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SEMESTRAL GRUPO A
arlethmayersb
Created on July 7, 2021
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Transcript
Los elementos personales del contrato de transporte
el destinatario.
el cargador
el porteador
es la persona a quien el porteador ha de entregar las mercancías en el lugar de destino.
es quien contrata en nombre propio la realización de un transporte y frente al cual el porteador se obliga a efectuarlo.
es quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio con independencia de que lo ejecute por sus propios medios o contrate su realización con otros sujetos.
CASOS DEL PORTADOR
Los casos en los que puede surgir responsabilidad del porteador son los siguientes: • Por incumplimiento de su obligación de hacer el transporte, lo que sucede cuando falta total o parcialmente la prestación de transporte prometida (las mercaderías no son transportadas, o solo lo es una parte de ellas) y cuando entrega las cosas con retraso al destinatario, es decir, después del plazo pactado. • Por incumplimiento de la obligación de custodia, que puede originarse por pérdida total o parcial de las mercancías o por averías que sufran las mercancías transportadas. En los supuestos de pérdida parcial de la mercancía o su avería, también parcial, en el sentido de que se hayan perdido o averiado simplemente una parte de los efectos transportados, el destinatario podrá rechazar la mercancía que se le quiere entregar si demuestra que no le es de utilidad sin el resto.
OBLIGACIONES DEL CARGADOR
Las obligaciones del cargador serán las de: • Entregar al porteador las mercancías debidamente embaladas y en condiciones aptas para el transporte y en la forma adecuada para su identificación. • Adjuntar carta de porte y demás documentación relativa a las mercancías. • El pago del precio y demás gastos del transporte (salvo, en este último inciso, pacto en contrario).
EL Destinatario
El destinatario, en su caso, será la persona a quien el porteador ha de entregar las mercancías en el lugar de destino. Con la solicitud de entrega, el destinatario desplaza al cargador como acreedor del contrato de transporte, asumiendo el destinatario la obligación de pago del precio del transporte (si así se ha pactado en el contrato).