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NORMATIVILIDAD DEL SERVICIO DE INYECTOLOGIA Y MONITOREO DE GLICEMIA

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Created on November 11, 2020

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DECRETO 2200 DE 2005, DECRETO 2330 DE 2006 Y RESOLUCIÓN 1403 DE 2007.

Normatividad relacionada con el servicio de Inyectología y monitoreo de glicemia.

02

Artículo 5°. Procedimiento de inyectología en farmacias-droguerías y droguerías

Artículo 6°. Procedimiento de monitoreo de glicemia con equipo por punción.

01

podrán ofrecer al público el procedimiento de inyectología, en las condiciones siguientes:

el procedimiento de monitoreo de glicemia :

1. Infraestructura y dotación.

a) Contar con una área especial e independiente, debidamente dotada que ofrezca la privacidad y comodidad para el paciente y para quien aplique la prueba.b) Contar con un equipo con registro sanitario del Invima, debidamente calibrado y microlancetas. c)Contar con tiras reactivas, con registro sanitario del Invima. d) Conservar la fecha de vencimiento vigente de las tiras reactivas y las condiciones de almacenamiento previstas por el fabricante. e) Contar con un lavamanos, en el mismo sitio o en sitio cercano. f) Tener toallas desechables y recipiente algodonero. g) Contar con materiales y demás dotación necesaria para el procedimiento incluyendo lo requerido para el manejo de desechos. h) Contar con un libro de registro diario de pacientes y de resultado del monitoreo y donde se encuentre registrada la calibración del equipo. i) Entregar los resultados al paciente en forma escrita con el nombre de la persona que realizó el procedimiento y no podrá hacer ningún tipo de interpretación. j) Mantener los registros en archivo, durante el tiempo contemplado en la normatividad vigente.

1. Infraestructura y dotación.

+ a) Contar con una sección especial e independiente, que ofrezca la privacidad y comodidad para el administrador y el paciente, y que cuente con un lavamanos en el mismo sitio o en sitio cercano. b) Tener una camilla, escalerilla y mesa auxiliar. c) Contar con jeringas desechables, recipiente algodonero y cubetas. d) Tener toallas desechables. e) Contar con los demás materiales y dotación necesaria para el procedimiento de inyectología.

2. Re curso hu mano.

El encargado de administrar el medicamento inyectable debe contar con formación académica y entrenamiento que lo autorice para ello, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia al igual que en el procedimiento de monitoreo de glicemia.

3. Normas de procedimientos.

Deberán contar y cumplir con normas sobre limpieza y desinfección de áreas, bioseguridad, manejo de residuos y manual de procedimientos técnicos al igual que en el procedimiento de monitoreo de glicemia.

4. Prohibiciones.

No se podrán administrar medicamentos por vía intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.

4. Prohibiciones.

Estas pruebas en ningún caso se constituyen como actividades de apoyo y diagnóstico, de tratamiento y de seguimiento de este tipo de patología, En ningún caso reemplazan las pruebas que se realizan en el laboratorio clínico, y tampoco servirá para cambio de tratamiento sin previa autorización del médico tratante.

5. Solicitud de la prescripción médica

La prescripción médica será requisito

BIBLIOGRAFIA: Albaro Uribe, Diego Palacios B.(2006) Decreto-2330-2006. Dado en Bogota D.C.