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Transcript
Ana y José
M i r t a
* Objetivos
* Respuestas
* Propuestas
by Martínez b-learning
MARIANO SEBASTIÁN MARTINEZ es quien ha desarrollado la presente actividad a partir de la necesaria e inestimable colaboración de Profesionales de otras ramas del saber (Docentes en áreas propias de Pedagogía y Didáctica, Asistentes sociales, Graduados en Ciencias Económicas, Analistas y Programadores de Sistemas, Abogados) como también familiares y amigos. A todas estas personas, MUCHAS GRACIAS ¡¡¡.- En su vida profesional, Mariano MARTÍNEZ se desempeña como MAGISTRADO del Poder Judicial de Entre Ríos, ejerciendo funciones como Juez de la Cámara de Concepción del Uruguay, más precisamente en el Tribunal de Juicios y Apelaciones del fuero penal. Es además DOCENTE UNIVERSITARIO a cargo de la Cátedra FORENSE II (nociones de Derecho Procesal Penal) en la Carrera de ABOGACÍA de la UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY).-
CONSULTORÍA on line
Preguntas para
A e l i n
S u s a n a
D i e g o
R o m á n
R o b e r t o
pensar ...
B e n i t o
J u a n i t a
* Consutas
para FORENSE I I - U.C.U.
* Legislación
* Jurisprudencia
* Enlaces
* Bibliografía
* Moodle
C O N S I G N A S
CONSULTORIA ON LINE Preguntas para pensar ... Este objeto de aprendizaje digital es un simulador virtual. Pretende colocar a l@s estudiantes en situaciones problemáticas similares a las que suelen enfrentarse l@s profesionales del derecho dedicados al manejo de casos penales. Presiona Escucha las historias que cada una de las personas te contarán. Luego, oye con la misma atención las consultas que te formularán. Así, con la ayuda del material bibliográfico, más los recursos obrantes en el simulador y los materiales educativos existentes en el MOODLE de FORENSE II, tendrás que responder a los interrogantes planteados. Una vez que tengas las respuestas, envíalas utilizando el formulario. Ante la menor duda no dejes de consultar al docente a través del número de WathsApp que aparece en pantalla. Asimismo, de tener alguna sugerencia, hazla conocer. Ella será bienvenida ¡¡¡.
Recuerda .... JOSÉ te ha consultado ..... En relación al caso: Al amparo de las normas jurídicas vigentes, esta actuación judicial ... 1.- ¿Resulta ajustada a derecho? 2.- ¿Por qué? Si Ud. fuese abogad@ defens@r de una persona que resultara finalmente imputada en la causa . . . 3.- ¿Formularía algún planteo en relación a la actividad procesal descripta? 4.- En su caso ¿Qué planteo formularía? 5.- ¿Qué fundamentos en derecho alegaría? En términos generales ... 6.- ¿Qué funciones cumple el Juez de Garantías en el proceso acusatorio? 7.- ¿Cuáles son las diferencias en relación al Juez de Instrucción del sistema mixto? 8.- ¿Qué funciones cumple el Fiscal en el sistema procesal penal entrerriano? 9.- ¿Cuál es la razón constitucional por la que ello sucede? OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación. .
Recuerda .... MIRTA te ha consultado .... En el caso particular: Según las normas procesales vigentes ¿Es correcta la respuesta del policía?. En caso contrario ¿cuáles serían los procedimientos a seguir por parte del funcionario policial? Luego, anoticiado de la denuncia ¿Qué debería hacer, según las reglas procesales, el/la Fiscal en turno?. En términos generales: ¿Cuál es la función de la Fiscalía en el sistema acusatorio? ¿Cuál es la función de la Policía en sistema procesal penal provincial (deberes y facultades)? ¿Cuáles son los derechos que el sistema procesal penal provincial le asegura a la víctima de un hecho delictivo? * Tener en cuenta los ppios. y gtías. constitucionales que rigen la materia, además de las reglas previstas en los arts. de referencia del C. Penal y el CPPER, particularmente aquellos referidos a los roles de los sujetos procesales.
Recuerda . . . SUSANA te ha consultado . . . Para el caso particular y según las normas procesales vigentes, 1.-¿Resulta ajustada a derecho la posición de la Fiscalía ante cada uno de los planteos que junto a mi abogada le hemos formulado? 2.- Con su postura... la Fiscalía no menoscaba mi derecho a una declaración libre? .... ¿no violenta mi derecho de defensa en juicio? 3.- En mi carácter de imputada ¿Puedo realizar mi propia investigación y así recolectar evidencias que hagan a mi teoría del caso? 4.- En caso de que le resulte dificultoso ¿Puede requerirlo al Juez de Garantías?, ¿cuál sería el trámite y las consecuencias del mismo? En términos generales: 5.- ¿Cuándo una persona es considerada "imputada" para el CPPER? 6.- ¿Cuáles son los aspectos centrales que hacen a la intervención del imputado según el CPPER? 7.- En el sistema del CPPER ¿Quién tiene la carga de probar? OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación.
