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Decreto 2041 de 2014

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Created on March 23, 2017

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DECRETO 2041 DE 2014

TÍTULO II COMPETENCIA Y EXIGIBILIDAD DE LA LICENCIA AMBIENTAL

La licencia ambiental solamente podrá ser exigida en el desarollo de alguna de las actividades definidas en los artículos 8 y 9 del decreto 2041 de 2014, teniendo en cuenta las particularidades establecidas en cada caso

Sectores que requieren licencia ambiental (Parte 1)

ART. 8 COMPETENCIAS DE LA ANLA

Hidrocarburos, minero, construcción de presas, represas o envalses, eléctrico, generación de energía nuclear, marítimo y portuario, aeropuertos internacionales y nuevas pistas en los mismos, ejecución de obras públicas, construcción y operación de distritos de riego, pesticidas (producción e importación con usos específicos).

Sectores que requieren licencia ambiental (Parte 2)

Importación y/o producción de sustancias materiales, o productos sujetos a controles por virtud de tratados, convenios, y protocolos internacionales,, proyectos que afecten el sistema de parques nacionales, naturales, obras o actividades de construcción de infraestructura o agroindustrias, proyectos adelantados por las Corporaciones Autónomas Regionales, proyectos de transvase de una cuenca a otra, introducción de individuos biológicos foráneos que puedan afectar los ecosistemas o la vida silvestre

ART. 9 COMPETENCIAS DE LAS CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES

Sectores que requieren licencia ambiental

Minero, Siderúrgico, construcción de presas, represas o embalses, eléctrico, marítimo y portuario, aeropuertos nacionales, y nuevas pistas en los mismos, proyectos en la red vial secundaria y terciaria, obras de caracter privado en la red fluviar nacional, construcción de vias férreas de carácter regional y/o variantes de estas, Construcción y operación de instalaciones para el tratamiento de disposición final de: RESPEL y RAEES, construcción y operación de plantas de aprovechamiento de residuos orgánicos, construción y operación de rellenos sanitarios, construcción y operación de sistemas de tratamiento de aguas residuales municipales,. industrias amnufactureras...

Se debe tener especial cuidado en las afectaciones a los humedales, y demás cuerpos de agua de importancia internacional según el acuerdo RAMSAR

El ministerio de ambiente define los proyectos que tienen injerencia en reservas forestales

Al existir conflictos por afectación territorial, la ANLA determinará quién debe otorgar la licencia al proyecto respectivo,