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Clasificacion de los contratos
Juan David Diaz
Created on April 7, 2021
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Transcript
Clasificación de los contratos
Derecho Romano
Juan David Diaz Manrique Grupo A
CONCEPTO
El contrato (contractus) es una de las principales fuentes del Derecho Romano, y se define como el acuerdo de voluntades entre dos o más personas para crear una o varias obligaciones. En aquella época, el contrato tenía que estar sancionado y regulado por la ley.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL CONTRATO
Para que el contrato tenga validez, es necesario que cubra determinados requisitos, mismos que la ley otorga, siendo que existan -sujetos, -consentimiento-objeto -causa -forma.
Sujetos
Los sujetos son la parte fundamental para que un contrato nazca. La persona que goce de capacidad jurídica podrá ser involucrada en un contrato, como acreedor y deudor, siempre y cuando no carezca de edad, enfermedad, prodigalidad, incapacidad por disposición legal, etc.
Consentimiento
Es el acuerdo entre las partes, para celebrar el acto jurídico, o sea el contrato. En la época de Justiniano, el consentimiento fue el elemento indispensable para la existencia de un contrato.
Objeto
El objeto es toda realización de determinada conducta por parte de uno de los sujetos, consistente en un dar, hacer o prestar.
Causa
Ya se vio que la validez de los contratos depende de la forma, ahora bien, la causa es lo que impulsa a las personas para realizar el negocio jurídico. Un ejemplo claro, es en un contrato de compra-venta, la causa por la que se quiere vender el objeto es el tener dinero, y la causa del deudor, es adquirir la cosa
Forma
Es la manera en que se da la obligación, es el requisito al que deben sujetarse los sujetos para que exista el contrato. La forma era la manera de comprobar la relación contractual, de este modo, se podía, en un futuro, obligar a cumplir con lo prometido en el contrato, de lo contrario, el pretor tenía que dar validez a lo dicho entre las partes.
ELEMENTOS ACCIDENTALES DEL CONTRATO
Estos elementos están sujetos siempre al consentimiento de las partes, para que se formalicen dentro de los contratos, siendo el contenido a lo que se sujetan las partes para cumplir con el negocio jurídico, al saber: -condición-término -modo o carga
Condición
Es el acontecimiento futuro e incierto del cuál depende el nacimiento o la extinción de los efectos de un negocio jurídico. En Roma, esta condición tenía dos modalidades: condición suspensiva y condición resolutoria.
Término
Es la fecha cierta para cumplir con el negocio jurídico.
Modo o carga
Consiste en un gravamen impuesto al beneficiario en un acto de liberalidad, pero tan solo en una donación, legado o manumisión, por ejemplo, en paterfamilias dejaba como herencia un terreno a su hijo, siempre y cuando construya una vivienda para su familia.
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
Los contratos en la época Romana, se dividían en dos: 1) Contrato nominado: el que tienen un nombre específico por parte de la ley, y posee obligaciones particulares,2) Contrato innominado: el cual no tienen un nombre específico ante la ley.
Los contratos nominados se clasifican de la siguiente manera:
- Verbales (verbis): per aes et libram, dictio dotis, promissioiurata liberti, stipulatio.
- Escritos (litteris): nominia transcriptitia, síngrafos y quirógrafos.
- Reales (re): mutuo, comodato, depósito y prenda.
- Consensuales (consensu): compraventa, locatio conductio, mandato, sociedad.
Contratos verbis o vebales
Los contratos verbales se perfeccionan por el uso de ciertos vocablos, es decir, pronunciado determinadas palabras solemnes, quedando así obligadas las partes, de modo que si los interesados se apartaban de ellas, a pesar de que constara claramente su voluntad de obligarse, el negocio no seconsideraba como contrato
- Per aes et libram (por el cobre y la balanza), este contrato seformalizaba ante cinco testigos y se utilizaba una balanza y un pedazode cobre para formalizar la obligaciónEn el caso de que el objeto del contrato fuera la transmisión de la propiedad, se le denominaba mancipatio. Cuando se trataba de un préstamo en dinero, el deudor u otra persona quedaba como rehén en poder del otro contratante hasta el cumplimiento total de la deuda, a esto se le denominaba nexum.