Recuerda . . . AELIN te ha preguntado . . . 1.- Desde el punto de vista procesal ¿Es ajustada a derecho la decisión del Fiscal? 2.- ¿Tengo alguna herramienta legal para lograr que se revea la decisión fiscal?... 3.- En su caso ¿cómo debería proceder? 4.- En el supuesto de que la decisión no sea revisada ¿cuáles son los efectos jurídicos de esa resolución fiscal? 5.- El Fiscal ¿podría haber optado por resolver el caso mediante la aplicación de una salida alternativa?, 6.- ¿Cuál?En términos generales ... 7.- ¿Cuál es la función de la Fiscalía en el sistema acusatorio entrerriano? 8.- ¿Cuáles son los derechos que el CPPER le acuerda a la víctima? 9.- ¿Qué acciones procesales debería concretar para poder ser parte en el proceso penal en mi condición de víctima? OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación.
Recuerda . . . DIEGO te ha consultado . . . 1.- ¿Es ajustada a derecho la decisión del Fiscal? 2.- ¿Resulta atendible el pedido de mi abogado Defensor?. 3.- De considerarlo así ... ¿En qué aspectos concretos yo vería perjudicados mis derechos y garantías constitucionales?, 4.- Para el caso de que la Fiscalía se mantenga en su posición... ¿mi abogado podría hacer algún planteo?, 5.- En su caso ¿cuál?En términos generales, 6.- ¿Cuáles son los principios que informan al proceso penal de corte acusatorio? 7.- ¿ Qué implica el principio de Defensa en juicio? 8.- ¿ Qué implica el principio de contradicción? 9.- ¿Qué prevé el CPPER para la declarción testimonial de personas menores de edad? ... ¿Qué características tiene y cuál es el procedimiento?OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación..
Recuerda . . . JUANITA te ha consultado . . . Para el caso particular: 1.- Los abogados de los accionados ¿Tienen herramientas legales para oponerse a la constitución de querellante? 2.- Si Ud. fuese abogado de la aseguradora ... ¿Formularía algún planteo en defensa de su cliente?... 3.- En su caso ... ¿Qué planteo?. 4.- Si el Juez de Gtías declarara INADMISIBLE la presentación ¿yo, en mi carácter de víctima, podría recurrirla? 5.- En el caso de que el Juez, luego de sustanciar el incidente respectivo según el CPPER, RECHACE mi pretensión de querellar contra Ricardo y Carlos ¿Habilita la interposición de algún recurso? ... En su caso ¿Cuál y en orden a qué fundamentos? 6.- En caso de que me admitidan como querellante ¿Podría pedir el secuestro del auto en el que se conducía Ricardo para practicar pericias sobre el rodado? 7.- Si fuera admitida como querellante .... ¿Podría practicar por mi cuenta medidas procesales a fin de recolectar evidencia de cargo? .... ¿Cuáles por ejemplo? OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación.
Recuerda . . . BENITO te ha consultado . . . Para el caso particular y teniendo en cuenta los principios constitucionales y normas jurídicas vigentes... 1.- ¿Resulta ajustado a derecho del planteo del Dr. Cureta? 2.- ¿Cuál es la real implicancia del principio constitucional invocado por mi abogado? 3.- ¿Es acertado que el pedido sea formulado ante el Fiscal? ... o debe hacerse ante otra autoridad judicial? Luego, en términos generales ... 4.- ¿Qué principios informan al proceso penal acusatorio? 5.- ¿Y qué garantías los complementan? 6.- ¿Cuál es la razón de ser de su existencia? OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación..
Recuerda . . . ROMAN te ha consultado . . . 1.- Las normas procesales ¿me habilitan a presentarme de manera espontánea ante el Fiscal? 2.- La respuesta que nos dieron en la Fiscalía ¿ha sido ajustada a derecho? 3.- ¿Por qué? En términos generales ... 4.- ¿Qué implica el principio de defensa en juicio? 5.- Según el CPPER ¿Desde cuándo se considera a una persona como "imputado"? 6.- Según el CPPER ¿Cómo ha de practicarse la intimación al imputado por parte del Fiscal? OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación. .
Recuerda . . . ROBERTO te ha consultado . . . Ante ello quisiera preguntarle, 1.- Según las reglas procesales ¿Es ajustada a derecho la decisión del Fiscal? 2.- ¿Tengo alguna herramienta legal para provocar la revisión de la decisión? 3.- ¿Con qué fundamentos jurídicos podría hacerlo?En términos generales, le consulto ... 4.- ¿Qué derechos le asegura a la víctima el CPPER? 5.- ¿Qué circunstancias deben darse para poder ser considerado como "víctima" en el proceso penal? 6.- Según el CPPER ¿Qué requisitos deben observarse para ser querellante en una causa penal? 7.- Según el CPPER ¿Qué requisitos deben observarse para ser Actor Civil en una causa penal?OBJETIVOS: RECONOCER, ABORDAR y ESTUDIAR en profundidad los principios y garantías que se reconocen en el proceso penal acusatorio. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, aquellos principios y garantías. RECONOCER, ESTUDIAR y APLICAR ante un supuesto problemático concreto, los roles de los sujetos procesales, como también sus facultades y límites de actuación. .
