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LOE/LOMLOE Miriam
Seños Eva y Cristina
Created on February 17, 2021
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LOMLOE
LOE
Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
PREÁMBULO
1. Principios de la infancia, basados en la convención sobre los Derechos de Naciones Unidas (1989)2. Igualdad género/prevención violencia género. 3. Garantías de éxito/+ personalización aprendizaje. 4. Agenda 2030. Ed. para la paz. derechos humanos, ed. inercultural, ed. transición ecológica. 5. Desarrollo competencia digital.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES (3) TÍTULO PRELIMINAR CAPÍTULO I. Principios y fines de la educación Artículo 1. Principios Artículo 2. Fines Artículo 2 bis. Sistema Educativo Español. CAPÍTULO II. La Organzación de las enseñanzas y el aprendizaje a lo largo de la vida. Artículo 3. Las enseñanzas Artículo 4. Enseñanza básica Artículo 5. Aprendizaje a lo largo de la vida. CAPÍTULO III. Currículo y distribución de las competencias. Artículo 6. Currículo Artículo 6 bis. Distribución de las competencias. CAPÍTULO IV. Cooperación entre administraciones educativas. Artículo 7. Concertación de las políticas educativas. Artículo 8. Cooperación entre administraciones. Artículo 9. Programas de cooperación territorial. Artículo 10. Difusión de información. Artículo 11. Oferta y recursos educativos. CAPÍTULO I. Educación Infantil Artículo 12. Principios generales Artículo 13. Objetivos Artículo 14. Ordenación y principios pedagógicos. Artículo 15. Oferta de plazas y gratuidad CAPÍTULO II. Educación primaria Artículo 16. Principios generales. Artículo 17. Objetivos de la educación p. Artículo 18. Organización. Artículo 19. Principios pedagógicos. Artículo 20. Evaluación durante la etapa. Artículo 21. Evaluación final de Educación P. CAPÍTULO I. Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Artículo 71. Principios Artículo 72. Recursos Sección 1ª. Alumnado que presenta NEE. Artículo 73. Ámbito. Artículo 74. Escolarización. Artículo 75. Integración social y laboral. Sección 2ª. Alumnado con altas capacidades intelectuales Artículo 76. Ámbito. Artículo 77. Escolarización. Sección 3ª. Alumnos con integración tardía en el sistema educativo español Artículo 78. Escolarización. Artículo 79. Programas específicos. Sección 4ª. Alumnado con dificultades específicas de aprendizaje Artículo 79 bis. Medidas de escolarización y atención. CAPÍTULO II. Compensación de las desigualdades en educación Artículo 80. Principios. Artículo 81. Escolarización. Artículo 82. Igualdad de oportunidades en el mundo rural. Artículo 83. Becas y ayudas al estudio.
Finalidad. Educación de calidad para todos.
CAPÍTULO IArtículo 1. (1) Principios a) b) k) y l). a bis) no discriminación bajo ninguna circunstancia. r) educación para la transición ecológica. Artículo 2. (1 bis)Fines b) e) i) y k) Artículo 2 bis. (2) Apartados 1 y 3 CAPÍTULO II Artículo 3. (2 bis) 3 y 4 Artículo 4. (3) Nueva redacción Artículo 5. (3 bis) Artículo 5 bis. Educación no formal. CAPÍTULO III. Artículo 6. (4) Nueva redacción. Artículo 6 bis. (5) Nueva redacción.
TÍTULO I. LAS ENSEÑANZAS Y SU ORDENACIÓN
CAPÍTULO I. Artículo 12. (7) Nueva redacción. Artículo 13. (7 bis) e) h) normas sociales para la igualdad de género. Artículo 14. (8) 2, 3, 5, 6 y 7 8. Estrecha coordinación Infantil-Primaria. Artículo 15. (8 bis) Nueva redacción.
CAPÍTULO II. Artículo 16. (9) Apartado 3. Nueva redacción. Artículo 17. (9 bis) a), c), d), i) k), l) y n) Artículo 18. (10) Nueva redacción. Artículo 19. (11) Nueva redacción. Artículo 20. (12) Nueva r. Artículo 20 bis. (12 bis) Artículo 21. (13) Nueva redacción.
TÍTULO II. EQUIDAD EN LA EDUCACIÓN
CAPÍTULO I. Artículo 71. (49 ter) 1 y 2. Artículo 72. (49 quáter) 5. Artículo 73. (49 quinquies) Artículo 74. (50) 2, 3, 4, y 5. Artículo 75. (50 bis) Inclusión educativa, social y laboral.
