Want to create interactive content? It’s easy in Genially!
DERECHO AGRARIO REPARTO
omardelcampo24011997
Created on July 7, 2021
Start designing with a free template
Discover more than 1500 professional designs like these:
View
Piñata Challenge
View
Teaching Challenge: Transform Your Classroom
View
Frayer Model
View
Math Calculations
View
Interactive QR Code Generator
View
Interactive Scoreboard
View
Interactive Bingo
Transcript
DERECHO AGRARIO
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL DERECHO AGRARIO Y SUS REPARTOS AGRARIOS EN MÉXICO.
PROFESOR: DR. LUIS FRANCISCO ARANGO QUINTOS
¿CUÁL ES EL ORIGEN DE LA PALABRA AGRARIO?La palabra agrario, proviene del latín ager, agrarium, campo que se aplica a todo lo relativo al campo.
¿QUÉ ES DERECHO AGRARIO?Para Rafael Pina, el derecho agrario es el “conjunto de las normas jurídicas destinadas a regular el régimen de la tierra laborable.”(Rafael Pina Vara. Diccionario Jurídico. Editorial Porrúa. Año 2006. Página 228.)Por su parte, para Fernando Floresgómez y Gustavo Carvajal, el derecho agrario es el “conjunto de normas, leyes, reglamentos y disposiciones en general, doctrina y jurisprudencia que se refieren a la propiedad rústica y las explotaciones de carácter agrícola.”(Fernando Gloresgómez González y Gustavo Carvajal Moreno. Nociones de Derecho. Editorial Porrúa. Año 2013. Página 225.)
EL DERECHO AGRARIO EN LA ÉPOCA PREHISPÁNICA.Como bien sabemos, en México antes de la llegada de los españoles realmente no existía lo que le llamamos “unidad política” pues existían distintas civilizaciones o conglomerados sociales que vivían bajo sus propios ordenamientos, es decir no existía una sola nación, por lo que deberíamos analizar a cada uno de los pueblos prehispánicos para conocer su derecho agrario. EL DERECHO AGRARIO PARA LOS AZTECAS.Uno de los pueblos más importantes para el derecho agrario prehispánico, fueron los aztecas, pues tenían una amplia cantidad de instituciones jurídicas agrarias, por lo que se toma de base para comprender en gran medida, cómo es que los otros pueblos prehispánicos funcionaban.Es importante señalar que el rey era dueño de las tierras, y las guerras fueron importantes porque ayudaban a adherir nuevos territorios, donde el monarca se apoderaba de las tierras y las otorgaba de las siguientes 5 maneras distintas:
EL DERECHO AGRARIO EN LA ÉPOCA PREHISPÁNICA.Como bien sabemos, en México antes de la llegada de los españoles realmente no existía lo que le llamamos “unidad política” pues existían distintas civilizaciones o conglomerados sociales que vivían bajo sus propios ordenamientos, es decir no existía una sola nación, por lo que deberíamos analizar a cada uno de los pueblos prehispánicos para conocer su derecho agrario. EL DERECHO AGRARIO PARA LOS AZTECAS.Uno de los pueblos más importantes para el derecho agrario prehispánico, fueron los aztecas, pues tenían una amplia cantidad de instituciones jurídicas agrarias, por lo que se toma de base para comprender en gran medida, cómo es que los otros pueblos prehispánicos funcionaban.Es importante señalar que el rey era dueño de las tierras, y las guerras fueron importantes porque ayudaban a adherir nuevos territorios, donde el monarca se apoderaba de las tierras y las otorgaba de las siguientes 5 maneras distintas:
A).- TLATOCALLI: Eran las tierras propiedad del monarca. Tlatoa es mandar y Calli es casa.B).- PILLALI: Tierras que el monarca repartía entre los principales nobles y guerreros.C).- ALTEPETLALLI: Eran las tierras cuyos productos se destinaban a sugragar los gastos del pueblo, a cada barrio se le otorgaba una tierra de manera independiente.D).- CALPULLI: En la ciudad de Tenochtitlán, a los jefes de familia se les repartían parcelas para cultivarlas y sostenerse de ellas.E).- MITLCHIMALLI: Tierras destinadas para sostener al ejército.F).- TEOTLALPAN: Tierras destinadas para el culto y la religión.