1.- CAFFERATTA José y Otros, "MANUAL DE DERECHO PROCESAL PENAL",
1.- NORMATIVA SUPRANACIONAL (Tratados y Convenciones constitucionalizadas) 2.- CONSTITUCIÓN NACIONAL 3.- CONSTITUCIÓN DE ENTRE RÍOS 4.- CÓDIGO PROCESAL PENAL DE ENTRE RIOS 5.- CÓDIGO PROCESAL PENAL de la NACIÓN (vigente en E.R.) 6.- LEY DE JUICIO POR JURADOS ENTRE RÍOS * NOTA: Para consultar otras normas complementarias, VER en el MOODLE de la cátedra FORENSE I I de la carrera de ABOGACÍA de U.C.U.
LINKS de INTERÉS 1.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 2.- SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ENTRE RÍOS 3.- INFOLEG 4.- MARTÍNEZ B-LEARNING 5.- DR RUBEN CHAIA BLOG 6.- INTERNET y TICs 7.- OTROS SITIOS DE INTERÉS
Corte Suprema de Justicia de la Nación Juicio Previo En preparación .... Juez Natural Imparcialidad del Juez "LLERENA" (CSJN) Alcance de la garantía de la imparcialidad, Distinción entre cuestiones procesales y de fondo, Doctrina de la arbitrariedad de sentencia, Diferencias con el caso "Nicolini" (CSJN). Estado de Inocencia Presunción de Inocencia. Medidas de coerción. Prisión Preventiva.- "LOYO FRAIRE" Riesgo procesal. Remisión al precedente "Merlini". Relevancia del análisis de las condiciones personales del imputado; Motivación de la resolución. Presunción de Inocencia. Medidas de coerción. Arresto domiciliario.- "FERNÁNDEZ" (CSJN) Criterios de procedencia de la prisión domiciliaria. Derechos específicos de niñas, niños y adolescentes y el principio del interés superior del niño. Condiciones para la restricción de su procedencia. Trato discriminatorio. Doctrina de la arbitrariedad de sentencia. Omisión de tratar los planteos conducentes para la resolución del caso. Presunción de Inocencia. Reincidencia y Prisión preventiva. "MANNINI" (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria. Sistema de reincidencia real. Interpretación de la ley penal. Presunción de inocencia y Prisión Preventiva "PAVÓN" (STJER) La coerción procesal que admite la utilización de la fuerza pública durante el proceso lo hace con la única m eta de asegurar sus propios fines, cuales son la correcta averiguación de la verdad y la actuación de la ley penal; es decir, tiende a evitar concretamente el peligro de fuga del imputado y el peligro de que éste pueda obstaculizar la averiguación de la verdad, lo que ha sido denom inado 'daño jurídico'. Presunción de inocencia y Principio de Reserva (Art. 19 CN). "ARRIOLA" (CSJN) Aplicación de la doctrina del precedente “Bazterrica”; El transcurso del tiempo y el fracaso de los argumentos del precedente “Montalvo”; Incidencia de la reforma constitucional de 1994; Tensiones entre los bienes colectivos y los derechos personales; Las convenciones internacionales en materia de narcotráfico y la tenencia para consumo personal; Inconstitucionalidad del art. 14, pá rr. 2º de la ley 23.737; Específicas circunstancias que no presentan lesividad alguna; Principio de reserva; Derecho a la salud y políticas públicas. Presunción de inocencia. Principio de Reserva y Derecho a la intimidad. Facebook.- "D.S.D."(CSJN) Delito previsto en el art. 153 del Cód. Penal; Asimilación de la cuenta privada de «Facebook» a los conceptos de «comunicación electrónica» o «dato informático de acceso restringido»; Competencia de la justicia federal. In dubio pro reo In dubio pro reo. "VEGA GIMÉNEZ" (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria; Principio del in dubio pro reo; Aplicación del principio a los elementos subjetivos del tipo penal Non bis in ídem Ne bis in idem. Recurso del Fiscal contra la absolución.- "KANG" (CSJN) Inadmisibilidad de la vía extraordinaria, «Ne bis in idem». Debido proceso. Juicio de reenvío. Facultades recursivas del Ministerio Público Fiscal Defensa en juicio Defensa en Juicio y Debido Proceso. FARIÑA DUARTE (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria, Garantía de la defensa en juicio y del debido proceso, Requisitos de una acusación válida, Necesidad de una descripción clara y circunstanciada; Principio de congruencia; Diferencias con el precedente "Marcilese"; Principios de contradicción, acusatorio formal e imparcialidad.