LEGISLACION EN MEDICINA TRADICIONAL
Jesus Gomez Paye
Created on February 3, 2021
LEGISLACION EN MEDICINA TRADICIONAL
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Transcript
LEGISLACIÓN EN MEDICINA TRADICIONAL
ESTADO PLURINACIONAL
IMPLEMENTACIÓN
NORMAS ESPECÍFICAS
2023
ESTADISTICA
MAPEO DE M.T.
2023
HISTORIA
CRONOLOGÍA
MANDATOS
NORMAS TÉCNICAS
ARTICULACIÓN
PROYECTOS
- CPE - 1994 DERECHOS CULTURALES
- Ejercicio ilegal de la Medicina CP. 1845- 1997
- R.S. Nº 198771 / 10 – Ene – 1984 -SOBOMETRA
- R.M. 0231 / 13 - Mar – 1987 - REGLAMENTO PARA LA PRACTICA DE LA MEDICINA NATURISTA – TRADICIONAL DE BOLIVIA.
- Ley Nº 928 de abril de 1987 - La creación del Instituto Boliviano de Medicina Tradicional Kallawaya
- Declaración como la Capital de la MT.
- SBIDCMEK - R.S. Nº 212718 de 28 – VI – 1993
CRONOLOGIA
Penalización de la medicina Kallawaya
- Ley del Medicamento Nº. 1737 del 17 de diciembre de 1996.
- Reglamento D.S. 24672 del 21 de junio de 1997 - REGISTRO SANITARIO
- 2002 LEY DEL SEGURO UNIVERSAL MATERNO INFANTILLEY Nº 2426. usos y costumbres PIOs
- 2002 - 18/01 - REGLAMENTO DEL SEGURO BASÍCO DE SALUD INDÍGENA Y ORIGINARIO R.M. N°0302 (SBS-IO)
- Ley Nº 3760, 7/11 - 2007 Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos humanos de los pueblos indígenas
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INicio
El Decreto Supremo 26330 del Seguro Básico de Salud Indígena y Originario Resolución Ministerial 0030, reglamentaria del Seguro Básico de Salud Indígena y Originario, La Paz, 2002 Art. 4. (De las prestaciones) I. El SBS-IO cubre la atención ambulatoria de enfermedades que afectan a los menores de 5 años y mujeres en edad fértil, dentro de las prestaciones descritas en el presente Reglamento. II. Las prestaciones consisten en atenciones que incluyen consulta y medicamentos de la farmacopea nativa. 4.1. Atención a la Niñez, incluye un conjunto de prestaciones de salud, dirigidas a los menores de cinco años. No. Prestaciones Tarifa en Bolivianos 1 Bronquitis aguda - Ch´aki ch’oju 2 2 Diarrea - K’echa onkoy 1.5 3 Parasitosis - Khurus o K’uyk’as 2 4 Conjuntivitis- Mal de ojo 2 5 Foliculitis - Ch’upu 2 6 Mal de susto- ánimo sarjkata o mal de ajayu 2.5 7 Sarcoptosis - Rasca rasca - Rasca palomita 3 4.2. Atención a la Mujer y Recién Nacido, comprende prestaciones de salud, orientadas a lograr una maternidad segura y un recién nacido sano. Nº Prestaciones Tarifa en Bolivianos 8 Referencia de pacientes embarazadas a establecimientos de salud, para atención del parto 10 9 Entrega de la Placenta 0.50 10 Certificado de Nacimiento 17
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18. intracultural, intercultural.30. DERECHO A LA SALUD CON INTERCULTURALIDAD Y MEDICINA TRADICIONAL35. SNS. ÚNICO E INCLUYE A LA MEDICINA TRADICIONAL42. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO LA M.T. 5. IDIOMAS OFICIAL "PIO"
ESTADO PLURINACIONAL
PROYECTO DE PAIS
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2002 - DECRETO SUPREMO N° 29601 - SAFCI. modelo - estrategia - Política de Salud
2008- R.M. N° 1036 RED MUNICIPAL SALUD FAMILIAR COMUNITARIA INTERCULTURAL
2013 - 19 /12/ Ley 459 de Medicina Tradicional Ancestral Bolivia.2013 - 30/12 LEY Nº 475 DE PRESTACIONES SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA2015-01/07 -Reglamento a la Ley de Medicina Tradicional Ancestral Boliviana, DS Nº 2436
Artículo 42. I. Es responsabilidad del Estado promover y garantizar el respeto, uso, investigación y práctica de la medicina tradicional, rescatando los conocimientos y prácticas ancestrales desde el pensamiento y valores de todas las naciones y pueblos indígena originario campesinos.Es responsabilidad del Estado promover la Medicina TradicionalII. La promoción de la medicina tradicional incorporará el registro de medicamentos naturales y de sus principios activos, así como la protección de su conocimiento como propiedad intelectual, histórica, cultural, y como patrimonio de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.III. La ley regulará el ejercicio de la medicina tradicional y garantizará la calidad de su servicio.
