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Capitulo 1.-Educación Vial y Elementos principales de Tránsito
Sandra Lema
Created on December 20, 2020
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Transcript
Educaciòn Vial
Ing.Sandra Lema
CONOCE temas relacionados a la Educaciòn vial
- Generalidades y elementos principales de trànsito
- elemento material
- Objetivos y conceptos del trànsito
- Elemento legal
Unidad1
- Elementos principales del Trànsito
Índice
- ELEMENTO ECONÓMICO
- Elemento Humano
- gracias
educaciòn vial
educaciòn vial
Conjunto de conocimientos, reglas y normas de comportamiento que toda persona debe poseer a la hora de transitar en la vía como peatón o como conductor de bicicletas, ciclomotores o automóviles. Se puede considerar parte de la Educación Social, siendo una eficaz base de actuación ciudadana, dado que trata de crear hábitos y actitudes positivas de convivencia, de calidad de vida, calidad medioambiental y la Seguridad Vial.
Objetivo de la Educación Vial
La Educación vial tiene por objeto desarrollar en el ciudadano; en su condición de conductor, pasajero o peatón; las aptitudes, destrezas, hábitos y el interés necesario para que disponga de mayor pericia, conocimiento, equilibrio mental; actúe de manera inteligente y razonable; comprenda y respete las leyes, reglamentos y normas vigentes de tránsito y transporte terrestre y así contribuya a prevenir y evitar accidentes viales.
Importancia de la EDUCación vial
La misión de la seguridad vial es prevenir accidentes de tránsito, que como nos demuestran las estadísticas del mundo y de cualquier nación, en la actualidad, son un flagelo y una de las principales causas de muertes y discapacidades en las personas. .
Elementos principales del trànsito
Legal
Humano
Tempor Labor
Económico
Material
Elemento Humano
Es elemento mas importante y a la vez el mas frágil por que esta sujeto a accidentes de tránsito.
Division del elemento humano
Agente de Tránsito
Conductor
+info
+info
Pasajero
Peatón
+info
+info
Agente de tránsito
. DEBERES Y OBLIGACIONES DEL PEATÓN Y CONDUCTOR HACIA EL AGENTE DE TRÁNSITO
- Reconocer al agente de tránsito como un amigo y valioso apoyo para la sociedad ecuatoriana
- Analizar y conocer la normativa referida a peatones y conductores.
- Valorar la gestión diaria del agente de tránsito y colaborar con actitudes positivas en concordancia con la Ley y el Reglamento.
El peatón
Es la persona que transita a pie por las vías terrestres sea pública o privada, el mismo que debe conocer y practicar las normas elementales del peatón, las leyes y reglamentos de tránsito.
También se consideran peatones los que empujan cualquier otro vehículo sin motor de pequeñas dimensiones o las personas con movilidad reducida que circulan al paso con una silla de ruedas con motor o sin él.
Normas de conducta y recomendaciones para los peatones
Los peatones deberán circular siempre por el centro de las aceras, ni muy pegados al borde de la calzada, para evitar ser atropellados por algún vehículo, ni muy pegados a las casas, por si hubiera entradas o salidas de garajes.
Tampoco caminarán por el bordillo ni invadirán nunca la calzada, salvo para cruzarla.
Si la calle por la que se camina no tuviera acera o existiese algún obstáculo y fuera totalmente imprescindible pasar por ese tramo, se circulará lo más pegado posible a la pared y a ser posible de cara al tráfico, de esta forma se podrá ver de frente a los vehículos que se aproximan.
La circulación de los peatones por la acera deberá realizarse lo más próximo a la línea de edificación
Normas de conducta y recomendaciones para los peatones
Los peatones tienen prioridad de paso ante los vehículos siempre y cuando lo hagan por los cruces peatonales.
Los peatones deberán cruzar por las esquinas, estén o no pintadas los cruces peatonales.
Personas ancianas, discapacitadas y niños, deben andar en la calle acompañados de un adulto; y de ser posible que caminen del lado derecho, si andan solos es necesario ayudarles a cruzar la calle.
Se deberá mirar para ambos lados antes de cruzar. Además el momento de cruzar deberá hacerlo caminando y no corriendo.
Normas de conducta y recomendaciones para los peatones
Es indispensable utilizar el puente peatonal en las zonas donde existan. Nunca cruce en una curva ni cerca de ella. Tampoco lo haga en zonas donde no pueda visualizar con facilidad si viene un vehículo. Por muy solitario que sea el camino busque un sitio con visibilidad y a la vez practique las siguientes actividades: parar, mirar, escuchar y cruzar.