- Defensa en juicio. Reclamo in pauperis. NUÑEZ (CSJN) Derecho de defensa, Reclamo en "in pauperis" de las personas privadas de su libertad, Deber de garantizar un auténtico patrocinio jurídico, Estado de indenfensión, Recurso de casación, Interpretación no restrictiva para su procedencia. Derecho de Defensa. Defensa técnica ineficaz. "NACHERI" (CSJN) Control de oficio del desarrollo del proceso por parte de la Corte Suprema; Defensa técnica ineficaz; Afectación al derecho de defensa. Víctima y demás ofendidos por el delito. Derechos Víctima. Querellante en soledad. Acusación y Legitimación del Tribunal. "SABIO" (CSJN) Debido proceso y exigencia de acusación. Irrelevancia del carácter público o privado de la acusación. Ratificación de la doctrina del precedente "Santillán". Arbitrariedad de sentencia.- Víctima. Querellante particular. Acusación en soledad. Límites de actuación.- "DIÉGUEZ HERRERA" Inadmisibilidad de la vía extraordinaria; Disidencia: alcance de la autonomía del acusador particular; Autonomía funcional del Ministerio Público Fiscal; Análisis de las normas que habilitan el inicio del proceso penal. Afectaciones constitucionales.- Querellante particular. Legitimación para obrar. Organismo oficial. Igualdad de armas y Defensa en juicio. "GOSTANIÁN" (CSJN) Defensa en juicio e Igualdad de armas, Inadmisibilidad de la vía extraordinaria, Intervención de la Oficina Anticorrupción. Legitimación como parte querellante. Inexistencia de afectaciones constitucionales. Cumplimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción.- Querellante particular. Legitimación para obrar. Parientes de la víctima fallecida."GALLEGO" (STJER) Hermano de la víctima. Posibilidad de ser tenido como tal al amparo de los Tratados de Derechos Humanos de rango constitucional. Plazo razonable Plazo Razonable. "EGEA" (CSJN) Plazo razonable, Defensa en juicio, Admisibilidad de la vía extraordinaria; Garantía a obtener un pronunciamiento judicial sin dilaciones indebidas. Plazo razonable; Vinculación entre la duración del proceso y el instituto de la prescripción de la acción penal. Secuela de juicio, plazo razonable y derecho de defensa.- Plazo razonable. Prescipción de la acción penal y derecho de las víctimas. "CASTAÑEDA" (CSJN) Plazo razonable. Prescripción de la acción penal. Tensiones entre la normativa internacional y la regulación interna. Inaplicabilidad de la doctrina del precedente "Espósito". Diferencias con el caso. Arbitrariedad de sentencia – Plazo razonable. Violación del plazo razonable de duración del proceso y solicitud de anulación de la sentencia condenatoria. Rechazo. "CORONEL" (CCPPná) Plazo razonable. Violación del plazo razonable de duración del proceso y solicitud de anulación de la sentencia condenatoria. Rechazo. Mérito del asunto a la hora de imponer la pena. Salvaguarda del principio de culpabilidad. Mora judicial sin entidad suficiente para provocar la desvinculación completa del imputado en mérito a la individualización del quantum punitivo aplicado.- Sistema acusatorio. Principios que lo informan Sistema acusatorio. Principios que lo informan. "QUIROGA" (CSJN) Sistema acusatorio y debido proceso; Admisibilidad de la vía extraordinaria; Exigencia de acusa ción; Principio acusatorio formal; Separación de funciones en el proceso penal; Garantía de imparcialidad; Independencia y autonomía funcional del Ministerio Público; Jerarquía constitucional; Ley Orgánica del Ministerio Público; Improcedencia de la derogación tácita del art. 348 del Cód. Proc. Penal de la Nación; Inconstitucionalidad. Ampliación de la garantía del debido proceso.- Sistema acusatorio y Debido Proceso. Principios de Preclusión y Progresividad.- MATTEI (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria, Principios de preclusión y progresividad; Debido proceso, Ne bis in idem, Nulidad procesal, Nulidad de sentencia. Otros precedentes: «Pileckas», «S.A. Aguilar», «Klosowsky», «Oñate», «Hilario de Pablo», «Mozzatti», «Bartra Rojas», «García, Antonio», «Casiraghi», «Weissbrod», «Polak», «Turano», «Acosta, Leonardo».- Sistema acusatorio. Principio de Congruencia. "SIRCOVICH" (CSJN) Principio de congruencia; Aplicación amplia del principio; Variación relevante de la calificación jurídica; Diferencia entre el delito de desbaratamiento de derechos acordados y estafa procesal. Actividad adquisitiva Actividad adquisitiva. Recolección de evidencias. Allanamientos e ingresos domiciliarios consentidos. "VENTURA" (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria; Allanamiento sin orden judicial; Requisitos del consentimiento del morador; Examen exhaustivo de las circunstancias; Afectación constitucional. Otros fallos de interés: CSJN, 4/9/07, «Minaglia», Garantía de la inviolabilidad del domicilio. Allanamiento. Requisitos de fundamentación del auto que lo ordena.