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HONESTIDAD ACADÉMICA

miguelayalacda

Created on April 27, 2021

HONESTIDAD ACADÉMICA

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Transcript

HONESTIDAD ACADÉMICA Y CITAS BIBLIOGRÁFICAS

Ing. Miguel A. Ayala H.

¿Por qué es importante practicar la honestidad en todas las áreas, en especial en el área académica?

¿Por qué es importante el manejo correcto de las citas bibliográficas en un trabajo académico?

HONESTIDAD ACADÉMICA

En el mundo se promueven que los usuarios de información sean cuidadosos con el manejo de datos. Para asegurar el respeto al trabajo de los demás se ha creado una ley de derechos de autor que protege la autoría intelectual de artículos, novelas, poemas, obras de teatro, videos, películas música, etc.

El origen de la fuente permite saber cómo citarlo es decir que hay que diferenciar un libro, una revista, una enciclopedia etc. y por supuesto los sitios web. En nuestro país a más de la ley de derecho de autor , la LOEI(Ley Orgánica de Educación Intercultural) se refiere al uso incorrecto de información, el reglamento de dicha ley señala las acciones disciplinarias. Que deberían aplicarse en caso de deshonestidad académica.

La expresión HONESTIDAD hace referencia al hecho de respetar y valorar la producción intelectual de la persona. En las actividades académicas se incluyen investigaciones en distintas fuentes, por lo tanto se debe hacer referencia directa del autor de las ideas que usamos para un nuevo texto

ARTÍCULO 223.- DESHONESTIDAD ACADÉMICA

Se considera como deshonestidad académica presentar como propios productos académicos o intelectuales que no fueren resultado del esfuerzo del estudiante o cualquier miembro de la comunidad educativa, o incurrir en cualquier actividad que otorgue una ventaja inmerecida a favor de uno o más miembros de la comunidad educativa de conformidad con lo prescrito en el presente reglamento y el Código de Convivencia Institucional.

ARTÍCULO 224 DE LA DESHONESTIDAD ACADÉMICA

La deshonestidad académica incluye actos de plagio, trampa, o fraude en el ámbito académico, ya sea con trabajos realizados en la Institución educativa como los realizados fuera de ella. Los actos de deshonestidad académica incluyen los siguientes:

TIPO I 1.-Utilizar en un trabajo académico frases exactas creadas por otra persona, sin reconocer explícitamente la fuente; 2. Incluir en un trabajo académico ideas, opiniones, teorías, datos, estadísticas, gráficos, dibujos u otra información sin reconocer explícitamente la fuente, aun cuando hayan sido parafraseados o modificados; y 3. Presentar el mismo trabajo académico, aun con modificaciones, en dos o más ocasiones distintas, sin haber obtenido autorización expresa para hacerlo.

Tipo II: 1. Presentar como propio un trabajo académico hecho total o parcialmente por otra persona, con o sin su consentimiento, o realizar un trabajo académico o parte de él y entregarlo a otra persona para que lo presente como si fuera propio; 2. Copiar el trabajo académico o examen de alguien por cualquier medio, con o sin su consentimiento, o permitir que alguien copie del propio trabajo académico o examen. 3. Utilizar notas u otros materiales de consulta durante un examen, a menos que el docente lo permita de manera expresa; 4. Incluir el nombre de una persona en un trabajo grupal, pese a que esa persona no participó en la elaboración del trabajo; y, 5. Interferir en el trabajo d otras personas mediante la sustracción, acaparamiento, eliminación, sabotaje, robo u ocultamiento de trabajos académicos, materiales o insumos que fueren necesarios para el desarrollo o la presentación de un trabajo académico.

Tipo III: 1. Incluir en trabajos académicos citas, resultados o datos inventados, falseados o modificados de entrevistas, encuestas, experimentos o investigaciones; 2. Obtener dolosamente copias de exámenes o de sus respuestas; 3. Modificar las propias calificaciones o las de otra persona; 4. Falsificar firmas, documentos, datos o expedientes académicos propios o de otra persona; y, 5. Suplantar a otra persona o permitir ser suplantado en la toma de un examen.” (tomado del Reglamento General de la LOEI, junio del 2012)

De acuerdo al artículo 330 del Reglamento General de la LOEI, el infringir en alguna de las acciones antes señaladas es considerado como falta de acuerdo a las siguientes categorías: - Deshonestidad de tipo I, se considera como falta Leve. - Deshonestidad de tipo II, se considera como falta Grave. - Deshonestidad de tipo III, se considera como falta Muy Grave. Es importante también señalar que el numeral 6 de ese artículo indica “La acumulación de faltas tendrá como consecuencia la aplicación de acciones educativas de mayor gravedad.” Cada una de las faltas tiene una correspondiente acción educativa disciplinaria que aplicarse, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 331 del Reglamento General de la LOEI.

ARTÍCULO 225 DE LA DESHONESTIDAD ACADÉMICA

Prohibiciones y obligaciones. Los miembros de la comunidad educativa tienen la expresa prohibición cometer cualquier acto de deshonestidad académica, y la obligación de reportar de manera oportuna de cualquier acto de deshonestidad académica de la que tengan conocimiento. En caso de infringir estas normas, serán debidamente sancionados de conformidad con lo establecido en el presente reglamento y la normativa específica que para el efecto emita el Nivel Central de la Autoridad Educativa Nacional.

INFO

La deshonestidad Académica

¡Muchas gracias!

¡Cuidénse mucho!

Ing. Miguel A. Ayala H.

¿QUÉ ES EL PLAGIO?

Es el uso de ideas, palabras o el trabajo de otra persona como si fuera propio sin acreditar de forma explícita de donde proviene la información.

CARACTERÍSTICAS

- La copia parcial o total no autorizada de una obra ajena - La presentación de una copia como obra propia, suplantada al autor verdadero.

¿CÓMO EVITAR EL PLAGIO?

-Tomar los datos de la fuente de la que se obtiene información. -Citar la frase o párrafo directamente del original, acreditar la autoridad y la fuente mediante una cita.