Artículos modificados en blancoArtículos nuevos en naranja
CAPÍTULO II. Equidad y compensación de las desigualdades en educación
Artículo 81. (50 quáter) Nueva redacción. Artículo 82. (51) 1 y 2. 3. Incremento e. no obligatoria. 4. + optativas. 5. + RRHH. 6. Recursos económicos suficientes. Artículo 83. (52) 2, 3 y 4. 5.Becas por requisitos económicos (sin límite). 6. Becas autonómicas.
CAPÍTULO III. Escolarización en centros públicos y privados concertados. Artículo 84. ((53) 1 al 7. Articulo 86. (54) Nueva redacción Artículo 87. (55) 1 y 2. Artículo 88. (55 bis) Nueva redacción.
CAPÍTULO III. Escolarización en centros públicos y privados concertados. Artículo 84. Admisión de alumnos. Articulo 85. Condiciones específicas de admisión de alumnos en etapas postobligatorias. Artículo 86. Igualdad en la aplicación de las normas de admisión. Artículo 87. Equilibrio en la admisión de alumnos. Artículo 88. Garantías de gratuidad. CAPÍTULO IV. Premios, concursos y reconocimientos Artículo 89. Premios y concursos. Artículo 90. Reconocimientos. CAPÍTULO I. Funciones del profesorado Artículo 91. Funciones del profesorado. CAPÍTULO II. Profesorado de las distintas enseñanzas Artículo 92. Profesorado de educación infantil. Artículo 93. Profesorado de educación primaria. CAPÍTULO III. Formación del profesorado Artículo 100. Formación inicial. Artículo 101. Incorporación a la docencia en centros públicos. Artículo 102. Formación permanente. Artículo 103. Formación permanente del profesorado de centros públicos. CAPÍTULO IV. Reconocimiento, apoyo y valoración al profesorado Artículo 104. Reconocimiento y apoyo al profesorado. Artículo 105. Medidas para el profesorado en centros públicos. CAPÍTULO I. Principios generales Artículo 107. Régimen jurídico. Articulo 108. Clasificación de los centros. Artículo 109. Programación de la red de centros. Artículo 110. Accesibilidad. CAPÍTULO II. Centros públicos Artículo 111. Denominación de los centros públicos. Artículo 111 bis. Tecnologías de la Información y la Comunicación. Artículo 112. Medios materiales y humanos. Artículo 113. Bibliotecas escolares. CAPÍTULO III. Centros privados Artículo 114. Denominación. Artículo 115. Carácter propio de los centros privados. CAPÍTULO IV. Centros privados concertados Artículo 116. Concierto. Artículo 117. Módulos de concierto. CAPÍTULO I. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros Artículo 118. Principios generales. Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados. CAPÍTULO II. Autonomía de los centros Artículo 120. Disposiciones generales. Artículo 121. Proyecto educativo. Artículo 122. Recursos. Artículo 122 bis. Acciones destinadas a fomentar la calidad de los centros docentes. Artículo 123. Proyecto de gestión de los centros públicos. Artículo 124. Normas de organización, funcionamiento y convivencia. Artículo 125. Programación general anual
TÍTULO III. PROFESORADO
CAPÍTULO I. Funciones del profesorado Artículo 91. (55 ter) 1 a) y 1 g) . CAPÍTULO III. Formación del profesorado Artículo 100. (55 octies) 5. Asegurar suficientes profesionales. Artículo 102. (55 nonies) 2 y 3. 5. Mejora calidad formación permanente profesorado
TÍTULO IV. CENTROS DOCENTES
CAPÍTULO I. Principios generales Artículo 110. (56 bis)Accesibilidad, sostenibilidad y relaciones con el entorno. 3. Sostenibilidad ambiental. 4. Promover trabajo y coordinación con la Administración. CAPÍTULO II. Centros públicos Artículo 111. (56 ter) Nueva redacción. Artículo 111 bis. (57) 1, 2, 3, 5 y 6. 7. Acceso a los recursos digitales para todos (TIC) Artículo 112. (58) 3. 6. Proyectos valorados CAPÍTULO IV. Centros privados concertados Artículo 116. (59) 1, 2, 4 y 6. 8. ELIMINADO
TÍTULO V. PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS.
