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EOEP CÁCERES

Susana Vicario Moren

Created on January 28, 2021

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EQUIPO DE ORIENTACIÓN CÁCERES-1

ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD

Decreto 228/2014, de 14 de octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Instrucción 2/2015 de la SGE por la que se concretan determinados aspectos sobre la atención a la diversidad según lo establecido en el Decreto 228/2014, de 14 de octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma.

Conjunto de actuaciones educativas dirigidas a favorecer el progreso educativo del alumnado, teniendo en cuenta sus diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales y económicas, culturales, lingüísticas y de salud.

CONCEPTO

PRINCIPIOS DE ACTUACIÓN

Comprenden un continuo desde la prevención a las medidas excepcionales.

Responder a las necesidades educativas concretas, para que todos alcancen el máximo desarrollo.

Abarca a la totalidad de los alumnos

Se priorizan las medidas de carácter ordinario

Facilitar la consecución de las competencias y el logro de los objetivos

Las familias recibirán información de las necesidades de sus hijos y de las respuesta educativa

Carácter prioritario las acciones preventivas y la detección temprana

  1. Programas e iniciativas de escolarización temprana.
  2. Distribución equilibrada del alumnado con necesidades entre los centros.
  3. Medidas de apoyo técnico y equipamiento especifico.
  4. Programas, medidas de apoyo y provisión a los centros de los recursos y medios necesarios.
  5. Programas y medidas para prevenir el absentismo y el abandono
  6. Sistema público de ayudas.

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actuaciones y medidas generales

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MEDIDAS

EXCEPCIONALES

EXTRAORDINARIAS

ORDINARIAS

ESPECÍFICAS

Medidas ordinarias

Todas aquellas que facilitan la adecuación del currículo al contexto sociocultural de los centros y las características del alumnado siempre que no supongan alteración significativa de los elementos que lo integran

Son Medidas ORDINARIAS de Atención a la Diversidad ...

2.- Adecuación de las programaciones didácticas a las características de los grupos de alumnos y alumnas

1.- Organización flexible tanto de espacios y tiempos, como de los recursos humanos y materiales

3.- Refuerzo educativo en grupos ordinarios

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6.- Programa de apoyo y de refuerzo para el alumnado de Educación Primaria y de la ESO respectivamente, que promociona, dentro de la Etapa, con aprendizajes no alcanzados, y plan de recuperación y plan personalizado para el alumnado que permanece un año más en mismo curso de Educación Primaria y ESO

5.- Programas grupales de refuerzo y/o recuperación de materias y asignaturas

4.- Agrupamientos flexibles y desdoblamientos de grupos

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7.- Adecuaciones metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad y para el que presenta dificultades en su expresión oral

8.- Metodologías basadas en el trabajo colaborativo en grupos heterogéneos, tutoría entre iguales, aprendizaje por proyectos…

9.- Adecuación de los tiempos y adaptación de los instrumentos o procedimientos de evaluación

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10.- Profundización de contenidos, enriquecimiento curricular y estrategias específicas de enseñanza-aprendizaje que permitan al alumnado desarrollar al máximo su capacidad y motivación

11.- La oferta de materias optativas atendiendo a las necesidades de aprendizaje del alumnado

12.- Actuaciones destinadas a mejorar la convivencia: Programa de Ayuda entre Iguales

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14.- La permanencia de un año más en el mismo curso

13.- La acción tutorial y la orientación educativa, académica y profesional

15.- Cuantas otras medidas pudiera establcer la Consejería de Educación

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UNA VEZ TOMADAS :

  • Las medidas GENERALES de Atención a la Diversidad
  • Las medidas ORDINARIAS de Atención a la Diversidad

¿QUÉ HACEMOS? SI ESTAS MEDIDAS NO HAN SIDO SUFICIENTES PARA DAR ADECUADA RESPUESTA...

Hoja de demanda acompañada del N.C.C. en las áreas instrumentales y estilo de aprendizaje del alumno/a y copia de informes médicos, psicológicos, etc...

