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ELEMENTOS ESENCIALES DE LA NACIONALIDAD PANAMEÑA

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Created on July 5, 2021

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civica

INSTITUTO RUBIANO

Profesor: Edilberto Asprilla

Por: Javier GonzálezSerna Romell Miguel Rodriguez

10°-L

Constitución Política de la República de Panamá

TÍTULO II - NACIONALIDAD Y EXTRANJERIA

ARTÍCULOS 8-16

POR NACIMIENTO

Artículo 9

Son panameños por nacimientos: 1. Los nacidos en el territorio nacional. 2. Los hijos de padre o madre panameños por nacimiento nacidos fuera del territorio de la República, si aquéllos establecen su domicilio en el territorio nacional. 3. Los hijos de padre o madre panameños por naturalización nacidos fuera del territorio nacional, si aquellos establecen su domicilio en la República de Panamá y manifiesten su voluntad de acogerse a la nacionalidad panameña a más tardar un año después de su mayoría de edad.

TERRITORIO NACIONAL

Por Naturalización

1. Los extranjeros con 5 años consecutivos de residencia en el territorio de la República si, después de haber alcanzado su mayoría de edad, declaran su voluntad de naturalizarse, renuncian expresamente a su nacionalidad de origen o a la que tengan y comprueban que poseen el idioma español y conocimientos básicos de geografía, Historia y organización política panameña. 2. Los extranjeros con tres años consecutivos de residencia en el territorio de la República que tengan hijos nacidos en ésta de padre o madre panameños o cónyuge de nacionalidad panameña , si hacen la declaración y presentan la comprobación de que trata el aparte anterior. 3. Los nacionales por nacimiento, de España o de un Estado latinoamericano, si llenan los mismos requisitos que en su país de origen se exigen a los panameños para naturalizarse. Serna Romell

Artículo 10

Nacionalización por disposición constitucional

Artículo 11

Son panameños sin necesidad de carta de naturaleza, los nacidos en el extranjero adoptados antes de cumplir siete años por nacionales panameños, si aquellos establecen su domicilio en la República de Panamá y manifiestan su voluntad de acogerse a la nacionalidad panameña a más tardar un año después de su mayoría de edad MIGUEL RODRIGUEZ