Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

ÁLBUM DE FOTOS VINTAGE

ajmedya

Created on June 8, 2021

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Corporate Christmas Presentation

Snow Presentation

Winter Presentation

Hanukkah Presentation

Vintage Photo Album

Nature Presentation

Halloween Presentation

Transcript

Patria potestad

M.D. Adela Alvarado Hernández

Comenzar

AGENDA DE LA SESIÓN

6. Efectos respecto de los bienes

1. Concepto de Patria Potestad

2. Principios

7. Pérdida, suspensión, limitación y extinción.

3. ¿Quién ejerce y quién está sujeto a la patria potestad?

8. Tutela

4. Efectos respecto de los hijos

9. Curatela

10. Pregunta de investigación

5. Restricciones

11. Referencias

concepto doctrinario

La patria potestad consiste en la regulación jurídica que se hace de los deberes y derechos que se reconocen a los padres en la legislación civil y/o familiar sobre los hijos y sus bienes. Implica el reconocimiento de los mismos con el fin de proveer a la protección y desarrollo integral de los hijos menores. En el ejercicio de la patria potestad y de la custodia de los hijos existen dos clases de interés: el moral y el material. El primero referido a la asistencia formativa, y el segundo, a la asistencia protectiva.

  • declaración sobre los derechos del niño
  • CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO
  • CPEUM artículo 4
  • LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
  • LEYES LOCALES DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

PRINCIPIOS

RESPETO Y CONSIDERACIÓN MUTUOS

+ info

INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR

+ info

FENÓMENOS SOCIALES

ALIENACIÓN PARENTAL

VIOLENCIA VICARIA

+ info

VÍDEOS

ALIENACIÓN PARENTAL

VIOLENCIA VICARIA

Personas que se encuentran sujetas a la patria potestad y quienes la ejercen

Padres, abuelos u otros.

EFECTOS DE LA PATRIA POTESTAD RESPECTO DE LOS HIJOS

rESTRICCIONES EN EL EJERCICIO Y GOCE DE LA PATRIA POTESTAD

efectos de la patria potestad respecto de los bienes

propiedad

medidas

administración

Pérdida, suspensión, limitación y terminaciónde la patria potestad

pérdida

SUSPENSIÓN

TERMINACIÓN

LIMITACIÓN

tutela y curatela

Empezar

TUTELA

Tutelar es cuidar y proteger. Al tutor le corresponde proteger los intereses del pupilo, tanto personales como patrimoniales. Así las cosas, se puede afirmar que la función del tutor es la de proteger a la persona del incapaz, procurando su bienestar y administrar su patrimonio, siempre para beneficio del pupilo. La tutela es supletoria de la patria potestad, a través de la que se provee la representación, la protección, la asistencia de aquellos que no lo pueden hacer por sí mismos a los incapaces, para intervenir y representarlos en su actividad jurídica. En el caso de los menores de edad, la institución de la tutela es una figura subsidiaria de la patria potestad, ya que sólo se nombra tutor para un menor por un juez de lo de lo familiar(ART. 62 L.O.PJCDMX), cuando aquel no tiene ascendientes, o que teniéndolos, éstos no pueden cumplir con el ejercicio de la patria potestad.

NOCIONES GENERALES

PARTES

OBJETO( art. 449 C.C.CDMX)

CARACTERÍSTICAS

hola

+ info

TESTAMENTARIA

CLASESDE TUTELA

LEGÍTIMA

DATIVA

+ info

IMPEDIMENTOS

  • c) No pueden ser nombrados tutores o curadores:
  • 1) Las personas que se desempeñen en los juzgados de lo familiar.
  • 2) Las personas que tengan parentesco de consanguinidad con las personas que laboran o integran los juzgados de lo familiar o los consejos locales de tutelas, respectivamente, en cualquier grado de la línea recta o hasta el cuarto grado de la colateral.
  • a) Los cargos de tutor y curador no se pueden ejercer por una misma persona simultáneamente.
  • b) Tampoco por personas que tengan parentesco entre sí, en cualquier grado de la línea recta o hasta el cuarto grado de la colateral.

FUNCIONES TUTOR

INHABILITACIÓN

SEPARACIÓN

EXTINCIÓN

+ info

+ info

+ info

+ info

CURADOR

El curador tiene obligación de defender los derechos del menor o incapacitado cuando se encuentren en oposición con los del tutor; vigilar la actuación, proceder y conducta de éste y cumplir cualquier otra obligación que la autoridad o la ley le señalen.

  • Toda persona a la que se asigne un tutor, en cualquiera de las formas de tutela, también le será asignado un curador; excepto en los casos de los menores abandonados y expósitos o de los menores sujetos a la tutela dativa para su protección y educación; así como cuando no cuenten con bienes.
  • La curatela puede ser ejercida por las personas que cumplan las condiciones para ser tutores.
  • La tutela y la curatela no pueden ser ejercidas por una misma persona.
  • Los impedimentos para ejercer el cargo de tutor se aplican de la misma forma a la persona del curador.
  • Podrán nombrar por sí mismos curador los mismos que puedan nombrar a su tutor, siempre con autorización judicial siendo el caso:
  • a) Por el menor si ha cumplido dieciséis años.

+ info

pregunta open class

Investiga ¿Qué es el modelo social de la discapacidad?

  • https://www.youtube.com/watch?v=LrYYEO-RURo
  • https://www.youtube.com/watch?v=y6I4GPdipMM

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

  • Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. (2021, 2 de marzo). Código Civil de la Ciudad de México. Gaceta Oficial de la Ciudad de México. http://www.aldf.gob.mx.
  • Asamblea Legislativa de la Ciudad de México. (2018, 4 de mayo). Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México. Gaceta Oficial de la Ciudad de México. http://www.aldf.gob.mx.
  • Pérez, Ma. de M.( 2010).Derecho de familia y Sucesiones, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, s/a. http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/7/3270/3.pd
  • Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren Derechos de Personas con discapacidad. SCJN
  • Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren niñas, niños y adolescentes. SCJN

¡GRACIAS!

ÉXITO

Los que ejercen la patria potestad o tengan menores bajo su custodia tienen la facultad de corregirlos y la obligación de tener una conducta que sirva a éstos de buen ejemplo. Se condena y está prohibido infligir al menor actos de fuerza que atenten contra su integridad física o psicológica, es decir, de violencia familiar.