IV. 6. PASOS PARA ESTABLECER LA ORGANIZACIÓN DE LA RED MUNICIPAL SAFCI.Los pasos para establecer la RED MUNICIPAL SAFCI requieren de enfoques básicos necesarios para su adecuado funcionamiento, el enfoque sistémico identifica los componentes que interactúan en su organización y funcionamiento. Por ello el proceso se ha ordenado en pasos que deben llevar a efecto en forma secuencial o paralela el Responsable Municipal SAFCI conjuntamente con el equipo de salud, para lograr la adecuada implementación de las redes con el enfoque SAFCI. • Elaboración de un plan de actividades de coordinación para la articulación y complementación con la medicina tradicional. Dentro la diversas etapas y funciones tememos la referida a la medicina tradicional;
ARTÍCULO 3.- (RESPONSABILIDADES). Se establecen las siguientes responsabilidades:a. Ministerio de Salud.- Es responsable de ejercer la rectoría, política, regulación y control de la aplicación de la Ley N° 475;Los servicios y atenciones integrales e y interculturales y medicina tradicional son obligatoriasb. Establecimientos de Salud. Los establecimientos de salud públicos, de la seguridad social de corto plazo y privados bajo convenio, además de la Medicina Tradicional Ancestral Boliviana y otras entidades reconocidas por el Sistema Nacional de Salud, tienen la obligación de otorgar servicios y atenciones integrales e interculturales de salud determinados en la Ley N° 475, de acuerdo a la normativa específica emitida por el Ministerio de Salud.
IMPLEMENTACIÓN ESTRATÉGICA
INDICADORES NACIONALES
- Plan Sectorial de Salud – PSD
- Referencia y contrareferencia
- Registro de MT
- Medicamento Naturales y Tradicionales
- Laboratorios Artesanales
- Partos / parteras
- Interculturalidad / adecuación / idioma
- Saberes, Practicas de la MT.
META 2: INTEGRACIÓN DE SALUD CONVENCIONAL Y ANCESTRAL - ACCIONES:
- Fortalecimiento y rescate de los conocimientos y prácticas de la medicina tradicional. ancestral boliviana.
- Implementación de Centro de Saberes de Medicina Ancestral Boliviana.
- META 4: MEDICINA ANCESTRAL Y NATURAL.
- Implementación de programas que fortalezcan, articulen y promuevan la práctica e incorporación de medicina tradicional al SNS.
- Sistema de registro de prestadores en medicina tradicional ancestral boliviana.
- Implementación de programas y proyectos para el registro y desarrollo de productos naturales de la farmacopea boliviana.
acciones operativas
Procesos de Articulación
R.M. Nº 1036 de 21/11/2008 – NORMA NACIONAL DE REDES Y SERVICIO
R.M. Nº 0839 de 23/11/2004 – Manual de Registro
R.M. Nº 0082 de 8/02/2013 – Guía de Implementación de Articulación Complementaria
R.M. Nº 1153 de 5/09/2014 - Comités Nacional y D. de Plantas Medicinales.
RUMETRAB
R.M. Nº 1153 de 5/09/2014 - Subcomisión de Productos Naturales.