• Los Niños y niñas, en la medida que sea posible, deben cruzar la calle de la mano de su acompañante, ya que pueden correr de manera intempestiva sin medir el peligro
Procure que cuando camine por las vías públicas y cruce de avenidas sea sin el celular en la mano, escribiendo, viendo o leyendo el mismo, evitará, distracción o robo.
Nunca salga de manera intempestiva de entre dos vehículos estacionados para cruzar la calle, es preferible cruzar por los cruces peatonales.
Normas de conducta y recomendaciones para los peatones
Si tiene que salir a la calle en la noche use una lámpara, ropa clara y con cintas reflectoras, hágase notar, camine por la izquierda con el tráfico de frente, si van en grupo caminen en fila.
Al cruzar la calle, camine, no corra, hágalo con precaución, establezca contacto visual con el conductor, cerciórese que lo hayan visto, tenga especial cuidado con taxis, buses, camiones o vehículos de carga.
Los niños deben evitar el juego en la calle, para desarrollar estas actividades utilice los parques o las canchas deportivas.
Evite salir a la calle en estado de embriaguez, los reflejos disminuyen y puede ser atropellado.
Normas de conducta y recomendaciones para los peatones
Cuando baje del autobús o transporte de pasajeros y tenga que cruzar la calle, hágalo rodeándolo hacia la parte de atrás del camión, ya que por el frente puede ser atropellado.
Nunca interponerse como obstáculo para detener a 25 un vehículo que huye, mejor registre las placas y repórtelo.
Aléjese de los vehículos que hacen maniobra de reversa en los estacionamientos, cerciórese que lo hayan visto y haya espacio suficiente para no ser impactado.
Si hay algún evento, manifestación o choque, manténgase fuera de la carretera y señalice o avise a los demás conductores.
Normas de conducta y recomendaciones para los peatones
Sea cuidadoso cuando llueve; recuerde que un pavimento mojado no solo hará sus movimientos más lentos, si no que será más difícil que los vehículos se detengan a tiempo. Como peatón y responsable de una mascota, como por ejemplo el perro. debe llevarlo siempre con su correa y controlado cuando circule por la zona peatonal, ya que al tratarse de un animal puede tener reacciones imprevisibles. El perro deberá ir por la zona más próxima a los edificios en el caso de que circulen próximos a la calzada, sin molestar al resto de peatones. Se debe cruzar la calle con el perro por sitios autorizados, es decir por donde lo haga el peatón.
Video
- Contar con las garantías necesarias para un tránsito seguro;
- Disponer de vías públicas libres de obstáculos y no invadidas;
- Contar con infraestructura y señalización vial adecuadas que brinden seguridad;
- Tener preferencia en el cruce de vía en todas las intersecciones reguladas por semáforos cuando la luz verde de cruce peatonal esté encendida; todo el tiempo en los cruces cebra, con mayor énfasis en las zonas escolares; y, en las esquinas de las intersecciones no reguladas por semáforos procurando su propia seguridad y la de los demás;
Derechos de los peatones
Derechos de los peatones
- Tener libre circulación sobre las aceras y en las zonas peatonales exclusivas;
- Recibir orientación adecuada de los agentes de tránsito sobre señalización vial, ubicación de calles y nominativas que regulen el desplazamiento de personas y recibir de estos y de los demás ciudadanos la asistencia oportuna cuando sea necesario; y,
- Las demás señaladas en los reglamentos e instructivos.
Deberes de los peatones
- Acatar las indicaciones de los agentes de tránsito y las disposiciones que para al (sic) efecto se dicten;
- Utilizar las calles y aceras para la práctica de actividades que no atenten contra su seguridad, la de terceros o bienes;
- Abstenerse de solicitar transporte o pedir ayuda a los automovilistas en lugares inapropiados oprohibidos;
- Cruzar las calles por los cruces cebra y pasos elevados o deprimidos de no existir pasos cebra, cruzar por las esquinas de las intersecciones;
- Abstenerse de caminar sobre la calzada de las calles abiertas al tránsito vehicular;
Deberes de los peatones
- Abstenerse de cruzar la calle por la parte anterior y posterior de los automotores que se hayan detenido momentáneamente;
- Cuando no existan aceras junto a la calzada, circular al margen de los lugares marcados y, a falta de marca, por el espaldón de la vía y siempre en sentido contrario al tránsito de vehículos;
- Embarcarse o desembarcarse de un vehículo sin invadir la calle, sólo cuando el vehículo esté detenido y próximo a la orilla de la acera;
- Procurar en todo momento su propia seguridad y la de los demás; y,
- Las demás señaladas en los reglamentos e instructivos.
