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Legislación Fiscal y Aduanal

Gustavo Gutiérrez

Created on March 11, 2021

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BIENVENIDOS

GUSTAVO GUTIÉRREZDOCENTE

LEGISLACIÓN FISCAL Y ADUANAL

DEFINICIONES GENERALES

LEGISLACIÓN FISCAL

Es el conjunto de normas que emite el Estado para regular la actividad tributaria de la nación. En este conjunto normativo se regulan las relaciones entre los particulares y la Administración Tributaria, y se establecen mecanismos de control para evitar el incumplimiento de las obligaciones tributarias. Se regula también en este cuerpo normativo las acciones que faciliten el pago de las cargas tributarias, en caso el particular se niegue a cumplir con su deber.

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El Estado de Guatemala

Guatemala es un país libre, independiente y soberano. El fin supremo del Estado de Guatemala, es la realización del bien común, y su máximo poder recae sobre el pueblo, quien lo delega en autoridades elegidas a través del voto, que constituyen los tres organismos del Estado: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Son estos órganos quienes administran las normas que rigen a la sociedad, actividad que se hace posible a través de las aportaciones que todos los ciudadanos hacenal pagar los tributos que les corresponden.

La Constitución Política de la República DE GUATEMALA

Es la ley fundamental que rige en un Estado. Esta ley es el marco general del sistema jurídico, y de ella se desprenden el resto de leyes que gobiernan a los ciudadanos guatemaltecos. En ella se establecen y determinan los derechos y obligaciones fundamentales de los ciudadanos, y las garantías mínimas que rigen los Estados.

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Hacienda Pública

Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de la nación. Se diferencia de la legislación fiscal, en que esta última es el conjunto de normas que rigen la relación del particular con la Administración Tributaria, mientras que la Hacienda Pública es el conjunto de bienes pertenecientes al Estado, regulados, en parte, por la legislación fiscal.

Fundamento legal

El fundamento legal de la actividad tributaria en Guatemala, se encuentra en la Constitución Política de la República, que es la ley suprema de la nación. Al respecto, dicha ley suprema establece que sólo al Congreso de la República le corresponde la facultad de determinar los impuestos a pagar por los particulares, así como su monto y frecuencia, lo que se denomina Principio de Legalidad. Cualquier norma tributaria emitida por órgano distinto del señalado, es nula de pleno derecho, es decir, no surte efecto ni se convierte en ley de cumplimiento obligatorio.

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Antecedentes históricos

Los tributos se originaron en la época de las conquistas de unas naciones por otras. La nación vencedora y conquistadora imponía cargas tributarias a la nación vencida de manera arbitraria, y los ciudadanos conquistados 49 debían cumplir con el pago de los tributos forzosamente, bajo amenaza que de no hacerlo, podrían pagar hasta con su propia vida o con la de sus familias.

Así, la tributación era un castigo al vencido en batalla, y los primeros pueblos en establecer la tributación por medio de un cuerpo de leyes fueron los egipcios, mesopotámicos y hebreos. Cuando las sociedades comenzaron a organizarse en forma democrática y estructurada, empiezan a surgir los cuerpos legales que regían la vida ciudadana, con el objeto de evitar abusos por parte del naciente Estado, o de parte de los particulares hacia sus conciudadanos. En la época prehispánica, los tributos eran impuestos por los sacerdotes y la nobleza, y estos se convertían en una obligación a favor de quienes ostentaban el poder. Luego de la conquista, era la corona española quien imponía a través de las cédulas reales todo lo relacionado a los tributos, la forma de cobro y los castigos para aquellos que no cumplieran con dichas obligaciones.

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Legislación aduanal

Es el conjunto de leyes que legislan el tráfico comercial de las mercaderías, en cuanto a la exportación e importación. Se ocupa del control, aplicación de leyes, tasas y recargos que gravan la importación y exportación de cualquier mercancía. En las aduanas se recaudan los impuestos a la importación o exportación, y se evita el contrabando y el fraude. En Guatemala, el sistema aduanero pertenece al Ministerio de Finanzas Públicas, cuya dirección general se encarga de administrar todo este sistema.

parte ii

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ministerio de finanzas

Es la institución del Estado encargada de la planificación, organización, administración, control y análisis del sistema tributario de la nación y de la hacienda pública. Su gobierno interno está a cargo del Ministro y los Viceministros que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones, establecidas en su Ley Orgánica.

superintendencia de administración tributaria (sat)

