Want to create interactive content? It’s easy in Genially!

Get started free

Niveles de concreción curricular

javi

Created on September 27, 2016

Start designing with a free template

Discover more than 1500 professional designs like these:

Scratch and Win

Microlearning: How to Study Better

Branching Scenarios Challenge Mobile

Branching Scenario Mission: Innovating for the Future

Piñata Challenge

Teaching Challenge: Transform Your Classroom

Frayer Model

Transcript

Niveles de concreción curricular

Primer nivel de concreción curricular

Los documentos que conforman este primer nivel de concreción curricular son (ley, real decreto, decreto de currículo, órdenes y resoluciones).

El Gobierno, cumpliendo lo estipulado en la ley (LOMCE 2013, art. 6 bis.2) se encarga de: Determinar los contenidos comunes de las asignaturas troncales así como los estándares de aprendizaje adecuados para las asignaturas específicas y troncales. El horario lectivo mínimo de las asignaturas troncales. Determinar cuáles son los criterios de evaluación del logro de los objetivos en cada una de las etapas educativas de las asignaturas troncales y específicas. Determinar las características de las pruebas de evaluación final, diseñarlas y establecer su contenido para cada convocatoria.

Las Administraciones educativas, por su parte podrán: Añadir lo que consideren oportuno a los contenidos de las asignaturas troncales además de establecer los contenidos de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica. Realizar recomendaciones de metodología didáctica para los centros docentes de su competencia y fijar el horario lectivo máximo de las asignaturas troncales. Establecer el horario de las asignaturas específicas y de libre configuración autonómica. Complementar los criterios de evaluación de las asignaturas troncales y específicas estableciendo los criterios de evaluación de las asignaturas de libre configuración autonómica. Establecer los estándares de aprendizaje evaluables relativos a las asignaturas de libre configuración.

Segundo nivel de concreción curricular

En este segundo nivel, los centros docentes adaptan el currículo a sus características, teniendo como referencia el primer nivel de concreción curricular.

Los centros docentes podrán: Complementar los contenidos de los bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración autonómica y configurar su oferta formativa. Diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios. Determinar la carga horaria correspondiente a las diferentes asignaturas. Concretar el currículo y adecuar de los objetivos generales de la etapa (OGE).

SCHOOL

Todo este proceso de análisis del contexto y su adecuación al currículo se plasmará en el proyecto educativo de centro (PEC). La elaboración del PEC corresponde a los equipos directivos con la ayuda de la comisión de coordinación pedagógica. Las programaciones didácticas (PD) las realiza cada departamento y se utilizan para adecuar la enseñanza de cada materia en cada etapa. Incluyen los objetivos, las competencias, los contenidos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje.

Tercer nivel de concreción curricular

En este nivel, el profesor crea la programación de aula (MEC, 1996), que contiene la secuenciación y distribución de las unidades didácticas para un curso completo.

Cuarto nivel de concreción curricular

En este cuarto nivel se busca individualizar al máximo la enseñanza, adaptándola a las fortalezas y limitaciones de cada alumno.

Existe la posibilidad de que haya alumnos que necesiten una adaptación curricular individual, la cual será realizada por el profesor, el tutor y el equipo de orientación educativa y psicopedagógica.