Las personas con discapacidad, movilidad reducida y grupos vulnerables gozarán de los siguientes derechos y preferencias:
- En las intersecciones, pasos peatonales, cruces cebra y donde no existan semáforos, gozarán de derecho de paso sobre las personas y los vehículos. Es obligación de todo usuario vial, incluyendo a los conductores ceder el paso y mantenerse detenidos hasta que concluyan el cruce; y,
- Las demás señaladas en los reglamentos e instructivos.
El pasajero
Es toda persona que utiliza un medio de transporte publico o privado para trasladarse de un lugar a otro sin ser conductor.
Normas para los pasajeros
• Todos los ocupantes deben utilizar el cinturón de seguridad. La capacidad del vehículo está determinada por el número de cinturones.• Niños de hasta 12 años deben viajar en el asiento posterior del vehículo en su dispositivo de retención infantil. • Los pasajeros deberán ascender y descender por el lado de la acera. • No molestar ni distraer al conductor.
Normas para los pasajeros
• No deben desechar residuos de comida ni basura a las vías. • Es indispensable que los pasajeros de transporte público respeten el ingreso y salida de las personas, para lo cual aquellos que deseen ingresar a la unidad de transporte se dispondrán en fila.
Los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros tienen derecho a:
a) Ser transportados con un adecuado nivel de servicio, pagando la tarifa correspondiente; b) Exigir de los operadores la observancia de las disposiciones de la Ley y sus reglamentos; c) Que se otorgue un comprobante o etiqueta que ampare el equipaje, en rutas intraprovinciales, interprovinciales e internacionales; y, en caso de pérdida al pago del valor declarado por el pasajero; d) Denunciar las deficiencias o irregularidades del servicio de transporte de conformidad con la normativa vigente;
Los usuarios del servicio de transporte público de pasajeros tienen derecho a:
e) Que se respete las tarifas aprobadas, en especial la de los niños, estudiantes, adultos mayores de 65 años de edad y personas con discapacidad; y, f) Las demás señaladas en los reglamentos e instructivos.
Los usuarios o pasajeros del servicio de transporte público tendrán las siguientes obligaciones:
- Abstenerse de utilizar el servicio de transporte público cuando su conductor se encuentre con signos de ebriedad, influencia de estupefacientes o psicotrópicos;
- Abstenerse de ejecutar a bordo de la unidad, actos que atenten contra la tranquilidad, comodidad, seguridad o integridad de los usuarios o que contravengan disposiciones legales o reglamentarias;
- Exigir la utilización de las paradas autorizadas para el embarque o desembarque de pasajeros, y solicitarla con la anticipación debida;
Los usuarios o pasajeros del servicio de transporte público tendrán las siguientes obligaciones:
- Abstenerse de ejecutar o hacer ejecutar actos contra el buen estado de las unidades de transporte y el mobiliario público;
- En el transporte público urbano ceder el asiento a las personas con discapacidad, movilidad reducida y grupos vulnerables;
- No fumar en las unidades de transporte público;
Los usuarios o pasajeros del servicio de transporte público tendrán las siguientes obligaciones:
- No arrojar desechos que contamine el ambiente, desde el interior del vehículo; y,
- Las demás señaladas en los reglamentos e instructivos
Los pasajeros del transporte comercial tienen derecho a
1. Ser transportados con un adecuado nivel de servicio; 2. Exigir a los operadores no fumar dentro de las unidades de transporte; 3. Exigir de los operadores mantener un volumen adecuado de las radios, de manera que no perturbe a los pasajeros y pasajeras; 4. Exigir que la unidad de servicio no lleve más pasajeros del número permitido por sobre la capacidad establecida en la Ley y el Reglamento;
Los pasajeros del transporte comercial tienen derecho a
5. Tener a disposición y de forma visible la información sobre las características y razón social del vehículo, así como la identificación de su conductor; 6. Realizar el embarque y desembarque sobre el costado derecho de la calzada; 7. Exigir a los operadores la observancia de las disposiciones de la Ley y sus Reglamentos; 8. Denunciar las deficiencias o irregularidades del servicio de transporte de conformidad con la normativa vigente.