- Dictio dotis. Consiste en una determinada declaración verbal que hacia la mujer que iba a casarse, si era sui iuris o bien por el ascendente varón o por el deudor de aquélla, de constituir dote
- Promissio iura liberti. El exesclavo (liberto) se obligaba frente a su antiguo patrón, mediante un juramento a prestarle determinados servicios
- En este contrato existían ciertas palabras, habiendocongruencia en la pregunta realizada por uno de los sujetos, y la respuesta ofrecida por el otro, quedando así perfeccionada la obligación,
Contratos litteris o escritos,
- Niminia transcriptitia. Eran los contratos que se insertaban o incluían en los libros de contabilidad del acreedor, y al igual que el deudor, tenía que obligarse en ellos.
- Singrafos y quirógrafos. En los primeros, se formalizaba por escrito tanto por el acreedor como por el deudor, y a cada uno se le entregaba un original. En el caso de los segundos, únicamente se realizaba un solo contrato, y de modo exclusivo quedaba en poder del acreedor.
Contratos re o reales
- Mutuo. También conocido como préstamo de consumo. Es el contrato por medio del cual una persona, denominada mutuante, transmite a otra, nombrada mutuario, la propiedad de determinada cantidad de cosas fungibles, teniendo obligación el mutuario a devolver, dentro de cierto plazo, una cantidad igual de cosas del mismo género y cantidad.
- Comodato. Es un instrumento mediante el cual, una persona llamada comodante entrega a otra, denominada comodatario, un bien mueble o inmueble de manera gratuita, para que éste la use y la devuelva en el plazo convenido en el contrato
Contratos re o reales
- Depósito. Se pude definir como el contrato por virtud del cual una persona, denominada depositante, entrega una cosa a otra, nombrada depositaria, para obligarse a cuidarla, custodiarla, de modo gratuito, y a devolverla en cuanto la solicite el depositante.
- Prenda. Es cuando un deudor o un tercero entrega un bien al acreedor, denominado acreedor prendario, para que la guarde como garantía de su crédito y la restituya después de haber dado total cumplimiento al negocio jurídico
Contratos consensu o consensuales
Este tipo de contratos son los llamados consensuales, y para su validez no necesitan formalidad alguna, ni entrega del bien, sino que se basan en el acuerdo de las partes, tanto entre presentes, como entre ausentes, y lo celebran de forma tácita, verbal o por escrito.
- Compraventa. Donde un vendedor se obliga a transmitir al comprador la posesión pacífica y duradera de un bien, mediante el pago de una cantidad de dinero En este contrato, si es que se pagaba en dinero, se tenía que cumplir con lo siguiente:A) El pago debe ser una suma de dinero.B) Debía ser determinado.C) El precio debía ser verdadero.D) El precio debe ser justo respecto al valor del bien comprado.
Contratos consensu o consensuales
- Locatio conductio. Este tipo de contrato tiene origen al momento en que persona se compromete a proporcionar, a otra, el goce temporal de una cosa no consumible, o bien, a ejecutar a favor de ella, un determinado trabajo por medio de una retribución periódica y en dinero. La clasificación de este tipo de contrato es la siguiente:a) Locatio conductio rerum (arrendamiento).b) Aparcería (arrendamiento de un predio rústico).c) Locatio conductio operarum (contrato de trabajo).d) Locatio conductio operis (contrato de obra)
Contratos consensu o consensuales
- Mandato. Es un contrato por conducto del cual, una persona denominada mandante, le encarga a otra, nombrada mandatario, que realice determinado acto por cuenta y en interés de aquél. Los elementos de este contrato son tres:1. El acuerdo entre las partes.2. Que fuera gratuito, sólo en el caso de médicos y abogados, éstos podían recibir una retribución.3. El mandante debe tener interés pecuniario en la ejecución del mandato.
- Sociedad. Era cuando dos o más personas, llamadas socios, se obligan a poner en común sus bienes o trabajo para el logro de un fin lícito y de interés común. En este contrato ya se contemplaba el reparto de las utilidades, toda vez que las ganancias de los socios eran repartidas en partes iguales y las pérdidas se aportaban en la misma proporcionalidad. Los socios tenían los siguientes derechos:a) Dirigir los asuntos sociales, pero se podría designar a un representante para administrar la sociedad.b) Participar en las ganancias.
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS
Contratos innominados: permuta, aestimatum, precario, transacción. Estos contratos, como ya se mencionó, son los que no tienen un nombre específico dentro de la ley
a) Doy para que des (Do ut des), consiste en un dar una determinada obligación.b) Doy para que hagas (Do ut facias), una parte se compromete a da alguna cosa, y la otra a prestar un servicio.c) Hago para que des (Facio ut des), una parte se compromete a prestar algún servicio, y la otra a dar alguna cosa.d) Hago para que hagas (Facio ut facias), es el intercambio deprestación de servicios.