Es una entidad descentralizada, creada en 1998 para recaudar y administrar los tributos. Tiene competencia y jurisdicción en todo el país; tiene autonomía funcional, financiera y administrativa. También cuenta con personalidad jurídica y recursos propios. Según su ley orgánica, su Visión es ―Ser una institución técnica, eficiente y profesional conformada por personal íntegro, capaz de incrementar la recaudación en forma sostenida y transparente, por encima del crecimiento de la actividad económica‖. Y su Misión es ―Administrar con efectividad el sistema tributario de Guatemala con el propósito de proveer al Estado los recursos necesarios para cumplir con sus deberes‖. Sus autoridades son:

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el directorio

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Es el órgano de dirección superior de la SAT y entre sus funciones están emitir opinión previa sobre toda iniciativa de ley que presente el Organismo Ejecutivo en materia tributaria, proponer las medidas legales necesarias para mejorar la Administración Tributaria y asesorar al Gobierno en materia de legislación fiscal. Superintendente de Administración Tributaria Es la autoridad administrativa superior y el funcionario ejecutivo de mayor nivel jerárquico de la SAT. Aparte de la administración y dirección general, celebra los contratos, convenios y toda clase de actos jurídicos vinculados con las atribuciones de la SAT.

intendencias

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La Superintendencia de Administración Tributaria está conformada por las siguientes Intendencias: Intendencia de Recaudación y Gestión Dirige las actividades relacionadas con la gestión, recaudación, cobro y devolución de los tributos, incluyendo los que gravan el tráfico exterior de las mercancías. También administra las actividades relacionadas con el servicio de atención y orientación a los contribuyentes. Intendencia de Fiscalización Es la responsable de planificar y programar la fiscalización del pago de los tributos, incluyendo los que gravan el comercio exterior de las mercancías; resuelve las solicitudes y procedimientos originados por las acciones de verificación o en materia de fiscalización. Intendencia de Aduanas Administrar el sistema aduanero de la República de conformidad con la ley, y los convenios y tratados internacionales ratificados por Guatemala. Planifica, coordina y controla la prevención contra la defraudación y el contrabando aduaneros.

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Tesorería General de la Nación y Receptorías Fiscales

Es una dependencia del Ministerio de Finanzas, cuyas funciones son, entre otras, efectuar los pagos que corresponden al gobierno de la República; pagar pensiones, sueldos y salarios de los funcionarios y empleados públicos, y pagar los gastos debidamente autorizados con cargo al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación. Las Receptorías Fiscales son dependencias que tienen como función la recepción de los tributos.

servicioaduanero

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Es el conjunto de dependencias, sistemas y procedimientos que el Estado utiliza a través de la SAT, con el objeto de regular, cuantificar y hacer el cobro del monto correspondiente a los tributos. También se encargan de la recaudación resultante del pago de los impuestos aplicados a las mercancías, vehículos y personas que ingresen, salgan o estén de paso en el territorio nacional. Las aduanas son dependencias fiscales que el gobierno establece para controlar y fiscalizar las importaciones, exportaciones, trasbordos, embarques, tránsito internacional de mercaderías y equipaje.

Clasificación de las aduanas

a) Aduanas marítimas: dependencias fiscales establecidas en los puertos marítimos y que representan el lugar legal de ingreso de mercancías, bienes y personas al territorio nacional.b) Aduanas de frontera y receptoría de fronteras: dependencias fiscales establecidas en las fronteras terrestres de la nación. c) Aduanas de fardos postales: dependencias fiscales que reciben y envían mercancía a través del correo nacional. d) Aduanas de aviación: dependencias fiscales establecidas en los aeropuertos internacionales de la República. e) Aduanas de tránsito: dependencias fiscales cuya función es recibir mercancías y remitirlas a otras aduanas nacionales o internacionales. f) Aduanas de registro: dependencias fiscales establecidas para recibir, despachar y almacenar mercancías.