Los pasajeros del transporte comercial tienen las siguientes obligaciones
1. Abstenerse de utilizar el servicio de transporte cuando su conductor se encuentre con signos de ebriedad, o influencia de estupefacientes o psicotrópicos; 2. Dar aviso a un agente de tránsito o de la policía nacional, o a la falta de este reportar telefónicamente una estación de policía o de servicio de emergencias, en el caso de sospechar que el conductor de una unidad esté realizando su labor bajo la influencia del alcohol, sustancias estupefacientes, narcolépticas o psicotrópicas, para lo cual deberá dar los datos que permitan identificar el vehículo;
Los pasajeros del transporte comercial tienen las siguientes obligaciones
3. Llevar puesto en todo momento el cinturón de seguridad, para lo cual los vehículos deberán estar dotados de cinturones de seguridad de dos o tres puntos; 4. Abstenerse de ejecutar a bordo de la unidad, actos que atenten contra la tranquilidad, comodidad, seguridad o integridad de los usuarios o que contravengan disposiciones legales o reglamentarias;
Los pasajeros del transporte comercial tienen las siguientes obligaciones
5. Abstenerse de ejecutar o hacer ejecutar actos contra el buen estado de las unidades de transporte; 6. Abstenerse de fumar en las unidades; 7. Abstenerse de arrojar desechos desde el interior del vehículo, que contaminen el ambiente; 8. Abstenerse de distraer al conductor durante la marcha del vehículo
pasajeros del transporte comercial- obligaciones
9. Exigir del operador realizar el embarque y desembarque de pasajeras y pasajeros de forma adecuada y velando por la seguridad de los mismos, es decir: efectuar las paradas y arrancadas sin sacudidas ni movimientos bruscos, deteniéndose completamente lo más cerca posible del borde derecho de la calzada; 10. Exigir al operador abstenerse de proveer de combustible a la unidad de transporte que conduce, con pasajeros en su interior.
PASAJEROS DEL TRANSPORTE ESCOLAR-Derechos
1. Contar con un transporte que cumpla con los requerimientos técnicos, mecánicos y operacionales determinados por la Ley Orgánica de Transporte Terrestre y este Reglamento; 2. Extremar la prudencia en la circulación y cumplir con los límites de velocidad; 3. Contar con una persona adulta responsable que acompañe en todo momento a los pasajeros y pasajeras del transporte; 4. Llevar la cantidad de pasajeros de acuerdo a las plazas con las que cuente la unidad, asegurándose de que cada escolar vaya sentado.
PASAJEROS DEL TRANSPORTE ESCOLAR-derechos
5. Cumplir con un servicio puerta a puerta; 6. Mantener una adecuada higiene de la unidad; 7. Garantizar la integridad física de los pasajeros y las pasajeras, especialmente en el ascenso y descenso del vehículo; 8. Si fuere el caso, los demás vehículos que circulen por las vías de uso público, detendrán su marcha para facilitar el paso del vehículo de transporte escolar o para permitir el ascenso o descenso del estudiante.
PASAJEROS DEL TRANSPORTE POR CUENTA PROPIA-obligaciones
1. Abstenerse de ejecutar a bordo de la unidad actos que contravengan disposiciones legales o reglamentarias;2. Abstenerse de arrojar desechos desde el interior del vehículo, que contaminen el ambiente; 3. Hacer uso correcto del cinturón de seguridad mientras se encuentren dentro del automotor;
PASAJEROS DEL TRANSPORTE POR CUENTA PROPIA-obligaciones
4. Abstenerse de llevar mascotas en el asiento delantero; 5. Abstenerse de llevar niñas o niños sobre las rodillas o junto al conductor; y, 6. Abstenerse de llevar paquetes de cualquier tipo sobre las rodillas.
VÍDEO
Bus sufre accidente de tránsito con 17 pasajeros -Teleamazonas
PASAJEROS Y PASAJERAS DE MOTOCICLETAS, MOTONETAS, BICIMOTOS, TRICAR Y CUADRIMOTOS
1. Llevar correctamente sujeto a su cabeza y en todo momento el casco de seguridad homologado; 2. Vestir chalecos o chaquetas con cintas retro-reflectivas de identificación que deben ser visibles; 3. Abstenerse de subir al vehículo cuando ya ha sido ocupado el espacio para el pasajero; y, 4. Ubicarse detrás del conductor, y en ningún momento entre el conductor y el manubrio.
Contravenciones de peatones y pasajeros
1.-Los peatones que en las vías públicas no transiten por las aceras o sitios de seguridad destinados para el efecto; 2.-Quien desde el interior de un vehículo arroje a la vía pública desechos que contaminen el medio ambiente; 3.-Los peatones que, ante las señales de alarma o toque de sirena de un vehículo de emergencia, no dejen la vía libre;
Contravenciones Leves de primera clase
1.-Las personas que, sin permiso de la autoridad de tránsito competente, realicen actividades o competencias deportivas en las vías públicas, con vehículos de tracción humana o animal 2.-Los propietarios de mecánicas, estaciones de servicio, talleres de bicicletas, motocicletas, y de locales de reparación o adecuación de vehículos en general, que presten sus servicios en la vía pública;
Contravenciones Leves de segunda clase
Contravenciones de peatones y pasajeros
3.-Los propietarios de vehículos de servicios público o privado que instalaren en sus vehículos equipos de video o televisión en sitios que pueden provocar la distracción del conductor; 4.- El controlador o ayudante de transporte público o comercial que maltrate de obra o de palabra a los usuarios.
