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Estructura y Organización del Estado de Guatemala-Esquema Interactivo

danielagonzalez202030635

Created on March 16, 2021

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Estructura y organización del estado de guatemala

Régimen Político Electoral

sufragio e indole electoral jurídica

sistemas, asidero legal, principios, recursos, etc

CONSTITUCION POLITICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA y reformas

LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS

estructura organizativa de PARTIDOS POLÍTICOS y el tribunal supremo electoral

art 200. lepp sistemas electorales

art 16. lepp organizaciones políticas

INTEGRACIÓN DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL

art 124. lepp. ÓRGANOS DE LOS Partidos políticos

art 12. lepp voto

art 18. lepp Partidos políticos

Mixtos

Mayoritario

ART. 223

PROPORCIONAL

c iv. lepp comites para la constitución de un partido

1. Asamblea Municipal 2. Comité Ejecutivo Municipal.

universal

ÓRGANOS NACIONALES

Reformas y recursos

c iii. lepp. comités civicos electorales

ART 203. LEPP PROPORCICIONAL DE MINORIAS

ART 201. LEPP MayoriA ABSOLUTA

1. Asamblea Nacional 2. Comité Ejecutivo Nacional 3. Órgano de Fiscalización Financiera 4. Tribunal de Honor.

De los Procedimientos a cargo de los Órganos Electorales Temporales

ÚNICO

art 115. lepp. Asociaciones con fines políticos

De su Clasificación e Integración De las Juntas Electorales Departamentales De las Juntas Electorales Municipales

Recursos en materia electoral

pRINCIPALES REFORMAS POR LA LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLÍTICOS POR EL DECRETO 26-2016

ÓRGANOS DEPARTAMENTALES

l iii. lepp. Autoridades y órganos electorales

ART 202. LEPP MayoriA RELATIVA

1. Asamblea Departamental 2. Comité Ejecutivo Departamental.

art 121. lepp tribunal supremo electoral

Secreto

c ii lepp. Registro de ciudadanos e inspector electoral

ÓRGANOS MUNICIPALES

1. Asamblea Municipal 2. Comité Ejecutivo Municipal.

no delegable

c iii lepp. Juntas electorales departamentales, municipales y receptoras

Estructura y organización del estado de guatemala

Régimen Administrativo

asidero legal, gobernadores, Consejos de desarrollo urbano y rural

gobernadores departamentales

Constitución política de la república de guatemala

integración del régimen administrativo

GÉNESIS Y EVOLUCIÓN DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO

integración

Ley de los Consejos de desarrollo urbano y rural. Decreto No 11-2002

depARTAMENTOSY MUNICIPIOS

art. 182 crpg organismo ejecutivo

Artículo 224: División Administrativa

ART 227 CRPG. Concepto de gobernadores departamentales

ART. 183 presidencia

Principios generales del sistema de consejos de desarrollo

Integración del sistema de Consejos de desarrollo

ART. 190. vicepresidencia

integración

a) El Presidente de la República, quien lo coordinab) Un alcalde en representación de las Corporaciones Municipales de cada una de las regiones C) El Ministro de Finanzas Públicas y los ministros de Estado que el Presidente de la República designe

ART. 196 CRPG Requisitos y calidades para ser gobernador departamental

Consejo nacional de desarrollo urbano y rural

artículo 225: Consejo nacional de desarrollo urbano y rural

art. 193 crpg ministERIOS

Consejos regionales de desarrollo urbano y rural

ART 7. CM municipalidades de la república

Consejos departamentales de desarrollo

a) Ser guatemalteco b) hallarse en el goce de los derechos de ciudadanos; y c) ser mayor de treinta años

integración

Consejos municipales de desarrollo

Representante del presidentey Gobernadores

T V. C II CRPG. consejos de desarrollo

artículo 226: consejo regional de desarrollo urbano y rural

Consejos comunitarios de desarrollo

ART 230 CRPG. registro general de la propiedad

integración de los consejos de desarrollo

integración

coordinador de la región

Alcaldesy representantes de los sectores público y privado

art 231 CRPG. Región metropolitana

un alcalde

Artículo 228: Consejo departamental

gobernador de uno de los departamentos

jefe de oficina regional

art 227 CRPG. GOBERNADORES

representante de entidades públicas

Estructura y organización del estado de guatemala

Régimen de Control y Fiscalización

contraloría general de cuentas

asidero legal, Ley Orgánica de la contraloria general de cuentas

Constitución política de la república de guatemala

Ley Orgánica de la Contraloría general de cuentas. Decreto No 31-2002

orden jerárquico de la estructura orgánica de la Contraloría General de Cuentas Decreto No. 31-2002

art 12. locgc Contralor general de cuentas

obligaciones fundamentales de la contraloría general de cuentas

  • Contralor general de cuentas
  • Subcontrolaor de probidad
  • subcontrolador de calidad de gasto público
  • Inspector general
  • directores