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LA TRIBUTACIÓN FISCAL

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La Tributación fiscal es el acto fiscal por medio del cual los ciudadanos pagan al Estado una cantidad previamente establecida, es de carácter obligatorio y es pagadera por actos comerciales, ingresos, actos jurídicos y otros rubros que las mismas leyes tributarias establezcan.

historia de la tributación fiscal

- Época Antigua: Con la acumulación de capitales por parte de grupos humanos organizados y estructurados, surgen los tributos, que eran cantidades de dinero o 57 trabajo que se obligaba a pagar a los pueblos vencidos en guerras. Época Precolombina: En América se desarrolló un sistema de producción despótico – tributario en el que los nobles, militares y sacerdotes imponían a los campesinos pesadas cargas tributarias a la producción de la tierra, quienes al no poder pagarlas, se convertían en esclavos y eran obligados a trabajar en las grandes construcciones de carreteras, canales de riego, centros ceremoniales, etc. Época Colonial: La tributación en Centroamérica se inició con la explotación y esclavitud de los indígenas por parte de los conquistadores mediante el repartimiento y la encomienda. Se crean en esta época los impuestos como el quinto real que gravaba la producción mineral, la alcabala para las ventas, e impuestos directos a algunos productos como el vino, añil y cacao.

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historia de la tributación fiscal

- Época Independentista: Aún con el control español, la evasión fiscal era evidente, razón por la que los criollos y peninsulares recaudaban del total de tributos el 80% aproximadamente de los sectores más débiles y económicamente pobres de la población, hasta que a mediados del siglo XVIII España logró establecer un sistema muy particular de administración tributaria, dando como resultado una recaudación total de la alcabala y el almojarifazgo, que era un impuesto con una tasa del 5% sobre los bienes que venían fuera del imperio. - Tributación después de la independencia: Inmediatamente después de la independencia y hasta una década después, la situación hacendaria en Guatemala era inestable, información que se puede constatar en informes históricos enviados hasta España en donde consta que los gastos públicos eran inferiores a los ingresos, a tal grado que solamente encontró en caja 60 pesos en efectivo y medio real y que el déficit anual de las finanzas públicas ascendía a 92,743 pesos anuales, cantidad equivalente a casi el 40% de los ingresos totales anuales.

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historia de la tributación fiscal

- Época Republicana: Al iniciar la época de la Federación Centroamericana, la situación fiscal continuaba siendo precaria. Los impuestos coloniales se suprimieron y se crearon los que gravaban el papel sellado, correos, la alcabala marítima y un impuesto que gravaba el valor neto de todas las rentas eclesiásticas. - Reforma Liberal: En 1872 se implementó una reforma tributaria que incluyó el recorte del gasto público, un incremento de los impuestos y la reestructuración de la deuda externa e interna; entra en vigencia el impuesto que grava por primera vez los inmuebles, se creó el impuesto a la exportación de café y se intentó gravar el consumo mediante impuestos indirectos.

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historia de la tributación fiscal

Tributación Actual: La administración tributaria actual tiene el reto de ordenar y generar ingresos que sean suficientes para cumplir con las exigencias de los Acuerdos de Paz, firmados en 60 1996; por lo que la administración tributaria debe permanecer en constante cambio. El objetivo teórico y principal de la administración tributaria en Guatemala, es el optimizar la recaudación tributaria y la calidad de servicio ofrecido; considerando para ello, el uso de tecnología y sustentando dicha administración en la eficiencia y efectividad. Desde 1990 hasta la fecha, los informes internacionales en materia fiscal, determinan que Guatemala, es uno de los países latinoamericanos que tiene una muy baja tasa de ingresos por recaudación de impuestos, pues de acuerdo a los gastos del Estado, las tasas de los impuestos actualmente vigentes, son muy bajas.

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La Contraloría General de Cuentas de la Nación

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Es una institución estatal técnica, descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general, de todos los intereses hacendados de los organismos del Estado, 56 Municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado y que haga colectas públicas, de acuerdo al artículo 232 de la Constitución Política de la República.

Reforma tributaria

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La ampliación de las facultades fiscalizadoras de la SAT, a la cual se le autoriza pedir información bancaria de los contribuyentes, es una de las propuestas contenidas en la iniciativa de ley de reforma tributaria, presentada ayer al Congreso. Código Tributario, al que se adiciona el artículo 30 B, en el que se establece que la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) podrá revisar información bancaria del contribuyente, pidiendo de forma directa a las instituciones o entidades vigiladas o no por la Superintendencia de Bancos

Reforma tributaria

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Se detalla en el artículo que con dicha información se busca confirmar operaciones bancarias o financieras relacionadas con transacciones referentes al cumplimiento tributario de algún contribuyente. La SAT recibirá la información bajo reserva de confidencialidad, y las instituciones sujetas a esa disposición están obligadas a proporcionar los datos requeridos. Sin embargo, en ese mismo artículo se aclara que esas entidades o instituciones no quedan obligadas a proporcionar los saldos de cuentas o nombres de los beneficiarios, salvo disposición judicial.

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