Contravenciones Leves de segunda clase
1.-Los conductores, y los acompañantes en caso de haberlo, de motocicletas, motonetas, bicimotos, tricar y cuadrones que no utilicen adecuadamente en su cabeza el casco de seguridad homologado; 2.-Los conductores de motocicletas o similares que transporten a un número de personas superior a la capacidad permitida del vehículo, de conformidad con lo establecido en el Reglamento;
Contravenciones leves de tercera clase
3.-Quien altere la circulación y la seguridad peatonal, por colocar obstáculos en la vía pública sin la respectiva autorización o sin fijar los avisos correspondientes.
Contravenciones leves de tercera clase
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1.-Quien construya o mande a construir reductores de velocidad sobre la calzada de las vías, sin previa autorización o inobservando las disposiciones del respectivo Reglamento; 2.-Quienes roturen o dañen las vías de circulación vehicular sin la respectiva autorización, dejen escombros o no retiren los desperdicios luego de terminadas las obras.
Contravenciones graves de segunda clase
Trabajo comunitario
Señala como el trabajo comunitario debe ser considerado como una forma de intervención practica que exige una base teórica y de conocimiento que es más sociológica que psicológica a diferencia de lo que ocurre en otros niveles de intervención del trabajo social, como el trabajo con individuos, familias y grupos.
Fuente: PAYNE, M.“TEORÍAS CONTEMPORÁNEAS DEL TRABAJO SOCIAL”. Barcelona, Paidós.1995.
Contravenciones
Notificación
Es el acto contrario a una norma jurídica o mandato
La impugnación es la acción y efecto de combatir, contradecir, refutar y se vuelve judicial cuando realizó la interposición de un recurso ante un juzgado o tribunal
De las contravenciones ,notificaciòn ,sanciòn e impugnaciòn
Art. 236. Para efecto de la notificación de las contravenciones los peatones tienen la obligación de portar su cédula de identidad o ciudadanía y presentarla a los agentes de control cuando les fueren requeridos.
De las contravenciones ,notificaciòn ,sanciòn e impugnaciòn
- La citación o parte se notificará personalmente al momento de cometer la infracción; en la misma deberá constar el nombre del agente de tránsito, su firma o rúbrica.
- El agente de tránsito, para emitir la citación o parte, solicitará al infractor la matrícula, el SOAT, su licencia de conducir, la cédula de ciudadanía cuando se tratare de peatones, y en el caso de ser extranjero se le solicitará su pasaporte o la copia notarizada del mismo, y la traducción de la licencia de conducir cuando fuere el caso.
Art. 237. El procedimiento para la notificación de una contravención es el siguiente:
De las contravenciones ,notificaciòn ,sanciòn e impugnaciòn
- Una copia de la citación o parte será entregada al infractor, en la cual se señalarán las contravenciones cometidas, el nombre, número de cédula del contraventor y demás datos concernientes;
- El agente de tránsito remitirá el original de la citación o parte a la Unidad Administrativa o los GADs, según corresponda, en el plazo de hasta 24 horas, pudiendo realizar este envío de manera física, digitalizada o a través de medios electrónicos con firmas digitales.
- Una copia quedará en el registro del agente que emitió la contravención para su descargo;
Art. 237. El procedimiento para la notificación de una contravención es el siguiente:
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6. El infractor tendrá el plazo de 3 días para impugnar la contravención, contados a partir de la fecha de la citación; 7. Si la contravención fuere impugnada, el presunto contraventor deberá, en el término perentorio de dos días luego de haber presentado la impugnación, notificar por escrito a la Unidad Administrativa, o a los GADs, según corresponda, con una copia certificada de la impugnación realizada. Mientras se resuelve la impugnación, y siempre que ésta haya sido notificada por el presunto contraventor a la Unidad Administrativa o al GADs correspondiente, no se registrará la rebaja de puntos, y el presunto infractor no estará impedido de realizar ningún tipo de trámite, incluso la renovación de su licencia o permisos y la matriculación de vehículos. Resuelta la impugnación en contra del infractor, se harán los registros correspondientes, y no se podrán realizar trámites hasta que la multa no sea cancelada. En caso de que el presunto infractor no notificare la impugnación de la contravención en el término antes establecido, éste estará impedido de realizar cualquier trámite mientras no cancele la multa correspondiente, y de ser absuelto, tendrá derecho a que se le restituya el valor de la multa que pagó.
