Presentación
LA SEGURIDAD SOCIAL
ÍNDICE
PERIODOS
INICIO SISTEMA S.S
ORGANISMOS S.S
REGIMENES S.S
ACCION PROTECTORA
FINANCIACION
INCAPACIDAD TEMPORAL
PRINCIPALES PRESTACIONES
MATERNIDA,PATERNIDAD
JUBILACION
12
11
DESEMPLEO
INCAPACIDAD PERMANENTE
10
En el siglo XIX ,con la revolución industrial ,se dieron cuenta que con la de accidentes de trabajo que habia se necesitaba proteger las los trabajadores y mejorar su bienenestar, así se creó la ley de accidente de trabajo.
fue el primer seguro social
Puedes escribir un subtítulo aquí
A partir de la creacion de este seguro social se inician varias etapas en las que se mejoran y crean más protecciones.
HISTORIA
1963
2020
1978
1995
1900
1995 pacto de toledo ,hoja de ruta para asegurar las prestaciones futuras.
1900-1963 se crean los seguros sociales+retiro obrero,seguro obligatorio de maternidad,seguro de paro forzozo,seguro de enfermedad,seguro de vejez e invalidez
1963-1978se implanta un modelo unico de seguridad social con participacioon de los trabajadores y del estado
1978-actualidad se implanta la constitucion, en su articulo 41 se establece que los poderes publicos tienen que garantizar la asistencia y prestaciones sociales a los ciudadanos de españa ante situciones de necesidad
ORGANISMOS DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SOCIAL
para la gestión de prestaciones económicasPara las prestaciones sanitarias. Para la gestión de los Servicios Sociales . Para los trabajadores del mar. Caja única del sistema.
- INSS, Institucio Nacional de la Seguridad Social.
- INGS
- Istituto Nacional de mayores de servicios sociales
- Instituto Social de la Marina
- TGSS, Tesorería General de la Seguridad Social.
fuentes de financiacion
El recurso económico más importante son las cotizaciones o cuotas a la Seguridad Social, que consisten en una aportación económica de los empresarios y de los trabajadores, aportación que se define sobre un porcentaje de las retribuciones de los trabajadores.
Tras las cotizaciones de empresarios y trabajadores, siguen en importancia las aportaciones del Estado para el sostenimiento de la Seguridad Social.
ACCION PROTECTORA DE LA SS
La acciónprotectora comprende un conjunto de protecciones económicas y asistenciales que el sistema ofrece ante contingencias concretas y siempre que se cumplan los requisitos.
Prestaciones económicas por incapacidad, maternidad,etc..
Servicios sociales y asistencia social
Asistencia sanitaria
Prestaciones familiares
PRINCIPALES PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
MATERNIDAD, RIESGO EMBARAZO Y LACTANCIA
PATERNIDAD
INCAPACIDAD TEMPORAL
DESEMPEO
JUBILACION
INCAPACIDAD PERMANENTE
INCAPACIDAD TEMPORAL
Es la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.
Son beneficiarios los trabajadores afiliados y en alta, que tengan cubierto un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la baja, cuando ésta se deba a enfermedad común. En caso de accidente o enfermedad profesional no se exige periodo previo de cotización.
MATERNIDAD,RIESGO EMBARAZO Y LACTANCIA
MATERNIDAD
RIESGO EMBARAZO
LACTANCIA
Es una prestación derivada de contingencias profesionales que protege a la trabajadora embarazada y/o al feto, en los casos en que el puesto de trabajo no sea compatible con su estado y el cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible.
La prestación por maternidad es la prestación pública asistencial de carácter económico y de duración determinada, que compensa los ingresos que pierde la trabajadora al cesar su actividad por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento.
Este subsidio, que se recibe por la baja maternal, es gestionado por la Seguridad Social. El objetivo de esta ayuda es compensar la pérdida de ingresos debida al descanso laboral de la trabajadora. En España, este descanso por maternidad dura 16 semanas desde el nacimiento del bebé, adopción, tutela o acogimiento familiar.
Es una prestación derivada de contingencias profesionales que protege a la trabajadora durante el período de suspensión del contrato de trabajo en los casos en que, debiendo ésta cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su situación, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda exigirse por motivos justificados.
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+info
PATERNIDAD
Es un subsidio que se da a los trabajadores que suspendan el contrato de trabajo o cesen en su actividad, durante los días legalmente establecidos, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. La última ampliación, vigente desde el 1 de enero del 2020, elevó su duración a 12 semanas. El 1 de enero del 2021 entra en vigor un nuevo aumento, que amplía la duración del permiso a 16 semanas para los nacimientos a partir de esa fecha.
Las cuatro primeras semanas del permiso deben disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Las semanas restantes pueden ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.
100%
Retribuido,.será intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.
GRADOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta..