- Interrogatorio de testigos y Debido Proceso "BENITEZ" (CSJN) El derecho a interrogar a los testigos; Derecho de defensa y debido proceso; La incorporación por lectura al debate de prueba testimonial; La ilegitimidad en el caso concreto.- Interrogatorio de testigos. Revictimización.- "GALLO" (CSJN) Tensiones entre las medidas de protección a las víctimas de abusos sexuales y el derecho del imputado a controlar la prueba de cargo; Arbitrariedad de sentencia; Incorrecta nulidad del fallo; Omisión de valorar la prueba independiente.- Actividad adquisitiva. Producción y valoración de la prueba. Defensa en juicio. "MIGUEL" (CSJN) Reconocimiento impropio. Valoración de la prueba; Doctrina de la arbitrariedad de sentencia.- Actividad adquisitiva. Extracción compulsiva de sangre. Defensa en juicio.- "VAZQUEZ FERRÁ" (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria, Retención de los documentos que acreditan la identidad de la víctima. Prueba de cargo. Derechos constitucionales involucrados. Doctrina de la arbitrariedad, Extracción compulsiva de sangre. Negativa de la víctima mayor de edad. Control de la medida sobre la base de la interpretación complementaria de reglas del Código Procesal Penal de la Nación y del Código Penal. Tensiones entre los derechos constitucionales involucrados. Control de la medida en función del objeto procesal. Actividad adquisitiva. Extracción compulsiva de sangre. Defensa en juicio.- "PILINGER" (STJER) “La realización de la prueba de histocompatibilidad no afecta derechos fundamentales como la vida, la salud, o la integridad corporal, porque la extracción de unos pocos centímetros cúbicos de sangre, si se realiza por medios ordinarios adoptados por la ciencia médica, ocasiona una perturbación ínfima en comparación con los intereses superiores de resguardo de la libertad de los demás, la defensa de la sociedad y la persecución del crimen Actividad adquisitiva. Requisa de automotores.- "LEMOS" (CSJN) La actuación de la prevención policial. Las funciones previstas en los arts. 183 y 248 del CPPN. Requisitos y alcances de la requisa e inspección contemplada en el art. 230 bis del CPPN. Requerimiento de instrucción. Análisis del art. 195 del CPPN. Inicio de la instrucción por prevención policial – Actividad adquisitiva. Exclusión Probatoria.- "PAULINO" (CSJN) Prueba obtenida ilegalmente. Regla de exclusión. Extensión de la regla de exclusión a un imputado distinto al directamente afectado Actividad adquisitiva. Exclusión Probatoria.- "CORONEL" (CCPPná) Los funcionarios policiales contaban con las herramientas necesarias e indispensables para proceder de manera adecuada a las circunstancias, lo que en la emergencia no sucedió y esa deficitaria actividad ha conducido inexorablemente a descartar prueba tal vez esencial para la causa pero que no puede ser salvada so pretexto de resultar importante o vital a la hora del esclarecimiento de los hechos.- Actividad adquisitiva. Derecho a la intimidad e Interceptación de las comunicaciones telefónicas. "SILVA" (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria; Derecho a la intimidad; Intervención de comunicaciones telefónicas; Alcance de la expresión «auto fundado»; Requisito de fundamentación suficiente; La CSJN hace suyo el dictamen del Procurador. Actividad adquisitiva. Requisa sin orden judicial. "CIRAOLO" Disidencia: análisis fáctico y normativo de los motivos previos que habilitan la detención sin orden judicial; Estándares nacionales e internacionales. Los antecedentes: "Daray", "Fernández Prieto", "Tumbeiro", "Peralta Cano".- Actividad adquisitiva. Derecho de reserva y Secreto de las comunicaciones telefónicas. "QUARANTA" (CSJN) Legitimación para impugnar la intervención telefónica ajena; Inviolabilidad de las comunicaciones telefónicas. Exigencia de fundamentación; Aplicación de la doctrina del fruto del árbol envenenado . Derecho de Defensa y Producción de la Prueba. "SANCHEZ" (STJER) Inexistencia de afectación. Materialización del “principio de contradicción” -posibilidad de oponerse a la persecución penal, previsto para “equiparar las posibilidades del imputado respecto de las del acusador”-. Incorporación por lectura de la pericia psicológica realizada al imputado. Admisión por el Juez de Garantías. Suspensión del debate a pedido del MPF ante la imposibilidad de asistencia -enfermedad- del órgano productor del informe. Oposición de la Defensa. Antecedentes: STJER in re “ALMEIDA” (15/02/10).