8. Ante la impugnación de la citación o parte en el tiempo señalado, el Juez concederá un término de prueba de tres días, vencido el cual pronunciará sentencia aún en ausencia del infractor y comunicará a la autoridad de tránsito correspondiente por escrito o por vía electrónica. 9. De no haberse presentado la impugnación en el tiempo prescrito, se entenderá que la contravención ha sido aceptada por el infractor, y transcurrido el término de cinco días contados a partir de la citación, la autoridad de tránsito correspondiente procederá al registro y reducción de puntos. En estos casos, la citación o parte constituirá título de crédito. Cuando se trate de citaciones o partes impugnados pero ratificados por sentencia judicial, la citación o parte junto con la sentencia constituirán el título de crédito; 10. Cuando se trate de sentencias por contravenciones en las que se determine que el conductor ha incurrido en lo previsto en el Artículo 145 letra f) de la Ley, utilizando además sistemas de radiofrecuencias troncalizadas, el juez notificará de esta sentencia también a la Superintendencia de Telecomunicaciones para los fines pertinentes; 11. Las citaciones o partes que contengan pruebas practicadas mediante dispositivos electrónicos, magnéticos, digitales, constituyen evidencias en el proceso.
12. El adhesivo, que será colocado en la esquina superior izquierda del vidrio del conductor o en una parte visible del automotor, equivale a la notificación, y podrá impugnarse en los tiempos y condiciones previstas para las contravenciones y cuya sanción recaerá sobre su propietario; 13. Las multas impuestas por contravenciones de tránsito serán canceladas en las Unidades Administrativas, en los GADs o en los Bancos autorizados para el efecto; 14. Las multas no canceladas en los términos legalmente previstos, serán cobradas mediante procedimiento coactivo. Para el ejercicio de esta jurisdicción coactiva se observarán las reglas generales pertinentes establecidas en el Código Tributario. En caso de que la contravención se encuentre impugnada, haya sido notificada o no la impugnación a la autoridad competente, no procederá la coactiva hasta que la impugnación sea resuelta. La omisión de la impugnación de una citación por parte del infractor, dentro de los días hábiles que otorga la Ley para hacerlo, se entenderá por aceptada, sin perjuicio de las obligaciones pecuniarias que generen, las mismas que deberán ser canceladas por parte de los infractores. Al encontrarse en firme y sin necesidad que se haya llegado a una sentencia ejecutoriada, la reiteración del cometimiento de la misma infracción se vuelve reincidencia.
VÍDEO
EDUCACIÓN VIAL CON LABOR COMUNITARIA
El Conductor
Persona con conocimientos de transito, legalmente habilitada para conducir un vehículo.
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Aptitudes
Aptitudes físicas.- se considera a una persona físicamente saludable; cuando tenga los sentidos en óptimas condiciones los más importantes en la conducción se podría decir que son el oído y la vista ya que con estos se percibe estímulos de la vía, “algunas enfermedades pueden impedir en correcto desempeño de sus labores y causar accidentes”.
- Aptitudes psicológicas.-
- Rapidez de reacción.- Determinado como el intervalo entre el estímulo sensorial y la correspondiente reacción voluntaria que pueden ser más o menos automáticos. La rapidez, la agilidad del reflejo en la persona, ha prevenido accidentes a diferencia de aquellas que tienen reacción tardía.
- Coordinación motor-sensorial.- Es la armonización de los movimientos mediante órdenes del cerebro combinados con la acción muscular, es la base de que llamamos disposición, destreza, habilidad manual en la conducción.
Reacción en la conducción
Pues bien el comportamiento en la conducción tiene que ver en los procesos psicológicos ya que de estos dependen para que se ejerza una conducta o no, para lo cual se hablara de “el mecanismo de control tiene una base biológica cuya respuesta ante un sentimiento de amenaza o la anticipación de ésta sería una reacción inmediata que implica un mecanismo corporal del sistema nervioso simpático que prepara al organismo para enfrentarse a dicha amenaza, y cuya respuesta también es observable en el sistema nervioso autónomo”. (Egea , 2010), por lo cual la respuesta conductual se verá activada o inhibida por el sistema nervioso autónomo.
Reacción en la conducción
Es de suma importancia que la reacción durante la conducción que el chofer profesional mantenga una buena percepción con los sentidos de vista, oído, tacto, olfato; lo que lleva a una intelección que se define como un procesamiento de lo percibido con los conocimientos,experiencias y aprendizajes; llevando esto a una volición que es como resultado del proceso de intelección, debe tomarse una acción, que corresponde a la voluntad del individuo o conductor. (Escuela de Capacitación de Conductores Profesionales de Pichincha, 2012)
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Coordinación motosensorial
Es la armonización de los movimientos mediante órdenes del cerebro combinados con la acción muscular, es la base de lo que ordinariamente llamamos disposición, destreza, habilidad manual en la conducción.