¿Y si con esas medidas ordinarias no es suficiente?

Se continúa con medidas ordinarias

Se entrega al Jefe de Estudios

El/la orientador/a basándose en la legislación vigente determinan SI PROCEDE O NO PROCEDE la evaluación psicopedagógica

Fin del proceso.

Si no procede

Evaluación psicopedagógica

Si procede

¿ES A.C.N.E.A.E ?

SI

SE TOMAN MEDIDAS SEGÚN CORRESPONDA

NO

La Evaluación Psicopedagógica es...

Un proceso sistematizado de recogida, análisis y valoración de la información relevante del alumno en relación con los procesos de enseñanza-aprendizaje, así como con los contextos escolar, familiar y social con los que interacciona, para IDENTIFICAR NECESESIDAD EDUCATIVAS ESPECÍFICAS que pudieren constituir la causa o formar parte de situaciones multicausales que originen dificultades y/o desajustes en su desarrollo personal, social y/o académico

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¿Quién es el responsable?

EN EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA:Un profesional de la especialidad de Orientación Educativa del Servicio de Orientación que corresponda, que puede ser:

    • Equipos de Atención Temprana (primer ciclo de educación infantil)
    • Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica Generales (segundo ciclo de educación infantil y educación primaria)

EN EDUCACIÓN SECUNDARIA: un profesional de la especialidad de Oriemtación Educativa de los departamentos de orientacion en IES o IESO

EN TODAS LAS ETAPAS: siempre bajo demanda por parte bien del EAT, del EOEP general o del departametno de orientación y teniendo carácter colaborativo con los mismos pueden intervenir losEquipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica Específicos (todas las etapas): - EEADV - EEADA - EETEA - EETGC

Las conclusiones de la evaluación psicopedagógica quedarán recogidas en el INFORME PSICOPEDAGÓGICO y deben ser la base a través de la cual se oriente al profesorado, a los centros y a las familias, sobre las medidas de atención a la diversidad que es necesario implementar

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Premisas de la Evaluación Psicopedagógica

Número 03

Número 01

Número 02

Debe concluir en un Informe Psicopedagógico, conforme al ANEXO VIII de la Instrucción 2/2015.

Debe contar con la autorización expresa de los padres o tutores legales

Es un proceso colaborativo

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Número 8

Número 7

Número 6

De los resultados también se informará al tutor/a, facilitándole una copia del Informe Psicopedagógico, en base al ANEXO VIII. B: Documento de devolución de información al tutor/a y entrega de copia al centro

Cuando, como resultado de la Evaluación Psicopedagógica, se estime necesario una modalidad de escolarización distinta a la ordinaria, será necesaria la formalización del DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN, según el ANEXO IX : Dictamen de Escolarización

De los resultados se informara a los padres o tutores legales y se solicitará su valoración y aceptación que deberá quedar recogida en un anexo al informe. ANEXO VIII. A: Documento de Información a familias y entrega de copia.

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La EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA... Se realiza de manera prescriptiva a los alumnos con Necesidad Específica de Apoyo Educativo derivada de NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES, en los momentos previos a la transición de una etapa a otra y siempre que se produzcan cambios significativos en las necesidades del alumno. Se suele conocer como REVISIÓN FIN DE ETAPA

¿Quiénes son los ACNEAEs?

Son alumnos con necesidad especifica de apoyo educativo aquellos que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria para poder alcanzar el máximo desarrollo de sus capacidades y los objetivos establecidos con carácter general para todos los alumnos y que así lo determine su evaluación psicopedagógica, por presentar:

2. Dificultades Específicas de Aprendizaje

1. Necesidades Educativas Especiales

3. TDAH

6. Condiciones Personales o de Historia Escolar

5. Incorporación tardía al SEE

4. Altas Capacidades Intelectuales

1.- El Alumnado con NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

El alumnado que presenta Necesidades Educativas Especiales es aquel que requiere por un período de su escolarización, o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de:

DISCAPACIDAD

TRASTORNO GRAVE DE CONDUCTA

2.- El alumnado con DIFICULTADES ESPECÍFICAS DE APRENDIZAJE

El alumnado que presenta necesidades especificas de apoyo educativo por dificultades especificas de aprendizaje es aquel que requiere, en algún momento de su escolarización o a lo largo de toda ella, medidas de atención a la diversidad para responder a sus necesidades especificas. Se consideran dificultades especificas de aprendizaje las derivadas de:

Inteligencia Límite

Dislexia

Ver

Ver

Trastorno de Aprendizaje No Verbal

Otras dificultades específicas en el aprendizaje del lenguaje oral, la lectura, escritura o las matemáticas

Ver

3.- El Alumnado con TDAH

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4.- El Alumnado con ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES

MEDIDAS

5.- El Alumnado de INCORPORACIÓN TARDÍA AL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL

Tendrán esta consideración los alumnos que por proceder de otros países, o por cualquier otro motivo, se incorporen de forma tardía al sistema educativo español y requieran una atención especifica de refuerzo y/o apoyo educativo, siempre que confluyan las siguientes circunstancias: -Desfase curricular en los aprendizajes instrumentales básicos - Y/o desconocimiento de la lengua vehicular de acceso al currículo

6.- Alumnado con Necesidad Específica de apoyo educativo por condiciones personales o de historia escolar

Importante recordar que...

NO TODOS LOS ALUMNOS/AS CON DISCAPACIDAD, TDAH, ALTAS CAPACIDADES, INCORPORACION TARDIA... TIENEN QUE TENER NECESARIAMENTE NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO

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Medidas Extraordinarias

Todas aquellas dirigidas a dar respuesta a las necesidades educativas del alumnado con necesidad especifica de apoyo educativo. Suponen modificaciones significativas del currículo y pueden conllevar cambios esenciales en el ámbito organizativo y en la modalidad de escolarización. Solo se adoptarán cuando las medidas ordinarias no resulten suficientes.

Son Medidas Extraordinarias:

  • Escolarizaciones (SÓLO PARA ACNEE):
    • En centro ordinario con adaptaciones curriculares significativas y/o de acceso para alumnos con necesidades educativas especiales.
    • Escolarización combinada centro ordinario-aula especializada.
    • Escolarización combinada centro ordinario-centro de educación especial.
    • Escolarización en centro especifico de educación especial o aula abierta especializada.
  • Intervención con carácter imprescindible de personal no docente.
  • Prolongación de un año mas en la etapa para alumnos con necesidades educativas especiales.
  • Atención educativa al alumnado que tiene dificultades para asistir regularmente al centro

Medidas excepcionales

  • Permanencia de un año más en educación infantil.
  • Escolarización en centros educación aula abierta o aula especializada para alumnos de educación infantil.
  • Escolarización combinada entre centro ordinario y centro de educación especial en educación infantil.
  • Escolarización a tiempo parcial en centro ordinario para ACNEE.
  • Flexibilización del periodo de escolarización para alumnos con altas capacidades.
  • Permanencia hasta los 16 años en aula abierta especializada.

Todas aquellas dirigidas a dar respuesta a los alumnos con necesidades educativas especiales y con altas capacidades intelectuales que requieren modificaciones del currículo en tal grado que suponen cambios esenciales en el ámbito organizativo y/o en la modalidad de escolarización. Solo se adaptarán cuando las medidas extraordinarias no hayan sido suficientes.

MIEMBROS DEL EOEP

TÉCNICO DE SERVICIOS A LA COMUNIDD

0RIENTADORES/AS

  • Noelia Rubio Hernández
  • Ana Alonso Claudio
  • Inmaculada Argüello Gordo
  • Laura Casares Ávila
  • Eduardo Gómez Arroyo
  • Paz Pérez Castañera
  • Ana Isabel Tornero Cabezas
  • Susana Vicario Moreno

GRACIAS POR VUESTRA ATENCIÓN