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Servidores Publicos
pame.garcia99
Created on April 10, 2021
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Transcript
Servidores Publicos
¿Que es un servidor publico?
Sujeto que se vincula con la administración publica mediante la relación de servicio, es decir, la persona que presta sus servicios personales, profesionales o técnicos, para que la administración cumpla con sus cometidos
¿Quienes son los servidores publicos?
Cualquier funcionario o empleado de las entidades del Estado
Clasificacion de los servidores publicos
- Servidor publico de derecho: Este es aquel cuya investidura no adolece de ningún vicio y puede ser “voluntario” o “requisado”.
- Servidor publico de hecho o “de facto": es la persona que sin titulo o con titulo irregular ejerce funciones publicas como si fuese servidor de jure. En este concepto se comprenden tanto los funcionarios como los empleados.
- Servidor Público Voluntario Este es aquel cuyo consentimiento condiciona la eficacia del acto de designación y que tiene la potestad, iniciada que sea la relación de servicio, para darla por terminado en cualquier momento de conformidad con lo preceptuado en el ordenamiento jurídico.
- Los servidores de confianza: Son aquellos que desempeñan cargos que han sido calificados como “de confianza” por la ley y por la dirección general de servicio civil, cuyas funciones no son de decisión y su remoción es un cese sin calificativos especiales.
Regimenes especiales de contratacion de los servidores publicos en Honduras
- Ley del Servicio Civil y su Reglamento
- Régimen de la Carrera del Poder Judicial
- Ley del Estatuto Laboral de los Empleados del Poder Legislativo
- Régimen de la Carrera de los Funcionarios y Empleados del Tribunal Superior de Cuentas.
- Régimen de la Carrera del Ministerio Público
- Estatuto del Docente Estatuto del Médico Empleado
1. REGIMEN DEL SERVICIO CIVIL
Regula las relaciones de empleo y función pública que se establecen entre el Estado y sus servidores, fundamentados en principios de idoneidad, eficiencia y honestidad. La administración de personal estará sometida a métodos científicos basados en el sistema de méritos.
Para ingresar al Servicio Civil se requiere: (articulo 11 de la Ley de Servicio Civil)1. Ser hondureño por nacimiento, mayor de 18 años y estar en el goce de sus derechos civiles. 2. Tener comprobantes de estar al día en el pago de los impuestos 3. Acreditar buena salud y buena conducta; 4. Llenar las condiciones especiales exigidas para el cargo 5. Haber aprobado los exámenes de competencia 6. Haber obtenido el nombramiento respectivo; y, 7. Haber pasado satisfactoriamente el período de prueba
2. REGIMEN DE LA CARRERA DEL PODER JUDICIAL
Es el conjunto de órganos, normas, procesos y recursos orientados por el principio del mérito, mediante los cuales los servidores del Poder Judicial, con dedicación exclusiva y haciendo de su actividad la fuente primordial de sus medios de vida.(Articulo 4 del Regimen de la carrera judicial)
3. REGIMEN DE LA CARRERA DEL MINISTERIO PUBLICO
El Sistema de Carrera del Ministerio Público estará integrado por los órganos, normas, técnicas y procedimientos que permitan el acceso del servidor al ejercicio de funciones públicas, en condiciones que ofrezcan, por parte del Estado elevar la calidad y cantidad de la prestación de los servicios públicos y, por parte del servidor, ejercer una actividad exclusiva que le garantice, en forma permanente, los medios necesarios para atender decorosa y dignamente sus necesidades y las de su familia.(Articulo 2 del Regimen de la carrera del MP.)
Solamente podrá participar en los procedimientos de selección de personal, quien reúna los siguientes requisitos: (Articulo 21 LRCMP)a) Ser hondureño y tener la calidad de ciudadano; b) Poseer los documentos que prueben su preparación técnica o profesional, c) Estar en posición de acreditar su buena salud, su buena conducta.
4. ESTATUTO DEL MEDICO EMPLEADO
Será aplicado a los Médicos debidamente registrados en el Colegio Médico de Honduras, que se encuentren en el pleno goce de sus derechos de conformidad con la Ley Orgánica y sus disposiciones reglamentarias y que presten sus servicios bajo la dependencia y subordinación de personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado.
Requisitos: (Articulo 5 de la Ley de estatuto del medico empleado)1) Haber obtenido el título de Médico Cirujano extendido o reconocido por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. 2) Estar inscrito en el Colegio Médico de Honduras 3) No estar moroso en el Colegio Médico de Honduras. 4) No adolecer de enfermedad infecto-contagiosa. 5) Aprobar satisfactoriamente el concurso. 6) Cumplir los demás requisitos establecidos en los reglamentos internos de la entidad empleadora.
5. ESTATUTO DEL DOCENTE
Se define la carrera docente, como el ingreso a un puesto regulado por ella, el ejercicio del magisterio como profesión, la capacitación y el desarrollo en servicio, la evaluación del desempeño y correspondiente régimen de distribuciones, estímulos y correctivos, hasta el retiro de servicio.
Para ingresar a la carrera docente se requiere: (Articulo 7 de la Ley de estatuto del docente)1. Ser hondureño por nacimiento acreditado mediante certificado del Acta de Nacimiento. 2. Estar en el goce de sus derechos civiles; 3. Acreditar el cumplimiento de los requisitos 4. Constancia de afiliación y solvenci 5. Estar inscrito en el escalafón de la carrera docente.
6. LEY DEL ESTATUTO LABORAL DE LOS EMPLEADOS DEL PODER LEGISLATIVO
Tiene como finalidad desarrollar los principios constitucionales sobre la protección de los servidores públicos en sus relaciones laborales con el poder legislativo.
Requisitos para ser empleado del poder Legislativo: (Articulo 4 del LELEPL)a) Ser hondureño por nacimiento. b) Ser mayor de dieciocho (18) años y estar en el pleno goce de sus derechos civiles, o menores de esta edad, pero mayores de dieciséis (16) años autorizados legalmente. c) Llena las condiciones especiales exigidas para el cargo. d) haber pasado satisfactoriamente el periodo de prueba. La selección del personal se hará atraves de la oficina de personal del Congreso nacional, de conformidad con lo establecido en esta ley.
Derecho Administrativo I
Integrantes:
- Kellyn Pamela
- Gabriel Giron
- Gabriel Posadas
- Jose Maldonado
Abogada: Heydi Magali
Grupo #6