LA ATENCION CONCENTRADA
- Se define con la dirección mental determinada hacia un objeto, hecho o acción. No es aconsejable parar la circulación vehicular, ya que el conductor se concentra en determinado aspecto y descuida la atención en lo demás
LA ATENCION DISTRIBUIDA
- Es la atención que se aconseja en la conducción de vehículos, especialmente en la circulación urbana, ya que el conductor debe fijar su atención en varios aspectos al mismo tiempo
DE LOS CICLISTAS Y SUS DERECHOS
a) Transitar por todas las vías públicas del país, con respeto y seguridad, excepto en aquellos en la que la infraestructura actual ponga en riesgo su seguridad, como túneles y pasos a desnivel sin carril para ciclistas, en los que se deberá adecuar espacios para hacerlo; b) Disponer de vías de circulación privilegiada dentro de las ciudades y en las carreteras, como ciclovías y espacios similares; c) Disponer de espacios gratuitos y libres de obstáculos, con las adecuaciones correspondiente, para el parqueo de las bicicletas en los terminales terrestres, estaciones de bus o similares;
DE LOS CICLISTAS Y SUS DERECHOS
d) Derecho preferente de vía o circulación en los desvíos de avenidas y carreteras, cruce de caminos, intersecciones no señalizadas y ciclovías; e) A transportar sus bicicletas en los vehículos de transporte público cantonal e interprovincial, sin ningún costo adicional. Para facilitar este derecho, y sin perjuicio de su cumplimiento incondicional, los transportistas dotarán a sus unidades de estructuras portabicicletas en sus partes anterior y superior; y, f) Derecho a tener días de circulación preferente de las bicicletas en el área urbana, con determinación de recorridos, favoreciéndose e impulsándose el desarrollo de ciclopaseos ciudadanos
Comportamiento de los usuarios en casos de emergencia
1.-Detenerse de forma que no cree un nuevo peligro para la circulación. 2.- Auxiliar a las víctimas, facilitar su identidad y colaborar con la autoridad y los agentes. 3.-Esforzarse por restablecer o mantener la seguridad de la circulación, y si aparentemente hubiera resultado muerta o gravemente herida alguna persona o se hubiera avisado a la autoridad y sus agentes, evitar la modificación del estado de las cosas y de las huellas u otras pruebas que puedan ser útiles para determinar la responsabilidad.
Comportamiento de los usuarios en casos de emergencia
Elemento Material
Es el conjunto de recursos materiales que ayudan al mejor desarrollo de la circulación
División de las vias
Están determinadas como el elemento acondicionado para la circulación peatonal, vehicular y animal.• Se considera vía a toda avenida, calle, carretera, camino y todo lugar destinado para el transito de uso publico o privado. • Se clasifican en Urbanas y rurales.
Clasificación de las vias
vias Rurales
vias urbanas
Son las que se encuentran fuera de la ciudades o limites urbanos generalmente son de doble sentido de circulación
Son las que se encuentra dentro de la ciudad
Clasificación de vias urbanas
POR SU SENTIDO DE CIRCULACION
POR SU AFLUENCIA VEHICULAR
De uno y de doble sentido
Por su Estructura
Principales y Secundarias.
Calles y Avenidas
Por su estructura
• CALLE.- Es la vía pública destinada para el tránsito de personas y vehículos dentro de una población y que se compone de aceras y calzadas.• AVENIDA.- Es la vía pública urbana, generalmente por islas de seguridad y compuesta de dos o más calzadas en las que existen uno o mas carriles de circulación .
Por su afluencia Vehicular
- EN PRINCIPALES, Y SECUNDARIAS : los que circulan por las Principales tienen preferencia de paso
POR SU SENTIDO DE CIRCULACIÓN:
De uno o doble sentido Estas pueden tener uno o más carriles de circulación
PARTES DE UNA VIA URBANA
• CALZADA.- Es la parte pavimentada o afirmada de la vía publica, comprendida o afirmada de la vía pública, comprendida entre los bordes del camino y aceras destinadas a la circulación vehicular y animales.• CARRIL.- Es el espacio delimitado dentro de una calzada, destinado al transito de una sola columna de vehículos con el mismo sentido.
Partes que conforman una via urbana
- PARTERRE.- Es la vereda o isla de seguridad central en las vías, que divide el sentido de circulación y sirve de refugio a los peatones.
- ACERA O VEREDA.- Parte de la vía pública elevada y delimitada, que sirve para el uso de peatones.
