Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

PRESENTACIÓN DERECHOS SUBJETIVOS

gomiandres44

Created on March 15, 2021

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Higher Education Presentation

Psychedelic Presentation

Vaporwave presentation

Geniaflix Presentation

Vintage Mosaic Presentation

Modern Zen Presentation

Newspaper Presentation

Transcript

Los Derechos Subjetivos

Garza Reyes David Alejandro Gascón Díaz Judith SaraiGomora Herrera Jorge Andrés

EMPEZAR

Clasificación de los derechos Subjetivos

Derechos absolutos y relativos

ÍNDICE

A la conducta propia y a la ajena

Derechos subjetivos públicos y privados

Derechos subjetivos dependientes e independientes

Clasificación Kelseniana

El derecho subjetivo es para Kelsen, la norma jurídica en su relación con aquella persona de cuyo poder de disposición se hace depender la realización de la voluntad del Estado en cuanto a la sanción, tal como en la norma jurídica se proclama. De acuerdo con la tesis de Kelsen, el derecho subjetivo puede definirse como la posibilidad jurídica que tiene el individuo de hacer que se ejecute la sanción.

Ihering lo define como el interes protegido por el orden jurídico.En sus clásicas palabras, el derecho subjetivo es un interes jurídicamente protegido que se encuentra respaldado por la correspondiente tutela jurídica, cuya efectividad dependerá de la iniciativa del propio titular.

Definición

Por su parte, el derecho subjetivo es una función del derecho objetivo, es el permiso derivado de la norma. En términos más prácticos, el derecho subjetivo es la facultad atribuida por la norma del derecho objetivo.

Un ejemplo claro de los conceptos antes señalados es el derecho que las personas tienen a manifestarse y ejercer la libertad de expresión (derecho subjetivo), atribución que cuenta con sus límites y debe ser ejercida dentro de un marco de respeto y apego a la norma que regula el ejercicio de tal facultad (derecho objetivo).

A la conducta propia

  • En una primera acepción puede entenderse como la facultad que tiene un individuo para usar, disfrutar o disponer de un derecho.
  • La facultad que le es concedida por la ley a un individuo para usar, disfrutar y disponer de un derecho referido a su propia conducta.
  • Ahora bien, el derecho subjetivo a la propia conducta puede entenderse de dos maneras.
  • La facultas agendi (facultad de hacer)
  • La facultas omittendi (facultad de omitir)

A la conducta Ajena

LOREM IPSUM

  • La facultad que tiene un individuo para exigir a otro una determinada conducta conforme a lo establecido en una norma jurídica.
  • Este derecho a la conducta ajena se denomina facultas exigendi.

Derechos Subjetivos Relativos y Absolutos

relativos y absolutos

Derecho Absoluto: Estos derechos a diferencia de los relativos son oponibles ante cualquier persona por ende tienen una eficacia universal

Derecho Relativo: Son los derechos que se pueden ejercitar ante personas particulares no ante toda la sociedad y estas personas son escogidas por un contrato o alguien medio en el que se comprometieron.

Ejemplos

ABSOLUTOS

RElativos

  • Derechos de Credito
  • Contratos
  • Pensión alimenticia
  • Personalidad
  • Testamento
  • Propiedad

Derechos Subjetivos Publicos y Privados

publicos y privados

Derecho Privados: Estos derechos solo se aplican entre personas particulares con relacion a terceros la pricipal caracterista es el Estado ya que actua como persona privada dejando de lado su papel de Estado y actuando como particular osea sin emplear su fuerza y poder otorgados por su estatus

Derecho Publicos: Estos derechos son los que el estado nos da reconociendonos como personas pero tambien nos pone limitaciones haciendo una relación de reciprocidad entre el Estado y las personas derechos-obligaciones

Ejemplos

Publico

publicos

privados

  • Derecho a la libertad
  • Derechos específicos que piden la intervención del Estado para provecho o interés individual
  • Derechos Politicos
  • Cuando el Estado compra o vende algun terreno
  • Derechos de renta

Derechos subjetivos dependientes e independientes

Importante

Los derechos subjetivos son entendidos, en términos generales, como la facultad que tiene un individuo para poder exigir a otro una determinada conducta conforme a lo que establece una norma de derecho.Independiente: Es alguien o algo que es autónomo. Dependiente: Encontrarse condicionado por algo o alguien o estar atado, sujeto o subordinado a ello o a él.

inDepentientes

Depentientes

Derechos subjetivos independientes.

  • Son aquellos no fundados en un deber o en otro derecho del mismo sujeto, sino que en todo caso se basan o pueden tener su fundamento en una obligación
Ej. La facultad de disponer de nuestras propiedades.

Derechos subjetivos dependientes.

  • Se basan en otro derecho o en un deber jurídico del titular.
Ej. La faultad que se le otorga al cuidadano de intervenir en las elecciones presidenciales, es dependiente, puesto que se funda en el derecho de votar.

Clasificación Kelseniana de los Derechos Subjetivos

Hans Kelsen

Según Kelsen, la relación del hombre con el derecho puede ser de sometimiento a la norma, de participación en su creación y de libertad frente a la misma. Dice Hans Kelsen: la relación de la conducta humana con el orden jurídico puede ser:

Clasificación

  • De sometimiento a la norma, en cuyo caso la relación es de pasividad, es decir, el hombre se encuentra sumiso frente al orden jurídico, su conducta no se traduce en el ejercicio de un derecho, sino en el cumplimiento o violación de un deber, según sea conforme o no con ese orden jurídico; si actúa contrariamente a lo debido, va enlazada una coacción jurídica. De esto deriva el deber jurídico.
  • De participación en su creación, en cuyo caso la relación es de actividad.En esta relación activa de la creación de las normas nuevas, su comportamiento aparece como ejercicio de derechos subjetivos. De aquí surge el derecho subjetivo o facultad jurídica.
  • De libertad frente a la norma, es decir, no tiene con ella la menor relación, en cuyo caso puede decirse que dicha ausencia de relación se convierte en negatividad; aquí el sujeto es libre frente a la norma, es decir, el sujeto tiene el derecho de ejecutar u omitir aquellos actos no regulados de ningún modo por la ley, de lo cual deriva la libertad.

Para concluir con la teoría kelseniana, debemos considerar que cuando la persona se encuentra en relación de actividad con el orden jurídico, la intervención del sujeto puede manifestarse: • En la creación de normas genéricas. • En la creación de normas individualizadas. a) Realizada por órganos del Estado, de donde se originan las sentencias judiciales y las resoluciones administrativas. b) Realizada por los particulares: ya unilateralmente, de donde surgen los derechos de acción, o bilateralmente, dando origen a los derechos subjetivos privados.

"Bibliografía"

  • García Máynez, E. (2002). Introducción al estudio del derecho. México: Porrúa, 54.
  • https://gc.scalahed.com/recursos/files/r157r/w12881w/IntroEstudiDer_Unidad6.pdf

¡Gracias!