EL DERECHO AGRARIO PARA LOS ESPAÑOLES.Con la llegada de los españoles a américa, las reparticiones de la tierra por parte de los aztecas y los distintos pueblos de la américa prehispánica dejaron de funcionar.En este caso los problemas comenzaron cuando los españoles y los portugueses no sabían como repartirse las tierras, para ello, el Papa Alejandro VI expidió una bula en la que otorgó a los Reyes Católicos de España todas las tierras descubiertas y por descubrir al poniente sur de una línea trazada entre los polos Ártico y Antártico, que pasara a 100 leguas al oeste de la más occidental de las Islas Azores y Cabo Verde y al Rey de Portugal las que quedaran al este.Obviamente esta división no fue del gusto de todos, sin embargo la nueva repartición de tierras se llevó a cabo bajo las siguientes denominaciones:A).- MERCEDES REALES: Tierras que se otorgaban a los conquistadores como pago de sus esfuerzos. Eran extensiones grandes de terreno, mismas que necesitaban una confirmación del Rey llamada “merced.”B).- CABALLERÍAS: Tierras que se otorgaban a los soldados de caballería.C).- PEONÍAS: Tierras que se otorgaban a solados de infantería, eran más pequeñas que las caballerías.D).- SUERTES DE TIERRAS: Solares dedicados a la labranza que se otorgaban a colonos.E).- CONFIRMACCIÓN: Cuando había tierras de las que se carecía un título y se otorgaban de manera ilegal, para legalizarlas se realizaba un procedimiento llamado confirmación.F).- COMPOSICIONES: Predios que ocupaban los españoles sin permisos ni autorizaciones. Para evitar lo anterior, en noviembre de 1571 se dictó una cédula en la que se ordenaba que todas las tierras que no tuvieran dueño, se restituyeran a los monarcas españoles.G).- CAPITULACIONES: Tierras destinadas para fundar pueblos.H).- FUNDO LEGAL: Tierras otorgadas por Carlos V a los indios e indígenas.I).- LOS PROPIOS: Tierras que tenían los pueblos para cubrir los gastos públicos, se arrendaban y la renta obtenida se usaba para pagar gastos públicos.J).- TIERRAS DEREPARTIMIENTO: Tierras comunales para ser cultivadas.K).- LAS CAPELLANÍAS: Tierras de propiedad eclesiástica.L).- LOS MAYORAZGOS: Tierras otorgadas a los españoles pero que por herencia nunca podían ser perdidas por la familia.
Los años que van de 1920 a 1934 se caracterizaron por hegemonía que lograron imponer los sonorenses Álvaro Obregón y Plutarco Elías Calles al resto de los generales revolucionarios. Como presidentes de la República, ambos se caracterizaron por considerar al ejido como una forma transitoria que deberían culminar en la formación y consolidación de una pequeña propiedad. Durante la gestión presidencial de Calles se inició la formación de diversas instituciones con las que se pretendió hacer de la Reforma Agraria un proceso integral y proveer a los nuevos propietarios con la infraestructura necesaria. Los proyectos de mayor envergadura fueron la creación de la Comisión Nacional de Irrigación y del Banco Nacional de Crédito Agrícola.
1917: Reconocimiento a la Propiedad ComunalEl Art. 27 estipuló la restitución de tierras a las comunidades que hubiesen sido despojadas y ordenó la dotación para los pueblos que carecieran de tierras. La expropiación con fines de restitución y dotación respetaría únicamente las propiedades legalmente establecidas que no excedieran de 50 hectáreas de tierras de primera calidad.. Con todo ello se dejó establecidas las bases legales para una profunda Reforma Agraria. La aplicación del Artículo 27 encontró grandes dificultades. Entre los dirigentes revolucionarios existían diversas posturas en torno a la cuestión agraria.
Este proceso se inició con la Ley Agraria del 6 de enero de 1915, emitida por Carranza en Veracruz, la cual recogió el aspecto nodal de la lucha zapatista, pues ordenó la restitución de tierras arrebatas a raíz de una interpretación dolosa de la legislación de julio de 1856 y estipuló la dotación para aquellos pueblos que carecieran de ella.Asimismo, estipuló la creación de la Comisión Nacional Agraria por cada estado o territorio de la federación, de los comités particulares ejecutivos que en cada entidad federativa se considerasen necesarios
Desde 1992, la política agraria diagnosticó como problema público la falta de seguridad jurídica en la tenencia de la tierra ejidal y comunal, y los bajos ingresos de los habitantes de núcleos agrarios. Para resolver el problema público, el Gobierno Federal estableció el objetivo de garantizar la seguridad jurídica en la tenencia de la tierra y promover el bienestar económico de la población de ejidos y comunidades, por medio de las estrategias de regularización y certificación de la propiedad ejidal y comunal; procuración e impartición de justicia agraria; atención de conflictos sociales en el medio rural, y fomento de actividades productivas en los núcleos agrarios; las cuales estuvieron a cargo de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU); el Registro Agrario Nacional (RAN); la Procuraduría Agraria (PA), y los Tribunales Agrarios (TA)
