guía para una mamá gm
EMPEZAR
¡Felicidades!
En los próximos meses, vas a transitar un momento muy especial en tu vida, uno de los más importantes para vos y tu familia y queremos desde GM acompañarte con la información que te será de utilidad para este tiempo.
Aquí encontrarás datos de contactos, trámites, recomendaciones, beneficios, etc. relacionados con la maternidad y posterior nacimiento de tu BeBe.
Por cualquier duda o pregunta, recordá que tanto tu coordinador/a como el consultor/a de RRLL están para orientarte.
Notificación al empleador
- Apenas tengas conocimiento de tu embarazo, comunicalo a tu coordinador/a y al consultor de RRLL. Hacé entrega del certificado médico original que indica tiempo de embarazo y fecha probable de parto (FPP).
- Recibirás una copia firmada y sellada por GMA del certificado presentado.
Trámite para el pago de la asignación por maternidad (Anses)
La licencia por maternidad es pagada por el Estado a través de la “Asignación por maternidad”.Por ese motivo, cuando tengas 12 semanas de gestación o más deberás gestionar ante el ANSES el pago de la misma.
Este trámite es personal y lo debés iniciar personalmente. Para conocer en detalle la documentación y requisitos para este trámite te recomendamos consultar la página de ANSESS donde encontrarás todas las referencias.
https://www.anses.gob.ar/asignacion-por-maternidad Mirá el apartado “trabajadores en relación de dependencia”
Algunos Datos importantes:
-Debes iniciar el trámite con tiempo ya que de esa manera será posible que coincida tu licencia de maternidad y el pago de la asignación.
-En estos tiempos de Aislamiento, el trámite es online y se realiza de manera remota a través de la asistencia virtual. Podés encontrar los pasos en página de ANSES de manera sencilla.
-Asegurate que la documentación esté completa y comunícate con el consultor de Relaciones Laborales de tu área para la fima del formulario que debe realizar GM
-El monto de la asignación es equivalente a tu salario bruto (sin descuentos) y cubre los 90 días completos de licencia.
Licencia por maternidad
La trabajadora tiene derecho a tener licencia por maternidad. La duración de esta licencia por maternidad es de 90 días corridos.
La trabajadora debe tomarse 90 días corridos de licencia por maternidad de manera obligatoria.
Puede tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (según certificado médico), o bien 30 días antes y 60 días después. En tanto, si el parto se adelanta, se tienen que cumplir los 90 días. En el caso de nacimiento de BB con Síndrome de Down, la ley concede una licencia adicional de 6 meses. Esta licencia puede solicitarse después del nacimiento de tu hijo y 15 días antes de que termine la licencia por maternidad regular, presentando en tu trabajo un certificado médico donde conste el diagnóstico del bebé recién nacido
Introducción aquí
Q&A
Si tengo problemas de salud vinculados al embarazo antes del inicio de la licencia, ¿cuántos días de licencia me corresponden?
Si mi hijo nace prematuro, ¿qué licencia tengo?
¿Qué tiene que decir el certificado médico que presento en mi trabajo para avisar que estoy embarazada?
Si tu hijo nace prematuro, los días que no te tomaste antes de la fecha de parto se acumulan con los que te corresponden después del nacimiento, completando los 90 días que te da la ley.
El certificado médico tiene que tener la fecha probable de parto. Es importante que tenga esa fecha porque determina cuándo comienza tu licencia por maternidad.
Si tenés problemas de salud durante el embarazo dentro del plazo de los 45 días anteriores al parto, te corresponde la licencia por enfermedad como cualquier trabajador. Estos días se te van a acumular con los 90 días de licencia por maternidad.
Estamos junto a vos
Solicitud de licencia por maternidad en GM
Para informar tu licencia tenés que ingresar a Workday y cargar la licencia adjuntando la constancia de ANSES.Las fechas de inicio y fin deben coincidir con la constancia adjunta. Te adjuntamos el documento con las instrucciones.https://gmweb.gm.com/sites/HCM/Documents/CM-Training/Quick%20Reference%20Guides/Absence/Spanish/Request-Leave-of-Absence-(EE)-SPN.pdf)
+ info
Obra Social
También cuál es la institución donde tendrás a tu bebe, qué alcance tiene la cobertura para el niño/a, cómo deberás proceder al momento del nacimiento para su alta en la obra social, si tienen beneficios o regalos especiales, etc.