funciones

  • a) Representar y dirigir la institución
  • B) Ejercer jurisdicción sobre todas la dependencias de la institución

art 232. Contraloría general de cuentas

integración

Corresponde a la Contraloría General de Cuentas la función fiscalizadora y de control gubernamental en forma externa de los activos y pasivos, derechos, ingresos, egresos y en general todo interés hacendario de los Organismos del Estado

art 14. locgc Subcontralor de probidad

funciones

  • velar por una honesta y proba administración pública y por la transparencia en el manejo de los recursos y bienes del Estado
  • será electo para un período de cuatro años, por el Congreso dela República, por mayoría absoluta de diputados que conformen dicho Organismo.
  • debe ser mayor de cuarenta años, guatemalteco, contador público y auditor, de reconocida honorabilidad y prestigio profesional, estar en el goce de sus derechos ciudadanos, no tener juicio pendiente en materia de cuentas y haber ejercido su profesión por lo menos diez años.
  • tiene la facultad de nombrar y remover a los funcionarios y empleados de las distintas dependencias dela Contraloría y para nombrar interventores en los asuntos de su competencia, todo ello conforme ala Ley de Servicio Civil.

art. 233 Elección del jefe de la contraloría de cuentas

Elección del Contralor General de Cuentas

Deberes fundamentales de la contraloría general de cuentas

art 18. locgc subcontralor de calidad de gasto público

Entre sus deberes fundamentales está el de velar por la probidad, transparencia y honestidad en la administración pública, así como también por la calidad del gasto público.

funciones

  • tiene como función específica analizar y evaluar la calidad y el impacto del manejo de los recursos y bienes del Estado

requisitos: Mayor de cuarenta años, guatemalteco, contador público y auditorde reconocida honorabilidad y prestigio, estar en goce de sus derechos, no tener juicios, haber ejercido su porfesión al menos diez años Facultades: nombrar y remover a los funcionarios y empleados de dependencias, nombrar interventores en los asuntos de su competencia.

Funciones fundamentales de la contraloría general de cuentas

art 21. locgc Subcontrolador administrativo

funciones

requisitos y facultades

art 234. Contralor general de cuentas

  • realizar, evaluar, implementar, supervisar y ejecutar todas las actividades administrativas, financieras y operacionales.

Entre sus principales funciones tiene la de ejercer el control gubernamental. Dicho control es el conjunto de principios, órganos, normas y procedimientos que rigen y coordinan el ejercicio de control interno y externo gubernamental.

INSPECTOR GENERAL

DIRECTORES

Régimen Financiero

Estructura y organización del estado de guatemala

Presupuesto general de ingresos y egresos del Estado

asidero legal, CORTE CONSTITUCIONAL, LEY ORGÁNICA

Manifestación de la corte constitucional

Ley Orgánica del presupuesto. Decreto 101-97

REGIMEN FINANCIERO crpg

Ambito De aplicación

ARTÍCULO 237. PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO

señalamiento conforme al presupuesto por la corte de constitucionalidad

Desconcentración de la administración financiera

estructura de la ley

Artículo 238. ley Orgánica del presupuesto

t i. presupuesto de ingresos

art 9. Ministerio de finanzas públicas

criterios de la corte de constitucionalidad

art 49. sistema presupuestario de contabilidad integrada gibernamental

T II. presupuesto de egresos

art 56. tesorería

ARTÍCULO 239. PRINCIPIO DE LEGALIDAD

art 72. crédito público

este principio tributarlo garantizado por la Constitución debe cobrar efectividad mediante la creación de impuestos que respondan de tal forma que, a mayor capacidad contributiva, la incidencia debe ser mayor, y de esta forma, el sacrificio sea igual.

T III. disposiciones generales

UNIDADES Y ÓRGANO ASESOR

EFECTIVIDAD

ARTÍCULO 240. FUENTE DE INVERSIONES Y GASTOS DEL ESTADO

a) Coordinar la formulación del presupuesto b) Administrar la gestión financiera del presupuesto

unidades de administración financiera (UDAF)

funciones

siguiendo la concepción de Juan Carlos Luqui, habrá que tener en cuenta que la doble o múltiple tributación se tipifica cuando un mismo contribuyente está sometido al pago de más de un impuesto, dé igual naturaleza, por el mismo hecho generador, por Idéntico período, aplicado por más de un ente político, que tenga el correspondiente poder originario para crearlos.

