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Procedimiento administrativo

smuro

Created on May 5, 2017

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Transcript

Procedimiento administrativo

L.P.A.C.A.P

ASPECTOS FORMALES

Hasta entonces, funcionarán los medios vigentes

Algunas cuestiones: 2/10/2018Registros electrónicos Archivo único electrónico Punto de acceso

Entrada en vigor: 2/10/2016

OBJETIVOS

Exposición de motivos

Modernizar la relación de las AAPP ad intra y ad extra

Ofrecer mayor transparencia, y eficacia en su actividad

Acabar con la dispersión normativa

Contenido de la Ley

Procedimiento administrativo común + procedimientos sancionador y de responsabilidad patrimonial

Los principios reguladores de la iniciativa legislativa y reglamentaria

Requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos

01

Ámbito de aplicación

¿A quién se dirige la norma?

0102

A LA CIUDADANÍA, DE UN LADO. Y DEL OTRO, A LA ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA: A) LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO B) LAS ADMINISTRACIONES DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS C) LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL D) EL SECTOR PÚBLICO INSTITUCIONAL

Novedades con respecto a los documentos

Derecho a no aportar

Obligación de no pedir

Obligación para las AAPP:

Documentos en poder de las AAPP o elaborados por éstas

  • Documentos originales, salvo excepción.
  • Documentos no exigidos por la normativa
  • Documentos ya aportados ante cualquier AAPP

Expedir copia auténtica electrónica de documentos presentados que se incorporen en expediente administrativo

La Administración tiene un

Reto

Transformarse

EN E-ADMINISTRACIÓN

Voluntad vs realidad

Relación de las AAPP con la ciudadanía

¿Quiénes son los interesados en el procedimiento administrativo?

Afectados por la posible resolución, personados o no

Titulares de derechos o intereses legítimos

Pueden actuar por medio de representante y acompañarse de asesoramiento

e-administración

Relación por medios electrónicos

Regla general: libertad de opción

Excepciones a la regla:

Excepción:

  • PERSONAS JURÍDICAS
  • ENTIDADES SIN PERSONALIDAD JURÍDICA
  • PROFESIONALES COLEGIADOS, EN SU ACTIVIDAD PROFESIONAL
  • EMPLEADOS DE LAS AAPP, EN SU RELACIÓN CON ÉSTAS COMO TALES.

Para sujetos con acreditada capacidad económica y técnica para acceder y disponer de los medios electrónicos necesarios.

04

Asistencia en el uso de medios electrónicos

De forma concreta, se especifica la asistencia para los no obligados a la relación electrónica, en cuanto a: - Identificación y firma electrónica. - Presentación de solicitudes a través del registro electrónico general. - Obtención de copias auténticas.

¿Y cómo lo articulamos?

PARA PODER LLEVAR A CABO ESTAS ACTUACIONES, LOS REGISTROS DEBERÁN SER INTEROPERABLES Y ESTAR INTERCONECTADOS ENTRE LAS AAPP

Art. 12 L.P.A.C.A.P.

La Administración pondrá a disposición de la ciudadanía los canales de acceso necesarios, así como los sistemas y aplicaciones que en cada caso se determinen.

Principios que rigen el procedimiento:

CONGRUENCIA + PROHIBICIÓN REFORMATIO IN PEIUS

GRATUIDAD

IMPARCIALIDAD

TRANSPARENCIA

ECONOMÍA PROCESAL Y CELERIDAD

OFICIALIDAD

IN DUBIO PRO ACTIONE

CONTRADICCIÓN

El procedimiento: inicio

Actuaciones previas

Medidas provisionales

Clases de inicio

De oficio

  • A iniciativa propia
  • Por orden de órgano superior
  • A petición razonada de otros órganos, no vinculante.
  • Por denuncia

A instancia de parte

El procedimiento: tramitación

Impulsada de oficio, según principios: celeridad, transparencia y publicidad. Cumplimiento de trámites: 10 días regla general Cuestiones incidentales: en cualquier momento.

Incluye:

Alegaciones

  • Son respuestas de los interesados a lo planteado en el procedimiento.
  • En cualquier momento antes del trámite de audiencia

Prueba

  • Se admiten todos los medios de prueba reconocidos en Derecho: documentos, peritos, informes, testimonios...
  • Plazo: de 10 a 30 días, ordinario.
  • Si la solicita el interesado y conlleva gasto, éste corre por su cuenta.

El procedimiento: tramitación

Participación de los interesad@s

Trámite de audiencia

  • Antes de la propuesta de resolución.
  • Es un trámite esencial del ordenamiento.
  • Plazo: de 10 a 15 días.
  • Si el interesad@ no acude, se le tiene por desistid@.
  • En caso de responsabilidad patrimonial, también se debe dar audiencia al contratista.

Trámite de información pública

  • En el diario oficial que corresponda, debiendo facilitarse el acceso electrónico.
  • Plazo para alegar: mínimo de 20 días.
  • Alegar no otorga per se la condición de interesad@
  • La Administración está obligada a contestar.

El procedimiento: terminación

Tipos:

Resolución

  • Forma natural de terminación del procedimiento.
  • Se deben resolver todas las cuestiones planteadas y las que surjan durante el procedimiento.
  • Se deben resolver también las alegaciones.
  • Existe prohibición de reformatio in peius.
  • Debe ajustarse al ordenamiento, conforme al principio de legalidad, y motivarse.

Desistimiento

  • Quien inició el procedimiento puede desistir de su petición.
  • No suprime el derecho "para siempre".

Renuncia:

  • Abandono del derecho de forma definitiva
  • Por inactividad del solicitante.
  • Tampoco se pierde el derecho.

Caducidad:

Fin convencional:

  • Fin por acuerdo entre las partes.

¿Jugamos con kahoot?

Muchas gracias por vuestra atención