Faltas y sanciones electorales
EMPEZAR
Organizaciones políticas
Sanción. Suspensión del material y una multa equivalente al doble de la tarifa más alta registrada por los medios habilitados, por el tiempo y espacio usados. .
1. Falta. Difundir propaganda electoral en medio de comunicación no habilitados
2. Falta. Difundir propaganda electoral fuera del plazo establecido.
Sanción. Suspensión del material y una multa equivalente al doble de la tarifa promedio inscrita en el medio.
Organizaciones políticas
Sanción. Multa equivalente a 10 salarios mínimos y remisión de antecedentes al Ministerio Público.
3. Falta. Utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas.
4. Falta. Contravenir las disposiciones que regulan la difusión de propaganda electoral.
Sanción. 10 salarios mínimos.
Candidatos
5. Falta. Dirigir programas o difundir columnas de opinión en medios de comunicación.
Sanción. Inhabilitación del candidato
6. Falta. Usar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas.
Sanción. Multa equivalente a cinco salarios mínimos y remisión de antecedentes al Ministerio Público.
7. Falta. Contravenir las disposiciones de propaganda electoral.
Sanción. Cinco salarios mínimos.
8. Falta y sanción
9. Falta y sanción
- Difundir propaganda electoral fuera del plazo establecido.
- suspensión de la propaganda y multa económica.
- Difundir propaganda electoral sin estar habilitado.
- Suspensión de la propaganda e inhabilitación para difundir propaganda en el siguiente proceso electoral.
medios de comunicación
Faltas y sanciones
11. Falta. Transgredir la prohibición de los incisos a), b) y c) el artículo 122 de la Ley N° 026 dos días antes de la votación y hasta las 18:00 horas de la jornada de votación. Sanción. Inhabilitación del medio para difundir propaganda en el siguiente proceso electoral y multa.
Medios de Comunicación
10. Falta. Transgredir los tiempos y espacios máximos para la difusión de propaganda electoral. Sanción. Multa equivalente a 10 salarios mínimos.
Medios de Comunicación
12. Falta. No suspender de inmediato la propaganda electoral que vulnere las prohibiciones. Sanción. Multa equivalente al doble del monto de la tarifa más alta registrada.
13. Falta. Contravenir las disposiciones que regulan la difusión de propaganda electoral. Sanción. Multa equivalente a cinco salarios mínimos.
15. Falta. Contravenir las disposiciones que regulan la difusión de propaganda electoral. Sanción. Multa equivalente a dos salarios mínimos.
Personas particulares
14. Falta. Utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas. Sanción. Multa equivalente a dos salarios mínimos y remisión de antecedentes al Ministerio Público.
Fuente: Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral
Faltas y sanciones electorales
ibethcarvajal25
Created on January 19, 2021
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Faltas y sanciones electorales
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Organizaciones políticas
Sanción. Suspensión del material y una multa equivalente al doble de la tarifa más alta registrada por los medios habilitados, por el tiempo y espacio usados. .
1. Falta. Difundir propaganda electoral en medio de comunicación no habilitados
2. Falta. Difundir propaganda electoral fuera del plazo establecido.
Sanción. Suspensión del material y una multa equivalente al doble de la tarifa promedio inscrita en el medio.
Organizaciones políticas
Sanción. Multa equivalente a 10 salarios mínimos y remisión de antecedentes al Ministerio Público.
3. Falta. Utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas.
4. Falta. Contravenir las disposiciones que regulan la difusión de propaganda electoral.
Sanción. 10 salarios mínimos.
Candidatos
5. Falta. Dirigir programas o difundir columnas de opinión en medios de comunicación.
Sanción. Inhabilitación del candidato
6. Falta. Usar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas.
Sanción. Multa equivalente a cinco salarios mínimos y remisión de antecedentes al Ministerio Público.
7. Falta. Contravenir las disposiciones de propaganda electoral.
Sanción. Cinco salarios mínimos.
8. Falta y sanción
9. Falta y sanción
medios de comunicación
Faltas y sanciones
11. Falta. Transgredir la prohibición de los incisos a), b) y c) el artículo 122 de la Ley N° 026 dos días antes de la votación y hasta las 18:00 horas de la jornada de votación. Sanción. Inhabilitación del medio para difundir propaganda en el siguiente proceso electoral y multa.
Medios de Comunicación
10. Falta. Transgredir los tiempos y espacios máximos para la difusión de propaganda electoral. Sanción. Multa equivalente a 10 salarios mínimos.
Medios de Comunicación
12. Falta. No suspender de inmediato la propaganda electoral que vulnere las prohibiciones. Sanción. Multa equivalente al doble del monto de la tarifa más alta registrada. 13. Falta. Contravenir las disposiciones que regulan la difusión de propaganda electoral. Sanción. Multa equivalente a cinco salarios mínimos.
15. Falta. Contravenir las disposiciones que regulan la difusión de propaganda electoral. Sanción. Multa equivalente a dos salarios mínimos.
Personas particulares
14. Falta. Utilizar bienes, recursos y servicios de instituciones públicas. Sanción. Multa equivalente a dos salarios mínimos y remisión de antecedentes al Ministerio Público.
Fuente: Reglamento de Campaña y Propaganda Electoral