- INTERSECCION.- Es el área comprendida en el cruce de dos o más ejes de vías
Partes que conforman una via urbana
- PASO PEATONAL O ZONA DE SEGURIDAD.- Es el área de una vía publica que se encuentra marcada sobre una calzada, destinada para el paso de peatones.
- LINEA DE PARADA.- Es la línea que se encuentra pintada sobre la calzada en las intersecciones, un metro antes de la zona de seguridad que sirve de limite para la detención momentánea de los vehículos
Partes que conforman una via urbana
• BADEN.- Es el lugar construido a los lados de la calle por donde corren las aguas.• CONTEN.- Es el bordillo que separa la acera de la calzada.• PORTAL.- Es el limité de una propiedad entre lo privado y lo público.
Partes que conforman una via urbana
- PASO PEATONAL A DESNIVEL O PASO ELVADO.- Es un área construida especialmente para dar seguridad a los peatones al cruzar una vía.
- CICLOVIA.-Específicamente acondicionada para el tráfico de bicicletas, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos.
Vias Rurales
Son aquellas que se encuentran fuera de las ciudades o límites urbanos, generalmente son de doble sentido de circulación;Son aquellas de titularidad y competencia municipal que unen las poblaciones más pequeñas de mercado regional y son los caminos secundarios y terciarios. Normalmente, no son pavimentados, o tienen una capa delgada de asfalto; son más angostas y las curvas son más cerradas y las cuestas más empinadas que las de las carreteras.
Clasificación de vias rurales
1.CARRETERAS INTERNACIONALES2.CARRETERAS NACIONALES 3.CARRETERAS REGIONALES 4.CARRETERAS LOCALES O VECINALES
CARRETERAS INTERNACIONALES
CARRETERAS nacionales
Sirven para comunicar los puntos mas importantes de un pais y recorrer grandes distancias dentro del mismo
Aquellas que comunican dos paises fronterizos(Panamericana)
CARRETERAS Locales o vecinales
CARRETERAS Regionales
Son aquellas que comunican una población con otra de la misma región.
Son aquellas que sirven para trasladarse de una población hacia lugares más apartados.
Partes de una via Rural
Calzada
Carril
Es el espacio delimitado dentro de la calzada, destinado al tránsito de una sola columna de vehículos con el mismo sentido.
Parte pavimentada o afirmada de la vía pública, comprendida entre los bordesdel camino y bermas destinadas a la circulación de vehículos y animales.
Partes de una via Rural
Partes de una via Rural
CUESTA
CRUCE
Intersección entre dos o más vías de uso público o privado.
Tramo de vía con gradientes (INCLINACION DE LA CALZADA)
Partes de una via Rural
Cruce
Cuesta
Partes de una via Rural
BERMA O ESPALDON
ANDEN
Faja lateral adyacente de la carretera, pavimentada o no, destinada al soporte lateral de la base y capas superficiales de la calzada, eventualmente utilizada para la parada o tránsito de emergencia de vehículos.
Parte marginal de la carretera normalmente destinado a los peatones.
Partes de una via Rural
Partes de una via Rural
CUNETA
CURVA
Tramo de la vía pública, en que ésta cambia de dirección
Angulo formado por la calzada y el plano vertical producido por la diferencia de niveles entre calzada
Partes de una via Rural
CUNETA.
CURVA.
Partes de una via Rural
CURVA DE REDUCIDA VELOCIDAD.
RECTA
Es el tramo de vía que no cambia de dirección.Es el tramo de vía que no cambia de dirección.
Es el tramo de vía que debido a su configuración no permite ver el ancho total de la calzada ni los vehículos que circulan en sentido contrario ni ser vistos por los que circulan detrás.
Partes de una via Rural
Recta
Curva de Velocidad Reducida
Partes de una via Rural
CAMBIO DE RASANTE
RASANTE
Es la inclinación sobre la horizontal de un tramo de vía.
Es la inclinación sobre la horizontal de un tramo de la via
Partes de una via Rural
Partes de una via Rural
CICLOVIA
CAMBIO DE RASANTE DE VISIBILIDAD REDUCIDA
Es el cambio de rasante que debido a su configuración impide la visibilidad de los vehículos que en uno o en otro sentido circulan por la rasante contraria a distancia suficiente para para realizar las maniobras con seguridad donde se está obligado a moderar la velocidad y se prohíbe invadir la parte izquierda de la calzada, cambiar el sentido de marcha, cambiar de dirección a la izquierda, parar o estacionar.
Específicamente acondicionada para el tráfico de bicicletas, con la señalización horizontal y vertical correspondiente, cuyo ancho permite el paso seguro de estos vehículos.
Partes de una via Rural
Cambio de Rasante de Velocidad Reducida
Ciclovia
VÍDEO
La Vía. Conceptos
Carriles y su uso
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