ARTÍCULO 241. rendición de cuentas del estado

TIPIFICACIÓN

a) Monitorear la ejecución de los programas y proyectos institucionales; b) Evaluar el impacto del plan estratégico institucional

unidades de PLANIFICACIÓN (UP)

funciones

ARTÍCULO 242 fondo de garantía

sicontempla como excepción aquellos casos en que este hecho tributario provenga de leyes preexistentes al momento de ser promulgada la Constitución, admitiendo su coexistencia con la Ley Fundamental, pero, al mismo tiempo, Impone al Estado la obligación de ir eliminando tales casos excepcionales en forma progresiva para no dañar al fisco.

a) Hacer compatible con la política fiscal b) Proponer las medidas de carácter fiscal en concordancia con los planes y programas de Gobierno

EXCEPCIÓN

COMISIÓN TÉCNICA DE FINANZAS PÚBLICAS

ARTÍCULO 243. PRINCIPIO DE CAPACIDAD DE PAGO

funciones

Estructura y organización del estado de guatemala

Régimen Militar

INTEGRADRO POR FUERZAS DE:TIERRA AIRE MAR

EJERCITO DE GUATEMALA

INTEGRACIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

art 6 lce. integrantes del ejercito de guatemala

t ii lce . ORGANIZACION DEL EJERCITO DE GUATEMALA

FUNCIONES DEL EJERCITO DE GUATEMALA

Oficiales Generales

art 14 lce. Alto mando del éjercito

leyes, códigos y artículos

Oficiales Superiores

  • Decretar la movilización y desmovilización
  • otorgar ascensos de ofcialidad del ejército

Oficiales Subalternos

art 15 lce. ministerio de la defensa nacional

REQUISITOS PARA SER OFICIAL

preceptos en calidad de regular el ejército

art 21 lce. estado mayor de la defensa nacional

  • SER GUATEMALTECO DE ORIGEN
  • NO HABER ADOPTADO NACIONALIDAD EXTRANJERA

El Ejército de Guatemala es una institución destinada a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz, y la seguridad interior y exterior.

art 244. constitución política de la república de guatemala

art 30 lce. comandos militares

Caballeros Cadetes

art 33 lce. comANDOS MILITARES ESPECIALES

El Ejército de Guatemala es la institución destinada a mantener la independencia, la soberanía y el honor de Guatemala, la integridad del territorio, la paz, la seguridad interior y exterior.

Caballeros Alumnos de los centros de educación e instrucción militar

art 1. ley constitutiva del ejercito

art 34 lce. SERVICIOS MILITARES

Especialistas

art 26 lce. ESTADOS MAYORES ESPECIALES

Esta ley se aplicará en los casos de invasión del territorio nacional, de perturbación grave de la paz, de calamidad pública o de actividades contra la seguridad del Estado

Elementos de Tropa

art 1. ley de orden público

art 27 lce. ESTADOS MAYORES PERSONALES

PROHIBICIONES

art 35 lce. Centros de formación, Profesionalización, Educación Vocacional, Instrucción y Entrenamiento Militar

  • No pueden ejercer el derecho de sufragio
  • ni el derecho de petición en materia política
  • tampoco el de petición en forma colectiva

Le corresponde al Ministerio de la Defensa Nacional formular las políticas y hacer cumplir el régimen jurídico relativo a la defensa de la soberanía y de la integridad del territorio nacional

art 36 lce. DEPENDENCIAS MILITARES AUXILIARES

art 37. ley del organismo ejecutivo

OTRAS DEPENDENCIAS MILITARES

Estructura y organización del estado de guatemala

Régimen Municipal

municipios DE GUATEMALA

entidades locales, elementos, gobierno e instituciones

entidades locales territoriales

gobierno municipal E INSTITUCIONES

elementos del municipio

art 2. cm. Municipio

Autonomía municipal

INSTITUCIONES

CONCEJO

art 11 cm. población

c iv cm. ALCALDIAS

elegir a sus propias autoridades

art 22 cm. territorio

  • alcaldías indígenas
  • alcaldías comunitarias
  • alcaldías auxiliares

SE INTEGRA POR:

obtener y disponer de sus recursos

art 8 cm. autoridad ejercida en la represetación de los habitantes

art 52 cm. ALCALDE

c ii cm. POLICIA MUNICIPAL

atender los servicios públicos locales

art 54 cm. SINDICOS

art 18 cm. Comunidad organizada

art 95 cm. OFICINAS TÉCNICAS MUNICIPALES

art 23 cm. distritos municipales

art 54 cm. CONCEJALES

  • dirección municipal de planificación
  • oficina municipal de la mujer
  • administración financiera integrada municipal

art 131 cm. capacidad económica

art 4 cm. Las entidades locales de ámbito territorial en que el municipio se divide, tales como: aldea, caserío, paraje, cantón, barrio, zona, colonia, lotificación, parcelamiento urbano o agrario, microregión, finca, y demás formas de ordenamiento territorial definidas localmente.

secretario municipal

c ii cm. ordenamiento jurídico municipal y derecho consuetudinario

tesorero municipal

FUNCIONARIOS MUNICIPALES

c iii cm. JUZGADO DE ASUSNTOS MUNICIPALES

auditor interno

art 100 cm. patrimonio del municipio

  • juez de asuntos municipales

registrador civil

art 49 cm. mancomunidades de municipio