riesgos, (biológico, químico, físico, psicosocial, biomecánico, condiciones de seguridad y fenomenos naturales) .
Preocupación por el aumento de muertes de los trabajadores, a causas de accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
Concientización
Sobre la importancia de la SST, priorización a nivel internacional, nacional y empresarial, generar acuerdos, financiación y mecanismos de control.
Cultura de prevención
Involucrar a los gobernantes, empleadores y trabajadores, para la promoción de la SST, sensibilización frente a los riesgos y peligros, promover el derecho a ambientes de trabajo seguros y saludables, como minimo una vez al año.
Legislación
Creación de instrumentos políticos, que generen derechos de los trabajadores en materia de SST,
Apoyo financiero
Ergonomía
Priorizar el estudio de las condiciones de adaptación de un lugar de trabajo, (maquinaria, vehículo, características físicas y psicológicas del trabajador o usuario.
Asesoramiento técnico y apoyo financiero a países en desarrollo, para el fortalecimiento de la SST, involucarar a los gobiernos para que generen dicha ayuda, mantener participación activa de empleadores y trabajadores en el desarrollo de los correspondientes programas.
Capacitación
Formación, educación y capacitación a todos los intervinientes en SST, divulgación por todos los medios de comunicación en dicha temática, solicitar asesoramiento tècnico a las entidades acreditadas y especializadas.
Trabajo
Capital humano
Medio por el cual el ser humano, satisface sus necesidades básicas, deseos y contribuye productivamente a nivel social.
Es el activo principal de toda organización e interviniente en los fenómenos económicos de un país, por ende se deben salvaguardar sus derechos y garantías, a través de normatividad.
Elementos de protección personal
En muchas empresas no se cumple su dotacón, con el fin de ahorrar costos, lo que genera, poner en riesgo al trabajador, si es cierto estos elementos no eliminan el riesgo, pero si lo mitiga considerablemente.
DECRETO 1295 DE 1994, Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
Artículo 4 características
Artículo 3 aplicación
- Dirijido, orientado, controlado y vigilado por el estado
- tendrá a su cargo la afiliación y administración del sistema
- todos los empleadores deben afiliarsen y los trabajadores dependientes, es obligación de los empleadores,su afiliación
- empleadores que no afilien a sus trabajadores serán sancionados
- trabajadores afiliados tendrán derecho al pago de sus prestaciones
- las cotizaciones están a cargo de los empleadores
El SGRP se aplica a todas las empresas a nivel nacional, trabajadores, contratistas, subcontratistas, de sectores públicos y privados en general, excepto a los miembros de las fuerzas militares y Policía nacional.
- la relación laboral implica la obligación de pagar las cotizaciones
- la selección de las entidades que administran el sistema, es libre para el empleador
- la cobertura del sistema se inicia desde el siguiente día a la afiliación
- los empleadores solo podrán contratar el cubrimiento de los riesgos profesionales de todos sus trabajadores, con una sola entidad administradora
Decreto 1072 de 2015, Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
- Recursos financieros, técnicos y personal necesario para el diseño, implementación, revisión, evaluación, de mejoras de las medidas de prevención y control
- Garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de SST
- Diseñar y desarrollar plan de trabajo anual, para el cumplimiento de objetivos propuestos
- Realizar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales
Artículo 2.2.4.6.8
- El empleador está obligado a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores
- Definir, firmar y divulgar, la política de SST, a través de documento escrito
- Debe asignar, documentar y comunicar, las responsabilidades específicas de SST a todos los niveles de la organización
- Rendición de cuentas al interior de la empresa
- Desarrollar plan de capacitación a los trabajadores en referencia a la seguridad y salud en el trabajo
Artículo 2.2.4.6.10
Responsabilidades de sus trabajadores
- Procurar el cuidado integral de su salud
- Suministrar información clara sobre su estado de salud
- Cumplir las normas del SGSST y contribuir al cumplimiento de sus objetivos
- Informar oprtunamente sobre peligros detectados en el lugar de trabajo
- Participar en las actividaes de capacitación
Decreto 472 de 2015
Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas
- La Ley 1610 de 2013 otorgó a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, la competencia para ordenar la clausura del lugar de trabajo y la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa de prevención de riesgos laborales, de concurrir riesgo grave o inminente para la seguridad o salud de los trabajadores