INCAPACIDAD PERMANTE PARCIAL Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
GRAN INVALIDEZ La que por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
DESEMPLEO
Situaciones legales de desempleo son las causas por las que finaliza o se suspende la relación laboral que no dependen de la voluntad de la persona trabajadora.
Permiten a las personas trabajadoras acceder a las prestaciones por desempleo, siempre que reúnan los requisitos exigidos.
Modalidades:
Contributiva: Corresponde a las personas que han cotizado previamente (mínimo 360 días). Da lugar a la «Prestación por Desempleo« No contributiva o asistencial: Corresponde a las personas que no han cotizado el tiempo mínimo necesario para tener derecho a la prestación por desempleo (360 días) y cuyas rentas no superan el salario mínimo interprofesional (SMI) excluídas las pagas extras. Da lugar al «Subsidio por Desempleo».
CALCULA AQUI TU DESEPLEO
2020
JUBILACION
La jubilación en España
La jubilación en España se situaba a los 65 años en 2012. A partir de esa fecha, y después de un reforma legislativa, la edad legal de jubilación se incrementa hasta llegar a los 67 años en 2027.
A una cierta edad, un trabajador cesa completamente de trabajar.Es la acción por la que una persona trabajadora activamente, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, pasa a ser inactivo laboralmente, es decir, que deja de trabajar al darse una serie de razones, como edad, problema físico, etc.
Este cese definitivo de trabajo implica directamente la no obtención de sus ingresos mensuales; por ello, cuando una persona se jubila recibe mensualmente una prestación económica de por vida.
Durante su vida laboral, un trabajador cotiza a la seguridad social para poder beneficiarse de su jubilación.
TIPOS DE JUBILACION HAZ CLIC
“No es cierto que la gente deja de perseguir sus sueños porque envejecen, envejecen porque dejan de perseguir sus sueños.”
Gabriel García Márquez
“El problema con la jubilación es que nunca tienes un día libre.”
¡GRACIAS!
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REGIMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
REGIMEN ESPECIAL: ACTIVIDADES QUE POR SU NATURALEZA ,CONDICIONES DE TIEMPO O LUGAR O INDOLE DE SUS PROCESOS PRODUCTIVOS SE HCICIERE PRECISO APLICAR LA SS.
REGIMEN GENERAL:COMPUESCSTO POR TRABAJADORES DE CUENTA AJENA DE LA INDUSTRIA Y LOS SERVICIOS
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Created on March 24, 2020
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Presentación
LA SEGURIDAD SOCIAL
ÍNDICE
PERIODOS
INICIO SISTEMA S.S
ORGANISMOS S.S
REGIMENES S.S
ACCION PROTECTORA
FINANCIACION
INCAPACIDAD TEMPORAL
PRINCIPALES PRESTACIONES
MATERNIDA,PATERNIDAD
JUBILACION
12
11
DESEMPLEO
INCAPACIDAD PERMANENTE
10
En el siglo XIX ,con la revolución industrial ,se dieron cuenta que con la de accidentes de trabajo que habia se necesitaba proteger las los trabajadores y mejorar su bienenestar, así se creó la ley de accidente de trabajo.
fue el primer seguro social
Puedes escribir un subtítulo aquí
A partir de la creacion de este seguro social se inician varias etapas en las que se mejoran y crean más protecciones.
HISTORIA
1963
2020
1978
1995
1900
1995 pacto de toledo ,hoja de ruta para asegurar las prestaciones futuras.
1900-1963 se crean los seguros sociales+retiro obrero,seguro obligatorio de maternidad,seguro de paro forzozo,seguro de enfermedad,seguro de vejez e invalidez
1963-1978se implanta un modelo unico de seguridad social con participacioon de los trabajadores y del estado
1978-actualidad se implanta la constitucion, en su articulo 41 se establece que los poderes publicos tienen que garantizar la asistencia y prestaciones sociales a los ciudadanos de españa ante situciones de necesidad
ORGANISMOS DEL SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD SOCIAL
para la gestión de prestaciones económicasPara las prestaciones sanitarias. Para la gestión de los Servicios Sociales . Para los trabajadores del mar. Caja única del sistema.
fuentes de financiacion
El recurso económico más importante son las cotizaciones o cuotas a la Seguridad Social, que consisten en una aportación económica de los empresarios y de los trabajadores, aportación que se define sobre un porcentaje de las retribuciones de los trabajadores. Tras las cotizaciones de empresarios y trabajadores, siguen en importancia las aportaciones del Estado para el sostenimiento de la Seguridad Social.
ACCION PROTECTORA DE LA SS
La acciónprotectora comprende un conjunto de protecciones económicas y asistenciales que el sistema ofrece ante contingencias concretas y siempre que se cumplan los requisitos.
Prestaciones económicas por incapacidad, maternidad,etc..