LEY Nº 475 DE PRESTACIONES SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA de 30/12/2013
D. S. Nº 1984, Reglamento de la LEY Nº 475 de 30/04/2014Art. 12 : Provisión de prestaciones:
R.M. Nº 0132 Reglamento de la Ley Nº 1152 (SUS)Art. 5.- (ATENCIÓN INTEGRAL)
SISTEMA DE INFORMACIÓNR.M. Nº 0206 de 09 mayo del 2018 SISMET
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OPERATIVOS ESPECÍFICOS R.M. Nº 0839 de 23/11/2004 – Manual de Registro Sanitario de Productos Naturales y Tradicionales y Artesanales – 1ªVer. R.M. Nº 0004 de 10/01/2005 – Manual de Partera Tradicional- 1ªVer. R.M. Nº 0407 de 12/04/2007 – Cuaderno para Seguimiento de Parteras Tradicionales Articuladas a los Servicios de Salud. R.M. Nº 1777 de 29/11/2012 – Lineamientos Estratégicos de Medicina Tradicional e Interculturalidad - LEPAMET. R.M. Nº 0082 de 8/02/2013 – Guía de Implementación de Articulación Complementaria entre la Medicina Tradicional y la Académica en el Marco del Principio de Interculturalidad dela SAFCI- R.M. Nº 0962 de 17/07/2013 – Guía de Atención de las Parteras Tradicionales del Embarazo, Parto y Post parto. R.M. Nº 1153 de 5/09/2014 – Manual de Registro Sanitario de Productos Naturales Tradicionales y Laboratorios Artesanales R.M. Nº 1153 de 5/09/2014 - Reglamento de los Comités Nacional y Departamentales de Plantas Medicinales. R.M. Nº 1153 de 5/09/2014 - Reglamento de la Subcomisión de Productos Naturales. R.M. Nº 0935 de 22/09/2016. Reglamento para el Registro Único de Médicos Tradicionales Ancestrales Bolivianos -RUMETRAB LEY Nº 475 DE PRESTACIONES SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA de 30/12/2013 Artículo 6°.- (Prestaciones de salud) . I). La atención integral de salud comprende las siguientes prestaciones: (…) la provisión de medicamentos esenciales, insumos médicos y productos naturales tradicionales. D. S. Nº 1984, Reglamento de la LEY Nº 475 de 30/04/2014 Art. 12 : Provisión de prestaciones: En los municipios que se requiera complementar y articular los servicios de salud con la medicina tradicional ancestral boliviana, los gobiernos autónomos municipales o indígena originario campesinas, podrán establecer acuerdos con las instancias asociativas de la Medicina Tradicional Ancestral Boliviana reconocidas por el Ministerio de Salud. Artículo 3°.- (Responsabilidades) Establecimientos de Salud.- Los establecimientos de salud públicos, de la seguridad social de corto plazo y privados bajo convenio, además de la Medicina Tradicional Ancestral Boliviana (…), tienen la obligación de otorgar servicios y atenciones integrales e interculturales de salud determinados en la (…) R.M. Nº 0132 Reglamento de la Ley Nº 1152 (SUS) Art. 5.- (ATENCIÓN INTEGRAL) II.- La Atención Integral en Salud comprende acciones de: (..) e) La Medicina Tradicional Ancestral Boliviana SISTEMA DE INFORMACIÓN R.M. Nº 0206 de 09 mayo del 2018 Implementación y Aplicación del Sistema de Información de Medicina Tradicional – SISMET.
2022 IMPLEMENTACIÓN
Redes de Salud de Medicina Tradicional
- 1. PROGRAMA DE ARTICULACIÓN COMPLEMENTARIA DE LA MEDICINA TRADICIONAL 2. RED DE SALUD DE MEDICINA TRADICIONAL 3. FARMACOPEA VERNÁCULAR 4. PROPIEDAD INTELECTUAL COMUNITARIA DE LA MEDICINA 5. INBOMETRAKA
1. NORMA DE TÉCNICA DE ACREDITACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS DE 1º NIVEL2. NORMA NACIONAL DE REFERENCIA3. NORMA CASAS MATERNAS4. ATENCIÓN CON ENFOQUE INTERCULTURAL5. GUIA DE ATENCIÓN DE PARTO Y POSTPARTO
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