Tener presente que el Plan Materno Infantil cubre 100% de ciertos gastos de medicamentos, vacunas y prestaciones durante el primer año de vida del BB. Informate en la página Argentina.Gob.ar (Inicio/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos/Derecho Fácil/Ley simple/Salud)
Es muy importante que te acerques a tu Obra Social y conozcas exactamente la cobertura que brinda a estudios, análisis, ecografías, prestaciones, medicamentos, vacunas, etc.
¡Saber todo esto con anticipación, te permitirá estar tranquila y preparada para recibir a tu bebe a pleno!
Posterior a la maternidad
PERIODO DE EXCEDENCIA:(Seguido a la licencia por maternidad)
El período de excedencia tiene un plazo mínimo de 3 meses y máximo de 6 meses en el que no se devenga salario porque no hay prestación de servicios, el contrato de trabajo se mantiene vigente aunque se suspenden dos de sus efectos principales: prestar servicios para la trabajadora y el pago del salario para el empleador. Para optar por el período de excedencia la ley impone un requisito de antigüedad mínimo de 1 año y la trabajadora debe notificar de manera fehaciente a su empleador que hace uso de esa opción con una antelación mínima de 48 horas antes de finalizar la licencia remunerada por maternidad (los 90 días). Para períodos diferentes a los otorgados por ley, la compañía te brinda la alternativa de optar por la Licencia sin goce de haberes. Para solicitar alguna de estas dos licencias deberás realizar los siguientes pasos:
1. Ingresá a Workday:
2. Luego, deberás ingresar a la solicitud de excedencia.
3. Para finalizar, deberás entregar el formulario de licencias original a tu consultor/a RRLL.
Despúes del Nacimiento
Hacenos saber el momento en que nazca tu bb! Queremos celebrarlo con vos y tu familia!
Debes actualizar la información DEPENDIENTES en workday. Instructivo:
Toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un (1) año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado.
En GM contamos con sala de mamás
Es un lugar cálido e higiénico donde la madre del lactante puede extraer el alimento para su bebe de manera cómoda y segura.
Su objetivo es garantizar una alimentación saludable a los bebes y el derecho de las mujeres de mantener la lactancia materna de sus hijos.
Solo permite la extracción y conservación de la leche materna, no esta autorizado el ingreso de bebes.
¿Cómo Funciona?
Durante la jornada laboral la madre puede acceder
a la sala para extraer y conservar la leche para su hijo/a.
¿Cuáles son sus beneficios para las mamas?
-La mamá está más tranquila porque puede continuar alimentando a su bebe con leche materna aún volviendo a trabajar
-Los bebés se enferman menos
-Alivia las tensiones que se producen en los senos al estar llenos y garantiza
La Lactancia Materna es el alimento más saludable y nutritivo para los bebes y mejora su calidad de vida
¡Tips para el regreso al trabajo!
Viví intensamente el tiempo de embarazo, nacimiento y primeros días de tu BB. Desde GM vamos a acompañar tu regreso al trabajo en el momento que suceda con las herramientas disponibles para que puedas adaptarte sin dificultades.
Es un momento de grandes cambios. No dudes en acudir a las ayudas y soportes que te facilitamos para estar tranquila y bien preparada.
Datos utiles
PAE
El Programa de Asistencia al Empleado es el nuevo servicio integrado por GM que tiene como principal objetivo ser un soporte y apoyo para todos nuestros colaboradores.
Es gratuito, completamente confidencial y ofrece asistencia profesional en diferentes áreas de atención para vos y los miembros de tu grupo familiar, es decir para aquellos miembros de tu familia que conviven con vos.
¿CÓMO ME PUEDO COMUNICAR CON EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL EMPLEADO?