- Le corresponde al Gobierno nacional, a través del Ministerio del Trabajo, reglamentar los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales
Criterios de graduación de las multas
- La reincidencia en la comisión de la infracción
- La resistencia, negativa u obstrucción a la acción investigadora o de supervisión por parte del Ministerio del Trabajo
- La utilización de medios fraudulentos o de persona interpuesta para ocultar la infracción o sus efectos
- El grado de prudencia y diligencia con que se hayan atendido los deberes o se hayan aplicado las normas legales pertinentes
- El reconocimiento o aceptación expresa de la infracción, antes del decreto de pruebas
- Daño o peligro generado a los intereses jurídicos tutelados
- La ausencia o deficiencia de las actividades de promoción y prevención
- El beneficio económico obtenido por el infractor para sí o a favor de un tercero
- La proporcionalidad y razonabilidad conforme al número de trabajadores y el valor de los activos de la empresa
-
El incumplimiento de los correctivos y recomendaciones en las actividades de promoción y prevención por parte de la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) o el Ministerio del Trabajo
- La muerte del trabajador
Artículo 7°.Plan de mejoramiento
Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, los Directores Territoriales, las Oficinas Especiales y la Unidad de Investigaciones Especiales podrán ordenar Planes de Mejoramiento, con el fin de que se efectúen los correctivos tendientes a la superación de las situaciones irregulares detectadas en materia de seguridad y salud en el trabajo y demás normas del Sistema General de Riesgos Laborales. El Plan debe contener como mínimo las actividades concretas a desarrollar, la persona responsable de cada una de ellas, plazo determinado para su cumplimiento; y su ejecución debe estar orientada a subsanar definitivamente las situaciones detectadas, así como a prevenir que en el futuro se puedan volver a presentar.
- El Plan de Mejoramiento no constituye impedimento para que paralelamente puedan adelantar el proceso administrativo sancionatorio, con ocasión del incumplimiento normativo
- El incumplimiento o cumplimiento parcial del Plan de Mejoramiento ordenado, conllevará a la imposición de sanciones a que haya lugar de conformidad con las normas aplicables.
Clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y la paralización o prohibición inmediata de los trabajos o tareas
El auto ejecutorio deberá contener: La individualización de la persona natural o jurídica y el establecimiento de comercio o lugar de trabajo.
– El análisis de hechos y pruebas con base en los cuales se impone la medida.
– El periodo de tiempo durante el cual se impone la medida.
– Las normas infringidas con los hechos probados.
- De tres (3) días a diez (10) días hábiles
- De diez (10) días a treinta (30) días calendario
- En caso de reincidencia, el Inspector de Trabajo y Seguridad Social trasladará el caso al Director Territorial, quien podrá imponer la medida hasta por un término de 120 días hábiles o proceder al cierre definitivo de la empresa.
Respeto de los derechos laborales y prestaciones sociales
En ningún caso la suspensión de actividades o cierre del lugar de trabajo puede ocasionar detrimento a los trabajadores. Los días en que opere la clausura o suspensión se contarán como días laborados para efectos del pago de salarios, primas, vacaciones y demás prestaciones sociales a que estos tengan derecho.
Los empleadores reportarán los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales correspondientes, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la enfermedad, independientemente del reporte que deben realizar a las Administradoras de Riesgos Laborales y Empresas Promotoras de Salud y lo establecido en el artículo 4° del Decreto número 1530 de 1996.
GRACIAS
Introducción a la seguridad y salud en el trabajo NRC 4595 Docente Andrea Marcela Peñaloza Mendoza ESTUDIANTES Sandra Milena Sánchez Ascanio ID 815169 Yerly Xiomara Pérez Salinas ID 561216 Wilson Eduardo Guevara Serrano ID 822416
Infografía en seguridad y salud en el trabajo
Wilson Guevara
Created on September 15, 2021
Herramientas para la introducción en seguridad y salud en el trabajo
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Infografía en seguridad y salu en el trabajo
Estrategias y soluciones
Conclusiones de la OIT-2003
Con el fin de controlar y mitigar los peligros y riesgos, (biológico, químico, físico, psicosocial, biomecánico, condiciones de seguridad y fenomenos naturales) .
Preocupación por el aumento de muertes de los trabajadores, a causas de accidentes de trabajo o enfermedades laborales.
