Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

Tipos y Características de las organizaciones mercantiles en México

lunamitzy133

Created on September 12, 2021

Infografía

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Transcript

Organizaciones mercantiles en méxico

Introducción

Las sociedades mercantiles son aquellas organizaciones a través de las cuales se pueden llevar a cabo actividades comerciales. Las sociedades de personas son una forma popular de organización porque ellas proporcionan un medio conveniente y poco costoso de combinación del capital y de habilidades especiales de dos o más personas. La sociedad no es una entiendad legal separada en si misma sino simplemente una asociación voluntaria de individuos. La presente infografiía su enfoque va en relación a los tipos y características de las organizaciones en México.

Típos y características

La Ley General de Sociedades Mercantiles establece los tipos de sociedades que existen actualmente en México, los cuales se distinguen dependiendo de la abreviatura que posean al final del nombre o razón social

Sociedad en nombre colectivo (S.N.C)

En este tipo de sociedad todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada asì como solidariamente de las obligaciones sociales y su razón social, se conforma con el nombre de uno o más socios. Sus características principales son: 1.- Los socios no pueden dedicarse a negocios del mismo género del de la sociedad. 2.- No se establece un monto mínimo de capital. 3.- Los socios no pueden ceder los derechos a otras personas sin que los otros aprueben la cesión de derechos. 5.-En caso de no existir un administrador designado, todos los socios participan en la administración de la sociedad.

Sociedad en Comandita Simple (S.C o SCA)

Se compone de dos clases de socios: los que responden de modo subsidiario, solidario e ilimitado de las obligaciones sociales (comanditarios) y los que sólo se obligan al monto de su aportación (comanditados). Entre sus principales características se encuentran: 1.-La razón social (nombre del negocio) debe estar conformada por el nombre de uno de los comanditados. 2.-Debe contener al final de la razón social, la abreviatura para diferenciar el tipo de sociedad conformada. 3.-No establece un capital social mínimo 4.-Su duración es indefinida 5.-Los socios no pueden dedicarse a negocios del mismo género del de la sociedad, salvo acuerdo con los demás o lo establezcan sus estatutos.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L o SL)

Se constituye entre socios que sólo están obligados al pago de sus aportaciones. Las partes sociales no pueden estar representadas por títulos negociables y son indivisibles. Sus características son las siguientes: 1.-La razón social (nombre) está compuesto por el nombre de uno o varios socios. 2.- Debe contener la abreviatura al final de la razón social. 3.-Si no contiene la abreviatura no será considerada como Sociedad de Responsabilidad Limitada, sino que será reconocida como Sociedad en nombre colectivo. 4.-Las partes sociales podrán ser de valor y categoría desigual, y siempre en múltiplos de un peso.

Sociedad Anónima (S.A)

Este tipo de sociedad es la que comúnmente se utiliza, es la que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Sus características principales son: 1.-Capital representado por acciones: nominativas, de igual valor y mismos derechos o de acuerdo a los estatutos serie de acciones con distinto valor y con derechos especiales. 2.- Los socios están obligados al pago de sus acciones, en efectivo (debiendo cubrirse al menos el 20 % del valor de cada acción), o en su caso en especie. 3.-La responsabilidad de los socios es únicamente hasta por el monto de sus acciones. 4.-En sus estatutos pueden establecerse pactos que regulen la circulación de acciones.

Sociedad en Comandita por Acciones (S. C. A.)

Es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones. Este tipo de sociedad se caracteriza por: 1.-Se integra por los nombres o apellidos de los socios, en caso de no aparecer todos se deberá añadir la palabra compañía u otra similar. 2.- Los socios comanditarios responden de modo subsidiario, solidario e ilimitadamente de las obligaciones sociales y los comanditados solo son obligados al pago de sus acciones. 3.-Las acciones no se pueden ceder si no es por acuerdo del 100% de los comanditados y 2/3 de los comanditarios. 4.- El socio no debe dedicarse al mismo negocio objeto de la sociedad, salvo acuerdo de los demás, pudiendo ser excluido de la sociedad por infringir dicha disposición.

Sociedad Cooperativa (S.C)

Se encuentra integrada por personas físicas con base en intereses comunes, quienes se basan en los principios de solidaridad, esfuerzo y ayuda mutua, cuyo propósito es satisfacer necesidades individuales y colectivas, por medio de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Se caracterizan por: 1.- Se podrán agrupar libremente en Federaciones, uniones o en cualquier otra figura asociativa de acuerdo con lo señalado en su ley. 2.- No establece capital social mínimo, pero siempre serán de capital variable. 3.-Su capital social se divide en certificados de aportación.

Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S)

Ess aquella que se constituye con una o más personas físicas que solamente están obligadas al pago de sus aportaciones representadas en acciones. Sus características son: 1.- Las pueden constituir una o más personas quienes pagarán por sus acciones. 2.-Los ingresos totales anuales de una sociedad por acciones simplificada no podrá rebasar de 5 millones de pesos. 3.-Todos los accionistas deberán contar con certificado de firma electrónica avanzada vigente reconocido en las reglas generales que emita la Secretaría de Economía.

Conclusión

Por Concluir la Infografía sobre las sociedades mercantiles, mi punto de vista es el siguiente: Ha sido muy interesante, buscar y encontrar lo que necesitaba para esta actividad, saber que esta información no es solamente datos precisos y fríos, al contrario es buscar y encontrar datos que nos enseñan los aspectos legales de las sociedades desde su formación, y a su vez desde otros puntos como sus legislaciones externas e internas, sus procedimientos para desarrollar las actividades a las que están encaminadas, los principios a que deben sujetarse para el buen funcionamiento de las organizaciones, la manera de ir encontrando formas que aseguren la lealtad del actuar de quienes conforman la sociedad, los procedimientos para terminar con la sociedad cuando se sabe que no esta funcionando para el objetivo por el que se creó, el nombramiento de quiénes o quién se hará cargo del trámite que ha de llevarla a la Liquidación, y por último la decisión de seguir adelante con lo que es la empresa, y lo que será al fusionarla con otras empresas para salvar la parte de los socios que quieran seguir adelante en esta tarea, siempre tratando de ser respetuoso con lo que marca las legislaciones que intervienen para el buen funcionamiento dentro de una sociedad.

Referencias Bibliográficas

Cámara de Diputados del H. Congreso de la unión.(Año 2018). Consulta: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/144_140618.pdf Blog Derecho Civil y Mercantil . Tipos y Características de las Sociedades Mercantiles en México. Agosto 2020. Consulta: https://iuslider.com/blog/tipos-de-sociedades-mercantiles/