- Defensa en juicio y Producción de la Prueba. "BERWART" (STJER) "... todas las garantías constitucionales se ponen en acto desde el momento en que una persona es indicada como autor o partícipe de un hecho punible ante cualquiera de las autoridades competentes para la persecución penal, pues desde ese momento peligra su seguridad individual en relación a la aplicación del poder penal estatal; puede, entonces desde ese momento, ejercer todas las facultades tendientes a posibilitar la resistencia a ese poder penal..." (conf. autor citado - Derecho Procesal Penal, T. I Fundamentos, Del Puerto, Buenos Aires, 1996 p. 548) Defensa en juicio y producción de la prueba. Cámara Gesell. "LUNA" (STJER) Cuando se tratase de un anticipo probatorio regulado en el art. 216 bis donde dispone que se practicará ante un juez y preve para el caso de la declaración de un menor de 16 años bajo la modalidad de Cámara Gesell la prescindencia de autorización judicial si existiera conformidad entre las partes, lo que claramente no aconteció ya que el encartado no fue si quiera anoticiado de la efectivización de la medida. Prueba. Valoración. Stándares a tener en cuenta. "FARIAS-LUCERO" (STJER) PRUEBA INFORMATIVA. Informes del Delegado Judicial (Investigador Judicial). Objetividad. GALERIA FOTOGRAFICA. Valoración de la diligencia. Observación de los parámetros mínimos para su realización.- ROBO CON ARMAS que DEGRADA EN ROBO SIMPLE. Modo de acreditar la existencia del arma. Mengua de la calificación al Robo simple ante la imposibilidad de acreditar la utilización de un arma de fuego. ROBO CON ARMA DE FUEGO. Acreditación del uso de arma a través de indicios concomitantes. Circunstancias tales como el escaso lapso temporal entre el segundo y tercer hecho, las características de la motocicleta y el color y la forma en la que Farías utilizaba el arma tal como surge de las declaraciones de los testigos. Certeza positiva necesaria para condenar a Farías y a Lucero como coautores del delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego ( art. 166, inc. 2º, párrafo 2º, del C. Penal) porque se han verificado los dos requisitos exigidos para aplicar la calificante “... el efecto intimidante en la víctima....y que ese efecto tenga un correlato real, en cuanto se ha corrido real riesgo de que el arma sea empleada como tal...” NUEVO SISTEMA PROCESAL PENAL (LEY 9754). Plenamente acusatorio, adversarial y desformalizado, compuesto por una instancia inicial -no sacramentada-; una etapa intermedia y que tiene como eje central el debate, público, oral, continuo, y contradictorio.- Recursos Recurso. Derecho al recurso. Casación amplia. "CASAL" (CSJN) Casación, Derecho al recurso, Admisibilidad de la vía extraordinaria; Derecho al recurso; Principios del derecho al recurso; Defensa en juicio; Recurso de casación; Alcance del recurso de casación; Teoría del agotamiento de la capacidad de revisión; Reglas de la sana crítica; Re visión de la valoración de la prueba; Eliminación de exigencias forma les; Irrelevante distinción entre cuestiones de hecho y de derecho.- Recurso. Derecho al Recurso- Prohibición de la Reformatio in Pejus "CAPRISTO" (CSJN) Prohibición de la reformatio in pejus; Cambio de la calificación legal; Modificación de la condena por la imposibilidad de obtener la libertad condicional. Otros antecedentes relacionados: - Reconocimiento de la prohibición de la reformatio in pejus como garantía constitucional; Precedentes en que la CSJN aplicó esta garantía; Revocación de la sentencia absolutoria pese al desistimiento del recurso fiscal CSJN-Fallos, 234:270, «Gómez, Sixto» (1956) CSJN-Fallos, 244:198, «Olguín, Fernando Jorge y otro» (1959) CSJN-Fallos, 314:787, «Navarro Reyes s/Inf. art. 31, inc. b), ley 22.362», (1991) - Elevación de la pena impuesta pese a que el fiscal desistió de su recurso y sólo lo mantuvo la defensa: CSJN-Fallos, 234:367, «Monzo, Vicente» (1956) CSJN-Fallos, 248:125, «Basseler Ltda. S.A.» (1960) CSJN-Fallos, 255:79, «Miranda, Germán y otro» (1963) - Incremento de la pena mediando exclusivamente recurso defensivo: CSJN-Fallos, 298:432, «Banco Comercial del Plata y otros» (1977) CSJN-Fallos, 303:172, «De la Torre, Mario y otros» (1981) CSJN-Fallos, 