Concientización
Sobre la importancia de la SST, priorización a nivel internacional, nacional y empresarial, generar acuerdos, financiación y mecanismos de control.
Cultura de prevención
Involucrar a los gobernantes, empleadores y trabajadores, para la promoción de la SST, sensibilización frente a los riesgos y peligros, promover el derecho a ambientes de trabajo seguros y saludables, como minimo una vez al año.
Legislación
Creación de instrumentos políticos, que generen derechos de los trabajadores en materia de SST,
Apoyo financiero
Ergonomía
Priorizar el estudio de las condiciones de adaptación de un lugar de trabajo, (maquinaria, vehículo, características físicas y psicológicas del trabajador o usuario.
Asesoramiento técnico y apoyo financiero a países en desarrollo, para el fortalecimiento de la SST, involucarar a los gobiernos para que generen dicha ayuda, mantener participación activa de empleadores y trabajadores en el desarrollo de los correspondientes programas.
Capacitación
Formación, educación y capacitación a todos los intervinientes en SST, divulgación por todos los medios de comunicación en dicha temática, solicitar asesoramiento tècnico a las entidades acreditadas y especializadas.
Trabajo
Capital humano
Medio por el cual el ser humano, satisface sus necesidades básicas, deseos y contribuye productivamente a nivel social.
Es el activo principal de toda organización e interviniente en los fenómenos económicos de un país, por ende se deben salvaguardar sus derechos y garantías, a través de normatividad.
Elementos de protección personal
En muchas empresas no se cumple su dotacón, con el fin de ahorrar costos, lo que genera, poner en riesgo al trabajador, si es cierto estos elementos no eliminan el riesgo, pero si lo mitiga considerablemente.
DECRETO 1295 DE 1994, Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales
Artículo 4 características
Artículo 3 aplicación
El SGRP se aplica a todas las empresas a nivel nacional, trabajadores, contratistas, subcontratistas, de sectores públicos y privados en general, excepto a los miembros de las fuerzas militares y Policía nacional.
Decreto 1072 de 2015, Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo
Artículo 2.2.4.6.8
Artículo 2.2.4.6.10
Responsabilidades de sus trabajadores
Decreto 472 de 2015
Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas
Criterios de graduación de las multas
Artículo 7°.Plan de mejoramiento
Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, los Directores Territoriales, las Oficinas Especiales y la Unidad de Investigaciones Especiales podrán ordenar Planes de Mejoramiento, con el fin de que se efectúen los correctivos tendientes a la superación de las situaciones irregulares detectadas en materia de seguridad y salud en el trabajo y demás normas del Sistema General de Riesgos Laborales. El Plan debe contener como mínimo las actividades concretas a desarrollar, la persona responsable de cada una de ellas, plazo determinado para su cumplimiento; y su ejecución debe estar orientada a subsanar definitivamente las situaciones detectadas, así como a prevenir que en el futuro se puedan volver a presentar.
Clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y la paralización o prohibición inmediata de los trabajos o tareas
El auto ejecutorio deberá contener: La individualización de la persona natural o jurídica y el establecimiento de comercio o lugar de trabajo. – El análisis de hechos y pruebas con base en los cuales se impone la medida. – El periodo de tiempo durante el cual se impone la medida. – Las normas infringidas con los hechos probados.
Respeto de los derechos laborales y prestaciones sociales
En ningún caso la suspensión de actividades o cierre del lugar de trabajo puede ocasionar detrimento a los trabajadores. Los días en que opere la clausura o suspensión se contarán como días laborados para efectos del pago de salarios, primas, vacaciones y demás prestaciones sociales a que estos tengan derecho.
Los empleadores reportarán los accidentes graves y mortales, así como las enfermedades diagnosticadas como laborales, directamente a la Dirección Territorial u Oficinas Especiales correspondientes, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al evento o recibo del diagnóstico de la enfermedad, independientemente del reporte que deben realizar a las Administradoras de Riesgos Laborales y Empresas Promotoras de Salud y lo establecido en el artículo 4° del Decreto número 1530 de 1996.
GRACIAS
Introducción a la seguridad y salud en el trabajo NRC 4595 Docente Andrea Marcela Peñaloza Mendoza ESTUDIANTES Sandra Milena Sánchez Ascanio ID 815169 Yerly Xiomara Pérez Salinas ID 561216 Wilson Eduardo Guevara Serrano ID 822416