Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU)
Acceso a telefonía celular e internet
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Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU)
La PBU es el mecanismo por el cual la telefonía celular, la telefonía fija, Internet y la televisión paga se definen como servicios públicos esenciales y obliga a las empresas a generar planes accesibles
¿Cuáles son las empresas?
¿Quienes pueden acceder?
¿Cómo acceder?
Quienes pueden solicitar el PBU
A) Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años, y miembros de su grupo familiar (padre/madre, cónyuge/conviviente). B) Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. C) Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. D) Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. E) Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.
continúa
Quienes pueden solicitar el PBU
F) Usuarios y usuarias que perciban seguro de desempleo como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. G) Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N°26.844) como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. H) Usuarios y usuarias que perciban una beca del programa Progresar. I) Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. J) Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.
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Pasos a seguir
Enviar el formulario a la empresa de telefonía y/o intenet según sus indicaciones
Revisar si estoy dentro de los grupos beneficiarios
Diligenciar el formulario de solicitud de ENACOM
Si las empresas no cumplen puedes reclamar según indicaciones de ENACOM
Empresas
Claro
Tuenti
Fibertel -Personal
Movistar
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beneficiarios
GUÍA BÁSICA PBU
denis.rojasgomez
Created on April 21, 2021
Información básica sobre la Prestación Básica Universal y Obligatoria
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La PBU es el mecanismo por el cual la telefonía celular, la telefonía fija, Internet y la televisión paga se definen como servicios públicos esenciales y obliga a las empresas a generar planes accesibles
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A) Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo, como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años, y miembros de su grupo familiar (padre/madre, cónyuge/conviviente). B) Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. C) Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. D) Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años. E) Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre DIECISEIS (16) y DIECIOCHO (18) años.
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