305:47, «Alvarez, Hugo Francisco y otro» (1983) - Revocación de una pena única que beneficiaba al enjuiciado pese a ser el único apelante: CSJN-Fallos, 295:778, «Lombardía, José» (1976) CSJN-Fallos, 308:521, «Sánchez, José Luis» (1986) - Incremento de la pena de multa cuando la apelación fiscal se circunscribió al aumento de la pena de prisión. CSJN-Fallos, 320:2690, «Fiscal c. Fontana, Carlos Alberto y otros» (1997). - Incremento de la pena cuando la apelación fiscal se circunscribió a que se declare reincidente al enjuiciado. CSJN-Fallos, 317:961, «Alvarez, Rafael Luis s/Robo agravado» (1994) - Declaración de reincidencia mediando recurso defensivo. CSJN-Fallos, 319:256, «Guía, Oscar Alfredo s/Inf. art. 189 bis, Cód. Penal» (1996) - Incremento de la pena pese a que el fiscal había apelado en favor del enjuiciado mediando además recurso defensivo. CSJN-Fallos, 303:1431, «Tomaselli, Víctor Enrique y otros» (1981) - Modificación en efectiva de la sanción que había sido dejada en suspenso pese a mediar únicamente recurso defensivo. CSJN-Fallos, 247:447, «Michelson, Pablo y otro» (1960) - Declaración de nulidad de la sentencia en razón de no haber se impuesto la pena accesoria que prevé la ley penal mediando sólo recurso defensivo. CSJN-Fallos, 268:45, «Lloret, Miguel y otro» (1967) CSJN-Fallos, 323:2806, «Jaspe, Rodolfo Luis s/Falsificación de documento público» (2000) - Declaración de nulidad parcial de la sentencia respecto de decisiones firmes perjudicando la situación de los encausados. CSJN-Fallos, 318:1072, «Philips, Car los s/Averiguación de su puesta comisión de ilícitos» (1995) - Aplicación de oficio de la pena de inhabilitación pese a mediar sólo recurso defensivo. CSJN-Fallos, 312:1156, «Carnejo, Jorge Rober to s/Lesiones culposas» (1989) CSJN-Fallos, 303:127, «Spoltini, Guillermo Ignacio» (1981) CSJN-Fallos, 303:335, «Luppo, Estrella» (1981) CSJN-Fallos, 315:2766, «Pérez, Guillermo Martín s/Lesiones», causa nº 5264 (1992) - Extensión de la condena a directivos de la empresa que no eran parte en el recurso. CSJN-Fallos, 300:602, «Cía. Swift de La Plata F. S.A.» (1978) - Extensión del agravio de reformatio in pejus en favor de todos los enjuiciados, aun respecto de quienes no lo plantearon. Juicio de reenvío. CSJN-Fallos, 306:435, «Giusti, Hugo Cayetano» (1984) CSJN-Fallos, 315:2680, «Márquez, Lucas Santiago y otro s/Homicidio calificado», causa nº 2117/91 (1992) - Aplicación de esta garantía aun cuando se tome conocimiento como consecuencia de una apelación tardía. CSJN-Fallos, 307:2236, «Lanci, Oscar Rafael y otros» (1985) - Incremento de la sanción pese a que la alzada tomó conocimiento del caso debido a un juicio de reenvío que tuvo como antecedente un recurso defensivo. CSJN-Fallos, 300:671, «Amorosino, Rodolfo Jorge» (1978) CSJN-Fallos, 307:2236, «Lanci, Oscar Rafael y otros» (1985) CSJN-Fallos, 329:1447, «Olmos, José Horacio y otros s/Estafa» (2006) - Reenvío dispuesto por la Corte Suprema con motivo de la sanción de una nueva ley procesal que crea una nueva vía recursiva. CSJN-Fallos, 324:4072, «Castro, Aldo René s/Homicidio» (2001) - Reenvío propuesto por el procurador general ante una nueva ley penal que deroga el delito por el que fuera condenado (desacato), con recurso defensivo. CSJN-Fallos, P. 25.XX VII, «Peluffo, Diego s/Querella» (1996) - Modificación de la calificación por una menos gravosa manteniendo la pena impuesta - CSJN-Fallos, 330:1478, «Escudero, Maximiliano Daniel s/Robo calificado» (2007). - Escisión de un hecho único por la Cámara mediando recurso defensivo. CSJN-Fallos, T. 418.XL, «Tranamil, Carlos Enrique s/Abuso sexual agravado» (2007). - Extralimitación de la función jurisdiccional por el tribunal de juicio al excederse en la pena propuesta por la acusación. CSJN-Fallos, A. 2098.X LI, «Amodio, Héctor Luis» (2007) CSJN-Fallos, 331:2827, «Godoy, Gustavo Ezequiel y otro s/Causa nº 1499/1514» (2008) CSJN-Fallos, P. 1019.X LIV, «Peruca, Luis Alberto y otros s/Causa nº 9230» (2010) CSJN-Fallos, C. 595.X LIV, «Caetano Flores, Elbio Ciriaco s/Causa nº 8570» (2010) - Garantía que no ampara al acusador privado. CSJN-Fallos, 254:353, «Parera, Andrés y otro» (1960) - La garantía no ampara contra la adhesión fiscal al recurso defensivo. CSJN-Fallos, 255:349, «Bandin, Jorge Miguel» (1963). - La garantía se aplica al procedimiento de extradición. CSJN-Fallos, 311:1925, «Ventura, Giovanni Battista s/Extradición» (1988). - Necesidad de que el Tribunal Superior provincial se pronuncie respecto de esta garantía en forma previa a la intervención de la Corte. CSJN-Fallos, R. 534.XXV, «Romano, Oscar s/Denuncia defraudación» (1994). Recursos. Facultades recursivas de la Querella.