CAPITULO I. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centrosArtículo 119. 1, 2 y 5. CAPÍTULO II. Autonomía de los centros Artículo 120. 3 y 4. Artículo 121. 1 y 2. 2 bis) Medidas compensatorias comunicac. lingüística 2 ter) Plan de mejora 7 Y 8. ELIMINADOS Artículo 122. Nueva redacción. Artículo 122 bis. 2. (3, 4 y 5 ELIMINADOS) Artículo 123. 2. Artículo 124. 5. Prptocolos de actuación violenta.
CAPÍTULO III. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos. Artículo 126. (67) 5. 9. Aprobados por consenso o mayoría. Artículo 127. (68) Nueva redaccíon. m) Aprobar el proyecto del presupuesto del centro. .
CAPÍTULO III. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos. - Sección 1ª. Consejo Escolar Artículo 126. Composición del Consejo Escolar. Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar. - Sección 2ª. Claustro de profesores. Artículo 128. Composición. Artículo 129. Competencia. - Sección 3ª. Otros órganos de coordinación docente. Artículo 130. Órganos de coordinación docente. CAPÍTULO IV. Dirección de los centros públicos Artículo 131. Equipo directivo Artículo 132. Competencias del director. Artículo 133. Selección del director. Artículo 134. Requisitos para ser candidato a director. Artículo 135. Procedimiento de selección. Artículo 136. Nombramiento Artículo 137. Nombramiento con carácter extraordinario. Artículo 138. Cese del director. Artículo 139. Reconocimiento de la función directiva. Artículo 140. Finalidad de la evaluación. Artículo 141. Ámbito de la evaluación. Artículo 142. Organismos responsables de la evaluación. Artículo 143. Evaluación general del sistema educativo. Artículo 144. Evaluaciones individualizadas. Artículo 145. Evaluación de los centros. Artículo 146. Evaluación de la función directiva. Artículo 147. Difusión del resultado de las evaluaciones. Artículo 148. Inspección del sistema educativo CAPÍTULO I. Alta inspección Artículo 149. Ámbito. Artículo 150. Competencias. CAPÍTULO II. Inspección educativa Artículo 151. Funciones de la inspección educativa. Artículo 152. Inspectores de Educación. Artículo 153. Atribuciones de los inspectores. Artículo 154. Organización de la inspección educativa. Artículo 155. Recursos para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Ley. Artículo 156. Informe anual sobre el gasto público en la educación. Artículo 157. Recursos para la mejora de los aprendizajes y apoyo al profesorado. 1ª. Calendario de aplicación de la Ley. 2ª. Enseñanza de la Religión. 3ª. Profesorado de religión. 4ª. Libros de texto y demás materiales curriculares. 5ª. Calendario escolar. 6ª. Bases del régimen estatutario de la función pública docente. 7ª. Ordenación de la función pública docente y funciones de los cuerpos docentes. 8ª. Cuerpos de catedráticos. 9ª. Requisitos para el ingreso en los cuerpos de funcionarios docentes. 10ª. Requisitos para el acceso a los cuerpos de catedráticos e inspectores. 11ª. Equivalencia de titulaciones del profesorado. 12ª. Ingreso y promoción interna. 13ª. Desempeño de la función inspectora por funcionarios no pertenecientes al cuerpo de inspectores de educación. 14ª. Centros autorizados para impartir la modalidad de ciencias de la naturaleza y de la salud y la modalidad de tecnología en bachillerato.
CAPÍTULO IV. Dirección de los centros públicosArtículo 131. (69) Nueva redacción. Artículo 132. (70) Competencias del director o directora. Nueva redacción. Artículo 134. (71) 1 b) y 1 c) Artículo 135. (72) Nueva redacción. Artículo 136. (73) Nueva redacción.
TÍTULO VI. EVALUACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
Artículo 140. (74) 2. Artículo 141. (74 bis) Nueva redación. Artículo 143. (75) Nueva redacción. Artículo 144. (76) Evaluaciones de diagnóstico. Artículo 147. (77) 2.
TÍTULO VII. INSPECCIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
CAPÍTULO I. Alta inspección Artículo 149. (77 ter) Artículo 150. (77 quáter) 1. e) CAPÍTULO II. Inspección educativa Artículo 151. (77 quinquies) a) y h) Artículo 153. (77 sexies) a) y d) e) Informes incumplimiento de normativa f) cualesquiera dentro del competencia Artículo 153 bis. (77 septies) Principios de actuación de la inspección educativa.
