Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

Derecho Romano

irvingmv

Created on November 7, 2020

Antecedentes históricos y conceptos fundamentales

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Advent Calendar

Tree of Wishes

Witchcraft vertical Infographic

Halloween Horizontal Infographic

Halloween Infographic

Halloween List 3D

Magic and Sorcery List

Transcript

Antecedentes históricos:Al derecho romano se le entiende como el complejo total de experiencias, ideas y ordenamientos jurídicios que tuvieron lugar en el proceso histórico de Roma, desde los orígenes de la ciudad-Estado (753 a.C.) hasta la muerte del emperador Justiniano (565 d.C.) Historia de Roma dividida en 4 periodos:1. Monárquico: 753 a.C. a 510 a.C. La gens era el sistema social controlado por la vía masculina que consistía en agrupaciones de varias familias dirigidas por paterfamilias. Los patricios dirigían la vida política, social y religiosa de Roma. Los plebeyos eran el resto de la población. El poder público estuvo integrado por 3 elementos: el rey, los comicios y el senado. El rey ejercía el poder de por vida y de forma suprema. Los comicios, asambleas de carácter legistlativo-político, estaban integrados por todos los hombres libres capaces de portar armas. El senado apoyaba al monarca en sus labores de gobierno. Sus miembros eran elegidos por el rey de entre los ancianos más sabios. La fuente formal del derecho era la costumbre. 2. La República: 510 a.C. a 27 a.C. Los plebeyos obtienen el derecho a ser representados por los tribunos de la plebe. Las asambleas de la plebe dan origen a los plebiscitos. Decisiones votadas que con el tiempo se vuelven obligatorias tambien para los patricios, provocando igualdad jurídica para ambos grupos. El poder público estuvo integrado por el senado, los comicios y los magistrados.

El senado decidía spbre asuntos relaciones con la paz y la guerra. Los plebeyos finalmente son aceptados en él. Los comicios intervienen solo en determinados actos religiosos y de derecho privado. Funcionaban sin la participación efectiva de los ciudadanos. Los magistrados sustituyen a la figura del rey , eran altos funcionarios llamados cónsules, eran los jefes civiles y militares del Estado, elegidos por los comicios y duraban en su cargo 1 año. Posteriormente aparecen otros magistrados que participan en el gobierno de la ciudad: cuestores, dictador, censores, ediles, curules, pretores urbanos y pretores peregrinos. Las fuentes formales del derecho eran: la costumbre, la ley, los plebiscitos, los senadoconsultos, los edcitos de los magstrados y la jurisprudencia. En esta etapa se da la Ley de las XII Tablas. 3. El Principado o Diarquía: 27 a.C. a 284 d.C. El poder es compartido por el senado y el emperador. Los comicios casi desaparecen, el senado cada vez mas va absorbiendo sus facultades. El emperador obtiene gradualmente más poder y concentra todos los cargos públicos en su persona y así emtie medidas legislativas a las que se le conoce con el nombre de constituciones imperiales. Esta facultad a su vez va siendo cedida paulatinamente por el senado. Las fuentes formales del derecho siguen siendo las mismas que en la etapa anterior y se adicionan las constituciones imperiales: Edicta, que eran comunicaciones que se hacían de manera directa al pueblo. Mandata, que eran las instrucciones dirigidas a los funcionarios. Decreta, que eran decisiones judiciales tomadas por el emperador como magistrado supremo en juicio.

DERECHO ROMANO

Antecedentes históricos y conceptos fundamentales

Alumno: Irving Argel Marmolejo Vázquez Profesora: Mtra. Mónica Arellano Romero 7/11/2020

