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Estructura del poder judicial venezolano
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Created on March 25, 2021
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Transcript
ESTRUCTURA DEL PODER JUDICIAL EN VENEZUELA
Autor Enderson Castillo C.I V-31.871.778
El Poder Judicial
El poder judicial es un poder del Estado encargado de impartir Justicia en una sociedad.
El Poder Judicial de Venezuela es ejercido por el Tribunal Supremo de Justicia y otros, que se subdividen en Cortes de Apelaciones, Tribunales Superiores entre otros; esto se fundamenta en la Constitución de la República y en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Estructura del poder judicial en Venezuela
El artículo 60 de la Ley Orgánica del Poder Judicial señala que el Poder Judicial lo ejerce el Tribunal Supremo de Justicia, los Tribunales de la Jurisdicción Ordinaria; y los Tribunales de Jurisdicción Especial y va a estar determinado de acuerdo a la competencia y jurisdicción. Pueden ser Colegiados o Unipersonales, según su estructura interna.
Organos del poder judicial
1.El Tribunal Supremo de Justicia .2.Los demás Tribunales de la República. 3.El Ministerio Público. 4.La Defensoría del Pueblo. 5.La Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
El Tribunal Supremo de Justicia
El Tribunal Supremo de Justicia está conformado por seis salas, cada una de ellas conformada por 5 magistrados, con la excepción de la Sala Constitucional, que se encuentra conformada por 7 magistrados. Las salas son: Sala de Casación Civil, Sala de Casación Penal, Sala de Casación Social, Sala Político-Administrativa, Sala Electoral y Sala Constitucional. Cuando se reúnen los 32 magistrados, se conforma la Sala Plena. El Tribunal Supremo de Justicia , es el máximo tribunal de Venezuela. Está formado por 32 magistrados. El magistrado presidente será un miembro de la Junta Directiva, que estará conformado por el Presidente de cada una de las Salas. Sus miembros son elegidos por la Asamblea Nacional por un periodo de 12 años, sin derecho a reelección actual presidente del TSJ es el Dr Maikel José Moreno Pérez
Corte de apelaciones y Tribunales Superiores
Las Cortes de Apelaciones y Tribunales Superiores son los tribunales de máxima jerarquía en el Poder Judicial venezolano, solo con excepción del Tribunal Supremo de Justicia. Las Cortes de Apelaciones se encuentran únicamente en materia penal, mientras que los Tribunales Superiores se encuentran en el resto de las ramas del derecho, aunque éstos, esencialmente, cumplen la misma función.
Las Cortes de Apelaciones y los Tribunales Superiores se encargan de conocer todos aquellos recursos establecidos en las diferentes leyes venezolanas, con la sola excepción del recurso de casación, el cual es competencia exclusiva del Tribunal Supremo de Justicia. Estos tribunales corrigen a los tribunales de primera instancia, o su inmediato inferior, ratifica sus decisiones o las anula, los insta y les ordena a cumplir o hacer cumplir ciertas reglas, al igual que conocen y deciden acerca de las inhibiciones, recusaciones, revisiones y amparos constitucionales presentados por las partes en el proceso como tal.
Tribunales de Primera Instancia
Se dividen en lo civil, mercantil, del trabajo, penal, laborales, etc. También pueden acumular varias de estas jurisdicciones, inclusive las especiales, como ocurre en algunos estados, por la escasa densidad de población u otra circunstancias.
Juzgados de Municipio
Los Juzgados de Municipio funcionan en cada Municipio y tiene una competencia determinada en la Ley. Los hay en Materia Civil y Penal.
Cuerpo de Alguacilazgo
El servicio de alguacilazgo, que es una figura innovadora, que introduce el Código Orgánico Penal en su Artículo 511, que tiene como atribuciones la recepción de la correspondencia, el transporte y distribución interna y externa de los documentos, la custodia de privados de libertad dentro de la sede, el mantenimiento del orden de las salas de audiencia y de las edificaciones, la práctica de las citaciones y notificaciones, y la ejecución de las órdenes del tribunal y las demás normas o lineamientos que se establezcan el Código Orgánico Procesal Penal, las leyes y el Reglamento Interno de los Circuitos Judiciales Penales. El "Alguacil", conjuntamente con el Juez y el Secretario, constituye válidamente el tribunal. Por eso que es obligatoria la presencia de un alguacil en todas las audiencias orales que se celebren durante el proceso, ya que carecería de validez la misma en caso contrario .