Servicios sociales y asistencia social
Asistencia sanitaria
Prestaciones familiares
PRINCIPALES PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
MATERNIDAD, RIESGO EMBARAZO Y LACTANCIA
PATERNIDAD
INCAPACIDAD TEMPORAL
DESEMPEO
JUBILACION
INCAPACIDAD PERMANENTE
INCAPACIDAD TEMPORAL
Es la situación en la que se encuentra el trabajador cuando está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Son beneficiarios los trabajadores afiliados y en alta, que tengan cubierto un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los 5 años anteriores a la fecha de la baja, cuando ésta se deba a enfermedad común. En caso de accidente o enfermedad profesional no se exige periodo previo de cotización.
MATERNIDAD,RIESGO EMBARAZO Y LACTANCIA
MATERNIDAD
RIESGO EMBARAZO
LACTANCIA
Es una prestación derivada de contingencias profesionales que protege a la trabajadora embarazada y/o al feto, en los casos en que el puesto de trabajo no sea compatible con su estado y el cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible.
La prestación por maternidad es la prestación pública asistencial de carácter económico y de duración determinada, que compensa los ingresos que pierde la trabajadora al cesar su actividad por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento. Este subsidio, que se recibe por la baja maternal, es gestionado por la Seguridad Social. El objetivo de esta ayuda es compensar la pérdida de ingresos debida al descanso laboral de la trabajadora. En España, este descanso por maternidad dura 16 semanas desde el nacimiento del bebé, adopción, tutela o acogimiento familiar.
Es una prestación derivada de contingencias profesionales que protege a la trabajadora durante el período de suspensión del contrato de trabajo en los casos en que, debiendo ésta cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su situación, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda exigirse por motivos justificados.
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Es un subsidio que se da a los trabajadores que suspendan el contrato de trabajo o cesen en su actividad, durante los días legalmente establecidos, con motivo del nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento. La última ampliación, vigente desde el 1 de enero del 2020, elevó su duración a 12 semanas. El 1 de enero del 2021 entra en vigor un nuevo aumento, que amplía la duración del permiso a 16 semanas para los nacimientos a partir de esa fecha. Las cuatro primeras semanas del permiso deben disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Las semanas restantes pueden ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.
100%
Retribuido,.será intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.
GRADOS DE INCAPACIDAD PERMANENTE
INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL La que inhabilita al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta..
INCAPACIDAD PERMANTE PARCIAL Aquella que, sin alcanzar el grado de total, ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento normal para dicha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma.
GRAN INVALIDEZ La que por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.
INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA La que inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio.
DESEMPLEO
Situaciones legales de desempleo son las causas por las que finaliza o se suspende la relación laboral que no dependen de la voluntad de la persona trabajadora. Permiten a las personas trabajadoras acceder a las prestaciones por desempleo, siempre que reúnan los requisitos exigidos.
Modalidades: Contributiva: Corresponde a las personas que han cotizado previamente (mínimo 360 días). Da lugar a la «Prestación por Desempleo« No contributiva o asistencial: Corresponde a las personas que no han cotizado el tiempo mínimo necesario para tener derecho a la prestación por desempleo (360 días) y cuyas rentas no superan el salario mínimo interprofesional (SMI) excluídas las pagas extras. Da lugar al «Subsidio por Desempleo».
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2020
JUBILACION
La jubilación en España La jubilación en España se situaba a los 65 años en 2012. A partir de esa fecha, y después de un reforma legislativa, la edad legal de jubilación se incrementa hasta llegar a los 67 años en 2027.
A una cierta edad, un trabajador cesa completamente de trabajar.Es la acción por la que una persona trabajadora activamente, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, pasa a ser inactivo laboralmente, es decir, que deja de trabajar al darse una serie de razones, como edad, problema físico, etc. Este cese definitivo de trabajo implica directamente la no obtención de sus ingresos mensuales; por ello, cuando una persona se jubila recibe mensualmente una prestación económica de por vida. Durante su vida laboral, un trabajador cotiza a la seguridad social para poder beneficiarse de su jubilación.
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“No es cierto que la gente deja de perseguir sus sueños porque envejecen, envejecen porque dejan de perseguir sus sueños.” Gabriel García Márquez
“El problema con la jubilación es que nunca tienes un día libre.”
¡GRACIAS!
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REGIMEN ESPECIAL: ACTIVIDADES QUE POR SU NATURALEZA ,CONDICIONES DE TIEMPO O LUGAR O INDOLE DE SUS PROCESOS PRODUCTIVOS SE HCICIERE PRECISO APLICAR LA SS.
REGIMEN GENERAL:COMPUESCSTO POR TRABAJADORES DE CUENTA AJENA DE LA INDUSTRIA Y LOS SERVICIOS
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