Rescripta, que eran respuestas del emperador a un funcionario o particular acerca de cuestiones de derecho. 4. Imperio Absoluto: 284 d.C. a 1453 d.C. Todos los poderes se concentran en el emperador. Época de franca decadencia. Imperio Romano Occidental cae en 476 d.C. y el Imperio Romano Oriental cae en 1453 con la caida de Constantinopla a manos de los turcos. En esta estapa se da el Derecho Romano Justinianeo. La labor jurídica en este periodo es conocida como Corpus Iuris Civilis, compuesta por el Código, el Digesto, las Instituciones y las Novelas. Conceptos Fundamentales Derecho (Ius): Conjunto de reglas que rigen las relaciones de los hombres dentro de la sociedad. Religión (Fas): Es el derecho sagrado, emanado de la divinidad. La Lex Divina. Preceptos del derecho (praecepta iuris): a) Vivir honestamente, b) No dañar a otro, c) Dar a cada quien lo suyo. Justicia (iustitia): La voluntad firme y constante de dar a cada quien lo suyo. Equidad (aequitas): La adecuación que el derecho tiene de aplicarse al caso concreto Jurisprudencia (iurisprudentia): Conocimiento que tenían los especialistas en derecho, cuyas respuestas a cuestiones prácticas, integraron esa fuente formal del derecho. Clasificación del Derecho Derecho quiritario (ius quiritium): Derecho de los antiguos ciudadanos romanos a quienes se les aplica posteriormente, el más antiguo derecho civil.

Derecho no escrito (ius non scriptum): Es aquel que no tiene una fuente autoritaria de creación, procede del uso o costumbres transmitidas de generación en generación, de manera que su existencia dependerá del uso cotidiano y respeto que por él se observe. Referencias Bibliográficas*Moranchel, P. M. (2017). Compendio de Derecho Romano Haga clic para ver más opciones [Archivo PDF]. Recuperado de http://www.cua.uam.mx/pdfs/revistas_electronicas/libros-electronicos/2017/Compendio/CompendiodeDerechoInteractivo.pdf1. Concepto de Derecho Romano. Páginas 12 a 17 *Morineau, I. M. y Iglesias, G. R. (2000). Derecho Romano Haga clic para ver más opciones [Archivo PDF]. Recuperado de https://docs.google.com/viewer?a=v&pid=sites&srcid=ZGVmYXVsdGRvbWFpbnxyb2Rvb2Fycm95bzl8Z3g6MzUwNDA1Y2U2NThmMGFmMQ Primera parte . Historia del Derecho Romano. Páginas 43 a 71 *Armas, A. G. (2014). Derecho Romano [Versión DX Reader]. Recuperado de https://ebookcentral.proquest.com/lib/vallemexicosp/reader.action?docID=5307904&query=Derecho%2BRomano Concepto de Derecho Romano. Páginas 3 a 5 Fondo Político-Social del Derecho Romano. Páginas 7 a 14

Derecho civil (ius civile): Derecho vigente en Roma que se aplica exclusivamente a los ciudadanos romanos. Derecho honorario (ius honorarium): Es ell que por utilidad pública introdujeron los pretores con el propósito de corroborar, suplir o corregir el derecho civil. Derecho de gentes (ius gentium): Es el derecho común a todos los pueblos del Mediterráneo organizados políticamente. Comprende las normas e instituciones jurídicas que nacen del tráfico comercial entre los pueblos de la antigüedad. Derecho natural (ius naturale): Derecho común a todos los animales basado en la razón natural (ratio natutalis) presente en todos los seres humanos, incluyendo por tanto a los esclavos. Derecho público (ius publicum): Tiene por objeto la constitución del Estado, organización del culto y la regulación de los poderes públicos con los cives. Asimismo, el derecho público es el ordenamiento religioso de los sacerdotes y de los magistrados Derecho privado (ius privatum): Regula las relaciones entre particulares. Derecho común (ius commune): Es el conjunto de normas que son de aplicación general para toda la población. Derecho singular (ius singular): Es el que va contra el tenor de la razón, pero ha sido introducido por la autoridad que lo constituye, a causa de alguna utilidad. Se trata de una norma que se aparta de la ratio iuris, de la lógica jurídica que estructura el ordenamiento común vigente por causa de utilidad pública y que constituye un derecho excepcional. Derecho escrito (ius acriptum): Es aquel declarado por la ley o cualquier otra fuente autoritaria, que pueden ser leyes, plebiscitos, senadoconsultos, edicto de los magistrados o constituciones imperiales.