¡Sencillo! Simplemente llamá al 0800 777 8327. o a traves del portal web de Bienestar, www.portaldebienestar.com (Usuario: GMC - Contraseña: bienestar)
MATERNIDAD
virginiafrascoli
Created on January 12, 2021
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guía para una mamá gm
EMPEZAR
¡Felicidades!
En los próximos meses, vas a transitar un momento muy especial en tu vida, uno de los más importantes para vos y tu familia y queremos desde GM acompañarte con la información que te será de utilidad para este tiempo.
Aquí encontrarás datos de contactos, trámites, recomendaciones, beneficios, etc. relacionados con la maternidad y posterior nacimiento de tu BeBe.
Por cualquier duda o pregunta, recordá que tanto tu coordinador/a como el consultor/a de RRLL están para orientarte.
Notificación al empleador
Trámite para el pago de la asignación por maternidad (Anses)
La licencia por maternidad es pagada por el Estado a través de la “Asignación por maternidad”.Por ese motivo, cuando tengas 12 semanas de gestación o más deberás gestionar ante el ANSES el pago de la misma. Este trámite es personal y lo debés iniciar personalmente. Para conocer en detalle la documentación y requisitos para este trámite te recomendamos consultar la página de ANSESS donde encontrarás todas las referencias. https://www.anses.gob.ar/asignacion-por-maternidad Mirá el apartado “trabajadores en relación de dependencia” Algunos Datos importantes: -Debes iniciar el trámite con tiempo ya que de esa manera será posible que coincida tu licencia de maternidad y el pago de la asignación. -En estos tiempos de Aislamiento, el trámite es online y se realiza de manera remota a través de la asistencia virtual. Podés encontrar los pasos en página de ANSES de manera sencilla. -Asegurate que la documentación esté completa y comunícate con el consultor de Relaciones Laborales de tu área para la fima del formulario que debe realizar GM -El monto de la asignación es equivalente a tu salario bruto (sin descuentos) y cubre los 90 días completos de licencia.
Licencia por maternidad
La trabajadora tiene derecho a tener licencia por maternidad. La duración de esta licencia por maternidad es de 90 días corridos. La trabajadora debe tomarse 90 días corridos de licencia por maternidad de manera obligatoria. Puede tomarse 45 días antes y 45 días después de la fecha probable de parto (según certificado médico), o bien 30 días antes y 60 días después. En tanto, si el parto se adelanta, se tienen que cumplir los 90 días. En el caso de nacimiento de BB con Síndrome de Down, la ley concede una licencia adicional de 6 meses. Esta licencia puede solicitarse después del nacimiento de tu hijo y 15 días antes de que termine la licencia por maternidad regular, presentando en tu trabajo un certificado médico donde conste el diagnóstico del bebé recién nacido
Introducción aquí
Q&A
Si tengo problemas de salud vinculados al embarazo antes del inicio de la licencia, ¿cuántos días de licencia me corresponden?
Si mi hijo nace prematuro, ¿qué licencia tengo?
¿Qué tiene que decir el certificado médico que presento en mi trabajo para avisar que estoy embarazada?
Si tu hijo nace prematuro, los días que no te tomaste antes de la fecha de parto se acumulan con los que te corresponden después del nacimiento, completando los 90 días que te da la ley.
El certificado médico tiene que tener la fecha probable de parto. Es importante que tenga esa fecha porque determina cuándo comienza tu licencia por maternidad.
Si tenés problemas de salud durante el embarazo dentro del plazo de los 45 días anteriores al parto, te corresponde la licencia por enfermedad como cualquier trabajador. Estos días se te van a acumular con los 90 días de licencia por maternidad.
Estamos junto a vos
Solicitud de licencia por maternidad en GM
Para informar tu licencia tenés que ingresar a Workday y cargar la licencia adjuntando la constancia de ANSES.Las fechas de inicio y fin deben coincidir con la constancia adjunta. Te adjuntamos el documento con las instrucciones.https://gmweb.gm.com/sites/HCM/Documents/CM-Training/Quick%20Reference%20Guides/Absence/Spanish/Request-Leave-of-Absence-(EE)-SPN.pdf)
+ info
Obra Social
También cuál es la institución donde tendrás a tu bebe, qué alcance tiene la cobertura para el niño/a, cómo deberás proceder al momento del nacimiento para su alta en la obra social, si tienen beneficios o regalos especiales, etc.