Contratos innominados
Precario
Permuta
"Se origina cuando un contratante transfiere a otro la propiedad de un bien, para que le transmita la propiedad de otra."
"Este contrato nació, sobre todo, de las tierras que dejaban disfrutar los patronos a sus clientes. Tales relaciones podían revocarse en cualquier momento por un simple acto del patrono"
Aestimatum (contrato estimatorio)
Transacción
" Una persona entrega a otra una cosa estimada o tasada en cierto precio, con el fin de venderla, y entregue al dueño el precio fijado, quedándose con la diferencia, si la hubo. Este negocio era frecuente entre comerciantes."
"Consistía en las concesiones recíprocas que se hacían las partes para evitar un litigio futuro o concluir un pendiente."
Clasificacion de los contratos en la actualidad
El contrato es un acto jurídico mediante el cual una parte se compromete para con otra a cumplir una obligación. En los contratos también dos o más partes pueden estar comprometidas a cumplir una obligación, de ahí que los contratos tengan unas características especiales, en este caso el contrato puede ser unilateral o bilateral.
Clasificacion de los contratos en la actualidad
Según su Autonomía
Según la Entrega
Según su Riesgo
- Contrato Real: es necesario la entrega de la cosa de forma inmediata.
- Contrato de Esperanza: la entrega de la cosa se da en el tiempo, el contrato se perfecciona cuanto se entrega la cosa prometida.
- Contrato Principal: Subsisten por sí mismos sin necesidad de otro contrato.
- Contrato Accesorio: No tiene vida sin la existencia del Contrato Principal del cual dependen.
- Contrato Derivado: Se desprende de un Contrato Principal
- Contrato Conmutativo: se puede determinar desde la celebración del contrato las prestaciones de las partes.
- Contrato Aleatorio: no se puede determinar desde la celebración del contrato las prestaciones de las partes ya que dependen de eventos futuros que son inciertos..
Clasificacion de los contratos en la actualidad
Según su Interpretación Legal o Regulación
Según su Valor
Según su Estructura
- Contrato Simple: su contenido es uno solo y tanto los derechos como los deberes se presentan con suma simplicidad.
- Contrato Complejo: dentro de un mismo acto se presenta factores distintos y que pueden motivar diversas formas de obligaciones.
- Contrato Gratuito: cuando solo beneficia a una de las partes, por ejemplo el Contrato de Donación.
- Contrato Oneroso: en este caso ambos contratantes obtienen un beneficio, por ejemplo Contrato de Compra-Venta de un bien inmueble.
- Contratos Típicos: se encuentra especialmente previsto y regulado en la ley.
- Contratos Atípicos: no se encuentra especialmente previsto y regulado en la ley.
Clasificacion de los contratos en la actualidad
Según Las Obligaciones
Según su Formación
Según la Duración (Temporalidad)
- Contrato Unilateral: se obliga es una parte, mientras que la otra no tiene obligación alguna.
- Contrato Bilateral: ambas partes se obligan
- Contrato Instantáneo: producen sus efectos en un sólo acto en el tiempo.
- Contrato de Ejecución Diferida: que su eficacia queda en suspenso hasta el momento en que resulten exigibles los derechos y deberes contractuales.
- Contrato de Tracto Sucesivo: surten sus efectos a través del tiempo; por ejemplo en el contrato de depósito, ya que la persona tendrá la cosa a su cuidado hasta que el propietario requiera.
- Contrato Paritario: las partes negocian libremente las condiciones del acuerdo.
- Contrato de Adhesión: una parte impone sobre su contraparte las condiciones del acuerdo.
Clasificacion de los contratos en la actualidad
Según su Forma
- Contrato Consensual: cuando es suficiente el consentimiento de las partes para que se considere perfeccionado, sin que se requiera ninguna otra formalidad o requisito.
- Contrato Formal: requiere que la manifestación del consentimiento de las partes cumpla determinado protocolo según dicta la ley.
- Contratos Solemnes: requiere de determinados procesos para su protocolización adicional a los requisitos exigidos para la determinación de la manifestación del consentimiento.
- Contratos Con Libertad de Forma: su validez no depende más que del cumplimiento de las características universales de los contratos.
¡GRACIAS!
Derecho Romano Grupo A