TÍTULO VIII. RECURSOS ECONÓMICOS
DISPOSICIONES ADICIONALES
2ª. (78) 33ª. (78 bis) 1 y 2 (primer párrafo) 4ª. (78 ter) 4 5ª.(79) Nueva redacción 7ª. (79 bis) 1 (2 últimos párrafos) 9ª. (79 ter) Nueva redacción 10ª. (80) Nueva redacción 12ª. (81) 4
DISPOSICIONES ADICIONALES (Continuación)
15ª. (81 bis) 4 23ª. (82 bis) 2. 29ª. (83 bis) 2. 46ª (95) Promoción de la actividad física y la alimentación saludable. 48ª (96 bis) Cambio de las funciones del personal docente (removidos del puesto) 49ª (96 ter) Estrategias de atención educativa DISPOSICIONES ADICIONAL NUEVAS 3ª Extensión de la Educación Infantil 4ª Evolución de la escolarización del alumnado con NEE. 6ª Educación para el desarrollo sostenible y para la ciudadanía mundial. 10ª Plan de Contingencia para situaciones de emergencia.
15ª. Municipios, corporaciones o entidades locales. 16ª. Denominación de las etapas educativas. 17ª. Claustro de profesores de los centros privados concertados. 18ª. Procedimiento de consulta a las Comunidades Autónomas. 19ª. Alumnado extranjero. 20ª. Atención a las víctimas del terrorismo. 21ª. Cambios de centro derivados de actos de violencia. 22ª. Transformación de enseñanzas. 23ª. Datos personales de los alumnos. 24ª. Incorporación de créditos en los Presupuestos Generales del Estado para la gratuidad del segundo ciclo de educación infantil. 25ª. Fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres. 26ª. Denominación específica para el Consejo Escolar de los centros educativos. 27ª. Revisión de los módulos de conciertos. 28ª. Convenios con centros que impartan ciclos de formación profesional. 29ª. Fijación del importe de los módulos. 30ª. Integración de centros en la red de centros de titularidad pública. 31ª. Vigencias de titulaciones. 32ª. Nuevas titulaciones de formación profesional. 33ª. Titulados en Bachillerato Europeo y en Bachillerato Internacional y alumnos y alumnas procedentes de sistemas educativos de Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito acuerdos internacionales. 34ª. Becas y ayudas al estudio. 35ª. Integración de las competencias en el currículo. 36ª. Admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de grado desde las titulaciones de Técnico Superior y Técnico Deportivo Superior y de alumnos y alumnas en posesión de un título, diploma o estudio obtenido o realizado en el extranjero equivalente al título de Bachiller. 37ª. Expertos con dominio de lenguas extranjeras. 38ª. Lengua castellana, lenguas cooficiales y lenguas que gocen de protección legal. 39ª. Evaluación final de la asignatura Lengua Cooficial y Literatura. 40ª. Evaluaciones finales en la enseñanza a distancia de personas adultas. 41ª. Prevención y resolución pacífica de conflictos y valores que sustentan la democracia y los derechos humanos. 42ª. Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (CIDEAD). 43ª. Centros de enseñanzas deportivas de grado superior a distancia. DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1ª. Maestros adscritos a los cursos primero y segundo de la educación secundaria obligatoria. 2ª. Jubilación voluntaria anticipada. 3ª. Movilidad de los funcionarios de los cuerpos docentes. 4ª. Profesores técnicos de formación profesional en bachillerato. 5ª. Personal laboral fijo de centros dependientes de Administraciones no autonómicas. 6ª. Duración del mandato de los órganos de gobierno. 7ª. Ejercicio de la dirección en los centros docentes públicos. 8ª. Formación pedagógica y didáctica. 9ª. Adaptación de los centros. 10ª. Modificación de los conciertos. 11ª. Aplicación de las normas reglamentarias. 12ª. Acceso a las enseñanzas de idiomas a menores de dieciséis años. 13ª. Maestros especialistas. 14ª. Cambios de titulación. 15ª. Maestros con plaza en los servicios de orientación o de asesoramiento psicopedagógico. 16ª. Prioridad de conciertos en el segundo ciclo de educación infantil. 17ª. Acceso a la función pública docente. 18ª. Adaptación de normativa sobre conciertos
MIriam Meseguer Giménez