Con Lázaro Cárdenas, se inició un cambio radical de la estructura de la tenencia de la tierra. El ejido no fue considerado una etapa transitoria hacia la pequeña propiedad ni complemente salarial, sino concebido como el eje principal para emprender una transformación de fondo.Cárdenas efectuó el mayor reparto agrario hasta entonces y se afectaron las haciendas de las zonas de agricultura más prósperas del país.Durante los años de 1930 a 1966 la producción agrícola de México creció más rápidamente que su población, contribuyendo significativamente al desarrollo general del país. El crecimiento sostenido de la agricultura se basó tanto en el reparto agrario cardenista como en la fuerte inversión pública destinada a este sector
Los destinatarios de la política son los 31,936 núcleos agrarios del país (ejidos y comunidades) y sus habitantes. En 2013, los núcleos agrarios abarcaron el 51.1% del territorio nacional, 100,126.7 miles de hectáreas, donde habitaba el 21.1% de la población del país, 25.0 millones de habitantes, los cuales desde la segunda mitad del siglo XX se han constituido como uno delos sectores sociales con menores oportunidades de desarrollo, 1/ de ahí la importancia de la participación del Estado para generar las condiciones básicas que impulsen el bienestar de esa población mediante el otorgamiento de seguridad jurídica en la tenencia de la tierra y la entrega de apoyos para fomentar el desarrollo de actividades productivas
En el Plan Nacional de Desarrollo 1989-1994 se diagnosticó que la falta de seguridad jurídica en la tenencia de la tierra influyó en la descapitalización del sector agropecuario y que los habitantes del campo no recibían los ingresos necesarios para mejorar y elevar sus niveles de vida. Con la finalidad de promover la modernización económica y social del campo, en el plan se consideró indispensable otorgar seguridad jurídica en la tenencia de la tierra, debido a que la certidumbre en la tenencia de la tierra permitiría usar de manera más eficiente los recursos productivos y fomentar la producción agropecuaria; asimismo, se estableció que la política tendría entre sus objetivos aumentar el bienestar de los productores de bajos ingresos.El 1 de noviembre de 1991, el presidente Carlos Salinas de Gortari presentó una nueva estrategiade desarrollo agrario en el marco de su tercer informe de gobierno, en la cual indicó que: “El reparto agrario en su momento llevó justicia al campo pero pretender, en las circunstancias actuales, continuar por el camino de antes ya no significa prosperidad para la patria ni justicia para los campesinos. No porque haya fallado la reforma agraria, sino por la propia dinámica social, demográfica y económica a la cual contribuyó. Hoy la mayoría de los ejidatarios o de los pequeños propietarios son minifundistas; dos terceras partes de los campesinos que siembran maíz en lanación tienen menos de tres hectáreas de tierra de temporal por familia; muchos sólo poseen surcos. Así no pueden satisfacer sus propias necesidades
Durante el periodo 1964-1970, el Gobierno Federal otorgó 24,738.2 miles de hectáreas a 278,214 beneficiarios, la mayor cantidad de tierra repartida por la política agraria. Sin embargo, la disminución de la inversión y del financiamiento canalizado al Sector Agrario tuvo como resultado que para 1970, el 36.0% de los campesinos apenas sobreviviera de la explotación de su parcela y tuviera que ocuparse en otras actividades. Como resultado de esta situación, desde 1965 sepresentó la emigración masiva de la población rural que no poseía tierras de cultivo y carecía de ingresos suficientes, hacia las principales ciudades del país y Estados Unidos. En este contexto surgió un nuevo problema para la política pública: el rezago agrario, que se definía como la falta de atención de una gran cantidad de demandas de dotación o restitución, así como la inexistencia de documentación de las tierras entregadas; 33/ debido a la enorme cantidad de tierra repartida y al crecimiento de los aparatos burocráticos del Sector Agrario, lo que provocóincertidumbre sobre la tenencia de la tierra. Con el propósito de atender la situación de los campesinos y el rezago agrario, en la administración de 1970-1976 se incrementó la inversión pública a la producción agropecuaria, se estableció un programa especial para abatir el rezago y en 1971 se promulgó la Ley Federal de Reforma Agraria en sustitución del Código Agrario, a fin de transformar al ejido de núcleo de población a un núcleo de carácter productivo.
Evaluación núm. 1201“Política Agraria”•Declive y fin del reparto agrario, 1974-1991El 31 de diciembre de 1974, la Comisión Nacional de Colonización se transformó en la Secretaría de la Reforma Agraria (SRA) con la finalidad de modernizar las estructuras administrativas que atendían al sector rural y flexibilizar la toma de decisiones en este ámbito; entre los problemas identificados por la SRA se encontraban: el rezago en la tramitación de las acciones agrarias estimado en 170,000 expedientes, lo que provocaba que el 65.0% del territorio del país no estuviera debidamente regularizado; y que en el medio rural habitaban tres millones de hombres adultos sin tierra y seis millones más de potenciales jefes de familia que reclamarían alternativas de desarrollo en breve tiempo. En la década de los ochenta, la profundización de la crisis económica del país agravó la incapacidad del Estado para destinar recursos públicos al sector rural, por lo que en 1988 este sector se caracterizaba por el minifundismo y la pobreza, debido a que casi el 49.0% de las parcelas ejidales eran menores de cinco hectáreas y en el medio rural vivía una tercera parte de la población del país que generaba apenas el 10.0% del PIB