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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Y SUS FUENTES

Bryan Joseph Oviedo González

Created on April 30, 2021

Mónica Priscila Garrido Sacán

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Transcript

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

FUENTES

Posturas de los distintos tratadistas.-

Para el Tratadista Golsdchmidt (1952), existen las “fuentes reales y fuentes de conocimiento de las normas”. Dentro de las fuentes reales hace la división de las formales, materiales y dikelógicas, siendo las formales de dimensión normológica (las convenciones internacionales y las normas iusprivatistas internacionales), las materiales de dimensión sociológica (derecho internacional público consuetudinario y derecho consuetudinario interno) y la dimensión dikelógica (referida al valor justicia).

Para el Tratadista Campos (1913) las “fuentes” del derecho Internacional Privado son: directas e indirectas. Las directas, que son los tratados: la ley, la costumbre, la jurisprudencia; y, a falta de precepto positivo o consuetudinario, el derecho natural. Las indirectas, integran la bibliografía jurídica.

Para la doctrina internacionalista, las únicas fuentes del derecho internacional privado son los tratados; la ley y la costumbre en una división trimembre. Otros juristas las clasifican por la relación enumerativa de las fuentes: El derecho natural, la ley o normas con rangos de ley, los tratados, la costumbre, la jurisprudencia y la doctrina.

Las fuentes actualmente aceptadas.-

Los tratados, costumbre internacional, ley, jurisprudencia, doctrina y principios generales del derecho.

Tratados

Dependen del grado de desarrollo de cada país y las características de su Derecho interno. Hay Tratado entre Ecuador y Colombia de 1903. Y, Tratado de Montevideo 1889 y 1940. Su codificación tiene buen futuro, a pesar de ello, tiene pocos tratados especiales.

Ley

Es la primera y más importante fuente del D. I. Privado, pues establece el alcance de sus reglas. Se encuentra limitada por el territorio y las personas. Su obstáculo es por uniformidad de las soluciones. Cada Estado establece mediante sus leyes su propio sistema de normas de conflicto determinando cuando aplicarse o no el Derecho extranjero.

Jurisprudencia

Es un aporte básico del Derecho Internacional Privado, porque establece el alcance de reglas del Derecho Internacional Privado. Es indispensable la existencia de tribunales internacionales que se encarguen de la solución de los conflictos que surgen de la vigencia espacial simultánea de normas jurídicas de varios Estados.

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

FUENTES

Doctrina

Conjunto de opiniones vertidas por los estudiosos del derecho internacional privado. Sistematiza la interpretación de las normas y realiza estudios para el avance de la ciencia jurídica. Adopta soluciones uniformes. Tiene un mayor influjo debido a la deficiencia en codificación e inexistencia en jurisdicción internacional.

Costumbre

Por su uso tradicional goza de obligatoriedad sin estar sobre la ley. Se da por su elemento material: repetición continua, uniforme y duradera de los hechos. Y, elemento psicológico: voluntad de crear la norma. Es una manera de crear normas jurídicas internacionales.

Principios generales del derecho

Son los enunciados generales más normativos, expresan un juicio deontológico. Permiten dar sentido a las normas jurídicas legales o consuetudinarias. Son utilizadas para suplir lagunas o dudas de la ley. Son las bases jurídicas que tiene el Estado para guiarse ante diversas y determinadas situaciones.

Conclusión o Aporte personal.-

Sobre las fuentes del Derecho Internacional Privado puedo acotar que, si hablamos de las fuentes de este Derecho es que nos acercamos a tratar el cómo se originó la formación de este Derecho, y de cómo estos se fueron convirtiendo en instrumentos escritos, como hoy podemos tener como los tratados, la costumbre internacional, la ley, la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del derecho, que nos permiten tener un sistema jurídico para esta rama del Derecho con sus fundamentos propios. Siendo que a través de la aplicación de sus normas y leyes existe una respuesta jurídica para atender esa necesidad de relaciones internacionales privadas que se dan tanto en personas naturales como personas jurídicas, en un tiempo y entre distintos espacios.

Estudiante: Mónica Priscila Garrido Sacán Asignatura: Derecho Internacional Privado Biblografía: Barcia, S. Piloso, B. Chávez, J. y Vargas, P. (2016). Algunas observaciones sobre el Derecho Internacional Privado. file:///C:/Users/Administrador/Downloads/218-831-1-PB.pdf Henández, A. (2011). derecho internacional privado. https://es.slideshare.net/hedoer/derecho-internacional-privado-10461522 Maldonado, J. (2018). Texto-Guía didáctica Derecho Internacional Privado. Loja, Ecuador: Ediloja Cía. Ltda.