- "JURI" (CSJN) Recurso de casación; Limitaciones recursivas a la parte querellante; Interpretación de los arts. 458 y 460 del Código Procesal Penal de la Nación; Derecho al recurso de la víctima; Afectación constitucional por una indebida interpretación de las normas procesales; Confirmación de la doctrina del precedente "Arce"; Intervención de la Cámara Nacional de Casación Penal ante agravios de naturaleza federal. Recurso Federal ante la CSJN. Derecho a la revisión integral de la sentencia condenatoria.- "CARRERA" (CSJN) Derecho al recurso; Revisión integral del fallo condenatorio; Remisión a la doctrina del precedente «Casal»; Arbitrariedad de la sentencia por déficit en la valoración de la prueba Recurso Federal. Limitaciones recursivas del Ministerio Fiscal. Violencia contra las mujeres. "ORTEGA" (CSJN) Admisibilidad de la vía extraordinaria; Limitaciones recursivas del Ministerio Público Fiscal; Tensiones entre la obligación convencional de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer; Amplitud probatoria, debida diligencia y violencia contra las mujeres. ¿El principio del fin de los límites objetivos al recurso de casación de la fiscalía?; Límites a las facultades recursivas del Ministerio Público Fiscal y el deber de debida diligencia «Ortega» y sus posibles derivaciones; Los derechos de las víctimas en los procedimientos; El alcance del principio de amplitud probatoria; El futuro de las limitaciones a las facultades recursivas del Ministerio Público Fiscal en los casos de violencia de género. Recurso. Juicio Abreviado y Derecho al Recurso. "ARÁOZ" (CSJN) Derecho a controlar la condena alcanzada mediante el procedimiento de juicio abreviado Sentencia. Ejecutabilidad. "FORCLAZ" (STJER) No debe confundirse "la suspensión de los efectos -que hace a la ejecutabilidad de las sentencias- con la inmutabilidad -propia de la cosa juzgada-" (cfr. CSJN, "OLARIAGA MARCELO A.", sent. del 26/06/07), efecto que se adquiere al desestimar la Corte Federal el recurso contra el fallo condenatorio.- Proceso penal y salidas alternativas Salidas alternativas. Probation. "ACOSTA" (CSJN) Principio Pro Hómine y suspensión del proceso a prueba; Principios para la interpretación de la ley penal: legalidad, ultima ratio y pro homine; Suspensión del proceso a prueba; Criterio amplio del beneficio. Probation. Violencia de Género y salidas alternativas. "GÓNGORA" (CSJN) Violencia contra la mujer; Análisis de la procedencia de la suspensión del juicio a prueba a la luz del compromiso del Estado asumido en la Convención de Belem do Pará. Probation. Violencia de Género.Alcances e interpretación del fallo "GÓNGORA" "ROBATTINO" (STJER) Antecedentes: En el caso "ROBATTINO" se escuchó a la víctima, se le dio participación y un espacio para que exprese libremente su parecer ante la solicitud de aplicación de la solución alternativa, ante lo cual se mostró satisfecha y prestó consentimiento.- "GARCÍA" (STJER) Probation. Extinción por vencimiento del término de concesión del beneficio. "CABRERA" (STJER) Se da en autos una suerte de aplicación automática y por ende de concesión mecánica del beneficio sin reparar, como bien lo hace el sentenciante, en la infructuosidad de la medida, por cuanto, es evidente que en el caso concreto, la "suspensión de juicio a prueba" no ha cumplido con su finalidad, convirtiéndose involuntariamente en un atajo para que el encausado evite las consecuencias de su reiterativo accionar.- Corte Interamericana de Justicia Detención y Requisa "FERNANDEZ PRIETO"
OBJETIVOS DE APRENDIZAJE Que l@s alumn@s logren: 1.- Desarrollar competencias propias de la formación profesional 2.- Establecer claramente los hechos penalmente relevantes. 3.- Relacionar esos hechos con los principios, derechos y garantías constitucionales, penales y procesales vigentes. 4.- Desagregar los hechos en proposiciones fácticas.- 5.- Buscar las evidencias que sirvan para justificar esas afirmaciones.- 6.- Formular, en su caso, alternativas de negociación conforme las reglas procesales penales. 7.- Actuar de manera sistemática y organizada.- 8.- Construir un relato persuasivo, creíble y lógico.- .