Tener presente que el Plan Materno Infantil cubre 100% de ciertos gastos de medicamentos, vacunas y prestaciones durante el primer año de vida del BB. Informate en la página Argentina.Gob.ar (Inicio/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos/Derecho Fácil/Ley simple/Salud)
Es muy importante que te acerques a tu Obra Social y conozcas exactamente la cobertura que brinda a estudios, análisis, ecografías, prestaciones, medicamentos, vacunas, etc.
¡Saber todo esto con anticipación, te permitirá estar tranquila y preparada para recibir a tu bebe a pleno!
Posterior a la maternidad
PERIODO DE EXCEDENCIA:(Seguido a la licencia por maternidad)
El período de excedencia tiene un plazo mínimo de 3 meses y máximo de 6 meses en el que no se devenga salario porque no hay prestación de servicios, el contrato de trabajo se mantiene vigente aunque se suspenden dos de sus efectos principales: prestar servicios para la trabajadora y el pago del salario para el empleador. Para optar por el período de excedencia la ley impone un requisito de antigüedad mínimo de 1 año y la trabajadora debe notificar de manera fehaciente a su empleador que hace uso de esa opción con una antelación mínima de 48 horas antes de finalizar la licencia remunerada por maternidad (los 90 días). Para períodos diferentes a los otorgados por ley, la compañía te brinda la alternativa de optar por la Licencia sin goce de haberes. Para solicitar alguna de estas dos licencias deberás realizar los siguientes pasos: 1. Ingresá a Workday: 2. Luego, deberás ingresar a la solicitud de excedencia. 3. Para finalizar, deberás entregar el formulario de licencias original a tu consultor/a RRLL.
Despúes del Nacimiento
Hacenos saber el momento en que nazca tu bb! Queremos celebrarlo con vos y tu familia!
Debes actualizar la información DEPENDIENTES en workday. Instructivo:
Toda trabajadora madre de lactante podrá disponer de dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un (1) año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado.
En GM contamos con sala de mamás
Es un lugar cálido e higiénico donde la madre del lactante puede extraer el alimento para su bebe de manera cómoda y segura. Su objetivo es garantizar una alimentación saludable a los bebes y el derecho de las mujeres de mantener la lactancia materna de sus hijos. Solo permite la extracción y conservación de la leche materna, no esta autorizado el ingreso de bebes. ¿Cómo Funciona? Durante la jornada laboral la madre puede acceder a la sala para extraer y conservar la leche para su hijo/a. ¿Cuáles son sus beneficios para las mamas? -La mamá está más tranquila porque puede continuar alimentando a su bebe con leche materna aún volviendo a trabajar -Los bebés se enferman menos -Alivia las tensiones que se producen en los senos al estar llenos y garantiza
La Lactancia Materna es el alimento más saludable y nutritivo para los bebes y mejora su calidad de vida
¡Tips para el regreso al trabajo!
Viví intensamente el tiempo de embarazo, nacimiento y primeros días de tu BB. Desde GM vamos a acompañar tu regreso al trabajo en el momento que suceda con las herramientas disponibles para que puedas adaptarte sin dificultades.
Es un momento de grandes cambios. No dudes en acudir a las ayudas y soportes que te facilitamos para estar tranquila y bien preparada.
Datos utiles
PAE
El Programa de Asistencia al Empleado es el nuevo servicio integrado por GM que tiene como principal objetivo ser un soporte y apoyo para todos nuestros colaboradores. Es gratuito, completamente confidencial y ofrece asistencia profesional en diferentes áreas de atención para vos y los miembros de tu grupo familiar, es decir para aquellos miembros de tu familia que conviven con vos. ¿CÓMO ME PUEDO COMUNICAR CON EL PROGRAMA DE ASISTENCIA AL EMPLEADO? ¡Sencillo! Simplemente llamá al 0800 777 8327. o a traves del portal web de Bienestar, www.portaldebienestar.com (Usuario: GMC - Contraseña: bienestar)